SEGUN LO INDICADO EN EL PUNTO 21 DEL ANEXO TECNICO
21. Factorización: Se establece que el adjudicatario solo podrá proceder a factorizar hasta una (1) vez durante la vigencia del contrato, una vez realizada la entrega conforme de la totalidad del servicio contratado y productos solicitados, y recepcionada conforme la factura correspondiente, previo aviso y autorización expresa de la Municipalidad de Victoria.
En caso que el adjudicatario celebre un contrato de factoring, se deja constancia que este acto debe ser comunicado por escrito a la Municipalidad de Victoria, indicando el Nº de la Orden de Compra, N.º de la Factura, Fecha, Monto y Nombre de la Empresa a la cual va a factorizar, con a lo menos diez (10) días hábiles antes a su suscripción a fin de que la Inspección Técnica, efectúe un informe para su autorización o rechazo.
Sin perjuicio de lo anterior, hecha la autorización, el adjudicatario deberá notificar a la Municipalidad de la concreción del factoring y la empresa de factoring deberá tomar las providencias necesarias y oportunas de notificación a la Municipalidad, a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura.
No obstante, todo lo anterior, la Municipalidad no se obliga al pago del factoring en caso de existir obligaciones y/o multas pendientes del adjudicatario.