1.1 Errores u omisiones detectadas durante la evaluación y solicitud de antecedentes adicionales
La Ilustre Municipalidad de Tiltil, en virtud del Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, se reserva el derecho de otorgar plazo a los oferentes para salvar errores u omisiones formales, lo que será informado a través del portal, siempre que no se afecten los principios de igualdad de los oferentes, ni de estricta sujeción a las Bases. En dicho caso se otorgará un plazo de mínimo 24 horas. para enmendar los errores o para presentar aquellos certificados o antecedentes faltantes que se hubieren obtenido con fecha anterior al plazo de cierre para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables desde la fecha de cierre para presentar las ofertas. De todo lo anterior se dejará constancia en el acta la que será suscrita por el área de licitaciones.
En el evento que se solicite salvar errores u omisiones, se suspenderá la evaluación de las ofertas, hasta el cumplimiento del plazo otorgado. En caso que la falta de los documentos y/o antecedentes sea insalvable ya sea porque no se refiere a aquellos antecedentes indicados más arriba, o porque los documentos no presentados forman parte de la oferta y son necesarios para evaluar, la oferta será declarada inadmisible, sin que pueda ser evaluada.
Las ofertas deberán considerar todos los elementos y antecedentes señalados en estas Bases Administrativas, Técnicas, Aclaraciones y/o Modificaciones, si las hubiere.
La Comisión podrá solicitar que complementen, aclaren o salven errores u omisiones formales de los antecedentes presentados por alguno de los oferentes, con excepción del monto de la Oferta Económica. Asimismo, la Comisión podrá corregir los errores formales o simplemente aritméticos que presenten las ofertas.
Igualmente, se podrá permitir la presentación de certificaciones, documentos o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El requerimiento de aclaraciones o antecedentes antes señalados lo realizará la Secretaría Comunal de Planificación a través del Portal.
Dichos antecedentes o respuestas deberán ser entregados por la misma vía, a más tardar dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su solicitud y referirse solamente a los puntos solicitados. Si el oferente requerido no cumple con lo solicitado en el plazo señalado, quedará fuera de bases.