Licitación ID: 3650-48-L122
TRANSPORTE ALUMNOS LICEOS DE LA COMUNA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses contratados 21 Unidad
Cod: 78111803
TRANSPORTE DE ALUMNOS LICEO BICENTENARIO FCO BASCUÑÁN GUERRERO Y LICEO ISABEL RIQUELME A UNIVERSIDAD DE CONCEPCION, DÍAS SABADO, SEGUN BASES Y TERMINOS DE REFERENCIA ADJUNTOS. FURGON CON CAPACIDAD MINIMA DE 12 ASIENTOS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
TRANSPORTE ALUMNOS LICEOS DE LA COMUNA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
FONDOS SEP
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Daem Quilleco
R.U.T.:
69.170.401-7
Dirección:
J. M. CARRERA N° 460
Comuna:
Quilleco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-09-2022 15:01:00
Fecha de Publicación: 26-08-2022 15:43:00
Fecha inicio de preguntas: 26-08-2022 16:51:00
Fecha final de preguntas: 05-09-2022 15:51:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-09-2022 16:51:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-09-2022 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-09-2022 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 29-09-2022 17:25:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 15-09-2022
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 1 Horas
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N° 1 : Identificación del oferente ANEXO N° 2 : Declaración Jurada ANEXO N° 3 : Seguro de viajes de estudiantes. Documentos señalados en el numeral 6, tercer párrafo.
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar, además: Fotocopias saneadas por ambos lados de: las cedulas de identidad de él o los conductores, de su licencia de conducir, y Hoja de Vida del Conductor, que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación. (Si a la fecha de efectuar las ofertas no se cuenta con conductor, esto deberá ser informado en las ofertas y en tal caso estos antecedentes deberán ser ingresados físicamente a la DAEM, antes de la firma del contrato, de resultar adjudicado. Se advierte que, si el conductor tuviere malos antecedentes, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y Re adjudicar a otro oferente. El oferente debe ofrecer vehículos que puedan cumplir con la normativa de transporte remunerado de Escolares, incluida la inscripción en el Registro Nacional de Transportes Escolares la cual de no tenerla tendrá un plazo máximo de 2 semanas desde la firma del contrato para efectuarla.
 
Documentos Económicos
1.- Las ofertas deberán ser realizadas a través del Portal www.mercadopublico.cl No se recibirán ofertas por otro medio Los oferentes deberán señalar el valor diario del servicio , considerando la ida y regreso de alumnos, de acuerdo al horario establecido por el Liceo .
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Segun punto 10 , 10.4 e las bases adjuntas y terminos tecnicos de referencia adjuntos 30%
2 Precio 70% Puntaje máximo al menor precio y proporcional para las demás Ofertas. 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO DAEM FONDOS SEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 5 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: BERTA RODRIGUEZ MORALES
e-mail de responsable de pago: a.rodriguez@eduquilleco.cl
Nombre de responsable de contrato: CARLOS MELLADO FAUNDEZ
e-mail de responsable de contrato: directordaem@municipalidadquilleco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2633453-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SE PROHIBE LA SUNCONTRATACION Y EL TRASPASO DE RESPONSABILIDADES A TERCEROS
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE QUILLECO DEPARTAMENTO DE EDUCACION
Fecha de vencimiento: 28-02-2023
Monto: 5 %
Descripción: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato: El DAEM exigirá al oferente adjudicado Un Documento de Garantía, tomadas en un Banco u otra institución,con oficina dentro del Territorio Nacional, con la finalidad de garantizar a la Municipalidad, el fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser irrevocable y pagadera a la vista, que indique obligadamente el nombre del oferente que toma la garantía; el beneficiario, es decir, MUNICIPALIDAD DE QUILLECO, y con la siguiente glosa: Para garantizar fiel cumplimiento de contrato " TRANSPORTE DE ALUMNOS LICEO BICENTENARIO FCO BASCUÑÁN GUERRERO Y LICEO ISABEL RIQUELME A UNIVERSIDAD DE CONCEPCION " Su monto será el equivalente al 5% (cinco por ciento) del Valor Total del Contrato adjudicado y con vigencia al 28 de febrero de 2023. El o los oferentes adjudicados deberán presentar la Garantía, a que se refiere este punto, en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo de adjudicación, lo que se les informará oportunamente. Esta garantía será cobrada por la Municipalidad si el oferente incumple el contrato de acuerdo a las causales establecidas en dicho instrumento., y sin derecho a ningún tipo de pagos o indemnización por parte del Municipio.
Glosa: Glosa: Para garantizar fiel cumplimiento de contrato " TRANSPORTE DE ALUMNOS LICEO BICENTENARIO FCO BASCUÑÁN GUERRERO Y LICEO ISABEL RIQUELME A UNIVERSIDAD DE CONCEPCION
Forma y oportunidad de restitución: Este documento de garantía será devuelto al tomador una vez concluida la vigencia del contrato, si este se ha cumplido cabalmente. Para lo anterior, será necesario solo la autorización del Encargado de Transpones de la DAEM, con visto bueno del director DAEM. La devolución debe ser solicitada por escrito al D.A.E.M.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de que en el proceso de evaluación de las ofertas se produzcan empates en los puntajes, estos se dirimirán viendo, en primer término, el mayor puntaje en el precio, si persiste el empate,  la Comisión evaluadora deberá sugerir a quien adjudicar.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
E-MAIL
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CONDICIONES GENERALES DE LAS BASES DE LICITACION

1.-OBJETIVO

La Ilustre Municipalidad de Quilleco-Departamento de Educación, con la finalidad de asegurar la asistencia de nuestros alumnos a sus respectivos establecimientos educacionales , considera indispensable brindar las facilidades para que ello ocurra, por lo que se requiere otorgar movilización para trasladar diariamente a aquellos alumnos que vivan más alejados de sus Establecimientos Educacionales, además se requiere contratar servicio de transporte escolar, por lo que se invita a participar a los proveedores de estos tipos de servicios para que participen a través del portal www.mercadopublico.cl, en la licitación pública “ TRANSPORTE DE  ALUMNOS LICEO BICENTENARIO FCO BASCUÑÁN GUERRERO Y LICEO ISABEL RIQUELME A UNIVERSIDAD DE CONCEPCION "  ID: 3650-48-L122

Transporte de alumnos de Liceos de la Comuna a Universidad de Concepción, Casa Central, días sábado, mañana de ida y tarde de regreso. En furgón con capacidad de 12 personas. Máximo 15 traslados.

2.- PARTICIPANTES

Podrán participar todas aquellas personas naturales y jurídicas que tengan inicio de actividades en el rubro de transporte de pasajeros o similar, y que postulen a la presente  Licitación a través del portal, www.mercadopublico.cl, siempre que cumplan con las disposiciones legales y exigencias que  disponen las presentes bases.

Si se postula como persona natural, toda la documentación debe estar a nombre del postulante, ahora si se postula como persona jurídica, toda la documentación debe estar a nombre de la persona jurídica, y firmada por su representante legal o un tercero debidamente autorizado mediante poder notarial. (En este último caso, la o las garantías que se exijan deben ser tomadas a nombre de la persona jurídica).

Si se postula con vehículos de propiedad de terceros, deberá acreditarse la tenencia, mediante contrato de arrendamiento, cesión u otro documento firmado por el propietario ante notario.

3.- NORMATIVA APLICABLE

La presente licitación se regirá por las presentes Bases y demás documentos relacionados y por las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes a la fecha de su apertura, en cuanto le sean aplicables. Asimismo, constituirán  reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones que emita este Departamento de Educación Municipal, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas  por éste.

El proceso de adquisición se regirá por los mecanismos establecidos en la Ley 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades" y la Ley Nº 19.886 "Bases sobre Contratos de Suministros y Prestaciones de Servicios”, su reglamento y sus modificaciones

Las Bases estarán a disposición de los proveedores solo, a través del Portal www.mercadopublico.cl

 

4.- CONSULTAS Y ACLARACIONES

Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, deberán ser realizadas de acuerdo a la calendarización de la publicación en el portal. Se contestará cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya  formulado.

5.- MODIFICACIONES A LAS BASES

El Departamento de Educación de Quilleco, podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta solicitada por alguno de los oferentes, informando de ello oportunamente a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formaran parte integral de las Bases.

6.- PRESENTACION DE OFERTAS

Las ofertas deberán ser realizadas a través del Portal www.mercadopublico.cl

No se recibirán ofertas por otro medio

Los oferentes deberán señalar el valor diario del servicio , considerando la ida y regreso de alumnos, de acuerdo al horario establecido por el Liceo .

Adjuntar, además: Fotocopias saneadas por ambos lados de: las cedulas de identidad de él o los conductores, de su licencia de conducir, y Hoja de Vida del Conductor, que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación. (Si a la fecha de efectuar las ofertas no se cuenta con conductor, esto deberá ser informado en las ofertas y en tal caso estos antecedentes deberán ser ingresados físicamente a la DAEM, antes de la firma del contrato, de resultar adjudicado. Se advierte que, si el conductor tuviere malos antecedentes, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y Re adjudicar a otro oferente.

El oferente debe ofrecer vehículos que puedan cumplir con la normativa de transporte remunerado de Escolares, incluida la inscripción en el Registro Nacional de Transportes Escolares la cual de no tenerla tendrá un plazo máximo de 2 semanas desde la firma del contrato para efectuarla.

7.- PRESUPUESTO TOTAL PARA EL CONTRATO.

El Departamento de Educación de Quilleco, dispone de un presupuesto de $ 3.750.000, provenientes de fondos SEP.

Los viajes efectuados en el año 2022 se cancelarán con Presupuesto SEP 2022. Los viajes efectuados en el año 2023 serán cancelados con presupuesto SEP 2023.

8.-PLAZOS

8.1 Plazos de vigencia de ofertas

Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días corridos desde la fecha de apertura de la Licitación. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, dicho plazo se prorrogará fundadamente por 10 días corridos y si no se adjudica, la propuesta será declarada desierta Y deberá llamarse nuevamente a licitación. -

8.2.-Plazo del Contrato

Los contratos generados tendrán una vigencia entre septiembre de 2022 al 31 de enero de 2023, pudiendo prorrogarse si el DAEM lo estima conveniente a sus intereses o de acuerdo a lo establecido por el  Programa Talentos de la Universidad de Concepción, sin que esto altere la cantidad de traslados.

9.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA PRESENTAR OFERTAS

ANEXO N° 1 : Identificación del oferente

ANEXO N° 2 : Declaración Jurada

ANEXO N° 3 : Seguro de viajes de estudiantes.

Documentos señalados en el numeral 6, tercer párrafo.

10.- PROCESO DE ADJUDICACIÓN.

El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:

10.1.-APERTURA

Las ofertas se recibirán a través del portal  www.mercadopublico.cl y se deberá adjuntar en archivos la documentación de acuerdo a los anexos 1 y 2  de las presentes Bases., según calendario de la Publicación.

La apertura se realizará una vez cerrada la publicación de acuerdo al calendario, adjudicándose al o los ganadores a través del portal  www.mercadopublico.cl.

10.2.- Adjudicación.

Las ofertas recibidas a través del portal, serán evaluada por una comisión conformada por:

 Encargado del Departamento de Educación D.A.E.M.

 Jefe de Finanzas DAEM.

Coordinador SEP DAEM

Ninguno de ellos podrá tener ningún conflicto de interés con alguno de los oferentes. En caso de tenerlo deberá abstenerse de participar en la  Comisión

10.3.- Factores de Evaluación de las Ofertas.

Conformada la comisión antes señalada, esta deberá evaluar las ofertas evaluadas considerando los siguientes factores y porcentajes de ponderación:

Factor Precio                     =  70%            Puntaje máximo al menor precio y proporcional para las demás

                                                                  Ofertas.

Oferta Técnica                   =  30%     
    

-          Para obtener el puntaje de oferta técnica, se promediarán los resultados de los factores a evaluar, para luego calculará el 30%, siendo este resultado el que corresponderá a ítem de oferta técnica.

Hecha la evaluación de cada oferente,  el Departamento de Educación Adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio, según normativa interna del municipio.

10.4 Notificación de la Adjudicación

Una vez que se haya adjudicado la Propuesta, se procederá a notificar la decisión al o los Adjudicatarios a través del portal www.mercadopublico.cl

10.5 Re adjudicación.

El DAEM  podrá Re adjudicar  la licitación si lo estima pertinente a sus intereses o si se produce un incumplimiento de parte de algún oferente adjudicado, que afecte los intereses de D.A.E.M.

El Departamento de Educación se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las ofertas que más convengan a los intereses municipales, o fundadamente rechazar, algunas o todas. Igualmente, podrá adjudicar la propuesta, conjuntamente a más de un proponente. Asimismo, y por causa mayor debidamente acreditada podrá dejar sin efecto la licitación, postergarla, solo hasta antes de que se firmen los respectivos contratos. Ello sin derecho a indemnización de ninguna naturaleza a favor de los oferentes. Una vez firmados los contratos, solo podrán dejarse sin efecto por las causales establecidas en los propios instrumentos.

10.6 Procedimiento para dirimir empates:

En caso de que en el proceso de evaluación de las ofertas se produzcan empates en los puntajes, estos se dirimirán viendo, en primer término, el mayor puntaje en el precio, si persiste el empate,  la Comisión evaluadora deberá sugerir a quien adjudicar.

11.- CON'IRATO.

11.1.- La adjudicación será con la modalidad de "Adjudicación Múltiple sin Emisión Automática de Orden de Compra", dará origen a un Contrato de Traslado de alumnos, en el caso de Transporte de Alumnos, Es preciso deja establecido que, atendida la emergencia sanitaria del Covid 19 que afecta el país, y a las distintas medidas que se han establecido por esta consecuencia por los Jefes de Servicios, en el sentido de resguardar la vida e integridad de servidores públicos, de la población en general, y en este caso, de la comunidad estudiantil toda, es que hacemos presente, que este contrato podrá encontrarse suspendido por razones de fuerza mayor, las que ya han sido definidas por la autoridad en dictámenes de contraloría u otros documentos afines; por tanto, y en cuanto al hecho de que el servicio sea efectivamente prestado, es que se procederá a generar los procesos administrativos de pago

El Proveedor adjudicado deberá presentar en forma física, al momento de la firma del Contrato fotocopia de la documentación respectiva, al día, del vehículo correspondiente (Certificado de inscripción en el registro Nacional de vehículos motorizados, permiso de circulación, revisión técnica, seguros pertinentes, etc. y de la o las licencia de conducir de él, o los conductores correspondientes.

Cada vez que conduzca un vehículo un conductor que no esté registrado el adjudicatario deberá hacer llegar la fotocopia de su licencia de conducir y su correspondiente Hoja de Vida del Conductor, el incumplimiento de esto faculta al DAEM. a poner término al Contrato sin indemnización alguna   ·

En caso de tener que reemplazar el furgón que se incluyó en la propuesta de Licitación, se debe seguir los siguientes procedimientos:

a)            Si el reemplazo del furgón es permanente, por el resto del contrato, deberá ser del mismo año o     superior, presentando la respectiva documentación que lo acredite y ser visado por el Coordinador de Transportes del Departamento de Educación.

b)           Si el reemplazo es por un plazo de 30 días (un mes) furgón debe ser del mismo año o superior y de igual forma debe presentar la documentación y ser visado por el Coordinador de Transporte del Departamento de Educación.

En todo caso, será de responsabilidad del oferente adjudicado y contratado trasladar durante todos los días que corresponda a los alumnos. Por lo tanto, si por cualquier motivo en alguna oportunidad y por cualquier causa, no lo puede hacer con el vehículo contratado, el oferente debe buscar oportunamente y rápidamente la forma de trasladar a los alumnos. (Todos los gastos en que incurra por estas situaciones serán de exclusiva responsabilidad del oferente contratado)

Si no cumple con esta obligación el será causal de aplicación de multa, proporcional al daño causado.

 

Tales multas se aplicarán administrativamente, y el transportista deberá descontarlas de la factura que corresponda una vez que la DAEM, se las informe.

11.2.- GARANTÍAS.

Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato: El DAEM exigirá al oferente adjudicado Un Documento de Garantía, tomadas en un Banco u otra institución,con oficina dentro del Territorio Nacional, con la finalidad de garantizar a la Municipalidad, el fiel cumplimiento del contrato.

Esta deberá ser irrevocable y pagadera a la vista, que indique obligadamente el nombre del oferente que toma la garantía; el beneficiario, es decir, MUNICIPALIDAD DE QUILLECO, y con la siguiente glosa: Para garantizar fiel cumplimiento de contrato " TRANSPORTE DE  ALUMNOS LICEO BICENTENARIO FCO BASCUÑÁN GUERRERO Y LICEO ISABEL RIQUELME A UNIVERSIDAD DE CONCEPCION "

Su monto será el equivalente al 5% (cinco por ciento) del Valor Total del Contrato adjudicado y con vigencia al 28 de febrero de 2023.

El o los oferentes adjudicados deberán presentar la Garantía, a que se refiere este punto, en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo de adjudicación, lo que se les informará oportunamente.

Esta garantía será cobrada por la Municipalidad si el oferente incumple el contrato de acuerdo a las causales establecidas en dicho instrumento., y sin derecho a ningún tipo de pagos o indemnización por parte del Municipio.

Por el contrario, este documento de garantía será devuelto al tomador una vez concluida la vigencia del contrato, si

este se ha cumplido cabalmente. Para lo anterior, será necesario solo la autorización del Encargado de Transpones de la DAEM, con visto bueno del director DAEM.

La devolución debe ser solicitada por escrito al D.A.E.M.

12- TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El Departamento de Educación tendrá la facultad y pleno derecho para declarar administrativamente el término anticipado del Contrato suscrito con el o los oferentes, en los siguientes casos:

12.1.- Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.

12.2.- Si se disolviese la empresa adjudicataria.

12.3.- Si se produjese cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario. Para estos efectos se considerarán incumplimientos graves:

*  No estar inscrito en el Registro de Transporte Escolar.

*  Cambiar los vehículos ofrecidos en la licitación, por otros más antiguos.

*  Prestar el servicio con conductor sin licencia de conducir, estar esta vencida o ser de otra categoría que no    corresponda al servicio que se presta.

*  Que el oferente sea objeto de aplicación de tres o más multas en un mes.

*  Que sufra algún accidente de mediana gravedad, o grave, cuya responsabilidad sea atribuible al conductor o al mal estado de la máquina.

*  Que el conductor sea objeto de dos o más Multas por parte de Carabineros de Chile, por faltas graves a las normas de tránsito.           ·

*  Que el servicio se preste con máquinas en evidentes malas condiciones, con asientos malos, con vidrios quebrados, con goteras, que presente panas reiteradas.

*  Que se sorprenda al conductor prestando el servicio, en estado de ebriedad, bajo los efectos de drogas y/o ejecutando maniobras riesgosas que puedan causar accidentes o a exceso de velocidad.

*  Otras causas no especificadas que se consideren graves por la autoridad que corresponda.

*  Tener el conductor u otra persona adulta alguna conducta indebida para con algún alumno, alumna, apoderados y/o personal de los establecimientos educacionales, durante el desarrollo del servicio, y en los momentos de estadía en los establecimientos educacionales.

12.4.- Cuando el Departamento de Educación, de común acuerdo con el proveedor adjudicado, resuelvan ponerle término.

12.5.- El Departamento de Educación podrá poner término al presente Contrato de Suministro con un aviso previo, por escrito, de 30 dias (treinta), por fuerza mayor debidamente fundada, y sin derecho indemnización alguna a favor del transportista contratado.

13.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Se entenderá por incumplimiento de contrato si la empresa no da cumplimiento a lo estipulado en el contrato.

14.- CONSIDERACIONES GENERALES

Los oferentes contratados deberán tener especial precaución de cuidar el bienestar de los alumnos que trasladen y en tal sentido deberán atender y respetar con dedicación y esmero su integridad física, y psicológica, evitando que durante la prestación de los servicios se produzcan hechos que vulneren sus derechos.

La DAEM, elaborará un instructivo o protocolo de prestación del servicio, el que será informado a los señores oferentes contratados y a sus conductores, quienes deberán certificar su recepción a fin de cautelar la correcta y oportuna prestación de estos servicios. Para ello podrán ser invitados a reuniones de coordinación.

En caso de que algún vehículo sufra o se vea involucrado en algún accidente, independientemente de su magnitud, ya sea que vaya con alumnos o sin ellos, el conductor o el transportista contratado deberá dar aviso por el medio más rápido a la DAEM, de QuiIleco.

El Departamento de Educación se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, sobre los conductores y de resultar estos negativos podrá solicitar el cambio del conductor y si ello no fuere posible rechazar la oferta, o caducar contratos sin lugar a indemnización alguna, a aquellos proponentes que corresponda.

Una vez realizada la apertura de las ofertas, el Departamento de Educación podrá solicitar en el portal a cada uno de los proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su oferta. Estas aclaraciones serán respondidas de la misma forma por parte de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.

El Departamento de Educación se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes en la correcta evaluación de la Propuesta.

15.- PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR O TRASPASAR DERECHOS DEL CONTRATO.

Queda prohibido a los oferentes adjudicados y contratados, sub contratar los servicios adjudicados o contratados, como así mismo traspasar a cualquier título los derechos generados por los contratos suscritos como resultado de la presente licitación.

16.- ASPECTOS NO CONSIDERADOS EN LAS BASES, NI EN LOS CONTRATOS:

Si durante la prestación de los servicios surgen aspectos no considerados en las presentes bases ni en los contratos, estos serán resueltos de común acuerdo, entre la DAEM y los transportistas contratados, siempre que se ciñan a las normas legales vigentes y no se aparten sustancialmente del objetivo del servicio contratado. De no llegar a acuerdo podrán organizarse comisiones con la participación de otros funcionarios municipales.

                                                                             

17.-  SOBRE COMPORTAMIENTO ÉTICO.

En todo el proceso de adquisiciones regulado por estas bases tanto los funcionarios municipales como los oferentes participantes o terceros involucrados deberán actuar manteniendo siempre un correcto comportamiento ético,  respetando absolutamente los principios que rigen estos procesos, evitando incurrir en malas prácticas que pongan en duda la correcta toma de decisiones y como consecuencia de ello el buen uso de los recursos públicos.

En tal sentido, se prohíbe a los funcionarios municipales aceptar, solicitar, hacerse prometer en forma directa o a través de terceros, regalos, dádivas o incentivos de parte de los oferentes o personas con ellos relacionados. Al funcionario que incurra en estas prácticas reñidas con la ética, le deberá ser investigada su responsabilidad administrativa por no respetar el principio de Probidad Administrativa. Si el funcionario que incurra en estas malas prácticas es contratado a honorarios, esta será causal para poner término a su contrato ipso facto, sin derecho a indemnizaciones de ninguna naturaleza.

A su vez, se prohíbe en forma estricta a los oferentes o personas con ellos relacionados, ofrecer, prometer y entregar en forma directa o a través de terceros regalos, dádivas incentivos a los funcionarios municipales involucrados en el proceso. El que incurra en estas prácticas, serán considerado fuera de bases y los antecedentes serán enviados a la Dirección de Compras Públicas


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.