Licitación ID: 3639-8-L122
Adquisición e instalación de Proyectores
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN GREGORIO, Municipalidad de San Gregorio - Educación – Punta Delgada
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Proyector de pantalla de cristal líquido 1 Unidad
Cod: 45111614
Adquisición e instalación de Proyectores para salas de clases de Escuela Punta Delgada  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición e instalación de Proyectores
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de adquirir “Adquisición e instalación de Proyectores para salas de clases de Escuela Punta Delgada”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN GREGORIO
Unidad de compra:
Municipalidad de San Gregorio - Educación – Punta Delgada
R.U.T.:
69.251.500-5
Dirección:
Av. Bernardo O`Higgins Nº 50
Comuna:
San Gregorio
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-09-2022 15:01:00
Fecha de Publicación: 15-09-2022 16:24:34
Fecha inicio de preguntas: 15-09-2022 23:05:00
Fecha final de preguntas: 21-09-2022 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-09-2022 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-09-2022 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-09-2022 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 28-09-2022 15:52:20
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES LICITACIÓN PÚBLICA DE “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE PROYECTORES PARA SALAS DE CLASES DE ESCUELA PUNTA DELGADA” ARTICULO N° 1 : GENERALIDADES. a) La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros, Prestación de Servicios y su Reglamento, Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas y Anexos. b) Las presentes Bases Administrativas tienen por objeto reglamentar el llamado a Propuesta Pública de la Ilustre Municipalidad de San Gregorio. c) Las presentes Bases Administrativas son obligatorias para los que participen en la licitación, para lo cual se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta. d) Además formarán parte de la licitación los siguientes documentos complementarios: d.1) Bases Administrativas Generales, Bases Técnicas y Anexos. d.2) Las aclaraciones formuladas por la Ilustre Municipalidad de San Gregorio, vía portal www.mercadopublico.cl., a través de foro de preguntas, foro inverso y aclaraciones de ofertas. e) Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes solicitados en las presentes Bases Administrativas Generales será resuelto por la Unidad de Adquisiciones. Las presentes Bases Administrativas reglamentan el llamado a Licitación Pública por parte de la Ilustre Municipalidad de San Gregorio para la contratación de la adquisición de la licitación pública “Adquisición e instalación de Proyectores para salas de clases de Escuela Punta Delgada”. ARTICULO N° 2 : OBJETIVO. Las presentes Bases Administrativas Generales tienen como objetivo reglamentar el llamado a Licitación Pública “Adquisición e instalación de Proyectores para salas de clases de Escuela Punta Delgada”. ARTICULO N° 3 : DISPONIBILIDAD DE LAS BASES E IDENTIFICACIÓN DE LA ADQUISICIÓN. Las Bases Administrativas y todos los antecedentes relacionados están disponibles en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de su fecha de publicación, bajo la adquisición ID que señala el portal, en que se indican claramente las fechas de aclaraciones y los plazos de recepción y apertura del proceso de ofertas. Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de las bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. ARTICULO N° 4 : INSTITUCIÓN QUE CONTRATA. La institución que contrata es la Ilustre Municipalidad de San Gregorio, representada por su Alcalde, o por quien legalmente lo subrogue, ambos con domicilio en el edificio municipal, Avenida Bernardo O´Higgins N° 50, Villa Punta Delgada, comuna de San Gregorio, Región de Magallanes y la Antártica Chilena. ARTICULO N° 5 : ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO. PERSONA NATURAL: a) Encontrarse inscrito en Chileproveedores con perfil hábil. b) Declaración Jurada Simple (Anexo 1) que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886. c) Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural acreditada en Chileproveedores. PERSONA JURÍDICA: a) Encontrarse inscrito en Chileproveedores con perfil hábil. b) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la presente licitación; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del representante legal a la fecha de presentación de la oferta en Chileproveedores. c) Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días, contados desde la fecha de cierre de esta presente licitación acreditado en Chileproveedores. d) Declaración jurada simple, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886. Nota: Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Ilustre Municipalidad de San Gregorio verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad a con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado ser entregados físicamente en la Ilustre Municipalidad de San Gregorio, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores. Esta certificación deberá ser presentada en cada solicitud de estado de pago. ARTICULO N° 6 : PUEDEN PARTICIPAR. Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos de la Ley N° 19.886, su Reglamento y por las normas administrativas y técnicas señaladas en las presentes bases. Sin perjuicio de lo anterior, se entenderá como contrato con el oferente la aceptación de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl por parte del proveedor adjudicado, de acuerdo al artículo 63° Contratos y validez de la oferta del reglamento de la Ley 19.886, para lo cual el proveedor debe estar inscrito y en estado hábil para contratar con el Estado. ARTICULO N° 7 : NO PUEDEN PARTICIPAR. Personas naturales y/o jurídicas, las cuales hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o, que hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la propuesta. ARTICULO N° 8 : FUENTE FINANCIAMIENTO. El financiamiento de la Licitación “Adquisición e instalación de Proyectores para salas de clases de Escuela Punta Delgada”, será con cargo al FAEP 2022. ARTICULO N° 9 : PRESUPUESTO DISPONIBLE. La Licitación Pública “Adquisición e instalación de Proyectores para salas de clases de Escuela Punta Delgada”, cuenta con un presupuesto disponible de $8.000.000.- (ocho millones pesos) impuesto incluido. ARTICULO N° 10 : LICITACIÓN. a) Será ordenada por la Sra. Alcaldesa de la Comuna, mediante Decreto Alcaldicio. b) Las propuestas serán por suma alzada. c) La Municipalidad puede aumentar el plazo de cierre de la Licitación, si lo estimase necesario y por razones fundadas. ARTICULO N° 11 : MODALIDAD DE LA LICITACIÓN. a) La modalidad de la Licitación es Pública a Suma Alzada en una etapa. b) El precio ofrecido se cotizará en pesos chilenos, a suma alzada, sin ningún tipo de reajuste ni de interés y serán presentados en el portal Mercado Público en valor neto. ARTICULO N° 12 : CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN La programación de la presente licitación estará regida por las siguientes fechas como se detalla a continuación: FECHA PUBLICACIÓN : 15.09.22 FECHA INICIO PREGUNTAS : 15.09.22 FECHA FINAL PREGUNTAS : 21.09.22 FECHA PUBLICACIONES RESPUESTAS : 22.09.22 FECHA CIERRE : 26.09.22 FECHA APERTURA ELECTRÓNICA : 26.09.22 FECHA ADJUDICACIÓN : 27.09.22 ARTICULO N° 13 : CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES. a) Consultas. Los oferentes que estimen que existen dudas en los antecedentes de la licitación, podrán formular todas las consultas que estimen pertinentes, las que sólo se realizarán a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, a contar del plazo estipulado las presentes Bases Administrativas. Las respuestas que se entreguen ante las consultas de los oferentes determinan el alcance y sentido de las Bases y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. b) Aclaraciones. Las aclaraciones municipales serán parte integrante de las presentes bases y, prevalecerán por sobre éstas. No se admitirá alegación alguna, que diga relación con el desconocimiento de una o más aclaraciones municipales. c) Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. d) Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. e) Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de Ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. ARTICULO N° 14 : VISITA A TERRENO. Esta licitación, no cuenta con visita a terreno, pero si el oferente desea revisar las instalaciones, se puede coordinar. ARTICULO N° 15 : PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. a) Contenido y forma de presentación de la oferta y todos sus antecedentes deberán presentarse en idioma español y los valores en moneda nacional. b) Las ofertas se deberán presentar exclusivamente a través del portal Mercado Público, www.mercadopublico.cl en formato digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, establecido en el Cronograma o plazos de la propuesta. c) El solo hecho de formular una oferta se entenderá que el oferente ha leído el contenido del presente documento y demás antecedentes que regulan el proceso y que acepta las condiciones establecidas. d) El proveedor deberá hacerse cargo de la totalidad de los requerimientos que la Ilustre Municipalidad de San Gregorio detalla en las Bases Técnicas y Anexos. e) La propuesta se compone de los Antecedentes Administrativos, de la Oferta Técnica y de la Oferta Económica. f) Las ofertas deberán ajustarse a la formalidad exigida en las bases de licitación, presentando la totalidad de los antecedentes exigidos; su no cumplimiento es causal de inadmisibilidad del proceso de licitación y correspondiente evaluación. g) Las condiciones o requisitos específicos que el oferente describa para su oferta y que no hayan sido solicitados por la Municipalidad expresamente en las bases de licitación (incluyendo la etapa de respuestas y/o aclaraciones), en caso alguno serán perjudiciales para su oferta. Nota: durante el proceso de evaluación la entidad licitante podrá requerir de los oferentes aclaraciones, con la única finalidad de enmendar ciertos errores de forma en la presentación de las ofertas, y siempre que ello no altere el principio de igualdad de todos los oferentes. 15.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Anexo N° 1: Ficha Identificación del Oferente en la cual deberá constar la identificación completa del oferente. Anexo N° 2: Formato de Declaración Jurada Simple. Anexo N° 3: Formato Declaración Jurada Simple de Aceptación de Bases Anexo N° 4: Oferta Técnica.   15.2 OFERTA ECONÓMICA La oferta económica debe presentarse exclusivamente en el portal www.mercadopublico.cl en VALORES NETOS, este es el valor que se tomara en consideración. ARTICULO N° 16 : ADMISIBILIDAD Para que las ofertas sean admisibles, deberán contener la totalidad de los antecedentes solicitados en Antecedentes Administrativos, Oferta Técnica y Oferta Económica, todos debidamente firmados, y entregados por la autoridad competente según el caso y cumplir con los requisitos descritos en las presentes bases. Admisibilidad Administrativa, será aquella relacionada con la verificación del cumplimiento en la entrega y vigencia de todos los antecedentes solicitados. Admisibilidad Técnica, será aquella relacionada con la coherencia entre lo solicitado y lo ofertado. Admisibilidad Económica, será aquella relacionada con el valor total de la propuesta en valor neto. Sólo si la oferta cumple, a juicio y análisis de la comisión de evaluación con la admisibilidad administrativa, técnica y económica, será considerada para el proceso de evaluación de las ofertas. ARTICULO N° 17 : APERTURA ELECTRONICA DE LAS PROPUESTAS. El acto de apertura se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora indicados en el Cronograma de la Licitación (Art. N° 12 de las Bases Administrativas). Al efecto la Administrativa DEM o quien la subrogue revisará que se haya ingresado los antecedentes consignados en el Art. N° 15 de las presentes bases. ARTICULO N° 18 : COMISIÓN EVALUADORA. La Municipalidad nombrará una Comisión Evaluadora, en virtud de un Decreto Alcaldicio, el cual señalará: Número de integrantes, nombre completo de los funcionarios miembros de la Comisión Evaluadora, cargo y fecha en que se realizará la evaluación de las ofertas presentadas a raíz de esta licitación pública. La comisión evaluadora no podrá tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. ARTICULO N° 19 : SELECCIÓN DE OFERTAS. a) La evaluación se hará de acuerdo a Tabla de Evaluación. En dicho acto se levantará un acta de selección de éstas, estableciendo un orden de prelación, según sean las ofertas más convenientes a los intereses de la Municipalidad. b) La adjudicación será en la totalidad de los productos a un Proveedor. c) El análisis de las ofertas se realizará mediante Tabla de Evaluación de acuerdo a los siguientes parámetros: CRITERIO A EVALUAR CÁLCULO DE PUNTAJE INCIDENCIA PRECIO X= PRECIO MÍNIMO OFERTADO * 100 / PRECIO OFERTA X 20% CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Entrega 100% de los requisitos formales. 100% Documentos en formatos solicitados. 50% Documentos en formatos propios del oferente. 15% PLAZO DE ENTREGA Plazo en días corridos Contados desde el envío de la orden de compra: 05 a 10 días = 100% 11 a 20 días = 50% Superior a 31 días = 0% 15% OFERTA TÉCNICA Cumple todo lo solicitado 100% No cumple con todo lo solicitado 0% 20% INSTALACION Propuesta incluye instalación 100% Propuesta no incluye instalación 0% 30% TOTAL 100 d) Criterios y forma de asignación de puntajes: Las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las Bases y demás documentos de la licitación, serán sometidas a un proceso de evaluación. El proceso de evaluación contempla componentes Precio, Plazo y experiencia, los cuales serán valorizados en base 100%. Cada componente será evaluado de forma independiente. La sumatoria de los puntajes de cada componente ponderados de acuerdo a la Tabla de Evaluación, determinará el puntaje final de la oferta. Los Antecedentes Administrativos serán considerados para su admisibilidad, por tanto no serán considerados a esta etapa de evaluación de la oferta propiamente tal. ARTICULO N° 20 : ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS. a) Para la adjudicación de la propuesta, la Comisión Evaluadora presentará un Acta de Evaluación y Propuesta de Adjudicación a la Alcaldesa, la que contendrá un orden de prelación de las ofertas, conforme a los puntajes obtenidos. Las consultas de adjudicación a jefe.educacion@sangregorio.cl b) La Ilustre Municipalidad de San Gregorio declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. c) La Institución podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje. Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. d) La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar la oferta más conveniente a los intereses municipales, aunque esta no sea la de menor valor económico. e) La adjudicación de la licitación se efectuará mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio. El Decreto Alcaldicio de Adjudicación, será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl., los proponentes no favorecidos, se enteraran a través del portal www.mercadopublico.cl. f) A partir del momento de la adjudicación por medio de un Decreto Alcaldicio, existe un compromiso válido y obligatorio entre las partes desde la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra en el portal Mercado Público, de no cumplirse con lo señalado en este apartado se re adjudicará al siguiente oferente que tenga el mejor puntaje ponderado en la evaluación. g) Los oferentes no favorecidos no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna. ARTICULO N° 21 : RESOLUCIÓN DE EMPATES. En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio PLAZO. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio PLAZO DE ENTREGA, de persistir el empate se adjudicara al oferente que haya puesto primero su oferta en el portal. ARTICULO N° 22 : GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Esta propuesta no exige garantía documentada de seriedad de la oferta ni fiel cumplimiento de contrato, de conformidad a lo que indica la Ley de compras públicas. ARTICULO N° 23 : DEL CONTRATO. Para esta licitación se entenderá como contrato de suministros, la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, de acuerdo a lo señalado en el artículo 63° del Reglamento de la Ley 19.886 de compras públicas. ARTICULO 24 : TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. La Ilustre Municipalidad de San Gregorio está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1. Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 2. Si se disuelve la empresa adjudicada. 3. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Ilustre Municipalidad de San Gregorio un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. 4. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Ilustre Municipalidad de San Gregorio, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la municipalidad. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación. c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución 5. Cuando de común acuerdo, la municipalidad y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato. 6. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. 7. Si el contratista cede o transfiere a terceros las obligaciones emanadas del contrato. 8. Si a juicio de la contraparte técnica no está ejecutando los servicios de acuerdo al contrato, o en forma reiterada o flagrante no cumple con lo estipulado en las Bases Técnicas. 9. Si por causas o errores imputables al contratista los productos encargados fruto del servicio prestado quedaren con defectos graves o no pudiesen ser reparados. 10. Si el servicio final entregado no fuese de la calidad ofrecida y comprometiera a juicio de la contraparte municipal, la finalidad de la inversión. Efectuado el término anticipado del contrato, la Municipalidad informará tal situación a la institución que provee el financiamiento y a la plataforma de Mercado Público. Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Ilustre Municipalidad de San Gregorio concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato. ARTICULO N° 25 : MODALIDAD DE PAGO. Para efectos de pago, el adjudicado deberá emitir factura, la que en caso de no ser electrónica deberá ser presentada en la siguiente dirección: Ilustre Municipalidad de San Gregorio, Rut N° 69.251.500-5, domiciliada en Avenida Bernardo O’Higgins Nº 50 – Villa Punta Delgada, Comuna de San Gregorio Región de Magallanes y Antártica Chilena. Los documentos tributarios serán pagados en un plazo no superior a 30 días, desde la recepción conforme del documento. Los pagos serán realizados mediante transferencia electrónica; en caso de no poseer cuenta alguna, debe darlo a conocer por escrito para así realizar el pago mediante documento bancario (Cheque). La Ilustre Municipalidad de San Gregorio se reserva el derecho de revisar, aprobar y/o rechazar los antecedentes presentados. Factoring. El contratista podrá celebrar un contrato de factoring previo aviso y autorización escrita del municipio. Esta gestión se deberá realizar mediante el ingreso por Oficina de Partes de la solicitud correspondiente, de manera que la I. Municipalidad de San Gregorio efectúe los trámites necesarios para su autorización con la institución financiera. La Ilustre Municipalidad de San Gregorio pagará al factoring una vez recibidos todos los productos objeto de esta licitación. ARTÍCULO N° 26 : MULTAS COMO SANCIONES O MEDIDAS ESTABLECIDAS PARA LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTOS Licitación no contempla multas. ARTICULO N° 27 : PACTO DE INTEGRIDAD. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas el mismo, sin perjuicio, de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes, especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Documentos Técnicos
1.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA DE “Adquisición e instalación de Proyectores para salas de clases de Escuela Punta Delgada” Las especificaciones técnicas, tienen por objetivo especificar en aquellos aspectos técnicos que se deben considerar en la oferta. Se requieren 7 Proyectores o Datas, como mínimo cumplir con estas especificaciones técnicas: a) Brillo de la imagen: 4200 lm b) Tamaño de la imagen: 30 " - 300 " c) Con Wi-Fi: Sí d) Conexiones de entrada: HDMI-VGA-AUDIO-VIDEO e) Fuentes de luz: LCD Además cada uno debe contar con: a) Cable conector HDMI de a lo menos 10 metros de largo, de buena calidad reforzado. b) Cable de corriente de 10 metros. c) Soporte apto para cada uno de los proyectores, estos irán pegados al techo. Se requiere instalación de los proyectores, para lo cual el oferente debe especificar en su oferta técnica si vendrá a instalar o no, lo cual llevara un puntaje adicional. La visita a terreno es opcional, para que oferente vea las instalaciones donde irán los proyectores.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Plazo en días corridos Contados desde el envío de la orden de compra: 05 a 10 días = 100% 11 a 20 días = 50% Superior a 31 días = 0% 15%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 20%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Entrega 100% de los requisitos formales. 100% Documentos en formatos solicitados. 50% Documentos en formatos propios del oferente. 15%
4 Oferta Tecnica Cumple todo lo solicitado 100% No cumple con todo lo solicitado 0% 20%
5 Instalación Propuesta incluye instalación 100% Propuesta no incluye instalación 0% 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FAEP 2022
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ANA MARIA
e-mail de responsable de pago: DAF@SANGREGORIO.CL
Nombre de responsable de contrato: CAROLINA HURTADO
e-mail de responsable de contrato: dem@sangregorio.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2722754-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

ARTICULO N° 21       

:

RESOLUCIÓN DE EMPATES.

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio PLAZO. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio PLAZO DE ENTREGA, de persistir el empate se adjudicara al oferente que haya puesto primero su oferta en el portal.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

 ARTICULO N° 20       

:

ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS.

a)     Para la adjudicación de la propuesta, la Comisión Evaluadora presentará un Acta de Evaluación y Propuesta de Adjudicación a la Alcaldesa, la que contendrá un orden de prelación de las ofertas, conforme a los puntajes obtenidos. Las consultas de adjudicación a jefe.educacion@sangregorio.cl

b)    La Ilustre Municipalidad de San Gregorio declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

c)     La Institución podrá, además, declarar desierta la licitación cuando   no   se   presenten   ofertas   o   cuando   éstas   no   resulten convenientes a sus intereses. La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje.

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

d)    La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar la oferta más conveniente a los intereses municipales, aunque esta no sea la de menor valor económico.

e)     La adjudicación de la licitación se efectuará mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio. El Decreto Alcaldicio de Adjudicación, será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl., los proponentes no favorecidos, se enteraran a través del portal www.mercadopublico.cl.

f)     A partir del momento de la adjudicación por medio de un Decreto Alcaldicio, existe un compromiso válido y obligatorio entre las partes desde la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra en el portal Mercado Público, de no cumplirse con lo señalado en este apartado se re adjudicará al siguiente oferente que tenga el mejor puntaje ponderado en la evaluación.

g)    Los oferentes no favorecidos no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.