Licitación ID: 3631-7-LE19
TRANSPORTE ESCOLAR RUNCA, TALADRIZ Y JARDIN RUNCA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE MAFIL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
SECTOR 1 - ESCUELA RURAL RUNCA, - Máfil urbano a Runca - Runca - El Huape - Quirquilento - Quineo - Villa San Luis - Lo Águila - Linguento  

2
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
SECTOR 2 - ESCUELA ENRIQUE TALADRIZ - - Máfil Urbano a Lo Águila - Sector Lo Águila - Sector Quineo  

3
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
SECTOR 3 - JARDIN PEQUEÑOS GRANJEROS - - Máfil Urbano a Runca - Runca - El Huape - Quirquilento - Quineo - Villa San Luis - Lo águila - Cruce Sta. Elena - Huillón - Linguento - Puente Negro  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
TRANSPORTE ESCOLAR RUNCA, TALADRIZ Y JARDIN RUNCA
Estado:
Revocada
Descripción:
PROVEER DE TRANSPORTE ESCOLAR ESCUELA RURAL RUNCA, ESCUELA RURAL ENRIQUE TALADRIZ Y JARDÍN INFANTIL PEQUEÑOS GRANJEROS– COMUNA DE MAFIL-2020, SEGUN SOLICTUD DE COMPRA 1096.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Municipalidad de Máfil - Depto. Educación
R.U.T.:
69.200.500-7
Dirección:
BERNARDO OHIGGINS 306, MAFIL
Comuna:
Máfil
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-01-2020 18:49:00
Fecha de Publicación: 02-01-2020 9:04:00
Fecha inicio de preguntas: 02-01-2020 14:35:00
Fecha final de preguntas: 06-01-2020 14:35:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-01-2020 14:35:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-01-2020 18:50:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-01-2020 18:50:00
Fecha de Adjudicación: 22-01-2020 12:02:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- A) Documentación Administrativa: El oferente deberá adjuntar escaneado al Portal www.mercadopublico.cl, antes del cierre de la Propuesta, los documentos administrativos que se detallan. 1. Identificación del Oferente.(anexo Nº 1) 2. Declaración Jurada simple.(anexo Nº 2) La no presentación de alguno de los anexos administrativos solicitados, será causal de rechazo y no será admisible para el proceso de evaluación de ofertas.
Documentos Técnicos
1.- B) “Propuesta Técnica”: El oferente deberá adjuntar escaneado al Portal www.mercadopublico.cl, antes del cierre de la Propuesta, los documentos técnicos que se detallan. 1. Certificado de Dominio Vigente del registro Civil e Identificación que acredite el dominio Vigente del vehículo a nombre del oferente. 2. Fotocopia de Licencia de Conducir del Conductor apta para el transporte de Escolares (Clase A1 antigua, Clase A3). 3. Certificado de antecedentes para fines especiales del chofer del vehículo. 4. Certificado de antecedentes para fines especiales del acompañante del vehículo. 5. Certificado de Revisión Técnica al día que indique que el vehículo es apto para el transporte de Escolares y/o alumnos. 6. Razón Social de la Empresa, Representante Legal, dirección comercial y particular, RUT de la empresa y de su representante legal. 7. Extracto de escritura vigente. (en caso de sociedades). 8. Declaración Jurada Simple de implementación de Botiquín y extintor.(firmada) 9. Seguro Obligatorio vigente. 10. Inscripción en la Seremi de Transporte para traslado Escolares (debe acreditar con documentación respectiva). 11. Permiso de Circulación al día.
 
Documentos Económicos
1.- C) “Oferta Económica”: El oferente deberá ingresar al Portal www.mercadopublico.cl.l antes del cierre de la Propuesta, la oferta económica considerando el valor neto de ésta, además deberá adjuntar escaneado y firmado al portal lo siguiente: - Oferta Económica (Anexo Nº3), - Experiencia en el Rubro (Anexo Nº4),
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50%
2 Año de Fabricación SEGUN TABLA - ARTICULO Nº22 30%
3 Experiencia en el Rubro SEGÚN ARTICULO Nº22 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FONDOS DAEM
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 22 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: RODRIFO TALADRIZ GUTIERREZ
e-mail de responsable de pago: FINANZASDAEM@MUNIMAFIL.CL
Nombre de responsable de contrato: RUBEN OLIVERA ARTEAGA
e-mail de responsable de contrato: RUBENOLIVERA@MUNIMAFIL.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-63-2411851-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAFIL
Fecha de vencimiento: 31-12-2021
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificados de fianza o póliza de garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, la que deberá entregarse al momento de firmar el Contrato de Suministro correspondiente, por el $200.000.- pesos, con una vigencia por el periodo que dure el Contrato de Suministro. La entrega de la Boleta de garantía o Vale Vista será en la oficina de Partes del Depto. De Educación Máfil, el día fijado para tal acto.
Glosa: GARANTIA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, TRANSPORTE ESCOLAR ESCUELA RURAL RUNCA, ESCUELA RURAL ENRIQUE TALADRIZ Y JARDÍN INFANTIL PEQUEÑOS GRANJEROS – COMUNA DE MAFIL.”,
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía será cuando se cumplan los plazos indicados en el correspondiente contrato suscrito entre la Ilustre Municipalidad de Máfil y el proveedor adjudicado, la cual podrá ser devuelta al proveedor previa solicitud formal entregada en la oficina de partes del Departamento de Educación, solicitando la devolución de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En  caso de empates durante el proceso de evaluación se aplicará el siguiente criterio de adjudicación:

a)    Se adjudicara al proveedor que obtuvo el mejor precio.

b)    Se adjudicara al proveedor que presenta el año de fabricación del vehículo más reciente.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación Consultas sobre la adjudicación:

  • Rubén Olivera  - Encargado Adquisiciones
  • Mail: ruben.olivera@munimafil.cl
  • fono: 63-2411851
  • Celular: 952014994
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Las ofertas que no presenten los anexos administrativos y económicos serán declaradas inadmisibles y no podrán participar del proceso de evaluación.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
A R T I C U L O N° 10 MODIFICACIÓN DEL RECORRIDO ADJUDICADO
El Departamento de Educación estará facultado para modificar unilateralmente el recorrido adjudicado, según sean las necesidades del servicio, en cuanto a disminución o aumento de distancia de los sectores adjudicados, utilizando para ello el PARÁMETRO DE VALOR DIARIO POR KILÓMETRO, sin importar la cantidad de alumnos a transportar en dicha modificación. Este parámetro se calculará de acuerdo a la cantidad de kilómetros extras multiplicado por el VALOR DIARIO POR KILOMETRO cuyo valor se fijará en $1.200.- (mil doscientos pesos) iva incluido. Esta modificación deberá será respaldada por una solicitud de aumento del servicio emitida por el Director o Encargado del establecimiento, siendo todo el proceso de modificación Decretado y Formalizado con el correspondiente modificación del Contrato del proveedor adjudicado.
A R T I C U L O N° 11 MULTAS
a) En caso que el contratista no cumpla con las fechas y los horarios establecidos, será causal de aplicación de una multa correspondiente 1,5 U.T.M., por cada día que se origine la falta. b) En el caso que se sorprenda durante el desarrollo del servicio, con pasajeros que no cumplan con las condiciones establecidas en la presente licitación, será causal de aplicación de una multa correspondiente 1,5 U.T.M., por cada día en que se sorprenda en la falta.
A R T I C U L O N° 14 COMISIONES
Comisión de Apertura de la propuesta. La comisión de apertura para la presente licitación, estará conformada por el Director del Depto. Educación Municipal, el Jefe de Finanzas del DAEM y el Director de Transito o quienes subroguen a dichos funcionarios. En caso de imposibilidad de integración, por cualquier causa, la comisión de apertura funcionará con el resto de sus integrantes, siempre y cuando sean a lo menos dos. La Comisión de Apertura de la propuesta, podrá solicitar aclaraciones a los oferentes respecto a errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 40º, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de contratación Pública. Comisión Evaluadora de la Propuesta. La Comisión Evaluadora para la presente licitación, estará conformada por el Director de Establecimiento educacional, el Jefe de Finanzas del DAEM y el Director de Transito o quienes subroguen a dichos funcionarios. En caso de imposibilidad de integración, por cualquier causa, la Comisión Evaluadora funcionara con el resto de sus integrantes, siempre y cuando sean a lo menos dos. La Comisión Evaluadora de la propuesta, podrá solicitar aclaraciones a los oferentes respecto a errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 40º, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de contratación Pública
A R T I C U L O N° 17 ADJUDICACION DE LA PROPUESTA
Concluido el proceso de apertura de la propuesta especificado en el capítulo anterior la unidad técnica del Depto. de Educación verificará que cada oferta cumpla con los requisitos especificados en los antecedentes de la licitación. El mandante adjudicará la propuesta, de entre aquellas que cumplan con todas las condiciones establecidas en las bases y documentos de licitación en cuanto a plazo, programa de ejecución, etc. El mandante podrá rechazar las ofertas, comunicando al interesado oportunamente sobre esta decisión y las causas referidas. El Depto. de Educación se reserva el derecho a solicitar aclaraciones a los Oferentes respecto a sus ofertas durante el proceso de evaluación técnica de éstas, las cuales pasarán a formar parte de los antecedentes de la propuesta. Una vez que el mandante haya hecho la adjudicación respectiva, se publicará el proveedor adjudicado a través del Sistema de Compras Públicas (Mercadopublico.cl), a todos los oferentes que hubieren participado en la propuesta, dentro de un plazo de 5 días hábiles. El Oferente favorecido deberá suscribir el Contrato, dentro de los 5 días corridos a la fecha en que por escrito se comunique la adjudicación, bajo apercibimiento de entenderse caducada la adjudicación y proceder a notificar al proveedor que haya obtenido el segundo lugar en puntaje de la respectiva evaluación. El Departamento de Educación en cumplimiento de la Ley que protege a los menores de edad de abusos sexuales, solicitará al Registro Civil e Identificación la consulta de inhabilidades para trabajar con menores de edad, el cual se aplicará a los choferes y acompañantes que ejercerán las funciones en los establecimientos educacionales, de esta consulta el Departamento de Educación tendrá la facultad conforme a la Ley, de rechazar o aceptar al personal que ejerza las funciones de chofer o acompañante, si de esta consulta hubieran inhabilidades, el proveedor adjudicado tendrá un plazo no mayor a dos días hábiles para informar al departamento de Educación el nuevo personal que realizará las funciones que hayan sido observadas.
A R T I C U L O N° 19 INSPECCION TECNICA
El Departamento de Educación Municipal, será el organismo encargado de la inspección y supervisión del correcto cumplimiento de los servicios contratados. La Unidad Técnica podrá verificar en terreno el cumplimiento del contrato y elaborará un informe al Director DAEM una vez al mes respecto del funcionamiento del vehículo y en general sobre el cumplimiento del Contrato. El Contratista se adjudicará estrictamente a los términos y condiciones del Contrato y a las instrucciones de la Municipalidad con respecto al cumplimiento de los términos y condiciones de los mismos.
A R T I C U L O N° 20 FORMA DE PAGO
Se hará efectiva la cancelación del servicio dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes al mes calendario en que se prestó el servicio, previa presentación de los siguientes documentos: - Factura a nombre de la Municipalidad de MÁFIL. - Certificado otorgado por el Director del Establecimiento que indique el cumplimiento del servicio en forma normal.
A R T I C U L O Nº 21 RESPONSABILIDADES
Será obligación del transportista el cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentarias para el transporte de Escolares contratado. Consecuentemente, frente a terceros, el propio transportista y/o los choferes que éste contrate, el Municipio se exime de cualquier responsabilidad civil, penal o infraccional derivada del incumplimiento de dichas obligaciones, las cuales, en su caso, deberá soportar el transportista, sin perjuicio de las responsabilidades personales del conductor del vehículo. Será obligación del transportista el cumplir con todas las obligaciones legales de orden laboral y previsional en relación a el o los choferes que pudiese contratar para dar cumplimiento al presente contrato. Consecuentemente, respecto del Municipio no existirá relación laboral alguna, agotándose la responsabilidad del empleador en el propio transportista. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases, en particular laborales y previsionales, facultarán a la Municipalidad para retener los respectivos pagos mensuales al transportista, hasta que se certifique el efectivo cumplimiento de las obligaciones referidas. Lo anterior, sin perjuicio de poder optar por desahuciar el referido contrato en base a dicho incumplimiento.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.