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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
A. La propuesta se entenderá adjudicada cuando la Unidad Técnica y Mandante se pronuncie
mediante Decreto Alcaldicio, respecto de la propuesta de adjudicación que emita la
Comisión Evaluadora. Con relación al análisis de evaluación de los oferentes, la propuesta
será adjudicada a aquella oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado. Si hubiese
desistimiento del oferente seleccionado, se adjudicará la oferta que hubiese obtenido el
puntaje inmediatamente inferior y así sucesivamente.
B. El Mandante podrá rechazar todas o algunas de las ofertas con expresión fundada de
causa y sin que los proponentes puedan pretender indemnización alguna por este hecho
En el caso que rechace todas las ofertas, se procederá a declarar desierta la propuesta
para el proyecto respectivo, lo que será comunicado a los oferentes. En este caso y si
correspondiera, se efectuará una nueva propuesta.
C. En el caso que no se hayan presentado ofertas, la propuesta será declarada desierta. En
tal evento, se efectuará una nueva licitación conforme a lo dispuesto en estas Bases.
D. Una vez que se conozca la resolución, el resultado de la propuesta se comunicará por el
portal mercadopublico.cl.
E. Quienes participen de esta licitación conocen y aceptan los términos y condiciones de las
bases administrativas y Términos de Referencia, y por el solo hecho de presentar sus
ofertas se comprometen a cumplir lo establecido en las referidas bases.
F. Resolución De Empates: En caso de empate, se recurrirá al mayor puntaje obtenido en
la Oferta Técnica, en el evento de mantenerse en empate, se recurrirá al mejor puntaje
obtenido en la Oferta Administrativa, de persistir dicho empate se definirá a quién haya
ingresado primero su oferta en el portal.
G. La Municipa
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
DEL PAGO DE COTIZACIONES
Se hace presente que, de acuerdo a lo señalado en la Ley N°20.255, todos los trabajadores a
Honorarios deberá, realizar el pago de sus cotizaciones de seguridad social en forma personal,
siendo de su exclusiva responsabilidad.
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DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL |
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La propiedad intelectual, de los servicios contratados, sean estos diseños, planos, memorias,
procesos, ideas y mejoras que sean susceptibles de patentar y que el Profesional y sus
dependientes hayan creado o desarrollado durante la ejecución del contrato o con ocasión de él,
son propiedad de la Unidad Técnica del Contrato de la Municipalidad de San Esteban.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases
de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda
la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
A. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente
en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
B. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
C. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de la misma.
D. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
E. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
F. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases
de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
G. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a
la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
H. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas conque éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
I. El oferente se obliga a constar con un supervisor para realizar nexo con municipalidad
J. El oferente se obliga a dar cumplimiento con la Ley N° 16.744
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Resolución de Empates |
- En caso de empate, se recurrirá al mayor puntaje obtenido en la Oferta Técnica, en el evento de mantenerse en empate, se recurrirá al mejor puntaje obtenido en la Oferta Administrativa, de persistir dicho empate el Alcalde definirá al oferente a adjudicar.
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