Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ASPECTOS GENERALES DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
LICITACION PUBLICA
BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
LICITACION CONTRATO ARRENDAMIENTO DE PLATAFORMA DE GESTION EDUCATIVA PARA LICEO FRANCISCO BASCUÑAN GUERRERO DE LA COMUNA DE QUILLECO
1.-CONVOCATORIA
La Ilustre Municipalidad de Quilleco, Departamento de Educación, llama a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, para contratar los servicios de CONTRATO DE PLATAFORMA DE GESTION EDUCATIVA PARA LICEO FRANCISCO BASCUÑAN G. ID: 3650-5-LE23. Con cargo al Presupuesto D.A.E.M, fondos SEP.
2.- SOBRE LOS OFERENTES Y SUS REQUISITOS
Podrán participar en esta Licitación todos los oferentes que cumplan con los siguientes requisitos:
Oferentes Inscritos en el portal “Mercado Público” y en “Chile Proveedores”.
3.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
La presente convocatoria está referida a la Licitación por ARRENDAMIENTO DE PLATAFORMA DE GESTION EDUCATIVA PARA LICEO ISABEL FRANCISCO BASCUÑÁN G. FONDOS SEP
ADEMAS DEBE AJUSTARSE A LOS REQUERIMIENTOS DE LAS PRESENTES BASES Y DE LOS TERMINOS TECNICOS DE REFERENCIA DE LA LICITACION.
4.- OBJETIVOS
A) OBJETIVOS
Con la iniciativa se pretende el proveer, durante el periodo marzo 2023 a marzo 2024, al liceo Bicentenario Francisco Bascuñán Guerrero de una plataforma educativa que le permita:
1. Trabajar virtualmente metodologías que implementa el establecimiento; agrupaciones flexibles, ABP, habilidades del siglo XXI.
2. Fortalecer la gestión pedagógica, directiva y académica del establecimiento.
3. Dar marcha blanca al proceso de libro digital.
4. Articular planes de formación ciudadana y de convivencia escolar.
5.- PRESENTACION DE LA OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
5.1.- Presentación de las ofertas: Las ofertas deberán ser presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se recibirán ofertas por otro medio.
5.2.- Se debe adjuntar todos los antecedentes técnicos y económicos que permitan una mejor evaluación de la oferta.
Se deberá subir:
En el buzón “ANEXOS ADMINISTRATIVOS”, del portal www.mercadopublico.cl. Los siguientes documentos:
a) Identificación completa del oferente según Anexo Nº 1
b) Formato de Declaración Jurada Simple Anexo Nº 2
c) Declaración de conflicto de intereses Anexo N° 3
6.- PLAZO PARA RECEPCIÓN DE OFERTAS
Las ofertas a la presente licitación serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario de publicación.
7.- VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta deberá tener una vigencia de 30 días de validez de la oferta desde la fecha de apertura de la Licitación.
8.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
El DAEM podrá Aclarar las Bases de Licitación por iniciativa propia, con el objetivo de interpretar, esto es, fijar el alcance y sentido de las Bases Administrativas y/o Especificaciones Técnicas, según corresponda a la naturaleza de la materia tratada. Por consiguiente, igualmente deberán ser consideradas por los proponentes en la preparación de sus Ofertas.
Los Proveedores podrán solicitar aclaraciones sobre las Bases Administrativas y/o Especificaciones Técnicas, a través del portal de www.mercadopublico.cl, hasta el día indicado en el calendario de licitación. El DAEM dará respuesta a las consultas a través del portal de www.mercadopublico.cl . Esta Minuta con las Aclaraciones, Consultas y Respuestas, será publicada en el portal de www.mercadopublico.cl el día indicado en el calendario de licitación.
9.- ADJUDICACION DE LOS SERVICIOS
Las propuestas serán evaluadas y se presentará al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a su evaluación obtenida, formulando además una proposición de adjudicación, tras lo cual el Sr. Alcalde dictará el Decreto correspondiente para confirmar la adjudicación.
10.- CONTRATO
La adjudicación de la Licitación dará origen a un contrato hasta el 31 de mayo de 2022, pudiendo terminarse o prorrogarse mientras se desarrolla un nuevo proceso de licitación.
11.- GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El oferente adjudicado deberá presentar al momento de la firma del Contrato un documento de garantía, Boleta de Garantía, vale vista o póliza, que garantice el fiel cumplimiento de éste y debe contener obligatoriamente el nombre del oferente que toma la garantía, el beneficiario de la garantía y la glosa respectiva, con vigencia al 31 de julio de 2024, equivalente al 5% del monto total del contrato. La garantía debe ser pagadera a la vista e irrevocable.
La glosa debe indicar “GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO CONTRATO DE PLATAFORMA DE GESTION EDUCATIVA PARA LICEO FRANCISCO BASCUÑAN G. ID: 3650-5-LE23 “
Debe entregarse al momento de la firma del contrato en oficina de partes del D.A.E.M., José Miguel Carrera N° 460 de Quilleco.
El documento de garantía, será devuelto una vez caducada su vigencia y si no existe motivo para que el D.A.E.M. haga efectivo su cobro. Se debe solicitar por escrito o e-mail al D.A.E.M., su devolución .
12.- MODALIDAD DE PAGO Y PLAZOS
Se procederá a cancelar el servicio en un solo pago , previa recepción de factura y visto bueno de Jefe del Departamento de Educación y Coordinación SEP del D.A.E.M., e informe de cada Director, informando la correcta implementación y funcionamiento de la Plataforma en el Liceo .
13.-PRESUPUESTO DISPONIBLE
El presupuesto disponible asciende a un máximo Total $ 6.500.000, cuya fuente de financiamiento corresponde a Presupuesto D.A.E.M., Fondos SEP.
14.-TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Departamento de Educación tendrá facultad y pleno derecho para declarar administrativamente el término anticipado del Contrato, en los siguientes casos:
14.1.- Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
14.2.- Si se disolviese la empresa adjudicataria
14.3.- Si se produjese cualquier incumplimiento en la entrega del servicio, que afecte los intereses del D.A.E.M.
15.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas será efectuada por una comisión titular o quien los subrogue al momento de la evaluación, designada mediante Decreto Alcaldicio, integrada por:
Encargado del Departamento de Educación.
Encargado de Informática D.A.E.M.
Coordinador SEP D.A.E.M.
Dicha comisión estudiará y evaluará las propuestas y antecedentes, para luego elaborar un Informe Comparativo y Evaluativo de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes.
Ninguno de los integrantes de la Comisión podrá tener conflicto de intereses con alguno de los oferentes y en caso de tenerlos el afectado deberá abstenerse de participar en dicha Comisión.
16.- CRITERIOS DE EVALUACION.
Una vez cerrada la licitación, se procederá a reunir la comisión, debiendo evaluar técnicamente y administrativamente las ofertas según tablas que se plantean a continuación.
Sólo ingresarán a esta parte de la licitación, los oferentes que cumplan con:
- Ingresos de anexos solicitados en bases generales.
- Ingreso de oferta técnica, usuario y clave en plataforma.
Todo aquel que no cumpla, será declarado fuera de bases.
1) Oferta técnica 60%.
2) Precio 40%.
3) Resolución final de Licitación.
- Una vez evaluada, se sumará el resultado porcentual de oferta técnica y oferta económica, resultando vencedor quien obtenga el mayor resultado.
17.- PROCEDIMIENTO PARA DIRIMIR EMPATES:
En caso de que en el proceso de evaluación de las ofertas se produzcan empates en los puntajes, estos se dirimirán adjudicando al más puntaje más alto de oferta técnica, de persistir se optará por mayor puntaje en indicador “Acceso y visualización de plataforma”, de persistir la igualdad la Comisión Evaluadora deberá sugerir fundadamente respecto de la adjudicación.
18.- READJUDICACION
El D.A.E.M. se reserva el derecho de readjudicar la Licitación si se produce un incumplimiento por parte del oferente adjudicado que afecte sus interese.
19.- OPERATORIA
La administración del Contrato estará a cargo del Jefe de Departamento de Educación y Coordinador SEP. del D.A.E.M. o quien lo subrogue.
El Establecimiento Educacional deberá designar un encargado interno para Coordinar la Operatoria de la Plataforma (implantación, capacitación mantenimiento y actualización), con el oferente que resulte adjudicado.
20.- PROHIBICIÓN
Prohibición de subcontratación y de traspasos a cualquier título los derechos del contrato antes detallado.
21.-TRIBUNALES DE JUSTICIA
Para efecto del presente proceso de Licitación Pública y la respectiva suscripción del Contrato, las partes fijan su domicilio en la Comuna de Quilleco y se someten en lo que corresponda a la jurisdicción de los Tribunales competentes.
22.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, La Municipalidad de Quilleco-Departamento de Educación a través de quien corresponda, podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja, una aclaración de los términos indicados en la propuesta
respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás oferentes. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 48 horas. Si al concluir ese plazo el oferente no ha ingresado ningún tipo de aclaración, la oferta no será sometida al resto de la evaluación y podrá ser descartada del proceso.
23.- CONSIDERACIONES GENERALES
Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las presentes Bases Administrativas Generales se consideran condiciones mínimas.
El Departamento de Educación se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta, sin lugar a indemnización
alguna, a aquellos oferentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes bases.
24.- SOBRE COMPORTAMIENTO ÉTICO
En todo el proceso de adquisiciones regulado por estas bases tanto los funcionarios municipales como los oferentes participantes o terceros involucrados deberán actuar manteniendo siempre un correcto comportamiento ético, respetando absolutamente los principios que rigen estos procesos, evitando incurrir en malas prácticas que pongan en duda la correcta toma de decisiones y como consecuencia de ello el buen uso de los recursos públicos.
En tal sentido, se prohíbe a los funcionarios municipales aceptar, solicitar, hacerse prometer en forma directa o a través de terceros, regalos, dádivas o incentivos de parte de los oferentes o personas con ellos relacionados. Al funcionario que incurra en estas prácticas reñidas con la ética, le deberá ser investigada su responsabilidad administrativa por no respetar el principio de Probidad Administrativa. Si el funcionario que incurra en estas malas prácticas es contratado a honorarios, esta será causal para poner término a su contrato ipso facto, sin derecho a indemnizaciones de ninguna naturaleza.
A su vez, se prohíbe en forma estricta a los oferentes o personas con ellos relacionados, ofrecer, prometer y entregar en forma directa o a través de terceros regalos, dádivas incentivos a los funcionarios municipales involucrados en el proceso. El que incurra en estas prácticas, serán considerado fuera de bases y los antecedentes serán enviados a la Dirección de Compras Públicas.
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