|
Requisitos para participar |
|
Podrán participar en la propuesta, personas naturales y/o jurídicas o Uniones Temporales de Proveedores que cumplan a cabalidad con las exigencias de las presentes bases administrativas y especificaciones Técnicas, cuyo giro comercial se encuentre dentro del rubro solicitado.
No podrán participar en las adquisiciones y propuestas, oferentes incurran en prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la ley 20.088, esto es, personas naturales que posean la calidad de cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, respecto de algún funcionario de la Municipalidad de Los Vilos, de grado superior o equivalente a jefatura, o sus autoridades, sea este el Alcalde o sus Concejales.
No podrán participar sociedades de personas de las que formen parte funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra “b” del artículo N°56 de la ley N°18.575, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de las sociedades antedichas.
Respecto de las personas jurídicas: No podrán participar aquellas personas jurídicas que tengan entre sus socios a funcionarios o asesores de la Municipalidad de Los Vilos, cualquiera sea su grado de participación en la sociedad.
|
|
|
|
Consultas, respuestas, aclaraciones, modificaciones a las especificaciones técnicas. |
|
Para una mejor comprensión del presente proceso de licitación pública se establece la posibilidad de solicitar aclaraciones a la Municipalidad, en donde los proveedores podrán formular preguntas dentro del período señalado, estas se realizarán a través de la página www.mercadopublico.cl en la herramienta foro de la Licitación.
La Municipalidad se reserva el derecho de efectuar modificaciones a las presentes Especificaciones Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, para este efecto, se considerará un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
La Municipalidad tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas, como así mismo los demás aspectos que sean afectados por esta decisión, a fin de contar con los plazos razonables para la presentación de los antecedentes, considerando lo estipulado en el párrafo anterior.
Las consultas, aclaraciones a ésta y las modificaciones a la presente Especificaciones Técnicas, sólo podrán efectuarse a través del Portal Mercado Público.
La comisión podrá admitir una oferta a tramitación, aun cuando se hubiera omitido acompañar determinados antecedentes, o no cumplan con algún requisito o documento exigido para la presentación de la misma, cuando a conocimiento de la comisión, tales omisiones no recaigan sobre un requisito o aspecto esencial de la propuesta pública. Conforme al artículo 4° del reglamento Ley 19.886.
|
|
|
|
Comisión de evaluación |
|
La Comisión evaluadora será nombrada a través del acto administrativo correspondiente e informado en el portal www.mercadopublico.cl en anexos adjuntos de la Licitación.
|
|
|
|
Resolución de empates |
|
En caso de producirse empate entre dos o más proveedores, y para desempatar se considerará el factor Capacidad de Trabajo si aún persiste el empate se aplicará el criterio precio, de persistir el empate se aplicará el criterio profundidad de trabajo y si aún sigue el empate se tomará en cuenta el criterio de presentación de los requisitos formales. De persistir la igualdad, corresponderá a la Comisión, determinar el orden de prioridad entre los proveedores empatados.
|
|
|
|
Sanciones y multas |
|
La Municipalidad podrá aplicar al proveedor, multas equivalentes hasta el 0.3% del valor de la respectiva orden de compra, en el evento en que el servicio no se efectúe en el plazo que dicha orden señalare o se incurriese en otras infracciones a las obligaciones que competen al proveedor, debidamente certificada y notificada, por la Unidad de Adquisiciones de la Municipalidad de Los Vilos. El proveedor podrá hacer valer sus descargos, dentro de 2 días contados desde la notificación del incumplimiento. Una vez transcurrido el plazo podrá el alcalde aplicar la multa pertinente con resolución fundada, mediante Decreto Alcaldicio que indicará la forma y cuenta a la que se realizará el pago respectivo. De esta multa podrá reclamarse conforme las normas de la ley 19.880.
|
|
|
|
Causales de Rechazo de la Oferta |
|
1. Superar el monto máximo disponible
2. Si la profundidad de trabajo es menor a 10 centímetros
3. Si la Capacidad de trabajo es menor a 1 hectáreas por hora
4. Que no presente la totalidad de los Anexos solicitados en las presentes bases administrativas, anexo N°1, N°2, N°3 y N°4, que estos formatos sean modificados o que no se encuentren firmados
|
|
|
|
Del contrato |
|
El Contrato respectivo será formalizado con la emisión y correspondiente aceptación de la Orden de Compra realizada a través del Portal.
La aceptación de la Orden de Compra dará por entendido la conformidad de la propuesta y el compromiso por parte de la empresa de otorgar lo que se solicita en las presentes bases y especificaciones técnicas, que son materia del Contrato, de conformidad a las Bases Administrativas, de los Especificaciones técnicas, Serie de Preguntas y Respuestas, Aclaraciones y a cualquier otra exigencia establecida en las presentes Bases, documentos y antecedentes que se entienden, para todos los efectos, forman parte integrante del Contrato.
|
|
|
|
Del pago |
|
El pago se realizará a 30 días desde el momento que se reciba la factura en la Municipalidad de Los Vilos y se entregue la recepción conforme del Servicio. La factura deberá ser emitida a nombre de la Municipalidad de Los Vilos, Rut 69.041.500-3, ubicada en Lincoyán N° 255, Comuna de Los Vilos.
|
|
|
|