Los proponentes podrán formular consultar o solicitar consultar, aclaraciones según lo establecido en el Artículo N°16, de las Bases Administrativas Generales, Decreto Alcaldicio Ex. N°866, a través del portal Mercado Público, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido en el Artículo N°2, de las presentes Bases Administrativas Generales
Por lo descrito en Artículo N°16, de las Bases Administrativas Generales, queda estrictamente prohibido todo contacto por parte del proponente con la Municipalidad mientras dure el proceso de evaluación de las ofertas, según lo dispuesto en el Artículo 35 ter, de la Ley N°19.886, sobre Contrataciones y Compras Públicas y en la Ley Nº20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. El no cumplimiento a este punto será causal de exclusión del proponente del presente proceso.