Licitación ID: 3650-12-LE24
TRASLADO ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUILLECO DEPARTAMENTO DE EDUCACION, Daem Quilleco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
Traslado alumnos desde vVilla Alegre y Río Pardo a Escuela G-1003 Furgón 14 asientos mínimo, con conductor. Lunes a viernes, mañana y tarde, según bases adjuntas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
TRASLADO ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
“CONTRATO DE SUMINISTRO PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO 2024”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE QUILLECO DEPARTAMENTO DE EDUCACION
Unidad de compra:
Daem Quilleco
R.U.T.:
69.170.401-7
Dirección:
J. M. CARRERA N° 460
Comuna:
Quilleco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-03-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 27-02-2024 9:32:22
Fecha inicio de preguntas: 27-02-2024 11:49:00
Fecha final de preguntas: 28-02-2024 19:49:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-02-2024 11:49:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-03-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-03-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 13-03-2024 9:34:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 06-03-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 1 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Dentro de la sección de “Anexos administrativos” del portal www.mercadopublico.cl, se deberá adjuntar obligatoriamente;  Anexo N° 1.  Copia de documento de garantía de seriedad de la oferta..  ANEXO 4 Declaración de conflictos e intereses.
Documentos Técnicos
1.- - Dentro de la sección de “Anexos Técnicos” del portal www.mercadopublico.cl, se deberá adjuntar obligatoriamente; o Identificación de un vehículo a una línea de transporte, hecho que debe realizarse en Anexo N°3, documento adjunto a las presentes bases. o Para el caso de chóferes propuestos:  Fotocopias por ambos lados de: las cédulas de identidad de él o los conductores, las cuales deberán estar vigente al momento de ser adjudicada la licitación  Fotocopia por ambos lados de su licencia de conducir, la cual deberá estar vigente al momento de la adjudicación de la licitación.  Hoja de Vida del Conductor del recorrido ofertado, que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación, con una vigencia no mayor a 30 días del cierre de la licitación.  Documentación que acredite la experiencia del chófer, para tales efectos se deberá presentar Anexo N° 6 y sus respectivos contratos y/o finiquitos. No se analizarán documentación de órdenes de compra, a no ser que sea persona natural el postulante.  Certificado de inhabilidad para trabajar con menores. Se deja constancia que, no se aceptarán conductores que presenten antecedentes, tales como; delitos de abandono de menores; delitos contra el estado civil, como suplantar a un niño por otro; violación; estupro, otros delitos sexuales e incesto. El oferente que postule algún chófer con este tipo de antecedentes quedará fuera de bases. o Documentación legal y técnica de cada furgon, es decir;  Fotocopia de certificado de anotaciones vigentes en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, el cual deberá estar vigente al momento de licitar.  Fotocopia del certificado de revisión técnica del vehículo, el cual deberá estar vigente al momento de licitar.  Fotocopia de Permiso de circulación, el cual deberá estar vigente al momento de licitar.  Fotocopia de Seguro Obligatorio de Accidentes Personales, al día.  De manera opcional fotocopia de la inscripción en el Registro Nacional de Transportes Escolares, de disponerla. De no disponerla y ser adjudicado, se tendrá un plazo máximo de 2 semanas desde la firma del contrato para disponer de ella.  Declaración Jurada Simple según Anexo N° 5, de las características del medio de transporte, de la capacidad de asientos y sillas para estudiantes. Se deja constancia que, previo a la firma de contrato se realizará una inspección visual al medio de transporte con el cual el oferente adjudicó la línea, si se encontraran diferencias a lo antes declarado, se procederá a readjudicar dicha línea.  Si se postula con un vehículo de propiedad de terceros, se deberá acreditar la tenencia del vehículo, mediante; contrato de arrendamiento o leasing firmado por el propietario ante notario.
 
Documentos Económicos
1.- - El valor diario del servicio al que deseen postular. Para dar cumplimiento a ello, el oferente deberá completar con los valores en el documento denominado Anexo N° 2 de la presente licitación, debiendo ingresa dicho documento al portal www.mercadopublico.cl. De no ingresar este anexo, el oferente quedará fuera de bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA CHOFERES SEGÚN PUNTO 11, 11.3 DE BASES ADJUNTAS 10%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios SEGÚN PUNTO 11, 11.3 DE BASES ADJUNTAS 10%
3 Precio SEGÚN PUNTO 11, 11.3 DE BASES ADJUNTAS 60%
4 AÑO DEL VEHICULO SEGÚN PUNTO 11, 11.3 DE BASES ADJUNTAS 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO D.A.E.M. FONDOS SEP., FAEP, SUBV. GRAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: BERTA RODRIGUEZ MORALES
e-mail de responsable de pago: arodriguez@eduquilleco.cl
Nombre de responsable de contrato: CARLOS MELLADO FAUNDEZ
e-mail de responsable de contrato: directordaem@municipalidadquilleco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2633453-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SE PROHIBE LA SUBCONTRATACION
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE QUILLECO-DEPARTAMENTO DE EDUCACION
Fecha de vencimiento: 05-04-2024
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: Todos los oferentes que participen en la presente licitación, deberán presentar físicamente en las Oficinas de la DAEM, de Quilleco, un Documento de Garantía, Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, etc., con la finalidad de garantizar la “Seriedad de la Oferta” Dicho instrumento deberá ser tomado por el oferente, debe ser irrevocable, pagadera a la vista, tomada a favor de la Municipalidad de Quilleco, y con la siguiente Glosa: Garantía por Seriedad de la Oferta Licitación “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO 2024” ” El monto será de $ 100.000, con una vigencia de treinta días desde la fecha de apertura de la licitación Tal garantía será cobrada por la Municipalidad, si el oferente por alguna razón imputable a él, se negare o no pueda firmar el Contrato que corresponda. A los oferentes no adjudicados, se les devolverá rápidamente su garantía, pero una vez firmados los contratos con los oferentes adjudicados, ya que si alguno de ellos no lo firma algún recorrido podría ser Re adjudicado. El plazo para presentar esta garantía en la Oficina de Partes de la DAEM, será hasta una hora antes del cierre de las ofertas. La oficina de partes al recibirlas insertara la fecha y hora de recepción de estos documentos. Cumplido el plazo: No se recibirán documentos de Garantía y las ofertas no serán consideradas en el proceso de evaluación.
Glosa: Glosa: Garantía por Seriedad de la Oferta Licitación “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO 2024” ”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez caducada su vigencia, siempre que no exista razones para hacer efectivo su cobro por parte del D.A.E.M. La devolución debe ser solicitada por escrito al DAEM
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE QUILLECO-DEPARTAMENTO DE EDUCACION
Fecha de vencimiento: 28-02-2025
Monto: 10 %
Descripción: El DAEM, exigirá al oferente adjudicado un Documento de Garantía, Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, etc., con la finalidad de garantizar a la Municipalidad, el fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser irrevocable y pagadera a la vista, que indique obligadamente el nombre del oferente que toma la garantía; el beneficiario, es decir, MUNICIPALIDAD DE QUILLECO, y con la siguiente glosa: Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO 2024” Su monto será el equivalente al 10% (diez por ciento) Del Valor Total del Contrato adjudicado y con vigencia al 28 de febrero de 2025. El o los oferentes adjudicados deberán presentar la Garantía, a que se refiere este punto, en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo de adjudicación, lo que se les informará oportunamente. Esta garantía será cobrada por la Municipalidad si el oferente incumple el contrato de acuerdo a las causales establecidas en dicho instrumento, y sin derecho a ningún tipo de pagos o indemnización por parte del Municipio. Esta garantía podrá ser cobrada por la Municipalidad, ante cualquier incumplimiento grave del contrato acreditado por los profesionales de la Municipalidad o en los siguientes casos directamente: · En caso de no pago por parte del adjudicatario, de las imposiciones de trabajadores, finiquitos de trabajadores, sueldos, gratificaciones y otras obligaciones contractuales, de acuerdo, con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 19.886.- así como también; cualquier otro gasto atingente al servicio del cual pueda resultar la municipalidad de Quilleco demandada, ya sea, en forma subsidiaria y/o solidaria. · En caso de término anticipado del contrato según las cláusulas establecidas en las presentes bases. · La declaración de quiebra o el estado notorio de insolvencia del contratista, se considerará especialmente notoria insolvencia el no pago de las cotizaciones previsionales y obligaciones sociales de cada uno de los trabajadores del contrato, durante dos períodos continuos o 3 discontinuos. · En caso de ser multado por un hecho similar en dos estados de pagos diferentes y consecutivos, sin haber tomado ninguna medida correctiva o realizado una acción para evitar la reiteración del hecho. · Y cualquier otro incumplimiento señalado en las presentes bases que obligue el cobro de la garantía. El contratista estará obligado a mantener los documentos de garantías vigentes o realizar el reemplazo de estos cuando sea necesario incorporar modificación de contrato o ampliaciones de plazo convenidos. Estas deberán ser ingresadas a la encargado técnico del DAEM (ITS) de acuerdo a los reglamentos propios de esta.
Glosa: Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO 2024”
Forma y oportunidad de restitución: Este documento de garantía será devuelto al tomador un vez concluida la vigencia del contrato, si este se ha cumplido cabalmente. Para lo anterior, será necesaria sola la autorización del Encargado de Transportes de la DAEM, con visto bueno del director DAEM La devolución debe ser solicitada por escrito al D.A.E.M.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de que en el proceso de evaluación de las ofertas se produzcan empates en los puntajes, estos se dirimirán viendo, en primer término, el mayor puntaje en el precio, luego la antigüedad del vehículo y en tercer término la Comisión evaluadora deberá sugerir a quien adjudica.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Consultas en foro inverso y e mail
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ASPECTOS GENERALES DE LAS BASES DE LICITACION
1.- OBJETIVO La Ilustre Municipalidad de Quilleco-Departamento de Educación, con la finalidad de asegurar la asistencia de nuestros alumnos a sus respectivos establecimientos educacionales, considera indispensable brindar las facilidades para que ello ocurra, por lo que se requiere otorgar movilización para trasladar diariamente a aquellos alumnos que vivan más alejados de sus Establecimientos Educacionales, por lo que se invita a participar a los proveedores de www.mercadopublico.cl , en la Licitación Pública “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO 2024” , ID: 3650-12-LE24, lo cual permitirá generar un contrato de suministro por convenio de transporte escolar, de acuerdo de los requerimientos de las presentes Bases Administrativas y Técnicas. 2.- PARTICIPANTES Podrán participar todas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan giro ,de la actividad licitada, a través del portal, www.mercadopublico.cl, las cuales deberán cumplir con las disposiciones legales y exigencias que disponen las presentes bases. Las Personas Naturales o Jurídicas, se podrá postular con vehículos propios, de propiedad de terceros, debiendo al momento de licitar acreditar la tenencia del vehículo, mediante; contrato de arrendamiento o leasing, debidamente firmado por el propietario ante notario, dicho documento deberá ser ingresado al portal Mercado Público al momento de postular, de no adjuntarlo, quedará fuera de bases, no siendo analizados sus documentos por la comisión. Si la Persona Natural o Jurídica se adjudicare la licitacion, deberá entregar dicho documento físico antes de firmar el Contrato, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. Ante la falta de este documento de respaldo, se procederá a readjudicar a quien haya obtenido el segundo puntaje en la suma de criterios a evaluar como indican las bases de Licitación. 3.- NORMATIVA APLICABLE La presente licitación se regirá por las presentes Bases y demás documentos relacionados y por las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes a la fecha de su apertura, en cuanto le sean aplicables. Asimismo, constituirán reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones que emita este Departamento de Educación Municipal, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por éste. El proceso de adquisición se regirá por los mecanismos establecidos en la Ley 18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades” y la Ley N° 19.886 “bases sobre Contratos de Suministros y Prestaciones de Servicios” y sus modificaciones Las Bases estarán a disposición de los proveedores a través del Portal . www.mercadopublico.cl 4.- CONSULTAS Y ACLARACIONES Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta, deberán ser realizadas de acuerdo a la calendarización de la publicación en el portal. Se responderá cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya formulado. 5.- MODIFICACIONES A LAS BASES La Municipalidad podrá modificar los documentos de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Propuesta y hasta la entrega de las aclaraciones, informando de ello oportunamente a través del sitio web www.mercadopublico.cl Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases. 6.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS 6.1 Ofertas para Transporte Escolar. Las ofertas, deberán ser realizadas únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, no recibiéndose ofertas por otro medio. Las ofertas deberán contener o señalar: - El valor diario del servicio al que deseen postular. Para dar cumplimiento a ello, el oferente deberá completar con los valores en el documento denominado Anexo N° 2 de la presente licitación, debiendo ingresa dicho documento al portal www.mercadopublico.cl. De no ingresar este anexo, el oferente quedará fuera de bases. - Dentro de la sección de “Anexos Técnicos” del portal www.mercadopublico.cl, se deberá adjuntar obligatoriamente; o Identificación de un vehículo a una línea de transporte, hecho que debe realizarse en Anexo N°3, documento adjunto a las presentes bases. o Para el caso de chóferes propuestos:  Fotocopias por ambos lados de: las cédulas de identidad de él o los conductores, las cuales deberán estar vigente al momento de ser adjudicada la licitación  Fotocopia por ambos lados de su licencia de conducir, la cual deberá estar vigente al momento de la adjudicación de la licitación.  Hoja de Vida del Conductor del recorrido ofertado, que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación, con una vigencia no mayor a 30 días del cierre de la licitación.  Documentación que acredite la experiencia del chófer, para tales efectos se deberá presentar Anexo N° 6 y sus respectivos contratos y/o finiquitos. No se analizarán documentación de órdenes de compra, a no ser que sea persona natural el postulante.  Certificado de inhabilidad para trabajar con menores. Se deja constancia que, no se aceptarán conductores que presenten antecedentes, tales como; delitos de abandono de menores; delitos contra el estado civil, como suplantar a un niño por otro; violación; estupro, otros delitos sexuales e incesto. El oferente que postule algún chófer con este tipo de antecedentes quedará fuera de bases. o Documentación legal y técnica de cada bus, es decir;  Fotocopia de certificado de anotaciones vigentes en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, el cual deberá estar vigente al momento de licitar.  Fotocopia del certificado de revisión técnica del vehículo, el cual deberá estar vigente al momento de licitar.  Fotocopia de Permiso de circulación, el cual deberá estar vigente al momento de licitar.  Fotocopia de Seguro Obligatorio de Accidentes Personales, al día.  De manera opcional fotocopia de la inscripción en el Registro Nacional de Transportes Escolares, de disponerla. De no disponerla y ser adjudicado, se tendrá un plazo máximo de 2 semanas desde la firma del contrato para disponer de ella.  Declaración Jurada Simple según Anexo N° 5, de las características del medio de transporte, de la capacidad de asientos y sillas para estudiantes. Se deja constancia que, previo a la firma de contrato se realizará una inspección visual al medio de transporte con el cual el oferente adjudicó la línea, si se encontraran diferencias a lo antes declarado, se procederá a readjudicar dicha línea.  Si se postula con un vehículo de propiedad de terceros, se deberá acreditar la tenencia del vehículo, mediante; contrato de arrendamiento o leasing firmado por el propietario ante notario. - Dentro de la sección de “Anexos administrativos” del portal www.mercadopublico.cl, se deberá adjuntar obligatoriamente;  Anexo N° 1.  Copia de documento de garantía de seriedad de la oferta..  Declaración de conflictos e intereses. 7.- DETALLE DE RECORRIDO TRANSPORTE ESCOLAR Se adjunta listado 8.- PRESUPUESTO TOTAL PARA EL CONTRATO El Departamento de Educación de Quilleco, dispone de un presupuesto para el transporte escolar, por un período desde marzo de 2024 al 31 de diciembre de 2024, la suma de $ 10.800.000 (diez millones ochocientos mil pesos), cuyo valor es referencial. El DAEM se reserva el derecho de adjudicar a oferentes, que pudiesen superar el valor propuesto por línea. Dicha situación sucederá sólo ante ocasiones debidamente fundadas. 9.- PLAZOS 9.1 Plazos de vigencia de ofertas Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días corridos desde la fecha de apertura de la Licitación. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, la propuesta será declarada desierta y deberá llamarse nuevamente a licitación. 9.2.- Plazo del Contrato Los contratos generados tendrán una vigencia entre el 1 de marzo de 2024 al 31 de enero de 2025, pudiendo prorrogarse si el DAEM lo estima conveniente a sus intereses o de acuerdo a la variación del calendario escolar 2024 10.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA PRESENTAR OFERTAS No se analizarán ofertas a quienes le falten alguno de los siguientes documentos: ANEXO N°1: Identificación del oferente. ANEXO N°2: Detalle de Recorrido ANEXO N°3: Listado de Vehículos ANEXO Nº 4: Declaración de Conflicto e Intereses. ANEXO N° 5: De las características del bus y número de asientos. ANEXO N° 6: Experiencia de chófer. El oferente quedará fuera de bases sólo con la falta de uno de ellos. 11.- PROCESO DE ADJUDICACIÓN El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: 11.1.- APERTURA Las ofertas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl y se deberá adjuntar en archivos la documentación de acuerdo a los anexos de las presentes Bases, según calendario de la publicación. La apertura se realizará una vez cerrada la publicación de acuerdo al calendario, adjudicándose al o los ganadores a través del portal www.mercadopublico.cl 11.2.- ADJUDICACIÓN Las ofertas recibidas a través del portal, serán evaluadas por una comisión conformada por: - Encargado de Transportes DAEM, o quien lo subrogue. - Jefe de Finanzas DAEM, o quien lo subrogue. - Director DAEM o quien lo subrogue. Ninguno de ellos podrá tener conflicto de interés con alguno de los oferentes. En caso de tenerlo deberá abstenerse de participar en la Comisión, remitiendo un documento escrito al Director DAEM, hasta 24 horas antes de la reunión de comisión. 11.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Conformada la comisión antes señalada, está deberá evaluar las ofertas considerando los siguientes Criterios y porcentajes. a) Criterio: Oferta Económica (60%). b) Criterio Oferta Técnica (10%): c) Experiencia de chóferes (10%). d) Criterio año Vehículo (20%). 11.4 Notificación de la Adjudicación Una vez que se haya adjudicado la Propuesta, se procederá a notificar la decisión al o los Adjudicatarios a través del portal www.mercadopublico.cl 11.5 Re adjudicación El DAEM podrá Re adjudicar total o parcialmente la licitación si lo estima pertinente a sus intereses o si se produce un incumplimiento de parte de algún oferente adjudicado, que afecte los intereses de DAEM. El Departamento de Educación se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las ofertas que más convengan a los intereses municipales, o fundadamente rechazar, algunas o todas. Igualmente, podrá adjudicar la propuesta, conjuntamente a más de un proponente. Asimismo, podrá dejar sin efecto la licitación por causa legal, debidamente acreditada, postergarla, solo hasta antes de que se firmen los respectivos contratos. Ello sin derecho a indemnización de ninguna naturaleza a favor de los oferentes. Una vez firmados los contratos, sólo podrán dejarse sin efecto por las causales establecidas en los propios instrumentos. 11.6 Procedimiento para dirimir empates: En caso de que en el proceso de evaluación de las ofertas se produzcan empates en los puntajes, estos se dirimirán viendo, en primer término, el mayor puntaje en el precio, luego la antigüedad del vehículo y en tercer término la Comisión evaluadora deberá sugerir a quien adjudica. 12.- CONTRATO La adjudicación será con la modalidad de “Adjudicación Múltiple sin Emisión Automática de Orden de Compra”, dará origen a un Contrato de Traslado de alumnos, en el caso de Transporte de alumnos y en el caso de viajes especiales, se girará la respectiva Orden de Compra, en la oportunidad que corresponda. Es preciso dejar establecido que, atendida la emergencia sanitaria del Covid 19 que afecta al país, y a las distintas medidas que se han establecido por esta consecuencia por los Jefes de Servicios, en el sentido de resguardar la vida e integridad de servidores públicos, de la población en general, y en este caso, de la comunidad estudiantil toda, es que hacemos presente, que este contrato podrá encontrarse suspendido por razones de fuerza mayor, las que ya han sido definidas por la autoridad en dictámenes de contraloría u otros documentos afines ; por tanto, y en cuanto al hecho de que el servicio sea efectivamente prestado, es que se procederá a generar los procesos administrativos de pago en la forma dicha en los párrafos anteriores de este punto, puesto que es incierto el hecho de que el alumnado este año 2024 asista efectivamente a clases presenciales en un 100% de los días hábiles. El Proveedor adjudicado deberá presentar en forma física, al momento de la firma del Contrato; - Certificado de inspección visual emitido por el encargado de transporte del DAEM, el cual certificará que el medio de transporte, corresponde al licitado, cumpliendo con todo lo indicado por el oferente. - Fotocopia de la documentación respectiva, al día, del vehículo correspondiente (Certificado de inscripción en el registro Nacional de vehículos motorizados, permiso de circulación, revisión técnica, seguros pertinentes, certificados de experiencia o contratos de trabajo que avalen la experiencia del conductor, fotografía del N° Chassis, del N° de motor etc. y de la licencia del o los conductores correspondientes, hoja de vida del conductor, certificado de antecedentes y certificado habilitante para trabajar con menores Se deja constancia que: a) Cada vez que el adjudicatario requiera realizar un reemplazo de conductor de un medio de transporte, el adjudicatario deberá avisar al DAEM, vía oficio o correo electrónico destinado al encargado de transporte del DAEM de dicha intención, debiendo hacer llegar junto al documento escrito; la fotocopia de su licencia de conducir al día, hoja de vida actualizada, certificado de antecedentes actualizado, certificado habilitante para trabajar con menores. Todo lo anterior, en un plazo no superior a las 24 horas previas a que se efectúe dicho cambio, debiendo el Encargado de Transporte del DAEM, entregar respuesta que autoriza o rechaza dicho cambio. No obstante, si la situación no es programada y corresponde a un caso fortuito o de emergencia, el adjudicatario deberá informar de forma escrita en el acto, ya sea vía oficio o correo electrónico al encargado de transporte del DAEM, adjuntando la misma documentación del chofer de reemplazo, incluyendo además algún tipo de documento que fundamente el reemplazo de emergencia (ejemplo; certificado médico del chófer titular, licencia de este, certificado de carabineros, etc.) El incumplimiento de lo anterior, faculta al D.A.E.M. a poner término anticipado del Contrato sin indemnización alguna. b) En caso de tener que reemplazar el bus que se incluyó en la propuesta de Licitación, se debe seguir los siguientes procedimientos: o Si el reemplazo del vehículo es permanente, por el resto del contrato, deberá ser en las mismas condiciones de licitación, del mismo año o superior, documentación al día y con las mismas características de confortabilidad ofertadas, presentando la respectiva documentación que lo acredite y ser visado por el Encargado de Transportes del Departamento de Educación. Dicha solicitud, deberá ser por escrito y hasta 24 horas antes del cambio del medio de transporte, debiendo ser respondida por el Encargado de Transporte del DAEM, no pudiendo el adjudicatario realizar cambio sin la respuesta del funcionario. El incumplimiento faculta al DAEM a aplicar multas de acuerdo a lo indicado en numeral N° 12.1 o poner término de forma anticipada al Contrato sin indemnización alguna. o Si el reemplazo es por un plazo de 30 días (un mes), el medio de transporte, deberá ser en las mismas condiciones de licitación, del mismo año o superior, documentación al día y con las mismas características de confortabilidad ofertadas, presentando la respectiva documentación que lo acredite y ser visado por el Encargado de Transportes del Departamento de Educación. Dicha solicitud, deberá ser por escrito y hasta 24 horas antes del cambio del medio de transporte, debiendo ser respondida por el Encargado de Transporte del DAEM, no pudiendo el adjudicatario realizar cambio sin la respuesta del funcionario. El incumplimiento faculta al DAEM a aplicar multas de acuerdo a lo indicado en numeral N° 12.1 o poner término de forma anticipada al Contrato sin indemnización alguna. Finalmente se deja constancia que el adjudicatario sólo podrá realizar hasta 2 solicitudes de este tipo durante el contrato. o Si el reemplazo del medio de transporte es menor a siete días, y causado por desperfecto ocasional, panne o mantención programada, se autorizará el cambio por un medio de transporte de características análogas, este reemplazo no podrá exceder los 7 días, y solo se justificará por la mantención del vehículo comprometido en licitación o por reparaciones, debidamente acreditadas. De lo anterior, se debe solicitar la autorización de este cambio, presentando la respectiva documentación que lo acredite, hecho que debe ser visado por el Encargado de Transportes del Departamento de Educación. Dicha solicitud, deberá ser por escrito y hasta 24 horas antes del cambio del medio de transporte, debiendo ser respondida por el Encargado de Transporte del DAEM, no pudiendo el adjudicatario realizar cambio sin la respuesta del funcionario. El incumplimiento faculta al DAEM a aplicar multas de acuerdo a lo indicado en numeral N° 12.1 o poner término de forma anticipada al Contrato sin indemnización alguna. Finalmente se deja constancia que el adjudicatario sólo podrá realizar hasta 5 solicitudes de este tipo durante el contrato. Una vez firmado el contrato el Proveedor adjudicado debe inscribirse en el registro Nacional de Transportes Escolares – si no estuviese inscrito-, teniendo como plazo máximo para esto de dos semanas para al menos haber iniciado este trámite. Si no se cumple este trámite se procederá a dejar sin efecto el Contrato, por parte del D.A.E.M. sin derecho a indemnización alguna. Durante el período que dure el contrato, el DAEM, representado por el Encargado de Transporte comunal, realizará diversas supervisiones en un mes a los recorridos y a los medios de transporte adjudicados, hecho que permitirán verificar el fiel cumplimiento de cada contrato. Será de responsabilidad del oferente adjudicado y contratado trasladar durante todos los días que corresponda a los alumnos a sus respectivos establecimientos. Por lo tanto, si por cualquier motivo en alguna oportunidad y por cualquier causa, no lo puede hacer con el vehículo contratado, el oferente debe buscar oportunamente y rápidamente la forma de trasladar los alumnos. (Todos los gastos en que incurra por estas situaciones serán de exclusiva responsabilidad del oferente contratado) Si no cumple con esta obligación el Municipio sufre un daño patrimonial (descuento de subvenciones), por la ausencia de los alumnos, por lo tanto, su incumplimiento será causal de aplicación de multa, proporcional al daño causado. El Director o Directora del Establecimiento, deberá informar al DAEM, todas las oportunidades en que no fueron trasladados por el transportista contratado, con la finalidad de aplicar las multas respectivas. También un registro diario que consignara, placa patente de bus o furgón, nombre del chofer y horario de llegada y salida a objeto de velar por el cumplimiento del Contrato. También servirá para la aplicación de multas por incumplimientos si se produjeren Tales multas se aplicarán administrativamente, y el transportista deberá descontarlas de la factura que corresponda una vez que la DAEM, se las informe o pagarlas directamente en Tesorería Municipal 12.1 MULTAS: a) Se aplicarán multas equivalentes al 10% del monto mensual a cancelar en el mes de la infracción, descontado directamente del estado de pago mensual, en los siguientes casos: I. No respetar la capacidad máxima de personas sentadas de cada máquina. II. Atrasos en llegada de alumnos al establecimiento, sin justificación. b) Se aplicarán multas equivalentes al 20% del monto mensual a cancelar en el mes de la infracción, descontado directamente del estado de pago mensual, en los siguientes casos: I. Circular con un medio de transporte que no cumple las medidas de confortabilidad ofertadas. II. Presentar ante inspección del encargado de transportes del DAEM, o la queja comprobada (equivale a quejas del 20% de los apoderados cuyos hijos hacen uso del medio de transporte) de apoderados de; vidrios rotos, goteras y/o suciedad del medio de transporte. c) Se aplicarán multas equivalentes al 50% del monto mensual a cancelar en el mes de la infracción, descontado directamente del estado de pago mensual, en los siguientes casos: I. Cambio de chófer, sin autorización del DAEM. II. Cambios en los recorridos establecidos, sin autorización del DAEM III. Cambio de máquina, sin autorización del DAEM IV. No presentar la totalidad de sillas de bebé ofertadas. d) Se aplicará multa equivalente al daño patrimonial causado por la ausencia de los alumnos atribuible al adjudicatario. Para el cumplimiento de lo antes señalado, se designa como Inspector Técnico del Servicio (ITS) al Encargado de Transportes del DAEM, quien estará encargado de velar la correcta ejecución del contrato, coordinar con el adjudicatario, y realizar supervisiones según plan mensual. A su vez, el ITS, deberá informar al Departamento de Finanzas del DAEM en caso de aplicación de multas o el fin anticipado del contrato La aplicación de las multas se hará administrativamente y se descontará del estado de pago correspondiente al período en que se consignó la infracción. 12.1.1 EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. Se aplicará el siguiente procedimiento, para la aplicación de multas: a) Inmediatamente de constatada la ocurrencia de uno o más hechos constitutivos de uno o más de los incumplimientos contractuales que dan lugar a la imposición de una multa, la Unidad Técnica, junto con comunicarlo al Sr. Alcalde solicitando la aplicación de la multa, notificara de todo lo anterior al proveedor, el que podrá dentro del plazo de cinco días hábiles señalar al Sr. Alcalde lo que estime conveniente en defensa de sus derechos y acompañe los antecedentes probatorios en que funde sus alegaciones, descargos que deberán ser ingresados vía oficina de partes. b) El encargado de movilización, deberá acompañar tanto en su comunicación al Sr. Alcalde, como a la notificación al Contratista, un informe de la situación, junto a todos los antecedentes que fundamentan el incumplimiento, indicando con precisión los hechos constitutivos de la o las infracciones que se imputen, la fecha de su ocurrencia y en su caso, el monto de la eventual multa que se pide se imponga. c) Dentro de los diez días hábiles siguientes, al vencimiento del plazo otorgado al proveedor, para presentar sus descargos y antecedentes, sea que aquel hubiere presentado o no sus descargos, la Municipalidad, a través de un acto administrativo fundado deberá resolver la solicitud, manteniendo la multa, desestimando el respectivo requerimiento o bien, resolviendo la solicitud presentada. d) Las notificaciones a que haya lugar dentro de este procedimiento administrativo especial estarán a cargo del encargado de movilización, en su calidad de encargado del Contrato, y se harán personalmente al Contratista o a quien este haya designado como su representante, para los efectos del Contrato. En caso de no poder practicarse la notificación personal, de lo cual deberá quedar constancia escrita, los actos administrativos correspondientes se notificarán por carta certificada dirigida al domicilio del proveedor. En todo lo que no fuere contrario a este procedimiento las notificaciones se regirán por lo señalado en los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Nº 19.880. e) Los actos administrativos que impongan una sanción serán impugnables de acuerdo con las reglas generales, lo cual deberá indicarse expresamente en el respectivo Decreto Alcaldicio, señalando el o los recursos aplicables y los plazos correspondientes para su interposición por el afectado. La interposición de recursos administrativos en contra del acto que imponga una sanción no suspende su ejecución, siéndole exigible el pago de la multa en la forma prevista en las bases. En todo caso el afectado podrá solicitar fundadamente al Sr. Alcalde que tal ejecución se suspenda, mientras no se resuelva el o los recursos interpuestos. En todo lo que no fuere contrario a la naturaleza de este procedimiento especial, serian aplicables las normas de la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. 12.2 GARANTÍAS Garantía de Seriedad de la Oferta: Todos los oferentes que participen en la presente licitación, deberán presentar físicamente en las Oficinas de la DAEM, de Quilleco, un Documento de Garantía, Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, etc., con la finalidad de garantizar la “Seriedad de la Oferta” Dicho instrumento deberá ser tomado por el oferente, debe ser irrevocable, pagadera a la vista, tomada a favor de la Municipalidad de Quilleco, y con la siguiente Glosa: Garantía por Seriedad de la Oferta Licitación “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO 2024” ” El monto será de $ 100.000, con una vigencia de treinta días desde la fecha de apertura de la licitación Tal garantía será cobrada por la Municipalidad, si el oferente por alguna razón imputable a él, se negare o no pueda firmar el Contrato que corresponda. A los oferentes no adjudicados, se les devolverá rápidamente su garantía, pero una vez firmados los contratos con los oferentes adjudicados, ya que si alguno de ellos no lo firma algún recorrido podría ser Re adjudicado. El plazo para presentar esta garantía en la Oficina de Partes de la DAEM, será hasta una hora antes del cierre de las ofertas. La oficina de partes al recibirlas insertara la fecha y hora de recepción de estos documentos. Cumplido el plazo: No se recibirán documentos de Garantía y las ofertas no serán consideradas en el proceso de evaluación. La garantía será devuelta una vez caducada su vigencia, siempre que no exista razones para hacer efectivo su cobro por parte del D.A.E.M. La devolución debe ser solicitada por escrito al DAEM 12.2.2. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato: El DAEM, exigirá al oferente adjudicado un Documento de Garantía, Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, etc., con la finalidad de garantizar a la Municipalidad, el fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser irrevocable y pagadera a la vista, que indique obligadamente el nombre del oferente que toma la garantía; el beneficiario, es decir, MUNICIPALIDAD DE QUILLECO, y con la siguiente glosa: Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato “CONTRATO DE SUMINISTRO PARA EL TRASLADO DE ALUMNOS ESCUELA RIO PARDO 2024” Su monto será el equivalente al 10% (diez por ciento) Del Valor Total del Contrato adjudicado y con vigencia al 28 de febrero de 2025. El o los oferentes adjudicados deberán presentar la Garantía, a que se refiere este punto, en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo de adjudicación, lo que se les informará oportunamente. Esta garantía será cobrada por la Municipalidad si el oferente incumple el contrato de acuerdo a las causales establecidas en dicho instrumento, y sin derecho a ningún tipo de pagos o indemnización por parte del Municipio. Esta garantía podrá ser cobrada por la Municipalidad, ante cualquier incumplimiento grave del contrato acreditado por los profesionales de la Municipalidad o en los siguientes casos directamente: · En caso de no pago por parte del adjudicatario, de las imposiciones de trabajadores, finiquitos de trabajadores, sueldos, gratificaciones y otras obligaciones contractuales, de acuerdo, con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 19.886.- así como también; cualquier otro gasto atingente al servicio del cual pueda resultar la municipalidad de Quilleco demandada, ya sea, en forma subsidiaria y/o solidaria. · En caso de término anticipado del contrato según las cláusulas establecidas en las presentes bases. · La declaración de quiebra o el estado notorio de insolvencia del contratista, se considerará especialmente notoria insolvencia el no pago de las cotizaciones previsionales y obligaciones sociales de cada uno de los trabajadores del contrato, durante dos períodos continuos o 3 discontinuos. · En caso de ser multado por un hecho similar en dos estados de pagos diferentes y consecutivos, sin haber tomado ninguna medida correctiva o realizado una acción para evitar la reiteración del hecho. · Y cualquier otro incumplimiento señalado en las presentes bases que obligue el cobro de la garantía. El contratista estará obligado a mantener los documentos de garantías vigentes o realizar el reemplazo de estos cuando sea necesario incorporar modificación de contrato o ampliaciones de plazo convenidos. Estas deberán ser ingresadas a la encargado técnico del DAEM (ITS) de acuerdo a los reglamentos propios de esta. Por el contrario, este documento de garantía será devuelto al tomador un vez concluida la vigencia del contrato, si este se ha cumplido cabalmente. Para lo anterior, será necesaria sola la autorización del Encargado de Transportes de la DAEM, con visto bueno del director DAEM La devolución debe ser solicitada por escrito al D.A.E.M. 12.3 PAGOS. El pago de los servicios realmente prestados se realizará mes vencido, previa presentación por parte del oferente de la factura legal pertinente en la Oficina de Partes de Educación. Para ello, se deberá adjuntar: - Certificado del Director del Establecimiento al cual son trasladados los alumnos, donde conste de los días en que el transportista traslado a los alumnos en el mes que corresponda. - Formulario F-30 y plantilla de pago de cotizaciones legales que certifique el pago a chóferes y asistentes. El DAEM pagará tal factura en un plazo máximo de 30 días corridos 13- TERMINO ANTICIPADO DEL PRESENTE CONTRATO El Departamento de Educación tendrá la facultad y pleno derecho para declarar administrativamente el término anticipado del Contrato de Suministro, en los siguientes casos: 13.1.- Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera. 13.2.- Si se disolviese la empresa adjudicataria. 13.3.- Si se produjese cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario. Para estos efectos se considerarán incumplimientos graves: • No estar inscrito en el Registro de Transporte Escolar • Cambiar los vehículos ofrecidos en la licitación, por otros más antiguos. • Prestar el servicio con conductor sin licencia de conducir, estar esta vencida o ser de otra categoría que no corresponda al servicio que se presta. • Que el oferente sea objeto de aplicación de tres o más multas en un mes. • Que sufra algún accidente de mediana gravedad, o grave, cuya responsabilidad sea atribuible al conductor o al mal estado de la máquina. • Que el conductor sea objeto de dos o más multas por parte de Carabineros de Chile, por faltas graves a las normas de tránsito. • Que el servicio se preste con máquinas en evidentes malas condiciones, con asientos malos, con vidrios quebrados, con goteras, que presente panas reiteradas. • Que se sorprenda al conductor prestando el servicio, en estado de ebriedad, bajo los efectos de drogas y/o ejecutando maniobras riesgosas que puedan causar accidentes o a exceso de velocidad. • Otras causas no especificadas que se consideren graves por la autoridad que corresponda. • Tener el conductor u otra persona adulta alguna conducta indebida para con algún alumno, alumna, apoderados y/o personal de los establecimientos educacionales, durante el desarrollo del servicio, y en los momentos de estadía en los establecimientos educacionales. • El no pago de remuneraciones o cotizaciones previsionales a chóferes o auxiliares por más de una ocasión. 13.4.- Cuando el Departamento de Educación, de común acuerdo con el proveedor adjudicado, resuelvan ponerle término. 13.5.- El Departamento de Educación podrá poner término al presente Contrato de Suministro con un aviso previo, por escrito, por fuerza mayor debidamente fundada, y sin derecho a indemnización alguna a favor del transportista contratado. 14.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO Se entenderá por incumplimiento de contrato si la empresa no da cumplimiento a lo estipulado en el contrato, aplicándose las multas que correspondan. El monto de éstas multas, será calculado por la Unidad de Finanzas de la DAEM, y deberán ser el mismo monto de subvención que la Municipalidad deje de percibir por la inasistencia de los alumnos. 15.- CONSIDERACIONES GENERALES • Los oferentes contratados deberán tener especial precaución de cuidar el bienestar de los alumnos que trasladen y en tal sentido deberán atender y respetar con dedicación y esmero su integridad física, y psicológica, evitando que durante la prestación de los servicios se produzcan hechos que vulneren sus derechos, teniendo siempre presente el principio del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, en el ejercicio de sus funciones. • La DAEM, elaborará un instructivo o protocolo de prestación del servicio, el que será informado a los señores oferentes contratados y a sus conductores, quienes deberán certificar su recepción a fin de cautelar la correcta y oportuna prestación de servicios. Para ello podrán ser invitados a reuniones de coordinación • En caso de que algún vehículo sufra o se vea involucrado en algún accidente, independientemente de su magnitud, ya sea que vaya con alumnos o sin ellos, el conductor o el transportista contratado deberán dar aviso por el medio más rápido a la DAEM de Quilleco y reponer el servicio prestado. • El Departamento de Educación se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente sobre los conductores y de resultar estos no apropiado para el servicio requerido podrá solicitar el cambio del conductor y si ello no fuere posible se aplicará sanción término anticipado de contrato sin lugar a indemnización alguna. • Una vez realizada la apertura de la ofertas, el Departamento de Educación podrá solicitar en el portal a cada uno de los proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su oferta. Estas aclaraciones serán respondidas de la misma forma por partes de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento. • El Departamento de Educación se reserva el derecho de admitir ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes en la correcta evaluación de la Propuesta. 16.- PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR O TRASPASAR DERECHOS DEL CONTRATO Queda prohibido a los oferentes adjudicados y contratados, sub contratar los servicios adjudicados o contratados, como así mismo traspasar a cualquier título los derechos generados por los contratos suscritos como resultado de la presente licitación. 17.- ASPECTOS NO CONSIDERADOS EN LAS BASES, NI EN LOS CONTRATOS Si durante la prestación de los servicios surgen aspectos no considerados en las presentes bases ni en los contratos, estos serán resueltos de común acuerdo, entre la Daem y los transportistas contratados, siempre que se ciñan a las normas legales vigentes y no se aparten sustancialmente del objetivo del servicio contratado. De no llegar a acuerdo se formará una comisión especial formada por el Director del DAEM, Director de Control y Secretario Municipal, que serán el encargado de resolver dichas diferencias. 18.- SOBRE COMPORTAMIENTO ÉTICO. En todo el proceso de adquisiciones regulado por estas bases tanto los funcionarios municipales como los oferentes participantes o terceros involucrados deberán actuar manteniendo siempre un correcto comportamiento ético, respetando absolutamente los principios que rigen estos procesos, evitando incurrir en malas prácticas que pongan en duda la correcta toma de decisiones y como consecuencia de ello el buen uso de los recursos públicos En tal sentido, se prohíbe a los funcionarios municipales aceptar, solicitar, hacerse prometer en forma directa o a través de terceros, regalos, dádivas o incentivos de parte de los oferentes o personas con ellos relacionados. Al funcionario que incurra en estas prácticas reñidas con la ética, le deberá ser investigada su responsabilidad administrativa por no respetar el principio de Probidad Administrativa. Si el funcionario que incurra en estas malas prácticas es contratado a honorarios, esta será causal para poner término a su contrato ipso facto, sin derecho a indemnizaciones de ninguna naturaleza A su vez, se prohíbe en forma estricta a los oferentes o personas con ellos relacionados, ofrecer, prometer y entregar en forma directa o a través de terceros regalos, dádivas incentivos a los funcionarios municipales involucrados en el proceso. El que incurra en estas prácticas, serán considerado fuera de bases y los antecedentes serán enviados a la Dirección de Compras Pública