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CONSIDERACIONES GENERALES |
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La presente Licitación tiene como objetivo celebrar un contrato de servicio de informes telemedicina de exámenes, para de Servicio de Medicina del Centro Clínico Militar “Valdivia” y sus unidades dependientes, ubicado en Oróstegui N°1650, Valdivia, Región de los Ríos de acuerdo a los requerimientos específicos señalados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos.
La presente Licitación se materializará, por medio de la plataforma de compras públicas www.mercadopublico.cl en adelante el sistema de información en su calidad de portal de comercial electrónico oficial de la Administración de Estado, por el que se publican los llamados y se efectúan los procesos de contratación de bienes y servicios para sus organismos.
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ANTECEDENTES BASICOS DE LA ENTIDAD LICITANTE |
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Razón Social del organismo Centro Clínico Militar "Valdivia”
Unidad de Compra Centro Clínico Militar "Valdivia"
R.U.T. del organismo 65.273.020-5
Dirección Orostegui 1650
Comuna Valdivia
Región en que se genera la adqmsmon XIV Región de los Ríos.
3. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS.
Nombre de la adquisición "Contrato para el servicio de informes telemedicina de exámenes, para el servicio de medicina del Centro Clínico militar “Valdivia” y unidades dependientes.
Contrato con una vigencia desde el 12 de febrero al 2026 hasta el 28 de febrero del 2028.
Servicios licitados - Informe de electrocardiograma
- Holter de presión
- Holter de ritmo
• Todos informes por telemedicina para el Centro Clínico Militar Valdivia y Sub Centro Médico Militar Osorno.
Descripción Ver requerimiento técnico de las presentes bases.
Tipo de adquisición LE Licitación Pública.
Tipo de convocatoria Abierta.
Moneda o Unidad reajustable Peso chileno
Presupuesto máximo disponible $30.000.000.- (treinta millones de pesos)) IVA incluido
Etapas del Proceso de Apertura Una Etapa (Etapa de Apertura Técnica y Etapa de Apertura Económica en una misma instancia).
Opciones de pago Transferencia electrónica en cuenta bancaria de la empresa.
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REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES |
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El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una "Declaración jurada de requisitos para ofertar", la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley NO 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley NO 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley NO 211, en la Ley NO 20.393, en la Ley NO 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en el presente proceso licitatorio.
En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley NO 19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de éste como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello ocurriere, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
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ANEXOS E INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Inscripción y habilidad en Registro de Proveedores
Presentar ofertas por el sistema
Anexos
Administrativos - Obligatorio
- Obligatorio
• Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una "Declaración jurada de requisitos para ofertar ", la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración, serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.
• Anexo NO1: Formulario de datos del oferente
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA OFERTAS REALIZADAS POR UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP).
Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores, deberá presentarse adicionalmente a la documentación ya señalada y de forma obligatoria, la siguiente documentación en su totalidad:
• Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Cada uno de los integrantes de la UTP deberá presentar debidamente esta declaración (incluyendo el integrante UTP que ingresó la oferta en el Sistema de Información), cada una de las cuales deberá ser adjuntada en la oferta UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP, oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible.
Los anexos y documentos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos.
Anexos Técnicos Anexo N 3
• Oferta Técnica (Plazo de entrega de los informes”. En caso de que no se presenten éstos anexos o habiéndose presentado éstos no se encuentren debidamente completados y firmado o la información no se encuentra en la oferta será declarada inadmisible en su totalidad y no participará de la evaluación de ofertas.
Los anexos y documentos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.
Anexos
Económicos Anexo N°2:
Oferta económica. En caso de que no se presenten estos anexos o habiéndose presentado este no se encuentren debidamente completados y firmados, la oferta será declarada inadmisible en su totalidad y no participará de la evaluación de ofertas.
Los anexos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos.
Las ofertas deberán ser serias puras y simples, en moneda nacional y no sujeta a condición alguna.
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Observaciones |
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Los anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, ya sea por sí mismo, en el caso de que sean personas naturales, o por los representantes legales de éstos o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, en el caso de que sean personas jurídicas. En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (Las ofertas de las UTP y su evaluación deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 181 del Reglamento de la Ley N019.886 y preferentemente, seguir las recomendaciones de la Directiva NO 22 de la Dirección Chilecompra)' ésta deberá contar con un apoderado, quien deberá ser un integrante de dicha UTP con poder suficiente para representarla, especialmente, respecto de la presentación y suscripción de los anexos técnicos y económicos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 51 de la Ley NO 19.886 La Unión Temporal de Proveedores se podrá constituir exclusivamente por empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas.
Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En los anexos que forman parte de la oferta se debe identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o UTP, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta, por otro. En caso de existir discordancia insalvable de identidad, la respectiva oferta será declarada inadmisible.
5.2 Veracidad de la oferta y comprobación de lo declarado
Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.
Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en la cláusula NO 10.13 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA PODER SER CONTRATADO |
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Si el oferente es
Persona
Natural Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores.
Copia de la cédula de identidad. Acreditar ante el organismo contratante
Anexo N° 6: Declaración Jurada para Contratar. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva
Anexo N°5, Declaración Jurada. Programa de Integridad.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Acreditar ante el organismo contratante
Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. Acreditar ante el organismo contratante
Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo, cuando éste sea requerido en la Ley de Presupuesto del año en que se produzca el correspondiente llamado de licitación.
Acreditar ante el organismo contratante
Si el oferente no es Persona Natural Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores.
Copia de cédula de identidad del representante legal. Acreditar ante el organismo contratante
Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.
Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.
Declaración Jurada para la uniones temporales de proveedores para Contratar. Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
Certificado de antecedentes laborales Y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo, cuando este sea requerido en la Ley de Presupuesto del año en que se produzca el correspondiente llamado de licitación.
Anexo N°5 Declaración Jurada. Programa de Acreditar ante el organismo contratante
Integridad.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona jurídica respectiva.
Sólo para adjudicatarios UTP:
• Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
• Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley N0 19.886.
El incumplimiento de lo requerido en el párrafo anterior facultará a la entidad licitante para readjudicar la licitación de acuerdo con lo establecido en la cláusula “Readjudicación” de estas bases.
a. Observaciones
Todos los anexos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales. En el caso de que la oferta adjudicada sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente para efectuar dicha actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de esa figura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181 del Reglamento de la Ley NO 19.886.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, indicados en esta cláusula, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información
Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar junto al Anexo N06 declaración de antecedentes emanados de la Dirección del Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años acompañando el F30-1 emitido por la dirección del trabajo. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan al contratista por parte del mandante para proceder a su contratación o la autorización del pago correspondiente durante la vigencia del contrato. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de esta.
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GASTOS, DERECHOS E IMPUESTOS. |
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Serán de cargo de los oferentes todos los costos inherentes y/o asociados a su participación en la licitación, a la preparación y presentación de su oferta, así como todos los gastos, derechos e impuestos que tengan su origen en el contrato que se suscriba.
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CONOCIMIENTO DE BASES Y ANEXOS |
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Será deber y responsabilidad exclusiva de los participantes conocer y analizar cuidadosa e íntegramente las bases administrativas, bases técnicas y anexos correspondientes, así como la legislación aplicable y todas las condiciones que de alguna manera indican en el costo o valores finales de los suministros que corresponden a las presentes bases.
Cualquier error u omisión por parte de los oferentes será de su propia cuenta y riesgo, siendo de su exclusiva responsabilidad y costos los errores u omisiones en que incurra.
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FORMARÁN PARTE DE LA PRESENTE LICITACIÓN |
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- Las bases administrativas, técnicas, anexos y sus modificaciones.
- Preguntas y respuestas.
- La Ley 19.886 y su reglamento.
- Ley 18.928 y su reglamento.
- Contrato.
- Oferta adjudicada.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE BASES |
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11.1 Los interesados podrán formular consultas y pedir aclaraciones sobre las Bases, en las fechas indicadas en la página www.mercadopublico.cl, y solamente a través del foro de consultas de la licitación. Estás preguntas y respuestas se colocarán en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, en las fechas publicadas, sin indicar el autor de las mismas.
11.2 Para todos los efectos legales, las preguntas, las respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases administrativas o especificaciones técnicas de esta propuesta.
11.3 Las bases administrativas o técnicas, podrán ser modificadas previa dictación de resolución, antes del cierre de la recepción de las ofertas, para cuyo efecto, se publicarán dichas modificaciones en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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SOBRE LA LICITACIÓN. |
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La presente Licitación se realizará por servicio completo, por lo que se adjudicará a solo un proveedor y considerará los siguientes requerimientos:
Que, la Instalación de Salud, cuenta con un presupuesto disponible de $30.000.000.- (treinta millones de pesos) considerando los servicios afectos y exentos de IVA para toda la duración del contrato tendrá una vigencia a partir del 12FEB2026 o desde la completa tramitación de la Resolución que aprueba el contrato hasta el día 28FEB2028, para la contratación del Servicio de informes telemedicina de exámenes, para el Servicio de Medicina del Centro Clínico Militar “Valdivia” y unidades dependientes”. La Instalación no estará obligada a gastar el total del presupuesto de la presente Licitación, ya que dependerá de sus necesidades y de la demanda de pacientes y usuarios.
El presupuesto máximo a pagar por servicio se detallada a continuación. La oferta que supere estos precios será declarada inadmisible:
Informe de electrocardiograma: valor exento de IVA $ 2.800.-
Holter de presión: valor exento de IVA $ 10.500.-
Holter de ritmo: valor exento de IVA $ 21.000.-
Los equipos para la toma de los exámenes deben ser entregados en comodato, sin costo para el CCMV.
Los equipos que se entreguen deberán ser nuevos, lo cual deberá ser demostrado con un certificado o factura de éstos.
Deberá cumplir con los requerimientos, atendiendo íntegramente a las necesidades de ésta Instalación de salud.
El servicio deberá estar funcionando en un plazo máximo el día 12 de febrero del 2026, y cuando este lista la tramitación de la resolución que aprueba el contrato, contemplando la entrega de equipos en arriendos con los accesorios necesarios para la toma de los exámenes y puesta en marcha y capacitación al personal del CCM “Valdivia” y SCCM “Osorno”.
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PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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13.1 Los precios cotizados serán netos para el arriendo de equipos y exento para la elaboración de los informes de los exámenes, además deberán estar expresados en moneda nacional, en relación a lo solicitado en las bases técnicas.
13.2 Se evaluarán los precios del anexo N°1-A, que corresponden a los informes de exámenes que el CCM “Valdivia” considera como correctamente realizados (valor del holter de presión arterial, holter de ritmo y electrocardiograma). La oferta no podrá estar condicionada a un mínimo de exámenes mensuales. Además, deberá ofertar un precio para el informe de Electrocardiogramas en caso de urgencia (la urgencia la determinará el médico tratante del paciente).
13.3 Deberán ser entregados sin costo a lo largo del contrato: Electrodos tipo ventosa, set de peras precordiales de uso adulto y pediátrico, ya sea por cambio por desperfecto o por cualquier motivo justificado, que el CCMV o sus unidades dependientes lo requieran.
13.4 Especificar tiempo de respuesta en el caso de desperfecto técnico de los equipos, el que deberá ser solucionado en un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde el aviso de la falla. Este requerimiento será evaluado. La omisión de esta información o si la oferta indica un plazo mayor, será motivo suficiente para declarar inadmisible la oferta.
13.5 Especificar el plazo de entrega de los informes, el que no podrá superar las 24 horas contadas desde el envío del examen en el caso de los holter de presión; y no superar las 48 horas contadas desde el envío del examen en el caso de los holter de ritmo y no superar las 24 horas contadas desde el envío del examen, en el caso del electrocardiograma. Los informes deberán ser enviados por correo electrónico o podrán ser descargados desde el sitio web del adjudicatario, previa coordinación con el personal médico encargado del contrato. Los electrocardiograma de urgencia deberán ser entregados en un plazo de 10 minutos.
13.6 Se evaluará la experiencia (años) del oferente trabajando en actividades similares, lo que se certificará mediante la iniciación de actividades o constitución de sociedad de la empresa. La empresa que no indique lo solicitado, se evaluará con puntaje mínimo (0).
13.7 Si la oferta es realizada por persona jurídica o trabaja con personal a su cargo, deberá presentar nómina de profesionales médicos que elaboran los informes; con sus respectivos certificados de título y especialidad, currículum, certificado de CONASEM o certificado de Registro Nacional de prestadores individuales de salud. No se aceptarán informes firmados por profesionales cuyos datos no estén en poder del CCMV y cuyas credenciales médicas no hayan sido verificadas (CONASEM o certificado de Registro Nacional de prestadores individuales de salud)
13.8 Verificar y cumplir con todos los requerimientos técnicos exigidos.
13.9 Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido realizadas con éxito.
13.10 En caso de falta de concordancia entre la oferta presentada en el anexo firmado y la oferta electrónica, prima el anexo firmado por el oferente.
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EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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PROCEDIMIENTOS.
En el procedimiento de evaluación, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, se verificará lo siguiente:
• Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.
• Que cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos y económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos.
Este CCM "Valdivia", se reserva el derecho de rechazar las ofertas que no correspondan a lo solicitado, de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas que cumplan con las condiciones establecidas en las bases, reducirlas o rechazarlas todas, declarando en su caso desierta la propuesta.
Si se determina que una oferta no cumple con los requerimientos de la licitación, será rechazada y el defecto si es esencial no podrá ser subsanado con posterioridad por el proponente.
Para adjudicar, se evaluarán las ofertas recibidas conforme a una matriz de decisión, de acuerdo a los antecedentes que se soliciten, además deben considerar los siguientes parámetros que se ponderarán conforme a los porcentajes que se expresan en el punto “Criterios de Evaluación”
Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, la entidad licitante podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.
- De la oferta y consideraciones generales
a. El oferente deberá presentar una sola propuesta, entendiendo una propuesta como la presentación, por parte de éste, de los antecedentes requeridos en la cláusula “Anexo e instrucciones para la presentación de ofertas”, las que deberán estar debidamente caucionadas, si procede, y que será evaluada según lo establecido en las presentes bases de licitación. Con todo, si el oferente ingresara más de una oferta sólo se aceptará la oferta ingresada en último lugar (según fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartándose las ofertas restantes, las que no participarán del proceso de evaluación de ofertas.
b. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula “Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886.
c. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, si procede, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 56, del Reglamento de la Ley NO 19.886 y si en la respectiva licitación se considera el criterio de evaluación "Cumplimiento de requisitos formales"
d. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas, en caso de ser requerido, por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor, a través de medios oficiales. En el caso en que el proveedor esté inscrito y habilitado por el Registro de Proveedores, serán suficientes los antecedentes que se encuentren en dicho Registro, en la medida que se haya dado cumplimiento a las normas de actualización de documentos que establece el Registro de Proveedores
e. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas bases tipo de licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.
14.2 Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Lo dispuesto en esta cláusula sólo podrá permitirse cuando la entidad licitante haya considerado el criterio de evaluación "Cumplimiento de requisitos formales" como uno de los criterios a utilizar en la evaluación de las ofertas, esto de conformidad con el artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas.
14.3 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en "trámite" o "no vigentes".
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Lo dispuesto en esta cláusula sólo podrá permitirse cuando la entidad licitante haya considerado el criterio de evaluación "Cumplimiento de requisitos formales" como uno de los criterios a utilizar en la evaluación de las ofertas, esto de conformidad con el artículo 56 del Reglamento de la Ley N0 19.886.
14.4 Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, y aquellas que correspondan a personas relacionadas u oferentes que forman parte de un mismo grupo empresarial y que no son la oferta más conveniente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 0 de la Ley NO 19.886. Lo anterior sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Para efectos de seleccionar la oferta más conveniente se optará por aquella que cuente con un mayor puntaje total. En caso de existir dos ofertas o más ofertas con el mismo puntaje total, de proveedores pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionados entre sí, se determinará cuál es la oferta más conveniente de acuerdo con los criterios de desempate indicados en la cláusula 9.6.2 de las presentes bases, según el orden de prelación de dichos criterios establecido por la entidad licitante.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
14.4 Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas
Se realizará en primera instancia la verificación del cumplimiento de los requerimientos mínimos solicitados, a los que deben ajustarse las respectivas ofertas ingresadas, de conformidad con lo dispuesto en estas bases de licitación, para posteriormente ser sometidas al proceso de evaluación respectivo cuando éstas hayan dado cumplimiento cabal a dichos requerimientos mínimos, siendo, por tanto, declaradas admisibles.
Asimismo, se declararán inadmisibles las ofertas de los proveedores que hayan ofertado a la misma propuesta y que pertenezcan a un mismo grupo empresarial o sean personas relacionadas, siendo evaluada solamente la oferta que se determine como la más conveniente, según lo dispuesto en la cláusula “Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación” de las bases de licitación.
14.5 Criterios de evaluación
Sólo serán consideradas en el proceso de evaluación de las ofertas las propuestas que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y por ende, proceder a su evaluación.
La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de acuerdo con las siguientes ponderaciones:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
1. CRITERIO ECONÓMICO 45%
a. FACTOR PRECIO Informes de exámenes HOLTER DE PRESIÓN ARTERIAL, HOLTER DE RITMO Y ELECTROCARDIOGRAMA 45%: La oferta económica (Anexo N°1-A), se evaluará tomando de referencia el menor precio del total de la oferta.
2. CRITERIO TÉCNICO 30%
Este criterio se dividirá en 4 factores:
a. FACTOR: TIEMPO DE RESPUESTA EN CASO DE DESPERFECTO TÉCNICO 5%:
Se evaluará el tiempo de respuesta en caso de desperfecto técnico, el cual no podrá superar las 48 horas, contadas desde que se comunique al adjudicatario que el o los equipos, o el software o hardware está/n fallando.
b. FACTOR: PLAZO DE ENTREGA DE INFORMES DE LOS EXÁMENES HOLTER DE PRESION REALIZADOS 10%:
Se evaluará el tiempo de entrega de los informes dentro del plazo máximo de 24 horas. Dicho plazo comienza a regir desde que la empresa recepciona los exámenes.
Ofertas que superen los 24 horas serán declaras inadmisibles.
c. FACTOR: PLAZO DE ENTREGA DE INFORMES DE LOS EXÁMENES HOLTER DE RITMO REALIZADOS 5%:
Se evaluará el tiempo de entrega de los informes dentro del plazo máximo de 24 horas. Dicho plazo comienza a regir desde que la empresa recepciona los exámenes.
Ofertas que superen los 24 horas serán declaras inadmisibles.
d. FACTOR: TIEMPO DE ENTREGA DE INFORMES DE LOS EXÁMENES ELECTROCARDIOGRAMA REALIZADOS 10%
Se evaluará el tiempo de entrega de los informes dentro del plazo máximo de 24 horas. Dicho plazo comienza a regir desde que la empresa recepciona los exámenes.
Ofertas que superen los 24 horas serán declaras inadmisibles.
3. CRITERIO ADMINISTRATIVO 25%
FACTOR: EXPERIENCIA EN EL RUBRO 15%:
Se evaluará la experiencia en el rubro, lo cual se comprobará mediante la iniciación de actividades o constitución de la sociedad, para ello deberá presentar los antecedentes correspondientes o se evaluará con 0 puntos. Experiencia mínima del oferente 10 años.
FACTOR: COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR 8%
Se evaluará de acuerdo al comportamiento base obtenido en la ficha del proveedor del portal mercado público.
FACTOR 2%: PROGRAMA DE INTEGRIDAD:
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal (capacitación), lo cual deberá ser declarado en el anexo N° 2. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe s su declaración copia del programa de integridad en cuestión tal como es requerido según lo señalado en el anexo N° 2.
Se entendera por programa de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
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APERTURA DE LA PROPUESTA |
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Una vez cerrada la licitación, no se recibirán más ofertas.
Al término de la recepción de las ofertas, se realizará el acto de apertura a través de www.mercadopublico.cl, en una sola etapa.
Se rechazarán aquellas propuestas que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
a. Toda propuesta que no contenga todos los antecedentes solicitados en las Bases, “Documentos Anexos” y “Propuesta”.
b. Toda oferta que no haya remitido la totalidad de los antecedentes solicitados por el mandante o licitante.
c. Toda propuesta que no cumpla con los requerimientos establecidos en las Bases Administrativas, técnicas y/o anexos.
Finalizado el acto de apertura, se procederá a la revisión y análisis de los documentos y antecedentes exigidos en las bases de la licitación, proponiendo mediante el acta correspondiente la oferta que sea más conveniente para los intereses institucionales, señalando el orden de precedencia de dichas ofertas de acuerdo a los resultados arrojados por la aplicación objetiva de la matriz de evaluación.
El sistema de evaluación de las propuestas comprenderá la revisión, comparación y análisis de las ofertas recibidas. La apertura consistirá en la verificación de que los documentos y anexos cumplan con los requerimientos de las Bases Administrativas y técnicas y que la oferta económica considere la totalidad de lo licitado.
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EVALUACIÓN |
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16.1 Se procederá a evaluar las ofertas aceptadas por cumplir con todos los requerimientos establecidos en las bases de licitación y se someterán a la aplicación objetiva de la matriz de evaluación. El acta de evaluación, contendrá la proposición al Director de la Instalación de Salud, señalando cuál es la oferta que debería resultar adjudicada en virtud del resultado obtenido luego de la aplicación objetiva de la matriz de evaluación establecida en las presentes bases.
16.2 El sistema de evaluación de las propuestas comprenderá la revisión, comparación y análisis de las ofertas recibidas y aceptadas de acuerdo al mérito de los antecedentes presentados y del cumplimiento de las bases de licitación.
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SOBRE LA ADJUDICACIÓN |
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Esta instalación de salud, aceptará la propuesta más ventajosa y no estará obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor precio.
El CCM "Valdivia", podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto y sin derecho a indemnización de ningún tipo para quienes no resulten adjudicadas.
Realizado el análisis de las ofertas y sus antecedentes, se procederá a su adjudicación, mediante la respectiva resolución, la que será notificada al proponente adjudicado a través del sitio web www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de utilizar otros medios para efectuar esta notificación en los casos previstos por la ley.
Adjudicada la propuesta el adjudicatario no podrá ceder ni transferir a terceros los derechos y obligaciones que de ella emanen.
Se faculta a la Instalación a modificar los plazos de adjudicación en casos necesarios con el fin de no afectar los derechos de oferentes ni del CCM "Valdivia", explicando las razones del cambio, previa Resolución del Director de la Instalación.
El porcentaje mínimo que debe obtener el oferente que se adjudique la presente licitación no puede ser menor a 60 puntos equivalentes al 60%. Si el oferente ganador obtuviere menos de ese porcentaje, la licitación se declarará desierta por no cumplir con los mínimos exigidos para satisfacer las necesidades del CCM "Valdivia”.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
El acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En caso de empate en el puntaje final de las ofertas, se adjudicará al oferente que tenga un mayor puntaje en el total del criterio “Económico” si continúa, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje en el total del criterio “Técnico”. Si utilizados todos los mecanismos de desempate este continúa se adjudicara al proveedor que tenga mayor puntaje en el criterio “Administrativo”. Si utilizados todos los mecanismos anteriores aún persiste el empate se adjudicará a aquel que haya presentado primero la oferta, lo que queda establecido en los formularios de oferta electrónica.
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RESOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN |
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Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro de un plazo de 2 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el Sistema d Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico mpulquillancat@divsal.cl.
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READJUDICACIÓN |
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La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:
1) Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula “Suscripción del contrato”, de las presentes bases;
2) Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado;
3) No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula “Antecedentes legales para poder ser “contratado" de las presentes bases;
4) De conformidad con lo señalado en la cláusula de estas bases “Suscripción del contrato”, no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación;
5) No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación;
6) Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, servicios para los cuales, resultó adjudicado.
7) Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en la cláusula de estas bases de licitación.
En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 20 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo.
La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación
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FACTURACIÓN Y PAGO |
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Las facturas deberán ser emitidas en relación a las órdenes de compra que esta Instalación de Salud genere. Deberán emitirse separadamente dos tipos de facturas: exentas para el servicio de informe de exámenes y afecta a IVA el arriendo de equipos. Las órdenes de compra se emitirán a través del portal de Chilecompra de acuerdo a los siguientes antecedentes:
Razón Social : Centro Clínico Militar “Valdivia”
R.U.T. : 65.273.020-5
Giro : Actividades de Centros de Salud Municipalizados
Dirección : Orostegui N°1650
Fono : 63-2247325
Ciudad : Valdivia
Factoring: en caso de realizar los pagos por factoring debe respetar lo dispuesto por el Art. 127 del Reglto., de la ley 19.886. El Oferente que se adjudique la presente licitación deberá avisar antes de la completa tramitación del pago, de lo contrario el pago lo recibirá el adjudicatario y no el factor, además no deben existir obligaciones ni multas pendientes entre las partes
El pago se realizará en forma mensual en relación al listado de informes realizados y enviados al coordinador del CCM "Valdivia” por los servicios prestados entre el primer y último día hábil de cada mes y se tramitará después de aceptada la orden de compra y recepción conforme de la factura legalmente emitida y debidamente aceptada en la plataforma electrónica del SII. El pago de la factura se realizará hasta 30 días corridos después de su recepción. Para la tramitación del pago, mensualmente o cuando corresponda deberá presentar F30-1 de la Dirección del trabajo.
El giro del oferente debe corresponder al rubro a que pertenecen los productos o servicios solicitados.
La forma de pago será mediante depósito en cuenta bancaria de la empresa, informada oportunamente por el proveedor adjudicado al encargado de pagos, correo contabilidadccmv@gmail.com.
Las facturas deberán ser emitidas en pesos chilenos a nombre del organismo comprador y enviada a la casilla de correo electrónico indicada por éste, identificando en dicho documento tributario la ID de la orden de compra respectiva.
Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste será aproximado al entero más cercano, a fin de no considerar cifras decimales.
El proveedor deberá cumplir con las obligaciones laborales y previsionales que la Ley exige y generar los contratos que correspondan, con el fin de proteger a sus trabajadores:
- En el evento que el proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, parte o la totalidad (si fuese del caso) del pago producto del contrato, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa, acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas. Regularizadas las situaciones descritas anteriormente, la empresa presentará los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación (al correo contabilidadccmv@divsal.cl).
Para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, respecto de sus dependientes, el CCM "Valdivia” exigirá como requisito para cursar el pago correspondiente a los servicios realizados, que el proveedor acompañe a la factura correspondiente, el siguiente documento: Certificado cumplimiento de
obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, al día y correspondiente al mes anterior al que se está pagando (F30-1).
El Proveedor adjudicado deberá hacer entrega de los servicios previa coordinación con el encargado del contrato o quien lo subrogue.
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DEL PRECIO |
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El precio que se pagará por la entrega de los informes de los exámenes de telemedicina según lo ofertado y adjudicado, servicios encomendados al contratista será calculado en función a la cantidad de informes de exámenes de análisis efectivamente realizados por el organismo comprador y los precios que haya indicado el contratista en su oferta económica para éstos, producto de lo cual resultó adjudicado de conformidad con lo indicado en la cláusula "Adjudicación" de las bases de licitación, al cual se le adicionarán los impuestos que procedan.
No se aceptará reajuste alguno de precios durante la duración del contrato emanado del presente proceso de licitación. En tanto, no procederá el pago de ningún tipo de cobro adicional que no sea exclusivamente el pago de los bienes o servicios recibidos y/o consumidos. Por lo tanto, para mayor claridad, todos los costos asociados al contrato de prestación de servicios y/o cualquier otro gasto que deba incurrir el proveedor para dar cabal cumplimiento a las responsabilidades y obligaciones contraídas por éste al momento de participar de esta licitación, resultar adjudicado y finalmente contratado por parte de la entidad licitante, deberán ser asumidos exclusivamente por el adjudicatario y no podrán ser traspasados al organismo contratante bajo ningún tipo de mecanismo incluido los costos por flete y/o transporte
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PAGO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS. |
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Los servicios que sean entregados por el contratista en virtud de la contratación, se pagarán una vez realizada la recepción conforme de éstos por parte de la entidad licitante, no se pagarán servicios que no hayan sido efectivamente recibidos conforme a la respectiva orden de compra previamente aceptada por parte del proveedor dentro de 48 horas desde su notificación y envío, la que será expresada en pesos chilenos, utilizando para ello la medida de conversión oficial al momento de la emisión de la orden de compra. El contratista deberá emitir el respectivo documento tributario de cobro en función del monto a pagar. En el extraordinario caso de que no se entregue la totalidad del servicio detallado en la orden de compra sólo se pagarán los servicios efectivamente entregados y se tramitarán las sanciones correspondientes que incluirán el cobro de las multas asociadas y la consecuente calificación del proveedor en el portal de Chilecompras. Lo anterior, deberá ser informado por parte del requirente quien además solicitará la anulación de saldo de la orden de compra para que el área de Finanzas haga las rebajas correspondientes en el SIFIE.
Conforme señala la Ley NO 21.131, los pagos serán realizados dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Reglamento de la LeyNO 19.886.
Para efectos del pago, el requirente deberá adjuntar a la factura:
a. La factura (DTE) recepcionada conforme.
b. La recepción conforme emitida por la entidad compradora (acta de recepción).
c. La respectiva orden de compra en estado recepción conforme.
d. Historial de la orden de compra.
e. La aceptación de la factura (DTE) en SII.
El pago de los bienes y/o servicios se realizará en pesos chilenos mediante transferencia electrónica u otro medio de pago que establezca la Ley.
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CELEBRACIÓN DEL CONTRATO |
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Para formalizar la presente contratación, se requerirá la suscripción de un contrato.
Previo a la suscripción del contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar todos los antecedentes requeridos, según lo dispuesto en la cláusula "Antecedentes legales para poder ser contratado". La entrega de los documentos indicados precedentemente será verificada por la entidad contratante al momento de suscribir el respectivo contrato. Del mismo modo, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores y en estado "Hábil" al momento de suscribirse el contrato de suministro.
El contrato deberá suscribirse dentro de los 30 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información, debiendo ser aprobados mediante el correspondiente acto administrativo dictado por el organismo público respectivo o quien tenga poder suficiente para representarlo, cuando proceda.
Si por cualquier causa que sea imputable al adjudicatario el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá el desistimiento de la oferta, pudiendo la entidad licitante readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, de conformidad con la cláusula "Readjudicación".
El contrato de servicio de informes telemedicina de exámenes, para el Centro Clínico Militar “Valdivia” y Sub Centro Medico Militar Osorno, tendrá una vigencia a partir del 12FEB2026 o desde la completa tramitación de la Resolución que aprueba el contrato hasta el día 28FEB2028. Siempre las Instalaciones de Salud podrán dar término al contrato por razones presupuestarias, considerando que los recursos autogenerados anuales no pueden comprometerse, por lo que el presente contrato está sujeto a la disponibilidad presupuestaria anual de las Instalaciones de Salud, para la continuidad del servicio contratado
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
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Las partes, de común acuerdo, podrán modificar el contrato correspondiente por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la institución. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del respectivo contrato. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato o de la orden de compra. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes
- Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
- Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
- Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
En todo caso, las eventuales modificaciones que se realicen al contrato no podrán exceder del 30% del valor total del contrato, siempre que el organismo cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Se deja constancia que, en caso de modificación se deberá emitir la respectiva Orden de Compra, conforme lo señalado en el artículo 117 del Reglamento de la Ley NO 19.886.
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VIGENCIA Y PRÓRROGA DEL CONTRATO |
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El contrato tendrá una vigencia 12FEB2026 o desde la completa tramitación de la Resolución que aprueba el contrato hasta el día 28FEB2028.
Sin perjuicio de lo anterior y por razones del buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, no obstante, su pago estará condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en su dictamen NO 14.362, de fecha 2 de abril de 2008; que permite esta modalidad.
Los organismos contratantes no podrán prorrogar los contratos suscritos con el proveedor adjudicado.
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OBLIGACIONES DE LAS PARTES |
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Del adjudicatario
a. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
b. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
c. Cumplir con las características del servicio ofertado, ya que se adjudicó en virtud de ellas.
d. Nombrar un coordinador por parte de la empresa para que la represente y sea el nexo entre ésta y el CCM "Valdivia", debiendo entregar un número telefónico, correo electrónico institucional en que se le pueda notificar formalmente.
e. Aceptar las órdenes de compra dentro del plazo de 48hrs. Contados desde su notificación y envío.
f. Respetar los valores adjudicados durante todo el tiempo que dure el presente contrato.
g. No exigir montos mínimos de facturación para aceptar las órdenes de compra y enviar los informes e insumos (sin costo para el CCMV).
h. Entregar los informes de los exámenes realizados en los plazos ofertados y adjudicados.
i. El servicio deberá estar funcionando en un plazo máximo el día 12 de febrero del 2026, contados desde la completa tramitación de la resolución que aprueba el contrato, contemplando la entrega de los equipos en arriendo, puesta en marcha y capacitación al personal del CCM “Valdivia” y SCCM “Osorno”.
j. El adjudicatario deberá proporcionar junto con el arriendo de equipos, el software y hardware necesario y sus correspondientes periféricos necesarios para la toma y transmisión digital de los exámenes.
k. Respetar los plazos ofertados en relación a la respuesta a los desperfectos técnicos de algún equipo o software, desde reportada la falla.
l. Enviar los informes al CCM “Valdivia” dentro del plazo ofertado y de la forma indicada y de acuerdo a las instrucciones entregadas por esta Instalación de Salud.
m. Mantenimientos de los equipos arrendados por parte del adjudicatario sin costo para el CCMV y sus unidades dependientes.
n. Deberá resguardar y propender a la entrega correcta de los informes, tanto en lo relacionado con el fondo como en la forma, siendo responsable tanto por el contenido, como por cualquier error que pudiere provocar perjuicios al CCM “Valdivia”.
o. Entregar informes mensuales sobre la cantidad de informes emitidos y con el fin de que se compare con los registros del CCM “Valdivia” y se proceda a la emisión de la respectiva orden de compra.
p. Nombrar un interlocutor válido responsable de la ejecución del contrato, quien para todos los efectos actuará como coordinador y representante del adjudicatario.
q. Capacitar al personal para el uso de equipos entregados en arriendo y software antes de la fecha de implementación en forma remota o presencial.
r. Cambiar los equipos arrendados en caso que éstos no funcionen, se deberán renovar dentro de un periodo de 48 horas desde que se informe el desperfecto.
Del Licitante
a. Verificar la concordancia entre el producto/servicio adquirido y el producto/servicio recibido.
b. Efectuar la recepción conforme de los productos y/o servicios entregados verificando que estos cumplan con el estándar requerido que corresponda según lo establecido en estas bases de licitación y la oferta adjudicada. El organismo contratante deberá velar por realizar dicha recepción conforme dentro de los plazos establecidos en las bases de licitación
c. Recibir los equipos y accesorios entregados en arriendo y capacitación contra acta, firmada por ambas partes.
d. Pagar de manera oportuna los servicios adquiridos de acuerdo a la forma establecida en las presentes bases para estos efectos.
e. Nombrar un coordinador y responsable para la ejecución del presente contrato.
f. Emitir las órdenes de compra que correspondan acorde a la cantidad de informes emitidos en un mes. La Instalación sólo cancelará los informes recibidos, no se pagarán los complementos.
g. Usar los equipos para el servicio que prestan y de acuerdo a su naturaleza.
h. Al término del contrato dentro de un plazo de 5 días hábiles, deberá restituir los equipos y accesorios entregados en arrendamiento con acta de entrega.
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TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El Centro Clínico Militar “Valdivia”, podrá poner término administrativamente, sin forma de juicio y en forma anticipada al contrato en los siguientes casos:
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado en proceso concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N0 20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.
3) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
4) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del órgano comprador.
5) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total contratado o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de seis meses consecutivos.
6) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
e. Disolución de la UTP.
7) En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula "Prohibición de cesión de contrato y subcontratación"
8) En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula "Pacto de integridad".
9) En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula "Confidencialidad".
10) Por alguna de las causales previstas en el artículo 13 ter de la Ley NO 19.886.
11) En caso de incurrir en alguna de las situaciones previstas en la cláusula Requisitos mínimos para contratar, en definitiva, inhabiliten al proveedor para contratar con el Estado en conformidad con las disposiciones ahí contenidas.
12) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad proveedora.
13) Por superar el tope de multas correspondiente al 30% del monto total adjudicado.
14) Si el adjudicatario no envía los informes en los plazos ofertados.
15) Por no entregar los equipos en arriendo en los plazos ofertados.
16) Por entregar informes erróneos en contenido u forma.
17) Por no capacitar al personal médico del CCM “Valdivia”, SCMM “Osorno”.
18) Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se entreguen cauciones con el fin de Garantía el Fiel Cumplimiento del contrato.
19) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
20) Por razones institucionales justificadas, falta de presupuesto, órdenes superiores.
21) Por no funcionamiento de los equipos o sus accesorios entregados en arrendamiento a menos que los cambien dentro de las 48 horas contadas desde el aviso de desperfecto.
22) Cualquier incumplimiento que provoque un desmedro o daño pecuniario al CCM “Valdivia”.
23) Cobrar valores distintos a los adjudicados o aumentar los precios arbitrariamente.
24) Por realizar o firmar informes con personal distinto a aquel informado al CCMV y cuyo registro consta en la Súper Intendencia de Salud y/o CONASEM
Producida cualquiera de las situaciones señaladas, la Resolución del Director del Centro Clínico Militar “Valdivia” de poner término anticipado al contrato se notificará por carta certificada al contratista.
El Centro Clínico, no pagará indemnización alguna al adjudicatario por término anticipado o modificación del contrato.
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RESCILACIÓN O TERMINO DE MUTUO ACUERDO |
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Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTOS. |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente, por correo electrónico registrado en su oferta o en el contrato o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de hasta 20 días hábiles administrativos, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada y además será publicada en el portal www.mercadopublico.cl como antecedente adjunto a la licitación.
Recursos: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
• Consideraciones respecto a las notificaciones:
Las notificaciones que deban practicarse a los proveedores se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la dirección registrada en el Contrato.
Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizadas e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras y Contratación Pública.
• Procedencia de la responsabilidad:
El proveedor adjudicado será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por aquellos originados en causales de fuerza mayor o caso fortuito o en los cuales se demuestre que fueron ocasionados por causas imputables al órgano público comprador o por terceros no vinculados al proveedor adjudicado
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MULTAS |
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El adjudicatario podrá ser sancionado por el CCM "Valdivia" con el pago de multas, por los siguientes motivos:
CAUSALES MULTA APLICABLE
1.- Por atraso en los informes.
2.- Por no entrega de los informes cuando corres onda
3.- Por un informe con error, cualquiera sea. Se aplicará una multa del 2% del valor Neto del examen en falta, por cualquiera de estos 3 incumplimientos, , con un tope de 10 días corridos. Si el examen se atrasa más de ese tiempo se podrá dar termino al contrato.
Las multas anteriormente señaladas serán aplicadas tantas veces como situaciones de incumplimiento, según lo anteriormente previsto, se produzcan durante la vigencia del contrato. Con todo, las referidas multas no podrán sobrepasar el 30% del valor del contrato. En caso de que se supere ese porcentaje, se dispondrá el término anticipado del contrato,. También se dispondrá el término anticipado de contrato cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de seis meses consecutivos, contados desde la primera multa aplicada, esto de conformidad con lo dispuesto en la referencia aludida.
Las multas deberán ser pagadas por el contratista en el plazo máximo de 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa, a nombre del CCM "Valdivia" RUT. 65.273.020-5, a la Cta. Cte. Banco Estado N. 72109001776 en un plazo de 10 días hábiles contados desde que la resolución de cobro de la multa quede firme. El pago deberá ser informado al correo electrónico mpulquillancat@divsal.cl y contabilidadccmv@divsal.cl, adjuntando el respectivo comprobante de pago. En caso de que el contratista no pague dentro de dicho plazo, la entidad contratante procederá al cobro de dichas multas a través del descuento por el pago de facturas futuras. Ahora bien, la entidad no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado, en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de multa.
Las multas serán cobradas en pesos chilenos. En este sentido, cuando las multas se fijen en moneda extranjera, unidades de fomento (UF) o unidades tributarias (UTM), el monto en moneda nacional será determinado al momento de dictar la resolución que aplica la multa respectiva, utilizando para ello los factores de conversión determinados por las fuentes oficiales a dicha fecha. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
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COORDINACIÓN DEL CONTRATO |
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El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato. Por su parte, cada organismo público contratante designará a un administrador de contrato que se vinculará directamente con el adjudicatario.
Las designaciones del coordinador del contrato por parte del proveedor y el administrador de contrato de la entidad contratante deberán realizarse juntamente con la suscripción del contrato.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
a) Informar oportunamente al organismo comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del servicio de informes de exámenes.
b) Representar al proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato
c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
d) Las demás que le encomienden las bases y el contrato suscrito entre las partes
Todo cambio posterior del coordinador del contrato del proveedor deberá ser informado por éste al responsable de administrar de contrato por parte del órgano público comprador, a más tardar dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes de efectuado el cambio, mediante correo electrónico.
Por su parte, el organismo comprador definirá un administrador de contrato cuya función será:
a) Efectuar la coordinación general del contrato y su ejecución.
b) Controlar vigencia (fecha de inicio y término) solicitud o renovación del servicio según corresponda.
c) Mantener calendario actualizado de los respectivos servicios que el proveedor adjudicado debe realizar.
d) Responsable de control y cumplimiento de los servicios contratados.
e) Mantener informado al escalón superior del funcionamiento y cumplimiento de la empresa (si cumple o no con lo convenido)
f) Proponer proyectos párrafos con las disposiciones para realizar los servicios.
g) Generar los documentos de recepción conforme conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes,
h) Solicitar a la empresa los insumos que se necesiten para la toma de examen.
i) Una vez terminado el contrato realizar actas correspondientes a la recepción y entrega de los equipos.
j) Informar a la CGA. Respecto a los cumplimientos en que incurra el contratista para la tramitación de las medidas correspondientes.
k) Las demás funciones que le encomienden las bases y el contrato suscrito entre las partes y las disposiciones institucionales vigentes en la materia.
La vía formal de comunicación entre el adjudicatario y el organismo comprador será exclusivamente el correo electrónico institucional/corporativo, por lo tanto, cualquier materia pertinente a la ejecución del contrato adjudicado, deberán ser efectuados por dicha vía de comunicación, siendo inválido cualquier otro medio de interacción, ya sea fisico o virtual, salvo que así sea dispuesto expresamente en estas bases de licitación para situaciones particulares
Por parte del Centro Clínico, el encargado de la administración del contrato será:
- SG2. Alejandro Valenzuela Saez
- Fono: 63-2247337
- Correo electrónico: planamayormedicina@cosale.cl
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente este pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente y posteriormente el proveedor adjudicado, acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1 0 , 40, 5 0 , 6 0 , 120 , y 160 , en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios y subsanar esos efectos cuando se produzcan de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley NO 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofeftas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la cláusula N0 9.10 de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula NO 10.8.3, numeral ll, de estas bases de licitación.
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CONFIDENCIALIDAD |
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El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el proceso licitatorio y el respectivo contrato.
El proveedor adjudicado debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley NO 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido lo indicado en esta cláusula, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula NO 10.8.3, numeral 11, de estas bases de licitación; lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación
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RELACION ENTRE EL ORGANISMO COMPRADOR Y EL PERSONAL DEL PROVEEDOR. |
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Se deja expresamente establecido que el organismo contratante no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el contratista destine o contrate para la provisión de los bienes o servicios licitados, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del contratista, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.
En este sentido, se deja constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vinculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con la entidad mandante contratante.
El adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones del organismo contratante.
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PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO |
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El proveedor no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con la institución contratante, pues se adjudicó considerando las características propias de los bienes ofertados y el cumplimiento de los estándares técnicos solicitados y evaluados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos
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PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN. |
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La entidad licitante será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura fisica y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución del contrato de suministro objeto de la presente licitación para el respectivo contrato.
El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.
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COMPETENCIA DE TRIBUNALES |
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Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Valdivia y se someten a la jurisdicción de sus tribunales.
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VÍNCULOS DE DEPENDENCIA Y LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD |
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Se deja constancia que el contrato que se suscribirá será de compraventa y/o arrendamiento de bienes y/o servicios no un contrato de trabajo, sin que existan vínculos de subordinación o dependencia alguna entre el CCM “Valdivia” y el personal de la empresa adjudicataria. Por lo tanto, para todos los efectos legales, la empresa tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores, liberando de toda responsabilidad al Centro Clínico Militar “Valdivia”, frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de accidentes de cualquier especie, cuasidelitos, demandas laborales o civiles, demandas por errores u omisiones culpables o dolosas, u otras referidas al no pago de remuneraciones y obligaciones de carácter previsional de los trabajadores a su cargo y en general de cualquier otra obligación que el Proveedor haya asumido con terceros en relación a los bienes y/o bienes licitados.
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REQUERIMIENTO TÉCNICO DE LICITACIÓN PARA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONTRATO DE SERVICIO DE INFORMES TELEMEDICINA DE EXÁMENES, PARA EL SERVICIO DE MEDICINA DEL CCM “VALDIVIA” Y SUS UNIDADES DEPENDIENTES |
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1. OBJETIVO
Mantener y dar continuidad al servicio de informes vía telemedicina para electrocardiograma, holter de ritmo y holter de presión arterial para el Centro Clínico Militar “Valdivia” y Subcentro Médico Militar “Osorno”, que incluye la entrega de software, hardware y los dispositivos necesarios para realizar y transmitir los exámenes antes señalados y de esta manera entregar una atención completa y de calidad a los beneficiarios que se atienden diariamente en estas Instalaciones de Salud., a partir del 12 de febrero del 2026 o desde la completa tramitación de la resolución que aprueba el contrato hasta el 28 de febrero del 2028.
2. SERVICIOS REQUERIDOS
a. Servicio incluye instalación del sistema (software y hadware) y los respectivos equipos para realizar electrocardiogramas, holter de presión y holter de ritmo.
b. El sistema debe ser instalado en los equipos computacionales requeridos por el CCM “Valdivia” y SCMM “Osorno” junto con los equipos para la realización de los exámenes.
c. La instalación del sistema (vía remota o presencial) y el envío de los equipos deberá realizarse en las siguientes Instalaciones de Salud:
1. Lugar : Centro Clínico Militar “Valdivia”
2. Lugar específico : Box telemedicina
3. Dirección : Oróstegui N°1650- Valdivia
4. Horario de entrega : Lunes a Viernes 08:00 a 13:00 y 14:00 a 17:00 hras
5. Lugar : Subcentro Medico Militar “Osorno”
6. Lugar especifico :01 box médico.
7. Dirección : Guillermo Buhler N°1756
8. Horario de entrega : Lunes a Viernes 08:00 a 13:00 y 14:00 a 17:00 hras
3. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO.
a. Se requiere la interpretación y entrega de informes médicos de los siguientes exámenes:
Holter de Ritmo, Holter de Presión Arterial y Electrocardiograma.
b. La empresa adjudicada deberá considerar la entrega de los equipos, software y hardware (equipos) con sus accesorios y/o periféricos en comodato sin costo para el CCMV., para la toma y transmisión de los exámenes de acuerdo al siguiente detalle:
EQUIPO CANTIDAD UBICACIÓN
Equipo Electrocardiograma 02 01 CCM VALDIVIA
01 SCMM OSORNO
Holter de Ritmo 03 CCM VALDIVIA
Holter de Presión Arterial 05 04 CCM VALDIVIA
01 SCMM OSORNO
c. La empresa adjudicada deberá proveer los accesorios e insumos correspondientes (electrodos tipo ventosa, set de peras precordiales de uso adulto y pediátrico, más las pinzas de extremidades) para la toma del Electrocardiograma.
d. El oferente deberá proveer de los siguientes exámenes, el valor máximo a cancelar por cada informes de exámenes es:
- Electrocardiogramas, valor exento de IVA $2.800-
- Holter de presión valor exento de IVA $10.500.-
- Holter de Ritmo valor exento de IVA $21.000.-
e. El oferente deberá acreditar experiencia en el rubro que será evaluada. La experiencia mínima es de 10 años. Si la experiencia es menor se le otorgara 0 puntos.
f. Será responsabilidad de la empresa adjudicada mantener los equipos operativos y en caso de presentar alguno de ellos un desperfecto técnico, éste deberá ser solucionado dentro de 48 hrs. a fin de garantizar y/o satisfacer la atención y demanda de pacientes, vía telefónica con respaldo por escrito.
g. Se deberá realizar capacitación y puesta en marcha en el CCM “VALDIVIA” y SCMM “Osorno” para dar recepción conforme.
h. Se deberá presentar listado de médicos cardiólogos que realizan los informes.
i. La empresa deberá indicar los valores fijos del arriendo de los equipos correspondientes (Electrocardiograma, Holter de Presión, Holter de Ritmo).
j. El servicio deberá ser continuo, es decir, 24 horas y los siete días de la semana.
k. El servicio deberá permitir la impresión del informe de los exámenes.
4. DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS EQUIPOS
La implementación deberá cumplir al menos los siguientes requerimientos mínimos:
a. Instalación del sistema
1. Instalación del sistema vía remota o presencial en cada uno de los equipos requeridos por la Instalación.
2. Entregar un manual de operaciones en español y actualizarlo según las nuevas funcionalidades en caso que el sistema sufra actualizaciones, las que deben ser incorporadas al manual.
3. Contar con portal que permita obtener estadísticas de los informes emitidos. Este listado deberá ser extraído solo por personal autorizado.
4. La plataforma deberá entregar un manual de operaciones y actualizarlos según las nuevas funcionalidades, el que deberá estar disponible de forma digital.
5. La plataforma a emplear deberá contar con las herramientas que permitan asegurar la integridad, confidencialidad y autenticidad. Estas herramientas deben ser fácil de implementar y flexibles.
6. El proveedor del servicio deberá disponer de una mesa de ayuda y soporte técnico remoto desde las 08:00 hasta las 19:30 hras de lunes a viernes con el fin de solucionar de manera inmediata aquellas dudas que puedan emerger en el proceso.
7. Se debe capacitar al personal de salud que usará el sistema durante los 10 días hábiles desde la completa tramitación de la resolución que aprueba el contrato, o desde que la Instalación lo requiera.
b. Equipos.
1. Los equipos que se instalarán deberán ser nuevos. (lo cual deberá ser demostrado con un certificado o factura)
2. Los equipos deberán estar siempre en funcionamiento, por lo que, en caso de falla técnica, el prestador deberá reemplazarlos en un plazo de 01 día hábil desde la notificación de la Instalación por correo electrónico.
5. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1. Fecha inicio del contrato de 12 febrero 2026 o desde la completa tramitación de la resolución que aprueba el contrato hasta el 28 de febrero del 2028.
2. La plataforma deberá permitir ver los informes periodo y/o histórico.
3. La plataforma deberá permitir la configuración de perfiles de usuarios y que determine privilegios, en función de los criterios que disponga dicha plataforma.
4. Claves de acceso según perfiles de cargo.
5. Conectividad a impresora de Red.
6. Sistema (Software) operativo compatible con Windows XP, 7, 8, 10 y 11.
7. Soporte en línea y remoto de lunes a viernes.
8. Conectividad TCP/IP.
9. Compatible con 32 o 64 Bits.
10. Aplicación WEB.
11. El servicio deberá contar con mesa de ayuda y soporte, ya sea al menos con asistencia telefónica en horario de lunes a viernes, desde las 08:00 a 19:30 hras, con operadores capacitados en la solución de problemas técnicos y además con un soporte técnico remoto, en caso de problemas mayores, los cuales podrían ajustarse a tiempos de operación que eventualmente podrían extenderse, previo aviso desde el CCMV.
12. En el caso de la entrega de un informe erróneo, la empresa deberá otorgar una nueva evaluación y nuevo examen sin costo e informado por un nuevo medico cardiólogo dentro de 48 horas. Además de pagar la multa correspondiente.
13. En caso de entregar erróneamente un informe de examen y esto induzca en un mal diagnóstico por parte del profesional médico sobre un paciente, este será de exclusiva responsabilidad del adjudicatario debiendo responder legalmente por dicha falta o error.
14. En caso de pérdida de una muestra, el adjudicatario será el responsable del costo asociado a dicha toma de examen. Ej: repetición, transporte de pacientes, honorario del médico, etc.
15. Nombrar un coordinador por parte de la empresa, para que la represente y sea el nexo entre ellos, el CCM "Valdivia" y Sub Centro Médico Militar Osorno.
16. El informe de los exámenes debe ser realizado por un médico cardiólogo inscrito en la Superintendencia de Salud.
17. Cumplir con todo lo establecido en las bases.
18. Ofertar el total del listado solicitado ya que, de no hacerlo, la oferta será declarada inadmisible.
19. Cumplir con todas las normas sanitarias dispuestas por la ley y autoridades competentes.
20. Se pagará el servicio mensualmente de acuerdo a las muestras informadas en el mes.
6. REGISTROS CLÍNICOS, SECRETO PROFESIONAL Y ENTREGA DE INFORMACIÓN CLÍNICA.
- El prestador deberá conservar el resultado de los exámenes, por un plazo mínimo de 05 años.
- Secreto profesional: Es el deber que tiene el prestador de mantener en absoluta reserva las informaciones, hechos y datos reservados por la persona que ha sido atendida, o que obtengan con ocasión de la atención prestada a un paciente.
- El prestador solo podrá informar, cuando así lo establezcan las leyes, o sea imprescindible para salvar la vida del paciente, de sus familiares y contactos, o cuando los datos sean necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares conforme preceptúa el artículo 10 de la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada.
- Información clínica: El prestador se compromete a velar por la reserva de la información respecto a resultados e informes de los exámenes solicitados. La solicitud y entrega de antecedentes clínicos del paciente, deberá efectuarse de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2°, letra g) de la Ley N°19.628 y el artículo 13 de la Ley N°20.584 resguardando la confidencialidad de esta información y limitando el acceso a ella
7. MONTO DISPONIBLE
El monto máximo disponible para dicho contrato será de $ 30.000.000 valor total o exento de IVA, para la total duración del contrato
8. CONTACTO DE LA LICITACIÓN.
1. SG2. Alejandro Valenzuela Saez
2. Fono: 63-2247337
3. Correo electrónico: planamayormedicina@cosale.cl
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