Licitación ID: 369-35-LE24
SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD PARA DPP CHOAPA
Responsable de esta licitación: DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE CHOAPA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 1 Unidad
Cod: 92101501
“SERVICIOS DE GUARDIA DE SEGURIDAD PARA OFICINAS DE LA DELEGACION PRESIDENCIAL DE LA PROVINCIA DE CHOAPA”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD PARA DPP CHOAPA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIOS DE GUARDIA DE SEGURIDAD PARA OFICINAS DE LA DELEGACION PRESIDENCIAL DE LA PROVINCIA DE CHOAPA”,
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Delegacion Presidencial Provincial de Choapa
R.U.T.:
60.511.043-6
Dirección:
CONSTITUCION ESQUINA ECUADOR
Comuna:
Illapel
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-07-2024 17:55:00
Fecha de Publicación: 10-07-2024 11:37:58
Fecha inicio de preguntas: 10-07-2024 12:11:00
Fecha final de preguntas: 11-07-2024 12:12:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-07-2024 12:12:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-07-2024 8:36:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-07-2024 8:36:00
Fecha de Adjudicación: 19-07-2024 12:36:08
Fecha de entrega en soporte fisico 11-07-2024
Fecha estimada de firma de contrato 29-07-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BASES TÉCNICAS ADMINISTRATIVAS
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica b) Plan de trabajo, experiencia y calidad técnica del servicio. (30%) Se refiere al plan de servicio presentado y a la calidad técnica de los servicios de vigilante privado ofertados. Se asignará el puntaje máximo al proveedor que oferte un plan de trabajo superior a lo requerido y/o que ofrezca servicios adicionales a los requeridos. (Anexo 5), considerar para aquello lo siguiente: El oferente debe presenta obligatoriamente características técnicas del servicio de vigilantes privados. Además, deberá acreditar experiencia del vigilante mediante contratos de trabajo, curso de vigilante privado al día. Experiencia Puntaje Presenta plan de trabajo, horarios, curso vigente de vigilante privado, otros. 10 No Presenta plan de trabajo, horarios, curso vigente de vigilante privado, otros. 0 c) Experiencia (20%) El oferente logra certificar la experiencia de la empresa, profesionalismo y conocimiento de servicio de traslados en carretera, mediante convenios o contratos. Experiencia Puntaj 50%
2 Oferta Económica Para realizar la evaluación económica se realizará de acuerdo a la información proporcionada en Anexo 6, para ello se utilizará una escala de puntajes de 0 a 10, asignando el puntaje más alto (10 puntos) a la oferta económica de menor valor, que cumplan con los requerimientos definidos en las bases técnicas. Los siguientes puntajes se asignarán en función de la diferencia entre cada propuesta y el valor de la menor propuesta económica en su conjunto. X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta. No serán admisibles ofertas que superen el monto máximo señalado en las presente pases administrativas. 30%
3 Antecedentes Administrativos Se evaluará también la presentación de antecedentes administrativos de postulación a la presente licitación de acuerdo a las bases administrativas y el puntaje de evaluación de 0 a 10. La evaluación se realizará de acuerdo a la siguiente tabla: Valor Asignación Puntaje Presenta antecedentes, en tiempo y forma. 10 Presenta antecedentes, una vez solicitados por la DPP de Choapa. 5 No presenta documentación en una vez solicitados por la DPP de Choapa. 0 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Fondos Globales subtitulo 22
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Que, existen recursos presupuestarios disponibles para realizar la contratación que se solicita
Tiempo del Contrato 7 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: SERGIO AGUIRRE
e-mail de responsable de pago: saguirrer@interior.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: NATALY CARVAJAL CARVAJAL
e-mail de responsable de contrato: ncarvajal@interior.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-53-2422041-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Servicio podrá re adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a Si el proponente cuya oferta ha sido adjudicada, retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de la misma. b Si el proponente cuya oferta ha sido adjudicada, no hace entrega material de la documentación acompañada digitalmente, salvo que se encuentre inscrito en el portal Chile proveedores y los antecedentes obren en dicho registro. c En los demás casos en que las presentes bases lo señalen. d En caso de haber un error involuntario por parte de la comisión evaluadora se retrotraerá la adjudicación y se llevará a cabo un nuevo proceso de evaluación.
Resolución de Empates

Si existe empate de puntaje entre oferentes, el criterio a considerar para un desempate será el mejor puntaje en las condiciones económica, si persiste el empate se atenderá al por el puntaje obtenido en las condiciones técnicas, finalizando con el puntaje en condiciones de sustentabilidad. Si persiste aún un empate en puntaje, decidirá la comisión de evaluación por sorteo.

De la adjudicación
La Delegación adjudicará la presente Licitación a quien presente la mejor propuesta, dentro de los plazos establecidos en las presentes bases. Se entiende que presentó la mejor propuesta quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los criterios de evaluación antes descritos. La adjudicación de la presente Licitación Pública se hará a través del correspondiente acto administrativo y será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica la presente Licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado. Con todo, y en caso que el oferente favorecido con la adjudicación no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, Chile Proveedores, deberá inscribirse en él, dentro de los 10 días hábiles siguientes de informada la adjudicación en el portal. En caso de no verificarse dicha inscripción, la Delegación podrá proceder a adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado en el proceso según los criterios de evaluación establecidos en el número 10 de las presentes bases, en orden decreciente. En caso que los oferentes, una vez adjudicada la presente Licitación Pública, quieran aclarar aspectos referentes a la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la entidad licitante a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente Licitación. Las preguntas y respuestas serán publicadas como Anexos en el portal www.mercadopublico.cl. La Delegación declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.
Del acta de Evaluación y Adjudicación
De la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora se levantará un acta, con su propuesta de adjudicación, inadmisibilidad o declaración de deserción según corresponda.
De la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora se levantará un acta, con su propuesta de adjudicación, inadmisibilidad o declaración de deserción según corresponda.
El Servicio podrá re adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a) Si el proponente cuya oferta ha sido adjudicada, retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de la misma. b) Si el proponente cuya oferta ha sido adjudicada, no hace entrega material de la documentación acompañada digitalmente, salvo que se encuentre inscrito en el portal Chile proveedores y los antecedentes obren en dicho registro. c) En los demás casos en que las presentes bases lo señalen. d) En caso de haber un error involuntario por parte de la comisión evaluadora se retrotraerá la adjudicación y se llevará a cabo un nuevo proceso de evaluación.
Licitación declarada desierta.
La Comisión declarará desierta la licitación, en alguno de los siguientes casos: a) No se presenten postulante alguno a la licitación. b) Presentándose uno o más postulantes, ninguna de las ofertas resulte satisfactoria de acuerdo a los criterios de evaluación técnica y/o económica establecidos en las bases. c) Presentándose uno o más postulantes, todas las ofertas no se estiman convenientes para los fines de la institución. No se estimarán convenientes, entre otras, aquellas ofertas económicas cuyo precio sea anormalmente bajo y que haga presumir que la calidad técnica del bien no es la adecuada, y aquellas ofertas económicas cuyo precio sobrepase al presupuesto destinado a ello. De la circunstancia establecida en las letras anteriores, deberá dejarse constancia en el informe de adjudicación que deberá elaborar la Comisión.
De la comisión evaluadora
Esta comisión estará integrada por los siguientes integrantes de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. · Encargada de la Unidad de Emergencia o Subrogante; · Encargado del Departamento de Administración y de Finanzas o Subrogante; · Encargado del Departamento Jurídico o Subrogante. Si por cualquier razón algún miembro de la comisión de apertura o evaluadora, se viere ausente, imposibilitado o incompatible de participar en el proceso será reemplazado por los siguientes funcionarios, en este orden de prelación que a continuación se señala: · Encargada del Departamento Social; . Encargada de la Unidad de Administración, Adquisiciones y Servicios Generales. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante estará facultada para designar una comisión evaluadora compuesta, total o parcialmente, por miembros distintos a los señalados anteriormente, ajustándose en todo momento a las exigencias contenidas en el artículo 37 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 Los integrantes de la comisión evaluadora deberán tener la calidad de funcionarios públicos y/o agente público. Para el caso que sea necesario cambiar a algún miembro de la comisión, se dictará una resolución con la o las nuevas designaciones. La integración de la comisión evaluadora será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
FUNCIONES
El Comité evaluará todos los antecedentes Administrativos, técnicos y económicos, conforme a los criterios contenidos en las Bases, en especial deberá: a) Resolver sobre la admisibilidad de las propuestas en la etapa de apertura electrónica, para lo cual verificará si se encuentran acreditados los antecedentes legales requeridos de las presentes Bases, o en su defecto, se hayan entregado en soporte papel en los plazos que señalen estas bases. b) Evaluar todas las ofertas presentadas y establecer un ranking entre ellas. Este ranking ordenará las ofertas, de mayor a menor, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores y sub factores de evaluación que se indican en los puntos siguientes. c) Sugerir el nombre del adjudicatario o la declaración de deserción.
15. PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza , en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
MODALIDAD DE PAGO
La Delegación Presidencial Provincial de Choapa pagará al contratista por la prestación de este servicio hasta la suma máxima ofertada por el proponente adjudicado en su propuesta económica, pagadero en 7 cuotas mensuales, iguales y sucesivas. Para la ejecución de los pagos, se requiere que la Orden de Compra se encuentre aceptada por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl. La Delegación Presidencial Provincial de Choapa procederá a efectuar el o los pagos que corresponda/n dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de los siguientes antecedentes: Certificado de Recepción Conforme de los productos, informes, servicios o bienes requeridos, emitido por la contraparte técnica de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. a. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales F30-1 (Ley de Subcontratación), otorgado por la Dirección del Trabajo, con la pertinente individualización del contratista, domicilio, indicando región, comuna y localidades, cuando corresponda, con su respectiva nómina, y del período que se ejecutaron los servicios. b. Fotocopias de las liquidaciones de remuneraciones firmadas por el vigilate privado que hayan prestado servicios durante el mes anterior al que se está pagando. Cuando corresponda, la planilla debe incluir el pago de los incentivos laborales (bonos) y todos aquellos beneficios monetarios que haya comprometido el adjudicatario en su oferta, además de una copia del registro de asistencia del mes correspondiente (libro de asistencia). c. La(s) factura(s) o el/los respectivo(s) instrumento(s) tributario de cobro deberán emitirse electrónicamente por la plataforma del Servicio de Impuestos Internos y remitir en formato XML a casilla electrónica de oficina de partes de la DPP de Choapa, partesdppchoapa@interior.gob.cl. En caso de ser emitido en formato físico, deberá ser ingresada en oficina de partes de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa, domiciliada en calle Ecuador N° 220, comuna de Illapel, Región de Coquimbo, extendida a nombre de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa, RUT N° 60.511.043-6. Todo el personal que el contratista emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él o subcontratista si correspondiese, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin relación contractual o fáctica alguna con la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. Por lo tanto, el contratista se obliga, desde ya a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo con la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen. La Delegación Presidencial Provincial de Choapa podrá retener del o los pagos que correspondan, el monto que adeude el contratista por concepto de remuneraciones u obligaciones previsionales con sus trabajadores o con los trabajadores del subcontratista si correspondiese, dicho monto será utilizado para pagar al trabajador o a la institución previsional respectiva. El pago podrá realizarse a través de transferencia electrónica. En caso de transferencia electrónica, el Proveedor deberá informar a la Delegación Presidencial Provincial de Choapa, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia. En todo caso, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de los antecedentes previamente señalados. Asimismo, el adjudicado deberá informar a la Delegación Presidencial Provincial de Choapa oportunamente, si va a ceder el crédito, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.983, informando el nombre, Rut, dirección y giro del cesionario del crédito. Sin perjuicio de lo anterior, la Delegación Presidencial Provincial de Choapa podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.983.
Condiciones del desarrollo de los servicios
El adjudicatario será responsable de todo desperfecto, daño o pérdida que sufra el recinto de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa a causa de la prestación de los servicios contratados, así como de todo agravio sufrido por terceros por el desarrollo de los mismos servicios. La Delegación Presidencial Provincial de Choapa no asumirá responsabilidad alguna por daños que pudieren sufrir el personal, los materiales, los vehículos y/u otros implementos del adjudicatario o un tercero durante la vigencia del contrato.
Administrador del contrato.
El Contrato será administrado por el/la encargada de adquisiciones de Delegación Presidencial Provincial de Choapa. Serán funciones del Administrador del Contrato, entre otras, las siguientes: · Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios y de los plazos estipulados. · Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del certificado de recepción conforme del servicio contratado por parte de la Contraparte Técnica. · Gestionar modificaciones contractuales (aumento o prórroga del contrato, aumento del monto total del contrato, etc.), ya sea de oficio o a requerimiento de la Contraparte Técnica, a fin de que se tramite la modificación del contrato, en los casos que corresponda. · Requerir la aplicación de sanciones (multas, término del contrato, etc.) en los casos que corresponda. · Las demás que le encomienden las presentes Bases de Licitación.
Contraparte Técnica
Asimismo, el Administrador/a del contrato, designará una o más contraparte/s técnica/s quienes podrán actuar de manera conjunta y/o independiente en el cumplimento de las funciones que aquí se les delegan. Dicha designación se realizará a través de Memorando o correo electrónico, que deberá remitir el Administrador/a del contrato para su conocimiento. Serán funciones de la Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes: a) Colaborar y asistir al adjudicado en el ámbito de sus competencias. b) Atender y resolver situaciones coyunturales o emergencias técnicas no consideradas. c) Recibir a conformidad los servicios contratados, planteando al adjudicatario las observaciones y/o recomendaciones que se estimen pertinentes. d) Emitir certificado de recepción conforme de los trabajos realizados por el adjudicatario. e) Informar sobre el incumplimiento del adjudicado o sus servicios con el fin de aplicar las sanciones o multas correspondientes. f) Autorizar o rechazar el remplazo del Administrador o ejecutivo del contrato designado por parte del adjudicatario. g) Solicitar el cambio del Administrador o ejecutivo del contrato del adjudicatario o del personal contratado o subcontratado, según sea el caso. h) Analizar y aprobar los informes asociados al desarrollo del trabajo, planteando al equipo responsable del adjudicatario las observaciones y/o recomendaciones que estime pertinentes. i) Atender las urgencias que se presenten durante el desarrollo de los servicios. j) Supervisar el cumplimiento de los plazos del contrato. Iniciar el proceso de aplicación de multas, de acuerdo con el procedimiento establecido para las sanciones en el numeral 21.2 “Procedimiento de aplicación de sanciones” de las Bases Administrativas. k) Verificar el cumplimiento de la normativa laboral por parte del adjudicatario, mediante la solicitud del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del proveedor, otorgado por la Dirección del Trabajo y los demás antecedentes indicados en las bases de licitación. l) Realización de reunión de inicio con el proveedor y levantamiento del acta respectiva. m) Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación
Ejecutivo Del Proveedor.
El proveedor deberá designar a un ejecutivo o administrador, quien será su representante permanente ante la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. Este ejecutivo deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada. A este ejecutivo le corresponderá, principalmente: a) Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del servicio. b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la correcta ejecución de los servicios contratados. c) Entregar toda la información pertinente requerida por la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. d) Acudir a las citaciones realizadas por la contraparte técnica de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa para efectos de coordinación. e) Dar respuesta a las consultas en relación con la ejecución del servicio efectuadas por la contraparte técnica de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. Las demás que le encomiende la presente Bases de Licitación
Sanciones.
La Delegación Presidencial Provincial de Choapa podrá sancionar a través de multas al adjudicatario, cuando éste no cumpla con las obligaciones contractuales, dentro de los plazos establecidos. La aplicación de las multas se realizará administrativamente, y su monto se deducirá de la factura correspondiente, tal como se indica en las presentes bases administrativas. Por lo antes expresado, se determinan los siguientes incumplimientos que motivarán contractualmente la aplicación de multas por los montos que se especifican.
Multas según tipo de infracción
Ausencia de personal Corresponde a la inasistencia injustificada o no justificada sin reemplazo del personal, según los turnos definidos en las bases técnicas. 1,5 UF por persona por día de inasistencia. Tope máximo de 12 UF mensuales. Incumplimiento de las condiciones laborales. Corresponde al incumplimiento de cualquiera de las condiciones laborales ofertadas (remuneración, bonos, aguinaldos, caja de compensación, beneficios a embarazadas o madres trabajadoras, etc.) 7 UF, por cada persona afectada que preste el servicio, cada vez que se detecte el incumplimiento en el mes. Tope máximo de 21 UF mensuales. Adicional a la multa, el proveedor deberá comprometer la restitución de los montos o las condiciones laborales, dentro de 30 días; caso contrario, se cursará nuevamente la multa y así sucesivamente. Falta de equipamiento o materiales. Corresponde a la falta de equipamiento o materiales señalados en la propuesta del proveedor. 1 UF, por falta de equipamiento o material detectado en el día, aplicado al valor mensual del servicio. Atraso de operarios en el inicio del turno Corresponde al atraso de un operario no justificado o injustificado. Las multas se aplicarán según los siguientes rangos: 3 UF en caso de acumularse hasta 5 atrasos de uno o varios vigilantes en un mes. 5 UF en caso de acumularse hasta 10 atrasos de uno o varios vigilantes en un mes. 8 UF en caso de acumularse 11 o más atrasos de uno o varios vigilantes en un mes. Interrupción del servicio Corresponde a la no prestación del servicio dentro del período de cada turno. 1 UF, por cada 30 minutos de interrupción del servicio. Daños a bienes muebles e inmuebles. Corresponde al daño a equipos, maquinaria, mobiliario, infraestructura o vestuario que resulte dañado o sea inutilizado a causa de la ejecución del servicio. El proveedor deberá enterar el costo de reposición del bien o, reparación del bien o el daño al inmueble según la naturaleza de este, conforme a los procedimientos internos que establezca la DPP de CHOAPA para ello. Se establece que será considerado un daño grave cuando este supere las 15 UF de daño en un mes. Incumplimiento en la prestación de servicio Corresponde al incumplimiento en la prestación parcial o total del servicio, según las actividades detalladas en las Bases Técnicas. 2 UF, por cada servicio no prestado, en los términos y frecuencia indicada. Tope máximo de 20 UF mensuales. 

La conversión de la UF para el pago de multa será aquella de la fecha del acto administrativo que notifique la multa.

El tope máximo de aplicación de multas no podrá superar el 30% del total del contrato celebrado con el contratista, la Delegación Presidencial Provincial de Choapa se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato.


Procedimiento de aplicación de sanciones.
Cuando la Contraparte Técnica de la Delegación Presidencial Provincial de Choapa, verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, notificará dicho(s) incumplimiento(s) al adjudicatario, mediante el envío de un correo electrónico indicándole el detalle de los hechos que configuran el (los) incumplimiento(s) y la(s) multa(s) que resulta(n) aplicable(s). El adjudicatario podrá presentar descargos por escrito del incumplimiento (s) notificado (s) y de la aplicación de la (s) multa (s), dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha del mencionado correo electrónico, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar sus descargos. La Delegación Presidencial Provincial de Choapa resolverá a través de Resolución Exenta, la que será notificada al adjudicatario, mediante el envío de copia de dicha Resolución, por carta certificada, al domicilio indicado por el adjudicado y correo electrónico registrado por el adjudicatario en la presentación de su oferta. En contra de esta Resolución, el adjudicatario podrá presentar Recurso de Reposición, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el Recurso. La Delegación Presidencial Provincial de Choapa, resolverá el Recurso de Reposición a través de Resolución Exenta fundada, en la que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el Recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta Resolución será notificada al adjudicatario mediante el envío de copia de esta, por carta certificada, al domicilio indicado en el contrato y correo electrónico registrado por el adjudicatario en la presentación de su oferta. En contra de la Resolución que resuelve el Recurso de Reposición presentado, no procederán más Recursos, por lo que la dictación de ésta producirá el efecto de terminar definitivamente el presente procedimiento especial de Reclamación, quedando firme la multa aplicada. La extemporaneidad o la no presentación de antecedentes que funden las alegaciones contenidas en los descargos y/o en el Recurso de Reposición, facultan a la Delegación Presidencial Provincial de Choapa para rechazarlos de plano.
Formalización del Contrato
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de doce días corridos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable a la Delegación Presidencial Provincial de Choapa. De esta forma, si el adjudicado no concurriese a la suscripción dentro de plazo, la Delegación Presidencial Provincial de Choapa podrá proceder según lo señalado en las presentes Bases Administrativas. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, por razones de fuerza mayor o hechos fortuitos deberá acreditar tal situación por escrito con anticipación al vencimiento del plazo establecido para la suscripción del contrato. La acreditación mencionada será analizada por la autoridad provincial en su mérito y de ser acogida deberá formalizarse con el respectivo acto administrativo que autorice la ampliación del plazo de suscripción del contrato. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en la ciudad de Illapel, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.