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GENERALIDADES |
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La Ilustre Municipalidad de Portezuelo invita a las empresas dedicas a la venta al por mayor o menor de equipos de línea blanca, inmobiliarios y accesorios de camas, colchones y otros; a participar a través de la plataforma de mercado público en la adquisición nuevos de equipamientos para siete familias beneficiarias del programa habitabilidad, convocatorio año 2023
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BASES |
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La propuesta se regirá por las presentes bases y demás documentos relacionados y por las normas legales y reglamentarias vigentes a la fecha de su apertura.
Asimismo, constituirán reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones emitidas por el municipio, sea que ella fuere requerida por los mismos participantes o bien impartidas por éste.
El proceso de licitación se regirá por los mecanismos establecidos en la Ley N° 18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades”, en la Ley N° 19.886 de Compras y Contrataciones y en su reglamento.
Las bases estarán a disposición de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
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OBJETIVOS |
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La Dirección de Desarrollo Comunitario (Dideco), a través del programa Habitabilidad, solicita la realización de un nuevo proceso de licitación para la adquisición de nuevos equipamientos y mobiliarios para siete familias de la comuna de Portezuelo, beneficiarias del programa Habitabilidad, convocatoria año 2023.
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ORGANISMO CONTRATANTE |
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La entidad contratante de este convenio de suministro será la misma que realizará la respectiva orden de compra.
ORGANISMO : MUNICIPALIDAD DE PORTEZUELO
RUT : 69.140.200-2
UNIDAD TÉCNICA : FOSIS
PROGRAMA : MINISTERIO DEL DESARROLLO SOCIAL, PROGRAMA HABITABILIDAD CONVENIO AÑO 2023.
FONDOS PRESUPUESTARIOS : MIDEPLAN
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ASIGNACIÓN DE UNIDAD TÉCNICA |
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La unidad técnica designada por el programa fosis, será la Ilustre Municipalidad de Portezuelo a cargo de la Dirección de Desarrollo Comunitario (Dideco).
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EMISION DE LAS ORDENES DE COMPRA |
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La orden de compra emitida deberá indicar el número de decreto alcaldicio que aprueba la adjudicación de la licitación pública y orden de compra correspondiente.
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PARTICIPANTES |
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Pueden participar en esta Licitación todos aquellos oferentes que no se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades que contempla el inciso 1º y 6º del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, referente este último a la prohibición de contratar con entidades públicas.
Podrán presentar ofertas aquellos proveedores, Personas Naturales o Jurídicas Inscritos en el portal Chile Compra y Chileproveedores, que cumplan con los requisitos de las presentes bases. Y que mantengan giro relacionado con la materia de la propuesta.
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OFERTA |
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Para estas bases se contemplará el detalle real de los productos a necesitar (punto número 11), y cuya información deberá ser transcrita (junto a sus respectivos valores) en el anexo número 5 y 7.
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INGRESO DE VALORES |
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Para efectos de evaluación se solicitará que los proveedores interesados en participar completen la siguiente información:
- Al momento de ingresar el precio en la plataforma de mercado publico deberán ser valores NETOS.
- Deberán ingresar el detalle de los bienes a contratar en el anexo n° 5.
- Deberán ingresar su presupuesto en el anexo n° 7.
Los valores que el o los oferentes entreguen, deberán tener completa concordancia entre un anexo y otro.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Se recibirán y contestarán las consultas y/o aclaraciones, a través de los mecanismos legales impartidos por la plataforma de mercado público (www.mercadopublico.cl) y en los plazos establecidos en la presente licitación.
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PRESENTACION DE LA PROPUESTA |
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Como se había indicado anteriormente, el objetivo de esta propuesta es poder brindarles a las siete familias beneficiarias del programa habitabilidad, la entrega de nuevos equipamientos y mobiliarios y así solucionar las actuales necesidades que día a día afrontan en sus hogares, como es el caso de:
INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PROPUESTA.
INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PROPUESTA POR FAMILIA BENEFICIARIA.
PRIMERA FAMILIA BENEFICIARIA
DETALLE MEDIDAS CANTIDAD
Marquesa de madera 2 plazas 1
Colchón 2 plazas 1
Sábanas 2 plazas 1
Frazadas 2 plazas 2
Cobertor 2 plazas 1
Almohada (pack) 2 plazas 1
Cajonera 5 cajones 2
SEGUNDA FAMILIA BENEFICIARIA
DETALLE CANTIDAD
Marquesa de madera 1.5 plaza 1
Colchón 1.5 plaza 1
Sábanas 1.5 plaza 1
Frazadas 1.5 plaza 2
Cobertor 1.5 plaza 1
Almohada 70 x 50 cms 1
Cajonera 5 cajones 2
TERCERA FAMILIA BENEFICIARIA
DETALLE CANTIDAD
Litera 1.5 plaza 1
Colchón 1 plaza 2
Sábanas 1 plaza 2
Frazadas 1 plaza 4
Cobertor 1 plaza 2
Almohada 70 x 50 cms 2
Cajonera 5 cajones 2
CUARTA FAMILIA BENEFICIARIA
DETALLE CANTIDAD
Marquesa de madera 2 plazas 1
Marquesa de madera 1.5 plazas 1
Colchón 2 plazas 1
Colchón 1.5 plazas 1
Sábanas 2 plazas 1
Sábanas 1.5 plazas 1
Frazadas 2 plazas 2
Frazadas 1.5 plazas 2
Cobertor 2 plazas 1
Cobertor 1.5 plazas 1
Almohada (pack) 2 plazas 1
Almohada 70 x 50 cms 1
Cajonera 5 cajones 1
QUINTA FAMILIA BENEFICIARIA
DETALLE CANTIDAD
Marquesa 1.5 plazas 1
Colchón 1.5 plazas 1
Sábanas 1.5 plazas 1
Frazadas 1.5 plazas 2
Cobertor 1.5 plazas 1
Almohada 70 x 50 cms 1
SEXTA FAMILIA BENEFICIARIA
DETALLE CANTIDAD
Marquesa 2 plazas 1
Colchón 2 plazas 1
Sábanas 2 plazas 1
Frazadas 2 plazas 2
Cobertor 2 plazas 1
Almohada (pack) 2 plazas 1
SEPTIMA FAMILIA BENEFICIARIA
DETALLE CANTIDAD
Marquesa 1.5 plazas 1
Colchón 1.5 plazas 1
Sábanas 1.5 plazas 1
Frazadas 1.5 plazas 2
Cobertor 1.5 plazas 1
Almohada 70 x 50 cms 1
Batería de cocinas 8 piezas 1
Cocina a gas 4 quemadores 1
Mueble de cocina 1
Closet 3 puertas – 2 cajones 1
INFORMACIÓN DETALLADA DE PRODUCTOS A SOLICITAR
DETALLE DESCRIPCIÓN DETALLADA
Marquesa De madera
Colchón Densidad 21 kg / m3
Sábanas 144 hilos
Frazadas 70% de lana – ribeteada 4 costados
Cobertor 50% de lana – 50% acrílico
Almohada 2 unidades, a utilizar en camas de 2 plazas
Almohada Espuma antialérgica con forro lavable
70x50 cm
Litera De madera
Cajonera Con 5 cajoneras - resistente a la humedad
Batería de cocina De acero inoxidable – 8 piezas
Cocina Combustión a gas
Con tapa superior
4 quemadores
Cubierta de acero inoxidable
Debe incluir cilindro de gas, capacidad 15 kilos
Mueble de cocina Resistente a la humedad
Closet 3 puertas y 2 cajones
RESUMEN GENERAL
DETALLE CANTIDADES
Marquesa 2 plazas 3
1.5 plazas 4
Colchón 2 plazas 3
1.5 plazas 4
1 plaza 2
Sábanas 2 plazas 3
1.5 plazas 4
1 plaza 2
Frazadas 2 plazas 6
1.5 plazas 8
1 plaza 4
Cobertor 2 plazas 3
1.5 plazas 4
1 plaza 2
Almohada Pack (camas de dos plazas) 3
70x50 6
Litera 1.5 plazas 1
Cajonera 5 cajones 7
Batería de cocina 8 piezas 1
Cocina A gas – 4 quemadores – cilindro de 15 kilos incluido 1
Mueble de cocina 1
Closet 3 puertas – 2 cajones 1
UBICACIÓN VIVIENDAS FAMILIAS BENEFICIARIAS.
UBICACIÓN BENEFICIARIOS
Sector el Sauce 2 familias
Sector Quitento 1 familia
Sector Cucha Urrejola 1 familia
Sector Llahuen Bajo 1 familia
Sector Portezuelo Urbano 2 familias
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MONTO Y FINANCIAMIENTO |
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Por lo tanto, el presupuesto total disponible, provenientes de fondos Mideplan es de $4.086.102 (Cuatro millones ochenta y seis mil ciento dos pesos) IVA incluido.
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COMISION EVALUADORA |
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La comisión evaluadora estará integrada según el Decreto Alcaldicio N° 1633 de fecha 18 de julio del año 2024, cuyos nombres y cargos serán especificados en el siguiente recuadro.
CARGO NOMBRE
Administrador Municipal José Martínez San Martin O, quien lo subrogue
Director de Desarrollo Comunitario José Torres Sandoval O, quien lo subrogue
Encargado del programa Habitabilidad Patricio Molina Figueroa O, quien lo subrogue
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PROCEDIMIENTOS DE APERTURA |
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La comisión de apertura de la propuesta aceptará solamente las ofertas que contengan todos los documentos solicitados en el punto número 12, es decir los anexos n° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.
En el caso que la oferta no contemple estos seis anexos, la comisión evaluadora declarará inadmisible al o los oferentes y por ende no podrá seguir participando del proceso licitatorio.
No se recibirán propuestas, como tampoco podrán retirar ni modificar estos después de la fecha y horario de cierre.
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ELABORACIÓN DEL ACTA |
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Una vez terminado el proceso de apertura y selección, se comenzará a elaborar el acta correspondiente, dejando constancia e informando al señor alcalde sobre la inhabilidad, el detalle, precio, rechazo y adjudicación de la oferta.
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SOLICITUDES DE ANTECEDENTES Y ACLARACIONES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Asimismo, la entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertar o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para dichas aclaraciones y presentaciones de antecedentes se otorgará un plazo establecido en el sistema de informaciones de mercado público y en la licitación pública respectiva.
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ENTREGA DE LOS PRODUCTOS |
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Los productos solicitados deberán ser entregados en los domicilios de cada una de las familias beneficiarias del programa, debiendo presentar al encargado del programa, un respaldo digital con las imágenes de documento de recepción de entrega de los equipamientos.
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ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
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La Municipalidad de Portezuelo se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente, cualquiera de las ofertas presentadas.
El mandante resolverá la propuesta dentro del plazo establecido en el portal Mercado Publico, siendo los antecedentes estudiados e informados por la comisión evaluadora designada para tales fines según el punto número 15.1 de las presentes bases.
La decisión de la Municipalidad de Portezuelo, respecto a la calificación de las ofertas es discrecional y definitiva, siendo su resolución el resultado de las evaluaciones de sus aptitudes técnicas y económicas.
Toda información falsa, alterada y maliciosamente incompleta, entregada por los oferentes en documentos anexos u otros que la comisión le requiera, será constitutiva de dolo y lo eliminará por este hecho de participar en la propuesta.
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CLÁUSULA DE EMPATE EN EL PROCESO |
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En el caso que existiera dentro del proceso de adjudicación un empate entre dos o más ofertas, se seleccionara los siguientes criterios de evaluación, emitidos según el detalle correlativo de la siguiente tabla.
CRITERIOS PARA EL DESEMPATE
Primera opción de desempate Especificaciones técnicas
Segunda opción de desempate Precio
Tercera opción de desempate Plazo de entrega
Cuarta opción de desempate Experiencia
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GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO |
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No se solicitará
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GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA |
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No se solicitará
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CONTRATO |
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El contrato se formalizará de acuerdo con el artículo 63 del D.S 250 de 2004, vigente desde el 27 de diciembre de 2011, es decir, con la emisión de la orden de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor.
En el supuesto caso que el oferente no acepte la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de proponer adjudicar a algunos de los otros oferentes en el orden en que hubieran sido evaluados.
En caso de una nueva licitación, está será informada y notificada por intermedio del portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con lo señalado en el primer párrafo de este punto.
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TRASPASO DEL CONTRATO |
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El proveedor no podrá traspasar a terceros el contrato que se celebre con esta Municipalidad.
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VISITA EN TERRENO |
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No se solicita.
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NOTIFICACIÓN |
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Dictado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la Propuesta, se realizará la emisión de la orden de compra de los bienes través del portal www.mercadopublico.cl., la cual deberá ser aceptada por el oferente dentro de un plazo máximo de 05 días hábiles, contados desde la emisión de la Orden.
El no aceptar la orden dentro de ese plazo se entenderá por desistida la oferta, dando paso a adjudicar al segundo mejor oferente o a efectuar un nuevo llamado a licitación
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PLAZO DEL CONTRATO |
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La vigencia del contrato es desde la fecha de adjudicación y aceptación de la orden de compra y hasta el termino de cierre del programa establecido.
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MULTAS |
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El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos incurridos a la hora de la entrega de los respectivos bienes y/o insumos. Para esto se aplicará por cada día hábil de atraso, un 3% del valor total de los bienes y/o insumos solicitados (con un tope de 5 días hábiles).
Estas multas serán aplicadas en el caso de atrasos en la entrega total, parcial o por el rechazo en el incumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas al momento de comprar.
Las multas no podrán sobrepasar el 20% del valor del contrato u orden de compra.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario, ya sea en la respectiva factura a pagar o en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento (si la hubiere).
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos resulte un número con decimales, esté se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los tribunales ordinarios de justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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COBRO DE LA GARANTIA |
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La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos.
- Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo.
- Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto termino anticipado al correspondiente contrato.
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PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DEL INCUMPLIMIENTO |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa y otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicatario personalmente, por carta certificada o a través de correo electrónico, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente, mediante carta certificada o por correo electrónico.
El proveedor adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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TERMINO ANTICIPADO |
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La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el termino anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disuelve la empresa adjudicada
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
d) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal independiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presentes o futuros, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
- En caso de que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 5 días hábiles.
- En caso de que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 20% del valor total contratado.
- Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases.
- Registrar, a la mitad del periodo de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las bases.
En estos casos de termino anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el termino anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
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DOCUMENTOS INTEGRANTES |
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La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
- Bases de licitación y anexos propios de esta.
- Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere.
- Ofertas.
- Contrato definitivo entre las partes (si lo hubiera).
- Decretos Alcaldicios propios de la licitación.
- Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno y otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases.
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EMISION DE FACTURAS |
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- El proveedor deberá enviar el o los productos con su respectiva guía de despacho o factura.
- En el caso que el proveedor entregue los productos junto con la factura, esta deberá tener como fecha de emisión, el mismo día de la fecha de entrega de los productos; caso contrario, deberá ser anulada y ser emitida con fecha igual o superior.
- El proveedor deberá emitir la factura por la totalidad de los productos entregados y no por la totalidad de los productos indicados en la orden de compra.
- En el caso que la factura tenga una fecha de emisión anterior a la fecha de entrega, esta deberá ser anulada (y cuya solicitud será requerida por el departamento de finanzas).
- El proveedor deberá ser responsable de entregar todas las notas de créditos correspondientes.
- La factura será ingresada en oficina de partes una vez emitida la factura y llegado los productos.
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ESTADO DE PAGO |
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La Ilustre Municipalidad de Portezuelo realizarán la emisión de las respectivas órdenes de compra, de acuerdo con las necesidades y/o requerimientos que las unidades o departamentos soliciten a la Dirección de Administración y Finanzas.
El proveedor deberá emitir una factura para cada orden de compra, las cuales deberán ser pagadas en un tiempo menor o igual a 30 días (contados desde la fecha de ingreso en oficina de partes).
El pago de la factura se podrá realizar, una vez que:
- La factura sea emitida posterior o igual a la fecha de entrega de los productos.
- La factura sea ingresada en oficina de partes.
- Que los productos o bienes en sí sean recepcionados por la persona encargada de bodega.
- La persona encargada de bodega realice el documento de recepción y entrega de los productos.
- Previa recepción conforme de la unidad o departamento solicitante.
- Documentación respaldo propias del convenio de suministro (orden de compra, solicitud de pedido, decretos alcaldicios propios de la licitación y otros).
La factura deberá ser extendida a nombre del organismo demandante.
La falta o la emisión de alguno de los requisitos de los antecedentes solicitados, provocará el no pago del servicio respectivo.
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OPERATORIA |
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Se operará mediante orden de compra.
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CAUSALES DE ANULACION DE ORDENES DE COMPRA Y/O TERMINOS ANTICIPADOS DE CONTRATO |
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La anulación de la orden de compra o el término anticipado de contrato exime al mandante de cualquier responsabilidad civil o penal respecto al oferente y se podrá hacer efectivo entre otras consideraciones descritas o no en las bases y documentos anexos, en los siguientes casos:
a) Si el oferente no iniciare oportunamente la ejecución del convenio de acuerdo con el plazo de ejecución, incurriere en atrasos o paralizare la entrega de los productos sin causa justificada.
b) Si el oferente, en forma reiterada, no acatare las órdenes e instrucciones que, de acuerdo con lo coordinado previamente en forma verbal o por escrito le impartiere el emisor de la orden de compra.
c) Si el oferente fuere declarado en quiebra, falleciere si es persona natural, o se disolviere, si es persona jurídica.
d) Si el oferente, persona natural, alguno de los socios de la empresa oferente, su representante, el gerente o alguno de sus directores, fuere sometido a proceso o condenado por delito que merezca pena aflictiva.
e) Si el oferente registrare documentos comerciales girados o aceptados por él o su representante, que le hubieren sido protestados y se mantengan impagos por más de 60 días.
f) Por cualquier incumplimiento grave de las condiciones estipuladas en las bases administrativas generales y especiales, especificaciones técnicas o económicas y la orden de compra o contrato emitida al oferente.
g) Mutuo acuerdo de las partes comunicado por escrito entre ellas.
h) Fallas, falencias o incumplimiento evidente en la calidad de los elementos utilizados, confección o diseño del producto y/o de los servicios contratados.
i) Problemas que menoscaben la imagen del oferente ante la opinión pública de acuerdo con lo estimado por el mandante.
Cualquier situación que inhabilite al oferente para efectuar transacciones comerciales con el mandante de acuerdo con disposiciones legales vigentes o establecidas de alguna manera por el mandante y que se presenten con posterioridad a la firma del contrato de suministro de bienes y servicios, por el solo hecho de hacerse presente tal situación, sea o no con aviso previo del oferente.
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CONSIDERACIONES FINALES |
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a) El Mandante se reserva el derecho a adquirir aquellos productos que eventualmente encuentre con otros proveedores y que signifiquen condiciones más ventajosas para la Municipalidad.
b) El Mandante se reserva el derecho de adjudicar a un oferente por línea.
c) El proveedor adjudicado deberá procurar siempre dar preferencia a la Municipalidad en la entrega de los productos del rubro y conseguir aquellos que no expenda frecuentemente.
d) Los productos deben ser entregados en las bodegas del mandante o donde este lo solicite, salvo productos de menor volumen que puedan ser retirados en bolsas de mano o similares, por lo tanto, el valor del producto debe contemplar la entrega en las instalaciones de la Municipalidad y no cobrar aparte este servicio.
e) Referente al análisis económico, es importante señalar que los resultados serán calculados a través de la suma total de los valores ingresados por oferente (en el anexo n°8) en la licitación.
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