Licitación ID: 3649-69-LE23
Elaboración de Plan de Gestión Cultural del espacio Cultural de Quilleco.
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUILLECO, Ilustre Municipalidad de Quilleco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Elaboración de Plan de Gestión Cultural del Espacio Cultural de Quilleco  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Elaboración de Plan de Gestión Cultural del espacio Cultural de Quilleco.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Elaboración de Plan de Gestión Cultural del Espacio Cultural de Quilleco. La Municipalidad de Quilleco debe procurar promover la participación ciudadana en la comuna, generando una política integral de género, aplicada por el municipio, promoviendo la igualdad de derecho y participación de sus habitantes, organizaciones sociales, centros culturales, entre otros. De igual manera el programa, tiene
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Unidad de compra:
Ilustre Municipalidad de Quilleco
R.U.T.:
69.170.400-9
Dirección:
J. M. CARRERA N° 460
Comuna:
Quilleco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-01-2024 9:00:00
Fecha de Publicación: 20-12-2023 16:39:44
Fecha inicio de preguntas: 21-12-2023 9:00:00
Fecha final de preguntas: 26-12-2023 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-12-2023 9:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-01-2024 9:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-01-2024 9:01:00
Fecha de Adjudicación: 18-03-2024 12:20:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos 01, 02, 03, 04 y Bases Administrativas
Documentos Técnicos
1.- Anexos 05 y bases Técnicas
 
Documentos Económicos
1.- Anexos 06 Anexos en formato editable
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los Requerimientos Dirigirse al punto N°12.1 de las Bases Administrativas. 10%
2 Experiencia Acreditable en el Rubro Dirigirse al punto N°12.1 de las Bases Administrativas. 40%
3 propuesta Técnica de Trabajo Dirigirse al punto N°12.1 de las Bases Administrativas. 30%
4 Oferta Económica Dirigirse al punto N°12.1 de las Bases Administrativas. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 7500000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones IMPUESTOS INCLUIDOS
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: WASHINGTON RIOSECO GUTIERREZ
e-mail de responsable de pago: finanzas@municipalidadquilleco.cl
Nombre de responsable de contrato: SANDRA BOBADILLA CISTERNA
e-mail de responsable de contrato: dideco@municipalidadquilleco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2633406-401
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Quilleco
Fecha de vencimiento: 30-09-2024
Monto: 30 %
Descripción: No hay información
Glosa: Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato " Elaboración de Plan de Gestión Cultural del Espacio Cultural de Quilleco"
Forma y oportunidad de restitución: Dirigirse a las Bases Administrativas
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
CONSULTAS Y ACLARACIONES

Los oferentes, respecto de las materias pertinentes, sólo podrán realizar consultas a través del Foro del Portal www.mercadopublico.cl, en las fechas señaladas en el cronograma de licitación anexo. (Se ruega formular solo preguntas y no realizar comentarios de otra naturaleza).


La Municipalidad emitirá un documento denominado “Respuestas y/o Aclaraciones” en el que dará respuesta a las consultas efectuadas a través del Portal MERCADO PÚBLICO, en la fecha señalada en el cronograma anexo, las que estarán disponibles en www.mercadopublico.cl.


La Municipalidad de Quilleco, tendrá la responsabilidad de coordinar el proceso de respuestas y/o aclaraciones, y será la que de respuesta y/o aclaraciones a todas las consultas que se efectúen por el portal. Los proponentes serán responsables de revisar las respuestas emitidas.


La Unidad Licitadora, además de dar respuesta a preguntas formuladas, podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar su alcance, como también, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y/o dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se pondrán a disposición de los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, en fecha y en horario establecido, pudiéndose emitir aclaraciones hasta 48 horas antes de la apertura de la propuesta.


Las aclaraciones se pondrán a disposición de los oferentes solamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, en la Fecha de Publicación de Respuestas definida por el Municipio en dicho Portal y cronograma adjunto. No se aceptarán consultas telefónicas u otro medio distinto al indicado anteriormente.

Las respectivas aclaraciones que se realicen, sean a instancia sólo del Municipio o en respuesta a consultas de los interesados, se entenderán forman parte integrante de las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.


Los oferentes pueden hacer observaciones en relación al proceso de apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida, conforme a lo señalado en el artículo 33º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 19.886.


De igual modo, la Comisión Técnica de Estudio y Evaluación podrá solicitar con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifique alteración de la oferta, aclaraciones que le será solicitada a través del portal, por el ícono correspondiente, lo cual activará el ícono para que el o los oferentes den respuestas por el mismo medio.


Derivado de lo anterior y en el evento de que se soliciten aclaraciones a las ofertas, se le dará un plazo de 24 horas para dar respuesta a lo consultado a través del portal y en el caso de no responder en dicho tiempo, la o las ofertas no serán evaluadas, quedando por tanto eliminadas por incumplimiento de lo estipulado en las bases. En este mismo punto, si por la complejidad en la elaboración de las respuestas se requiere de un mayor tiempo, se podrá conceder un plazo de hasta 24 horas más, previa petición a través del portal por parte de los oferentes que lo requieran.

Si una vez dado respuesta, surgen nuevas aclaraciones, se le solicitarán las aclaraciones correspondientes a los oferentes, otorgando un plazo para dar respuesta de hasta 24 horas y en el evento de que no se dé respuesta, la o las ofertas no serán evaluadas, quedando por tanto eliminadas por incumplimiento de lo estipulado en las bases. Así mismo, si habiendo otorgado este último plazo, aún la respuesta no es satisfactoria, el Municipio se reserva el derecho de dejar fuera de bases la o las ofertas por no satisfacer los intereses municipales.


MULTAS

Se podrá aplicar multas, entre otros, por los siguientes hechos, y sin perjuicio de la facultad del municipio de hacer efectiva la garantía:

* Incumplimiento en la oferta de artistas ofertados 11 UTM.

* Incumplimiento en la hora de inicio de 1UTM por cada media hora de atraso.-

* Incumplimiento en la entrega o calidad de lo ofertado 10 UTM.-

Se define como tope de aplicación de multas, el 20% del monto total del contrato pactado en la presente licitación, efectuados los cálculos respectivos. Si el monto de las multas excede el porcentaje señalado, se considerará que existe un incumplimiento grave de las obligaciones que establece el contrato.-

Será labor del funcionario competente informar a la Unidad respectiva y al oferente las Multas a las cuales se encuentre afecto la empresa, aplicándose el siguiente procedimiento:

16.1 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS

Las infracciones serán comunicadas por el Inspector Técnico del Servicio al Director de Desarrollo comunitario, quien notificará al contratista, a través de carta certificada o a través de correo electrónico registrado para estos efectos, indicando la infracción constatada, los hechos que la configuran, la fecha de ocurrencia y el monto de la infracción, quien dispondrá de una plazo de 05 días hábiles para formular sus descargos y observaciones. Transcurrido dicho plazo el Director de Desarrollo Comunitario procederá a la aplicación de la multa o a su absolución mediante informe fundado, refrendado por Decreto Exento.

El proveedor a quien se le notifique la multa podrá:

  1. Interponer Recurso de Reposición y descargos ante el director que la cursó; 2) Recurso de reposición y subsidio recurso jerárquico; 3) Recurso jerárquico ante el Alcalde.

El plazo para interponer este recurso será de cinco (05) días hábiles, contados desde la notificación del respectivo decreto exento. En dichos recursos presentará todos sus descargos acompañando todos los antecedentes que acrediten, fehacientemente, que no le ha cabido responsabilidad en los hechos que la originan.

Los recursos deberán ser presentados en la oficina de partes de la I. Municipalidad de Quilleco.

Presentado recurso de reposición, el Director de Desarrollo Comunitario dispondrá de diez (10) días hábiles contados desde la recepción de los descargos para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente.

Rechazado total o parcialmente el Recurso de Reposición, y siempre que se hubiere interpuesto Recurso jerárquico subsidiariamente, se elevará el expediente al Alcalde, quien dispondrá de diez (10) días hábiles para fallar.

El fallo de cualquiera de los recursos interpuestos deberá ser notificado al adjudicatario por el secretario Municipal, en su calidad de Ministro de Fe, en el domicilio fijado en la Orden de Compra o en el de su presentación, ya sea personalmente, o por carta certificada, la que deberá ser publicada en el Portal Mercado Público, según lo dispone el artículo 79 ter del Reglamento de la ley 19.886.

En caso de quedar ejecutoriada la multa, el proveedor podrá pagarla directamente dentro de los 05 días hábiles de notificado el decreto que aplicó la multa. Si así no lo hiciere, la Municipalidad podrá descontar el monto total de la multa del pago pendiente.


Resolución de Empates

PUNTO 12.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
DIRIGIRSE A BASES ADMINISTRATIVAS