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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “EXPERIENCIA”.
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FIRMA DEL CONTRATO |
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La firma del contrato se efectuará en un plazo máximo de 5 días corridos a contar de la fecha que se emita la orden de compra en el Portal Chile-Compra. En caso que ello no ocurriere o renunciare el adjudicado, la Municipalidad estará facultada para hacer efectiva la de garantía por seriedad de oferta, contratándose al oferente seleccionado en segundo lugar. De no prosperar esta alternativa, la Municipalidad deberá efectuar un nuevo llamado a licitación. Por el contrario si la Municipalidad no emite la orden de compra antes de los 30 días corridos a contar de la fecha de apertura, los oferentes podrán desistir de sus ofertas y retirar todos los antecedentes que presentaron en su postulación.
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RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA |
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El contratista responderá ante la Municipalidad no sólo del hecho suyo, sino también del hecho de las personas que hubiere contratado o sub-contratado en conformidad a lo establecido en el título XXXV del Libro IV del Código Civil.
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SUPERVISION DE LOS TRABAJOS |
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La fiscalización y control de los servicios a prestar corresponderá al o los funcionarios que la Municipalidad de Malloa determine. Estos velarán por el cumplimiento de todos los aspectos del contrato y formularán sus observaciones por escrito al contratista, con copia a la Alcaldía.
Será requisito fundamental para el cumplimiento de las labores de inspección que la persona a cargo del servicio, a lo menos una vez a la semana, pase a las oficinas de la Dirección de Obras a retirar copia de las anotaciones efectuadas en el Libro de Obras.
El contratista deberá subsanar en el plazo que la Municipalidad le indique la o las deficiencias que la inspección le haga presente. En caso de incumplimiento, se aplicará las multas correspondientes.
El contratista deberá prestar todas las facilidades para el buen desempeño de las obligaciones del inspector.
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CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
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Si la Municipalidad así lo exige, el contratista o empresa deberá acreditar monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y provisionales que le correspondan respecto de sus trabajadores. Dicha acreditación deberá hacerse mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por otros medios igualmente idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
Si el contratista o empresa no acredita oportunamente el cumplimiento íntegro de obligaciones laborales y provisionales en la forma antes señalada, la Municipalidad, de las obligaciones que tenga a favor del contratista, podrá retener el monto de que es responsable en conformidad a lo dicho. Si se hace esta retención la Municipalidad estará obligada a pagar con ella al trabajador o a la institución previsional acreedora, según corresponda.
Igual derecho de retención procederá si la Municipalidad es informada por la Dirección del Trabajo de las infracciones a la legislación laboral y provisional que se constate en las fiscalizaciones que se practiquen al contratista o empresa.
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PAGO DEL SERVICIO |
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Para el pago mensual del servicio deberán ser presentados, los siguientes documentos:
- Informe de la inspección técnica
- Factura
- Certificado de cumplimiento de obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) otorgado por la Dirección del Trabajo competente.
- Planilla de imposiciones pagadas de todos los trabajadores correspondientes al mes que se está
facturando.
- Copia de las liquidaciones de Sueldo canceladas de todos los trabajadores asignados al
servicio, correspondientes al mes que se está facturando.
La Municipalidad tendrá plazo hasta el 15 del mes en que se presenten dichos documentos para realizar el pago correspondiente. Dicho pago deberá ser retirado por el contratista en la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad en forma personal, por medio de su representante legal o a través del encargado de las faenas.
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SUBCONTRATACIÓN |
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La I. Municipalidad de Malloa, permitirá la subcontratación de acuerdo a lo establecido en el articulo Nº76 del Decreto Nº250 que aprueba reglamento de la ley Nº19.886.
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CONSIDERACIONES GENERALES |
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15.1 Los salarios, sueldos o emolumentos de cualquier naturaleza que se pague a empleados y obreros serán de cargo exclusivo del contratista, al igual que las imposiciones previsionales que corresponda, por lo que la Municipalidad no tendrá ninguna injerencia ni relación contractual con dicho personal.
15. 2 No será causal eximente del cumplimiento del contrato por parte del contratista el hecho que el personal contratado por éste se declare en huelga. En todo caso, el contratista deberá arbitrar oportunamente las medidas para que las labores se continúen efectuando.
15.3. El jefe de las faenas debe ser ubicable en forma permanente, por lo cual registrará en la Municipalidad su nombre, domicilio y teléfono para ser llamado ante cualquier eventualidad o emergencia que se presente.
15.4 La persona a cargo del servicio deberá mantener la nómina del personal que labora en las faenas en forma actualizada, informando por escrito a la Municipalidad cualquier modificación que experimente debido a despidos o reemplazos.
15.5 El personal a cargo de la empresa adjudicada para la mantención de áreas verdes deberá contar con uniforme que lo identifique, además de los siguientes implementos de seguridad: zapatos, guantes, botas y trajes de agua, casco, según las faenas que desempeñen y las herramientas necesarias.
15.6 Donde existan medidores o donde se riegue por canales, el agua de riego, la pagará el contratista, a menos que se indique lo contrario.
15.7 Los gastos de electricidad que sean inherentes a la ejecución de los trabajos de mantención serán de cargo del contratista, tales como utilización de maquinarias, motobombas, etc.
15.8 La mantención de la red de agua potable en las diferentes áreas verdes será de cargo del contratista al igual que cualquiera modificación en las instalaciones que él requiera efectuar para su comodidad.
15.9. Las diferencias que aparezcan en la realidad y los estudios entregados por la Municipalidad, serán de responsabilidad del contratista, ya que, previo a la presentación de su oferta, deberá constatar en el terreno sus cálculos, para así conocer las condiciones existentes y en base a ellas elaborar su oferta.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS |
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1. GENERALIDADES
Descripción
Las presentes especificaciones técnicas se refieren a la entrega de mantención de áreas verdes de jardines infantiles de Malloa, Panquehue y Pelequén, para efectuar las siguientes labores:
- Aseo y limpieza de maleza que esté ubicada dentro de la zona en la cual corresponden trabajos.
- Poda en la época que corresponda dentro de la zona, si es necesario.
- Riego completo en los lugares indicados, con un mínimo de 2 veces a la semana.
- Corte de césped en todas las zonas.
- Reposición de césped si es necesario.
- Limpieza de canaletas.
- Desinfecciones.
- Fertilizaciones.
- Suministro de flores de temporada si es necesario.
Ampliación de trabajos
La Municipalidad se reserva la facultad de ampliar los trabajos de mantención que no hayan sido contemplados por algún motivo y que se encuentren ubicados dentro de las localidades en donde se efectúen trabajos.
2. DEL ASEO Y LIMPIEZA DE TERRENO
El contratista deberá mantener permanentemente aseada de escombros, material inerte de la construcción de tazas, material pétreo, papeles, malezas, hojas y basuras en general en toda la zona comprometida.
En aquellos lugares donde existan desniveles de terreno importantes, tales como hoyos, acumulación de tierra, etc. El contratista deberá preocuparse de nivelar adecuadamente el terreno, conservando las pendientes existentes. En caso de duda, deberá consultar a la inspección técnica de la Municipalidad.
3. DE LOS MATERIALES
La provisión de tierra necesaria para efectos de relleno será de cargo del contratista y sólo deberá usar tierra vegetal o de hoja.
No se permitirá guardar enseres y herramientas u otros materiales en algún lugar del área entregada.
Para la ejecución de obras de jardinería se contará con la inspección técnica de la Encargada del Jardín Infantil.
Los insumos para el cumplimiento de los trabajos descritos serán de cargo del contratista (semillas, plantas, tierra de hoja, abonos desinfectantes, materiales de construcción, pinturas, etc.)
4. DE LA FUMIGACION Y FERTILIZACION
4.1. La fumigación, control sanitario y fertilización de las especies será de cargo del contratista, para lo cual deberá presentar un programa de fumigaciones y fertilización, indicando tipo y cantidad de productos a emplear, período en que se harán etc.
4.2. La Municipalidad a través de la inspección técnica se reserva el derecho a rechazar el programa presentado, indicando modificaciones que deba hacerse, las que tendrán el carácter de obligatorias.
5. DEL CÉSPED
a. Deberá mantenerse siempre corto a una altura no superior a los 6 cm retirando el pasto cortado como material sobrante de la superficie del césped segado.
b. Será preocupación constante la orilladura de los prados; labor que no debe sobrepasar los 10 cm de ancho desde la solerilla al borde del prado, eliminando malezas, materiales inertes, basuras, etc.
c. Deberá considerarse si es necesario, la reposición del césped que esté en malas condiciones, picando el área afectada, incorporando tierra de hoja (85%) y arena fina (15%), procediendo posteriormente a la resiembra con la misma mezcla existente en los demás prados.
d. Se debe considerar el riego del césped, dependiendo de la época del año, para que se mantenga en perfectas condiciones. Para dicho riego no se podrá utilizar red de agua potable del establecimiento, por lo que el oferente deberá considerar el uso de bombas para extracción de agua de acequias cercanas y/0 utilización de camión aljibe.
6. DE LA PODA
La poda, si es necesario, deberá efectuarse dentro de los plazos normales.
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