INSPECTOR TÉCNICO DEL SERVICIO |
La inspección técnica de la adquisición o servicio será responsabilidad la Directora de Desarrollo Comunitario o quien la subrogue, o por la funcionaria/o a cargo de la oficina de Organizaciones Comunitaria, quienes deberá velar por el correcto y oportuno cumplimiento del contrato.
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FORMALIZACION DEL CONTRATO |
En conformidad con el artículo N° 63° del Reglamento de la Ley de Compras, el Instrumento de formalización del contrato será la respectiva Orden de Compra emitida al proveedor y aceptada por este a través de la plataforma electrónica del portal mercado, dado que la descripción de los productos requerido, así como los antecedentes aportados por la Directora de Desarrollo Comunitario, se puede determinar como una adquisición de simple y objetiva especificación.
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DEL PAGO |
La Municipalidad pagara los servicios a 30 días contados desde la recepción conforme de la factura, “se entiende recepción conforme cuando se haya recepcionado conforme los productos en bodega.
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MULTAS Y SANCIONES |
Si la empresa contratada no diera cumplimiento a las cláusulas establecidas en el contrato y especificaciones del servicio estará afecto a multas y sanciones equivalente al 5% del valor del contrato, por cada evento de incumplimiento de los mencionados a continuación:
Si el contratado no diere cumplimiento al plazo de entrega del de los productos contratados.
Si el contratado entregara productos diferentes a los ofertados, de mala calidad o defectuosos y no hiciera las restituciones o cambios y reparaciones necesarias dentro del plazo señalado para ello.
Si no acatara las instrucciones entregadas por el Inspector Técnico a cargo del contrato.
Cualquier otro incumplimiento que vulnere lo establecido en las bases de esta contratación.
-La Inspección Técnica deberá señalar y notificar al proveedor respecto al incumplimiento y sanción.
-La multa total no podrá exceder del 20% del valor total del contrato. Si el valor sobrepasa el porcentaje indicado, se procederá a la liquidación del contrato y se realizará un nuevo proceso de compra.
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PAGO DE MULTAS SANCIONADAS |
Para ser efectivo el pago de las multas o sanciones, el oferente se compromete a enviar una nota de crédito por el valor de la multa para ser rebajado al valor de la factura enviada por el producto adquirido
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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CALIDAD TECNICAS”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "PLAZO DE ENTREGA” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se revisara la hora de ingreso de la propuesta en la plataforma mercado publico
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
LOS OFERENTES PODRAN HACER SUS CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACION DENTRO DE UN PLAZO DE 1 DIA HABIL DESDE LA PUBLICACION DE LA RESOLUCION DE ADJUDICACION A L CORREO DE:
adquisiciones@municipalidadchimbarongo.com
www.mercadopublico.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
EN EL CASO DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES SE SOLICITARAN A TRAVES DEL FORO INVERSO DE LA PLATAFORMA WWW.MERCADOPUBLICO.CL
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
LA MUNICIPALIDAD PODRA READJUDICACIÓN:EN CASO QUE EL PROVEEDOR ADJUDICADO:DESISTA DE LA ADJUDICACIÓN O NO SE INSCRIBA EN CHILEPROVEEDORES EN EL PLAZO PREVISTO O SE ENCUENTRE INHABILITADO AL MOMENTO DEL CONTRATO LA MUNICIPALIDAD PODRÁ READJUDICAR A LA SEGUNDA OFERTA MEJOR EVALUADA Y ASÍ SUCESIVAMENTE
SOBRE LA ADJUDICACIONLA MUNICIPALIDAD ADJUDICARÁ LA LICITACIÓN COMPLETA, ES DECIR TODOS LOS PRODUCTOS LICITADOS: A LA OFERTA QUE:1. CUMPLA CON TODOS LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES Y2. QUE HAYA OBTENIDO EL MÁS ALTO PUNTAJE DE ACUERDO CON LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN.ASIMISMO DECLARARÁ DESIERTA LA LICITACIÓN EN LOS SIGUIENTES CASOS:1. SI NO SE RECIBEN OFERTAS/2. SI TODAS LAS OFERTAS FUESEN DECLARADAS INADMISIBLES
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SUSPENSIÓN DE LA ADQUISICIÓN Y/O ADJUDICACIÓN |
La I. Municipalidad de Chimbarongo se reserva el derecho exclusivo, por si y ante sí, de suspender total o parcialmente la adquisición o dejar sin efecto la adjudicación, en caso de concurrir situaciones de índole excepcional nacional o comunal, que impidan su normal desarrollo y que le signifiquen al mandante un cambio en sus requerimientos, en específico lo que respecta a la pandemia COVID-19 y otras derivadas de la contingencia social y política.
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TERMINO DE CONTRATO |
SE DARA TERMINO AL CONTRATO EN EL CASO QUE EL PROVEEDOR NO DIARA CUMPLIMETO EN LA ENTREGA DE LOS PRODUCTOS EN UN PLAZO SUPERIOR A 25 DIAS
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