Para la adjudicación de la propuesta, la comisión evaluadora presentará un acta de evaluación y propuesta de adjudicación a la Alcaldesa, la que contendrá un orden de prelación de las ofertas, conforme a los puntajes obtenidos.
21.2 Una vez resuelta la adjudicación será aprobada por Decreto Alcaldicio.
21.3 La notificación de la adjudicación se hará mediante Decreto Alcaldicio a través del portal Mercado Público, posteriormente se llevará a cabo la firma del contrato y desde ese momento inicia un compromiso válido y obligatorio entre las partes, lo que culminará con el envío de la orden de compra a través del portal y la aceptación de esta por el contratista.
21.4 Los oferentes no favorecidos no tendrán derecho a indemnización alguna.
21.5 La Municipalidad podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.