Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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REQUERIMIENTOS BASES TECNICAS Y ADMINISTRATIVAS EN GENERAL |
BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA
"ADQUISICION DE MOBILIARIO PARA OFICINAS D.A.E.M."
1.-OBJETIVO
La Ilustre Municipalidad de Quilleco-Departamento de Educación, invita a participar a los proveedores de estos tipos de servicios para que participen a través de www.mercadopublico.cl en la licitación ID 3650-13-L121 , para la adquisición de Mobiliario para Oficinas D.A.E.M., de acuerdo a los requerimientos de las presentes bases administrativas y técnicas.
2.- PARTICIPANTES
Podrán participar todas aquellas personas naturales y jurídicas que tengan inicio de actividades en el rubro de Mobiliario escolar o similar, y que postulen a la presente Licitación a través del portal, www.mercadopublico.cl, siempre que cumplan con las disposiciones legales y exigencias que disponen las presentes bases.
Si se postula como persona natural, toda la documentación debe estar a nombre del postulante, ahora si se postula como persona jurídica, toda la documentación debe estar a nombre de la persona jurídica, y firmada por su representante legal o un tercero debidamente autorizado mediante poder notarial. (En este último caso, la o las garantías que se exijan deben ser tomadas a nombre de la persona jurídica).
3.- NORMATIVA APLICABLE
La presente licitación se regirá por las presentes Bases y demás documentos relacionados y por las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes a la fecha de su apertura, en cuanto le sean aplicables. Asimismo, constituirán reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones que emita este Departamento de Educación Municipal, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por éste.
El proceso de adquisición se regirá por los mecanismos establecidos en la Ley 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades" y la Ley Nº 19.886 "Bases sobre Contratos de Suministros y Prestaciones de Servicios”, su reglamento y sus modificaciones
Las Bases estarán a disposición de los proveedores solo, a través del Portal www.mercadopublico.cl
4.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, deberán ser realizadas de acuerdo a la calendarización de la publicación en el portal. Se contestará cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya formulado.
5.- MODIFICACIONES A LAS BASES
La Municipalidad de Quilleco podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta solicitada por alguno de los oferentes, informando de ello oportunamente a través del sitio web www.mercadopublico.cl
Estas modificaciones formaran parte integral de las Bases.
6.- PRESENTACION DE OFERTAS
Las ofertas deberán ser realizadas a través del Portal www.mercadopublico.cl
No se recibirán ofertas por otro medio
La oferta económica debe considerar la entrega del Mobiliario en dependencias de Bodega D.A.E.M., José Miguel Carrera N° 460, Comuna de Quilleco.
7.- PRESUPUESTO TOTAL PARA EL CONTRATO.
El Departamento de Educación de Quilleco, dispone de un presupuesto para la Adquisición de Mobiliario la suma de $ 3.000.000 , (tres millones de pesos, ), impuesto incluido, provenientes del Presupuesto D.A.E.M. cuyo valor es referencial para la adquisición de los muebles.
8.-PLAZOS
8.1 Plazos de vigencia de ofertas
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días corridos desde la fecha de apertura de la Licitación. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, dicho plazo se prorrogará fundadamente por 10 días corridos y si no se adjudica, la propuesta será declarada desierta Y deberá llamarse nuevamente a licitación. -
9.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA PRESENTAR OFERTAS
ANEXO N° 1 : Identificación del oferente
ANEXO N° 2 : Declaración Jurada
10.- PROCESO DE ADJUDICACIÓN.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
10.1.-Apertura
Las ofertas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl y se deberá adjuntar en archivos la documentación de acuerdo a los anexos de las presentes Bases., según calendario de la Publicación.
La apertura se realizará una vez cerrada la publicación de acuerdo al calendario, adjudicándose al o los ganadores a través del portal www.mercadopublico.cl.
10.2.- Comisión Evaluadora de Ofertas.
Las ofertas recibidas a través del portal, serán evaluada por una comisión conformada por las siguientes personas o quienes las subroguen al momento de la evaluación de las ofertas:
Jefe de Finanzas D.A.E.M.
Encargada de Recursos Humanos del D.A.E.M.
Jefe Administrativo y Control de Gestión
Ninguno de ellos podrá tener conflicto de Intereses con alguno de los oferentes y en caso de tenerlos, el afectado deberá abstenerse de participar en la Comisión Evaluadora de ofertas
Dicha comisión estudiará y evaluará las propuestas y antecedentes, para luego elaborar un Informe Comparativo y Evaluativo de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes.
10.3.- Criterios de Evaluación de las Ofertas.
Conformada la comisión antes señalada, esta deberá evaluar las ofertas evaluadas considerando los siguientes factores y porcentajes de ponderación:
Factor Precio = 50 % Puntaje máximo al menor precio y proporcional para las demás ofertas.
Calidad = 20 % Puntaje máximo para las ofertas que cumplan plenamente con lo requerido.
10% para ofertas que cumplan parcialmente con lo reque-
rido.
0% Para ofertas que no cumplan con el requerimiento de la Licitación.
Plazo de entrega = 30% Puntaje máximo para la oferta con menor plazo de entrega
y proporcional para los demás oferentes
Hecho lo anterior, el Departamento de Educación Adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio, según normativa interna del municipio.
10.4 Notificación de la Adjudicación
Una vez que se haya adjudicado la Propuesta, se procederá a notificar la decisión al o los Adjudicatarios a través del portal www.mercadopublico.cl
10.5 Re adjudicación.
El DAEM podrá Re adjudicar total o parcialmente la licitación si lo estima pertinente a sus intereses o si se produce un incumplimiento de parte de algún oferente adjudicado, que afecte los intereses de D.A.E.M.
El Departamento de Educación se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las ofertas que más convengan a los intereses municipales, o fundadamente rechazar, algunas o todas. Igualmente, podrá adjudicar la propuesta, conjuntamente a más de un proponente. Asimismo, y por causa mayor debidamente acreditada podrá dejar sin efecto la licitación, postergarla, solo hasta antes de que se firmen los respectivos contratos. Ello sin derecho a indemnización de ninguna naturaleza a favor de los oferentes. Una vez firmados los contratos, solo podrán dejarse sin efecto por las causales establecidas en los propios instrumentos.
10.6 Procedimiento para dirimir empates:
En caso de que en el proceso de evaluación de las ofertas se produzcan empates en los puntajes, estos se dirimirán viendo, en primer término, el mayor puntaje en el precio, luego, de persistir el empate se adjudicará al oferente con menor plazo de entrega y en tercer término la Comisión Evaluadora deberá sugerir fundadamente
11.- CON'IRATO
El contrato será formalizado mediante la emisión de la Orden de Compra generada por la adjudicación.
12 GARANTÍAS
La presente licitación no solicitará documentos de garantía de seriedad de la oferta o de fiel cumplimiento, para promover y facilitar la participación de oferente, Sin embargo, los oferentes deberán indicar el tiempo que los productos están garantizados por defectos o fallas de fabricación
13.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Si el oferente no cumple con lo ofertado, se cancelará la Orden de compra y se re adjudicará la Licitación al oferente con el segundo mejor puntaje
14.- PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR O TRASPASAR DERECHOS DEL CONTRATO.
Queda prohibido a los oferentes adjudicados y contratados, sub contratar los servicios adjudicados o contratados, como así mismo traspasar a cualquier título los derechos generados por los contratos suscritos como resultado de la presente licitación.
15.- SOBRE COMPORTAMIENTO ÉTICO.
En todo el proceso de adquisiciones regulado por estas bases tanto los funcionarios municipales como los oferentes participantes o terceros involucrados deberán actuar manteniendo siempre un correcto comportamiento ético, respetando absolutamente los principios que rigen estos procesos, evitando incurrir en malas prácticas que pongan en duda la correcta toma de decisiones y como consecuencia de ello el buen uso de los recursos públicos.
En tal sentido, se prohíbe a los funcionarios municipales aceptar, solicitar, hacerse prometer en forma directa o a través de terceros, regalos, dádivas o incentivos de parte de los oferentes o personas con ellos relacionados. Al funcionario que incurra en estas prácticas reñidas con la ética, le deberá ser investigada su responsabilidad administrativa por no respetar el principio de Probidad Administrativa. Si el funcionario que incurra en estas malas prácticas es contratado a honorarios, esta será causal para poner término a su contrato ipso facto, sin derecho a indemnizaciones de ninguna naturaleza.
A su vez, se prohíbe en forma estricta a los oferentes o personas con ellos relacionados, ofrecer, prometer y entregar en forma directa o a través de terceros regalos, dádivas incentivos a los funcionarios municipales involucrados en el proceso. El que incurra en estas prácticas, serán considerado fuera de bases y los antecedentes serán enviados a la Dirección de Compras
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