La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Informaciones. Las respuestas deberán evacuarse por el mismo medio, en el plazo de un día hábil contado desde la publicación de la petición.
Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl; para lo cual, conforme lo señalado en el artículo 6 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, una vez transcurridas 24 horas desde la publicación en el portal, el proponente tendrá un plazo de 24 horas para adjuntar los antecedentes o certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de presentar la oferta.
Las solicitudes y respuestas a que se refieren los párrafos precedentes pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato.
La Comisión sólo podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar o no se encuentren en forma, al momento de formular la oferta en relación a los “ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS”, de acuerdo a lo establecido en punto 8.1 de las presentes Bases.