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OTRAS CLAUSULAS |
OTRAS CONDICIONES CONTRACTUALES
A. INSCRIPCIÓN EN www.chileproveedores.cl.
Conforme se define en el inciso 3° del artículo 66° del Reglamento de la Ley N.º 19.886, en esta oportunidad se exigirá para contratar que el adjudicado, esté o se inscriba en el registro electrónico de proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, lo anterior en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación.
B. FACULTAD DE READJUDICAR
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, la SJZ CMT “Coyhaique” podrá dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicando al oferente que le seguía en puntaje dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación.
C. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Una vez efectuado el acto de adjudicación totalmente tramitado, la SJZ CMT “Coyhaique” entregará el contrato al representante legal de la empresa adjudicada o a la persona natural según sea el caso. Éste dispondrá de 30 días, contados desde el día siguiente de la fecha de adjudicación del proceso, para proceder a la firma del mismo y entregarlo, ya sea personalmente en dependencias del CMT o enviándolo a través de correo certificado.
D. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicado deberá entregar antes de la fecha de firma del contrato, una garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, emitida por una entidad con oficinas en Chile, ya sea física o electrónicamente. En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N.°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, siendo aceptado cualquier instrumento que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, pudiendo ser tomadas por personas diversas a los oferentes, individualizando a quien realiza la oferta.
Dicha caución será entregada en SJZ CMT “Coyhaique”, ubicada en calle General Parra N.°102, Coyhaique, XI Región, la cual deberá contener los siguientes antecedentes:
- Beneficiario: Ejército de Chile – Cuerpo Militar del Trabajo.
- RUT: 61.101.037-0.
- Monto: $ 1.100.000. (Un millón cien mil pesos)
- Vigencia: 15 meses, contados desde el día siguiente de la suscripción del contrato.
- Unidad monetaria: pesos chilenos ($) o Unidad de Fomento (UF).
- Glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento para el Suministro de FILTROS para vehículos, maquinarias y equipos”.
La Garantía de Fiel Cumplimiento tiene por objeto caucionar el correcto, total y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, entendiendo como tales la no ejecución, la ejecución parcial o la ejecución tardía de las prestaciones que el proveedor se obligó, sin que exista alguna causal que la exima de responsabilidad por el incumplimiento. Asimismo, cautelará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, en conformidad a lo establecido en el artículo 11º de la Ley N.º 19.886.
Asimismo, la SJZ CMT “Coyhaique” podrá hacer efectiva las multas sobre la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, aun cuando su monto excediere el de la cantidad a cobrar en concepto de cláusula penal, en cuyo caso se cobrará ésta en su integridad y la SJZ CMT “Coyhaique” practicará una liquidación, restituyendo cualquier cantidad a la que no tuviere derecho, en tal situación, el adjudicatario deberá restituir el documento mercantil por igual monto y vigencia a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes desde que se haya cobrado la primera garantía, de lo contrario se dará término anticipado al contrato. De igual forma ésta deberá ser renovada dentro de los diez días hábiles siguientes desde que se declare un aumento de plazo catalogado como fortuito, y su vigencia aumentará en la misma cantidad de días que el caso fortuito presente.
La no entrega de dicho documento, implicará el término en la participación del proceso de adquisición de la empresa adjudicada, permitiendo al Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” optar por la segunda oferta mejor evaluada.
Dicho documento será entregado al proveedor al término de la vigencia de la garantía.
E. FORMA DE PAGO
El pago por la adquisición y todos sus costos asociados, se hará efectivo por cada orden de compra emitida por el total de las entregas ejecutadas, para ello, la SJZ CMT “Coyhaique” emitirá las correspondientes Actas de Recepción, quedando una copia en PDF en el portal www.mercadopublico.cl.
Las facturas emitidas serán pagadas dentro de los 30 días posteriores a la fecha de recepción de dicho documento, previa recepción conforme del suministro.
En caso de que el documento antes señalado presente errores u omisiones ya sea de forma o fondo, implicará su devolución y que el plazo antes señalado se computará a partir de la fecha de entrega correcta de la nueva factura.
Cabe precisar que una vez informada la factura en el Servicio de Impuestos Internos (SII), el proveedor deberá hacer entrega del suministro antes de los 8 días corridos, contados desde la fecha de recepción de dicho documento en el SII, de lo contrario el documento en cuestión será rechazado, por lo que se deberá considerar facturar en la fecha más próxima a la entrega o bien la entrega de los bienes realizarla con la correspondiente guía de despacho.
Los datos de facturación deberán serán conforme a lo siguiente:
RAZÓN SOCIAL Ejército de Chile-Cuerpo Militar del Trabajo
RUT 61.101.037-0
DIRECCIÓN DE FACTURACIÓN General Parra N.°102
COMUNA Coyhaique
GIRO Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril
F. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato comenzará su vigencia a partir de la fecha de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, y ésta será por 12 (doce) meses.
G. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá nombrar un encargado o administrador para la ejecución de este, quien tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:
- Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del servicio.
- Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.
Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado al Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” por el representante legal, a más tardar dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de efectuado.
H. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL CMT
Dicha función será ejercida por el Sargento Primero VICTOR SAEZ SANDOVAL, correo cmttallercontable@gmail.com, administrador de este contrato, o por quien lo remplace o subrogue, el cual realizará las siguientes funciones:
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el contrato para el oportuno cumplimiento de este, entendiendo como tales la coordinación de la entrega, cumplimiento de plazo de entrega, verificar la aplicación de multas, verificar y validar documentación para el pago, seguimiento al proceso de pago hasta que se haga efectivo.
- Atender las inquietudes y consultas del proveedor.
- Tramitar los certificados de la recepción de los bienes al Escalón Mercado Publico.
- Tramitar las facturas al Escalón Finanzas teniendo en consideración que el ciclo de pago termina con el pago de este.
- Las demás que le encomienden las presentes bases administrativa y técnica.
- Informar por escrito al Jefe Administrativo el incumplimiento de contrato para realizar la notificación por el cobro de multa, si correspondiera.
- Tramitar las respectivas actas de recepción al Escalón Mercado Publico.
I. MULTAS
El adjudicatario podrá ser sancionado por la SJZ CMT “Coyhaique” el pago de multas por el atraso en la entrega de los bienes como sigue:
Para los efectos de la multa, esta se aplicará por cada día corridos de atraso, y se calcularán con un 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de recepción establecido por el proveedor con un tope de 10 días corridos.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado la formalmente la orden de compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al día siguiente de la fecha de emisión de la orden de compra.
1. PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTA
a) Detectada una situación que amerite la aplicación de multa por parte del funcionario responsable, la SJZ CMT “Coyhaique”, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva; además, dicha información se podrá adelantar mediante correo electrónico.
b) A contar del tercer día de enviada la carta, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar el descargo por escrito ante la SJZ CMT “Coyhaique”, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c) Vencido el plazo indicado en el punto anterior sin que hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”.
d) Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor personalmente o a través de carta certificada.
e) Notificada la resolución señalada en el punto precedente, el proveedor sancionado pagará la multa aplicada, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación, mediante la emisión de un vale vista a nombre del CMT.
f) Con todo, este procedimiento, se regirá en conformidad a la Ley N° 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado”.
J. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Sin perjuicio de las acciones y derechos que correspondan al CMT de conformidad al ordenamiento jurídico en caso de incumplimiento del proveedor, se podrá ejercer la facultad de resolver modificar o dar por terminado anticipadamente el contrato, si el proveedor incurre en alguna de las situaciones señaladas en el artículo 13° de la Ley N.°19.886 y en particular las que se describen a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, como por ejemplo incumplimiento de la normativa, la no entrega de los bienes, incumplimiento de las especificaciones técnicas, negligencia grave (culpa lata), entre otras de similar naturaleza.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas a las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Si las multas por atrasos en la recepción de los bienes superan en más de 6 oportunidades durante el periodo que dure el contrato.
g) Si supera el plazo de reposición de bienes en 6 oportunidades durante el periodo que dure el contrato.
En caso de que concurra cualquiera de las causales de las letras b, c, e, f y g, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
K. MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado, sin que aquello altere los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 25% del monto original pactado.
L. PROCEDIMIENTO PARA EL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
1. Detectada una situación que amerite el término anticipado del contrato, conforme a lo señalado la letra J precedente de las bases administrativas de licitación, el administrador del respectivo contrato notificará inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada, informándole sobre el término anticipado y los hechos en que aquello se fundamenta.
2. A contar del tercer día de enviada la carta, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
3. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se dará el correspondiente término anticipado del contrato por medio de una resolución firmada por parte del Jefe de la Sub Jefatura Zonal CMT “Coyhaique”.
4. Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecidos para estos efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT, el cual deberá detallarse los fundamentos que determinan el término anticipado del contrato. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor personalmente o por carta certificada.
5. Notificada la resolución señalada en el punto precedente al proveedor, la SJZ CMT hará el cobro de la Garantía del fiel y oportuno cumplimiento, si la hubiese, solo si la causal de término anticipado es imputable al proveedor.
M. SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Para estos efectos, la SJZ CMT, al momento del pago exigirá al adjudicatario que acredite el cumplimiento total y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales con su personal en los periodos señalados precedentemente a través de un Certificado de Antecedentes laborales emitido por la Dirección del Trabajo.
N. OTRAS CONDICIONES
- Queda entendido que, toda empresa o persona natural que se presente a esta propuesta pública conoce estas bases administrativas y técnicas, y acepta sus términos y condiciones.
- El adjudicatario no podrá transferir ni ceder a terceros los derechos y obligaciones que emanen del contrato que se suscriba, en conformidad al artículo N.°74 del Reglamento de la Ley N.°19.886, sin perjuicio de la transferencia de facturas (Ley N.°19.983).
- En consideración a las características particulares del producto a adquirir y la especialización que se requiere para el servicio y distribución de este, y que por ello se contratará al proveedor en vista de su capacidad o idoneidad, es que la subcontratación no está permitida.
BASES TÉCNICAS ID 3540-79-LE22 PARA EL SUMINISTRO DE FILTROS PARA VEHÍCULOS, MAQUINARIAS Y EQUIPOS PARA ESTA SUB-JEFATURA CMT “COYHAIQUE”
A. ITEMS REQUERIDOS
EL Cuerpo Militar del Trabajo, Sub-Jefatura Zonal C.M.T "Coyhaique” requiere realizar un Contrato de Suministro de FILTROS para vehículos, maquinarias y equipos, por un periodo de 12 meses, siendo los requisitos mínimos los siguientes:
El monto mínimo de una Orden de Compra será de $50.000, dependiendo de las necesidades de cada campamento.
Los oferentes podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las bases y sean realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
Deberán ofertar la totalidad de los bienes, requisito de carácter excluyente.
El oferente que no oferte la totalidad de los bienes será declarado la oferta inadmisible.
Los valores unitarios deben incluir el transporte hasta la SJZ “Coyhaique”.
Los filtros para la maquinaria y equipos podrán ser originales de la marca o alternativos.
Deberán adjuntar características de cada filtro en formato PDF.
El consumo mensual dependerá de las horas de uso de cada vehículo, maquina y equipo.
El detalle de los filtros por vehículo se encuentra en el Anexo N.°2, para lo cual deberán señalar el valor unitario neto por cada filtro con el objeto de ser evaluado línea por línea.
B. DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Los pedidos se realizarán conforme a las necesidades y requerimientos de los diferentes escalones, mediante la emisión de la respectiva orden de compra asociada a la respectiva licitación que sirve de contrato, conforme a las necesidades del CMT, debiendo incluir todos los productos solicitados.
C. DEL LUGAR Y PLAZO PARA LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES
Los Filtros deberán ser entregados y descargados en las bodegas del CMT de Coyhaique, ubicadas a la salida de Coyhaique, camino a Puerto Aysén, kilómetro 0,5.
Así mismo, dicho plazo no podrá superar los 30 días corridos contados desde el siguiente día de la fecha de emisión de la orden de compra hasta la recepción conforme de los elementos.
Por lo tanto, las ofertas que superen el plazo de 30 días corridos será declarada inadmisible.
El proveedor deberá ponderar las variables ocasionadas en el ámbito nacional e internacional con respecto al plazo de entrega ofertado.
No obstante, lo anterior, se deberá informar en el anexo N.º 1 “Formulario de Evaluación” los días de entrega en las bodegas del CMT de Coyhaique.
D. REPOSICIÓN DE LOS PRODUCTOS
El proveedor adjudicado deberá reponer los productos sin costo, en caso de existir lubricantes con etiquetas en mal estado, envases con golpe, mal rotulados, etiquetas en mal estado, productos vencidos, etc. o diferencia en la entrega de estos cuando el SJZ CMT “Coyhaique” así lo requiera.
El plazo de reposición se contará desde que la SJZ CMT “Coyhaique” presenta el reclamo ante el Adjudicatario o desde que este último recibe el bien para su reposición, en un plazo de 10 días corridos.
El plazo de reposición será el informado en las condiciones comerciales consideradas en el contrato. Sin perjuicio de lo anterior, la SJZ CMT “Coyhaique” y el Adjudicatario podrán fijar de mutuo acuerdo otro plazo de reposición.
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