Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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OBJETO Y MONTO DE LA LICITACIÓN. |
La ESCING llama a licitación pública para la adquisición de estanterías metálicas para el instituto, de acuerdo a las características y requerimientos señalados en las bases técnicas.
El presupuesto máximo disponible para esta licitación será la suma de $18.989.782.- (dieciocho millones novecientos ochenta y nueve mil setecientos ochenta y dos pesos) EXENTOS DE IVA.
El gasto que irroga será imputado en el ítem Nº 29.04.000 “Mobiliario y Otros”.
Se hace presente que esta adquisición será pagada con Fondos Rotativos de Abastecimiento “FORA”, por lo cual la factura deberá ser emitida en monto neto Exento de IVA, en conformidad a lo dispuesto por la ley N°16.256 sobre “Fondo Rotativo de Abastecimiento”.
Toda oferta que exceda el presupuesto señalado será rechazada declarándose inadmisible.
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FORMA PARTE INTEGRA |
Forma parte integra de la presente Licitación las bases administrativas, técnicas, anexos y todo documento que se publique como adjunto a esta licitación., los cuales deben ser leídos y analizados por los oferentes.
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RECHAZO, INADMISIBILIDAD Y DESERCIÓN DE PROPUESTAS |
Se rechazarán en la apertura electrónica, aquellas propuestas que se encuentren en los siguientes casos:
1.Cuando el oferente haya sido condenado por prácticas anti sindicales o infracciones a los derechos fundamentales del trabajador, como así mismo los que hayan sido condenados por delitos concursales establecido en el Código Penal, dentro de los 02 (dos) años anteriores, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1º parte final de la Ley Nº 19.886.
2.Cuando los oferentes presenten ofertas que superen el presupuesto máximo indicado.
Se declararán inadmisibles las propuestas que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
1.Cuando las ofertas no presenten la totalidad de los antecedentes solicitados conforme a lo establecido en las bases administrativas.
2.Cuando las ofertas consideren productos distintos a los solicitados, o que ingresen sólo imágenes, sin indicar las características técnicas que permitan evaluar su conformidad con las especificaciones, dispuestas o establecidas en las bases técnicas, pudiendo proponer mejoras no consideradas.
3.Cuando los oferentes no presenten el formato de oferta económica, conforme a lo establecido en el ANEXO N°1.
4.Cuando los oferentes no presenten el formato de oferta técnica, conforme a lo establecido en el artículo N° 31 de las presentes bases
5.Cuando la ofertas que se presenten en el ANEXO N°1, estén sin completar los valores, o de existir un error aritmético.
6.Cuando el oferente no presente los antecedentes administrativos, estipulados en la cláusula, “Requisitos para Ofertar y Antecedentes Administrativos Legales”.
7.Cuando se detectaren falsedades en las declaraciones juradas simples de ANEXOS N°s 2 y 3.
8.Cuando las ofertas superen el presupuesto disponible indicado en el artículo 5 de las presentes bases de licitación.
Asimismo, se declarará desierta la licitación en caso de no presentarse oferentes, o bien cuando las propuestas no resulten convenientes a los intereses de la entidad licitante y de sobrevenir caso fortuito y fuerza mayor.
En todos los casos indicados, en los artículos 35 y 36 la declaración deberá realizarse mediante resolución fundada y él o los oferentes, no podrán reclamar indemnización alguna en contra del Fisco-Ejército de Chile, Escuela de Ingenieros.
Si el proveedor adjudicado se desistiere, abandonare o renunciare al proceso, la entidad licitante tendrá la facultad para dejar sin efecto la resolución de adjudicación y optar por contratar con el oferente que cuente con la siguiente oferta mejor evaluada, en la medida en que cumpla con las bases administrativas y técnicas.
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RESOLUCIÓN DE EMPATE |
Art. 48 En caso de empate en la evaluación entre dos o más oferentes, la adjudicación se efectuará a quien tenga una mejor evaluación parcial de acuerdo al orden de prelación entre los criterios de evaluación señalados precedentemente, es decir:
1. “OFERTA ECONÓMICA”.
2. “GARANTÍA DE LOS PRODUCTOS OFERTADO”.
3. “PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS”.
Finalmente, en caso de que aún con la aplicación de esta regla se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en conformidad al certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal.
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INCUMPLIMIENTOS Y MULTAS |
En el caso de incumplimiento en el plazo de entrega de las estanterías metálica adquiridas, se le cursará una multa por cada día de atraso, correspondiente al 0,5% (cero coma cinco por ciento), del valor total de la orden de compra, hasta alcanzar un máximo de 20,0% (veinte por ciento), en cuyo caso se pondrá término anticipado al contrato.
Se entiende por atraso en la entrega, el retardo culpable en el cumplimiento de las obligaciones a las que se encuentre sujeto el adjudicatario de acuerdo a lo expresado en las cláusulas de estas bases, considerándose para su determinación, el tiempo que medie en días hábiles entre la fecha fijada para el inicio y la fecha de término conforme de la adquisición adjudicada.
La notificación que imponga una multa al adjudicatario, se entenderá realizada luego de las 24 (veinticuatro) horas trascurridas desde que la autoridad la haya publicado en el Sistema de Información (Mercado Público). Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la ESCING, ésta informará al adjudicatario por carta certificada que indicará la infracción cometida, los hechos que constituyen y el monto de la multa. A contar del 3er (tercer) día hábil del despacho, a través de la oficina de correos, de la comunicación precedente, a través de carta certificada, el adjudicatario tendrá un plazo de 05 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la ESCING dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa, siendo procedente a esta alusión, las normas de la ley Nº 19.886, “Sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios”.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la ESCING tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo que se le notificará al proveedor o a su representante legal, a través de carta certificada.
Los pagos de las multas desde notificado el cobro, deberán efectuarse por parte del adjudicatario dentro de los 10 (diez) hábiles siguientes de efectuado el cobro por la ESCING, según lo dispuesto en el artículo 100 de las presentes bases, mediante Vale Vista a nombre del “COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA”, RUT 61.101.019-2 por el monto indicado en la resolución.
Con todo, el cobro de las multas por cualquier concepto, no podrá superar el 20% del valor total adjudicado.
En caso de fuerza mayor, debidamente calificada por la ESCING, tales como incendios, huelgas, cuarentenas y otras contempladas en el artículo 45° del Código Civil, no se harán efectivas las sanciones anteriormente indicadas.
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