Resolución de Empates |
en caso de que se presenten situaciones de empate entre 2 o más oferentes, se adjudicará la licitación al oferente que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica, Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio Experiencia del Oferente, De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Propuesta de Arriendo, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Plazo de Instalación . y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Tiempo Reacción.
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MULTAS |
a) La Municipalidad de Teodoro Schmidt, está facultada para cobrar multas de un 1% (uno por ciento) del valor mensual, por cada día de atraso en la puesta en marcha del servicio, descontado directamente del pago de la factura inicial.
b) Se aplicará una multa del 2% del valor de la factura, por el no cumplimiento, referente a la notificación obligatoria por parte del contratista al celebrar un contrato de factoring o sesión de crédito, plazo que se contará 48 horas desde la fecha de suscripción.
c) Se aplicarán multas equivalentes al 1% (uno por ciento) del valor mensual, por el atraso en el reemplazo de equipos en el caso de fallas, en el tiempo que tiene a empresa para reponer el equipo, descontado directamente del pago de la factura correspondiente.
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ADJUDICACION |
La adjudicación se formalizará a través de un Acta y Decreto de Adjudicación, los cuales serán elaborados por la Unidad de Adquisiciones del Municipio de Teodoro Schmidt, una vez emitido el informe de la Comisión Evaluadora y resuelto por el Sr. Alcalde el oferente adjudicado, en que no podrá sobrepasar los 15 días hábiles siguientes a la fecha de apertura de las propuestas. Asimismo, dicha Unidad deberá enviar la respectiva Orden de Compra; documentos todos que deberán ser publicados en www.mercadopublico.cl
La notificación de la adjudicación de la propuesta se entenderá practicada 24 horas después de que se publique en el portal el Acta y Decreto de Adjudicación.
Si la adjudicación no se realizare dentro del plazo establecido, se comunicará por el portal el nuevo plazo para la adjudicación, así como las razones que justifican el incumplimiento del plazo.
Los oferentes cuyas propuestas no fueren aceptadas, no tendrán derecho a indemnización alguna, renunciando expresamente a toda acción administrativa o judicial por el solo hecho de presentarse a la propuesta.
Una vez emitido el informe por la Comisión Técnica y resuelto por el Sr. Alcalde el oferente adjudicado, la unidad de Adquisiciones procederá a realizar los documentos de adjudicación, Decreto Alcaldicio de Adjudicación, Contrato, etc., siempre que el valor no supere las 500 U.T.M.
Si el valor de la Oferta Adjudicada, tiene un valor igual o superior a 500 UTM, deberá regirse por lo establecido en la Ley 18.695, Art. 65°, letra j).
El resultado de la Licitación será comunicado a todos los oferentes, una vez concluido el trámite administrativo de la adjudicación y enviada la Orden de Compras, a través del Mercado Público, con un plazo de hasta 5 días corridos contados desde la resolución del Sr. Alcalde, si el valor de la adjudicación es menor a 500 UTM.
Aceptada la Orden de Compra por parte de oferente adjudicado, éste tendrá un plazo de 10 días corridos para proceder a la suscripción del contrato respectivo.
Si por causa imputable al adjudicatario, el contrato no se suscribe dentro del plazo indicado precedentemente, se entenderá desistido de la oferta, pudiendo la Municipalidad adjudicar la licitación a los oferentes que ocupen los lugares siguientes, o llamar a una nueva propuesta pública o privada, sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, y de las acciones legales que procedan.
Si ello obedece a responsabilidad de la entidad licitante, ésta resolverá un nuevo plazo dentro del cual deberá firmarse el contrato; tras los cual, los oferentes deberán renovar la garantía si no cubre el nuevo plazo.
Si el contrato no se suscribe dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la apertura de la propuesta, por causas imputables al Mandante, el oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados. El desistimiento deberá ser comunicado por escrito al Municipio, solicitando además la devolución de los antecedentes.
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CONTRATO DE FACTORING O CESION DE CREDITO |
En el evento de celebrar un contrato factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Municipio dentro de un plazo de 48 horas siguientes de su celebración, en caso de incumplimiento de esta norma, se aplicará una multa equivalente al 2% del valor de la respectiva factura. Se debe considerar un plazo de 30 días corridos el plazo para reclamar del contenido de la factura factorizada por parte del municipio, según el artículo 3° numero 2 de la Ley 19.983.
Asimismo, la unidad técnica, deja establecido en las presentes BASES para estos efectos que la simple recepción de la factura por la oficina de partes no implica la aceptación de recepción del bien y de su pago, sino que esto corresponde exclusivamente al inspector técnico o funcionario municipal a cargo de la adquisición, responsable de la recepción conforme de los bienes. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la 19.983.-
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TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
Se deja expresa constancia que el Contrato de dé lugar esta licitación, tiene el carácter de administrativo, y que por lo mismo podrá terminarse anticipadamente por resolución fundada de la Municipalidad, como establece el Art. 13 de la Ley 19.886 sin perjuicio de los casos señalados en las Bases Administrativas, en las siguientes causas:
a) Si el Contratista, por causa que le sea imputable, no instale los equipos dentro del plazo ofertado.
b) El valor total acumulado de las multas excede el 10% del valor del contrato, incluidas sus modificaciones.
c) Por paralizar el servicio por más de 10 días corridos sin causa justificada, debidamente calificadas por el Inspector Técnico de la obra.
d) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del Contratista cuando tenga documentos comerciales protestados o se encuentre en mora en el pago de las obligaciones previsionales o tributarias.
e) Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorio, Apoderados o bien que tenga la Administración de la sociedad, sea por acto constitutivo o por delegación.
f) Si el Contratista fuere una sociedad y se disolviera.
g) La Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato, por incumplimiento de las Cláusulas del mismo, dando aviso con anticipación a la fecha fijada para el término, mediante carta certificada al domicilio indicado por el oferente en su propuesta. Este término anticipado no da derecho a Indemnización y reclamos posteriores por parte del Contratista y se cancelará hasta lo efectivamente avanzado a la fecha de término, siendo debidamente informado por el Inspector Técnico.
h) También las partes contratantes de común acuerdo, podrán poner término anticipado al contrato, cuando razones de carácter técnico o financiero lo aconsejen.
En caso de producirse la terminación anticipada del contrato, a excepción de lo señalado en el inciso anterior, la Municipalidad podrá aplicar la sanción señalada en el Art. 20° de las presentes BAE, y hacer efectivas las garantías que obren en su poder.
En relación a la resolución fundada de terminación o modificación, emitida por la Unidad Técnica, se deberá cumplir con lo establecido en el Art. 79 del DS 250/04 del Ministerio de Hacienda.
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DE LOS PLAZAS |
Se entenderán corridos salvo expresa mención en orden a ser hábiles.
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AUMENTO O DISMINUCION DE LAS PARTIDAS |
Por tratarse de un Contrato de Suministro, la Municipalidad de Teodoro Schmidt, se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria y/o del requerimiento del servicio, cuando lo estime conveniente.
La Municipalidad podrá solicitar durante la vigencia del contrato, aumentar la cantidad de equipos de fotocopiadoras, cuyo costo de arriendo será proporcional, es decir desde la fecha del requerimiento hasta el Término del Contrato
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MODIFICACION DE LAS BASES |
La municipalidad de Teodoro Schmidt, podrá modificar las presentes BAE y documentos anexos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia o por una aclaración solicitada por algún oferente, durante el proceso de la propuesta, informando oportunamente a través del Portal de Mercado Público, la que pasará a formar parte integra de las presentes BAE de licitación.
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