Licitación ID: 3695-26-L123
ADQUISICIÓN DE MESA DE TENIS DE MESA ARCOS DE HANDBALL Y CARRO TIZADOR ESCUELA SAN CRISTÓBAL LEY SEP
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE TENO, Departamento De Educacion
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 25
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Productos o servicios
1
Mesas de ping-pong 1 Unidad
Cod: 49181507
MESA DE TENIS DE MESA ARCOS DE HANDBALL Y CARRO TIZADOR  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE MESA DE TENIS DE MESA ARCOS DE HANDBALL Y CARRO TIZADOR ESCUELA SAN CRISTÓBAL LEY SEP
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ADQUISICIÓN DE MESA DE TENIS DE MESA, ARCOS DE HANDBALL Y CARRO TIZADOR, ESCUELA SAN CRISTÓBAL, LEY SEP
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE TENO
Unidad de compra:
Departamento De Educacion
R.U.T.:
69.100.300-0
Dirección:
DAEM, Arturo Prat 298
Comuna:
Teno
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-06-2023 10:15:00
Fecha de Publicación: 26-05-2023 13:24:34
Fecha inicio de preguntas: 26-05-2023 18:00:00
Fecha final de preguntas: 29-05-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-05-2023 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-06-2023 10:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-06-2023 10:30:00
Fecha de Adjudicación: 14-06-2023 11:48:11
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BBAA
2.- ANEXO 1
3.- ANEXO 3
Documentos Técnicos
1.- EETT
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 2
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos SEGÚN LO INDICADO EN EL PUNTO 10.2 DE LAS BBAA 5%
2 Plazo de Entrega SEGÚN LO INDICADO EN EL PUNTO 10.2 DE LAS BBAA 45%
3 Precio SEGÚN LO INDICADO EN EL PUNTO 10.2 DE LAS BBAA 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: FINANZAS
e-mail de responsable de pago: VALESKA.LEPE@DAEMTENO.CL
Nombre de responsable de contrato: ADQUISICIONES
e-mail de responsable de contrato: MATIAS.PALMA@DAEMTENO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-75-2552867-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

Una vez obtenida la calificación de cada oferente, y en caso de que existiera un empate entre dos o más propuestas; para desempatar se procederá a elegir la propuesta más conveniente para los intereses del municipio, la que se determinará en primer lugar en razón del precio ofertado en segundo lugar al plazo de entrega ofertado y finalmente en razón por la calificación obtenida en la formalidad de presentación de la oferta.

En caso de persistir el empate la licitación se adjudicará a la primera oferta que conste en el portal.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
El Municipio se reserva el derecho a resolver de la manera que resulte más conveniente a sus intereses, cualquier inconsistencia que se presente, con posterioridad a la época fijada en el portal para consultas y aclaraciones, entre los documentos de la licitación.
DESERCIÓN
La Ilustre Municipalidad de Teno declarará desierta la licitación cuando, no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos, deberá dictar la respectiva resolución fundada.