BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN
“CONTRATACION SERVICIO DE PRODUCCION TRILLA YEGUA SUELTA 2025”
ARTÍCULO 1°.: ANTECEDENTES GENERALES.
1.2. Generalidades
Como ya es tradicional, cada año la municipalidad realizara la celebración de la Trilla a Yegua Suelta. Dicha actividad se llevará a cabo en el mes de enero en nuestra comuna los días 25 y 26 de enero 2025.
Para un óptimo resultado de ésta, se requiere apoyar dicha actividad con equipamiento de primera calidad, como la contratación de productora de eventos, servicio imprescindible para el buen desarrollo durante la jornada.
Antes de confeccionar la oferta, leer cuidadosamente las Bases Administrativas, sus anexos y demás documentación que rigen las presentes Bases.
No se aceptarán ofertas que no cumplan con todo lo solicitado.
1.3. Modalidad de licitación y adjudicación:
La modalidad de licitación es de adjudicación simple, sin intereses ni reajustes.
1.4. Cronograma de la Licitación
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ETAPA
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PERIODO
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Fecha de Publicación
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1 día
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Fecha Inicio de Preguntas
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1 día desde la fecha publicación del llamado a licitación
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Visita a Terreno
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Se Contempla Visita a terreno
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Fecha de Publicación de Respuestas
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2 días desde cierre de preguntas
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Fecha de Cierre Recepción de Ofertas
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10 dias rebajado a 5 días desde la fecha publicación del llamado a licitación
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Fecha de Acto de Apertura
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1 día cierre de recepción de ofertas
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Fecha de Adjudicación
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4 días desde del acto de apertura
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ARTÍCULO 2°.: DE LAS ESPECIFICACIONES DE LO REQUERIDO
2.1.: Características de los productos requeridos:
Las siguientes especificaciones detallarán los requerimientos mínimos que los oferentes deberán cumplir para participar en esta propuesta para así el buen desarrollo de las actividades.
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ÍTEM
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DESCRIPCIÓN
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DESARROLLO
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Técnicos
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Amplificación
25 y 26 de enero
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Sala
- Equivalente o Superior a: 01 consola Yamaha CL5, 48x16
- Equivalente o Superior a: 01 consola Midas M32
- Equivalente o Superior a: 01 procesador BSS FDS-366T Omnidrive
- Equivalente o Superior a: Intercomunicadores, 4 puntos
- Equivalente o Superior a: 20 cajas Line Array RCF TTL-33 A
- Equivalente o Superior a: 04 cajas Yamaha SM15 V, frontales
- Equivalente o Superior a: 16 sub bajos ALA-218
- Equivalente o Superior a: 04 amplificadores Lab Gruppen FP 10000
- Equivalente o Superior a: 01 amplificador Crest 7001
Monitoreo
- Equivalente o Superior a: 01 consola Yamaha CL3, 48x24
- Equivalente o Superior a: 01 consola Midas M32
- Equivalente o Superior a: 12 monitores inalámbricos de oido estereo Sennheiser iEW 300 G3 EIM con sistema AC3 y antenas A2003
- Equivalente o Superior a: 12 monitores de piso Yamaha CM15 V
- Equivalente o Superior a: 01 monitor de batería Yamaha S115 V y sub bajo doble 15” RCF
- Equivalente o Superior a: 02 monitores laterales Line Array RCF HDL 20A y sub bajo doble 18” JBL
- Equivalente o Superior a: 04 amplificadores Crest 4801
- Equivalente o Superior a: 02 amplificadores Lab Gruppen FP 7000
Set de micrófonos y cajás directas
- Equivalente o Superior a: AKG - 02 D112 y 04 C1000
- Equivalente o Superior a: Sennheiser - 02 EWD 835S y 02 EW135 G3; inalámbricos con sistema ASA1 y antenas A2003
- Equivalente o Superior a: Shure
- Equivalente o Superior a: 01 Beta 52, 03 Beta 56, 04 Beta 57, 01 Beta 58 y
01 Beta 91
- Equivalente o Superior a: 15 SM 57, 15 SM 58 y 06 SM 94
- Equivalente o Superior a: 02 QLXD y 06 SLXD, SM 58; inalámbricos con sistema UA845 y antenas UA870WD
- Equivalente o Superior a: Whirlwind y Radial: 20
- Puntos de energía 220V sobre el escenario
- Técnico Operador
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Tecnicos
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Iluminación
25 y 26 de enero
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- Equivalente o Superior a: 01 consola MA onPC Command - Fader Wing con 2 monitores touch 15”
- Equivalente o Superior a: 01 consola Avolites Titan Movile - Fader Wing, Version 17 con 2 monitores touch 15”
- Equivalente o Superior a: 24 focos robotizados cabeza móvil
- Equivalente o Superior a: 16 Acme XP-5R Beam
- Equivalente o Superior a: 16 Wash K10 15x19 Led
- Equivalente o Superior a: 16 focos Cob led, calido-frio, 200 W
- Equivalente o Superior a: 18 focos estrobos led Neo Stormer, 1000 W
- Equivalente o Superior a: 06 focos barra led 18x12 W
- Equivalente o Superior a: 10 focos blinder led calido-frio, 4x100 W
- Equivalente o Superior a: 10 focos blinder led calido-frio, 2x100 W
- Equivalente o Superior a: 02 máquinas de niebla Antari haze 400 con ventilador
- Intercomunicadores, 2 puntos
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Técnicos
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Riggin
25 y 26 de enero
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- 01 cuadrilátero de 10x9 mts a 8 mts de altura con dos alas para parlantes y pantallas de 2,5mts
- 02 truss 50x50 cm de 10 mts, frontal y contra
- 02 truss 40x40 cm de 9 mts, laterales
- 02 truss 30x30 cm de 2,5 mts, alas laterales
- 06 patas truss 30x30 cm de 8,5 mts de altura con porta tecles
- 06 Motores eléctricos de 1000 Kg
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Técnicos
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Pantallas Led
25 y 26 de enero
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30 metros cuadrados de Pantalla led P3 outdoor gabinete 500x500mm (Distribución de metros según requerimientos artísticos)
- 01 Banner sobre el frontal de luces (tótem de 0.5x9mts)
- 02 Procesadores con fibra Óptica Vx1000 Equivalente o Superior
- 02 Fibra Optica 150 mts Minimo con CVT-m Equivalente o Superior
- 01 Control Resolume Arena Vr7 Original
- 01 Servidor 8K con sistema de CAPTURA Equivalente Blackmagic x4sdi o superior
- 02 Camaras SDI 4k Equivalente o Superior
- 01 Starlink con plan itinerante (Punto de red para contenido de la municipalidad, equipo de comunicaciones)
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Técnicos
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Escenario
25 y 26 de enero
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63 metros cuadrados de Escenario Modular
Estructura de aluminio de 3mm con Planchón de madera de 18mm Altura regulable: de 1 mt a 1.40 mts + Escalera regulable de aluminio Superficie antideslizante y Faldón
- Dos niveles, con Sobre tarima
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Técnicos
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Generador
25 y 26 de enero
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- 01 generador trifásico de mínimo 80 amp. por fase, Modelo Equivalente o superior a Lureye con petróleo
- Certificación Vigente (se debe adjuntar fotografía obligatoria), el no adjuntar la certificación vigente se considerará fuera de bases su oferta
- La municipalidad realizará una inspección visual antes de comenzar el montaje del evento.
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Técnicos
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FX
26 de enero
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04 máquinas de Chipa Fría – Marca Moka FX Equivalente o Superior 04 máquinas de CO2 – Marca Moka FX Equivalente o Superior
08 cargas de CO2
08 cargas de 200g de chispa
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Artísticos
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Animador
25 y 26 de enero
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El animador deberá realizar la locución de dicha actividad basado en un libreto municipal. El animador deberá presentarse a las 09:00 Hrs en la Municipalidad de Laja, ambos dias
- Se deberá adjuntar Curriculum vigente del Animador.
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Artísticos
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Grupo Musical
25 y 26 de enero
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Se requiere contar con “Agrupaciónes” o “Grupos”, de músicos de proyección Regional o nacional que brinden a la gente un espectáculo vocal y rítmico de calidad, entregando un ambiente festivo.
Considerar Cuatro (04) bandas de carácter Popular Bailable Ranchero, como ejemplo:
Sabado 25, Los Lumaquinos Alegres, reyes de Monte, etc. Domingo 26, Combo Lajino, Super Reales, etc.
Los horarios y presentación deben ser entre las 19:00 hrs y 23:59 hrs de los dias indicados.
ADJUNTAR CARTA DE COMPROMISO Y REFERENCIAS (Presentaciones)
el no adjuntar Documento se considerará fuera de bases su oferta.
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Artísticos
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Grupo Musical
25 y 26 de enero
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Se requiere contar con “Agrupaciónes” o “Grupos”, de músicos de proyección Regional o Local que brinden a la gente un espectáculo vocal entregando un ambiente Folclórico. Considerar Cuatro (04) bandas de carácter Popular Folclórico, como ejemplo:
Sabado 25, dos; Allipén de Laja, Herencias y raíces, etc Domingo 26, dos; Allipén de Laja, juan Aravena, etc
“Al menos una agrupación folclórica debe incorporar 1 pareja de cueca, con su vestimenta para el dia 25 de enero”.
ADJUNTAR CARTA DE COMPROMISO Y REFERENCIAS (Presentaciones)
el no adjuntar Documento se considerará fuera de bases su oferta.
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Artísticos
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Grupos Invitados
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La municipalidad de laja extenderá la invitación a participar en sus actividades a variados grupos locales, Provinciales y Nacionales, tales como: conjuntos folclóricos locales/Provinciales y la banda nacional Alanys Lagos, entre otros.
- Las propuestas deben considerar que el equipamiento descrito en el ítem “Técnicos”, Descripción “Amplificación, Iluminación, riggin, Pantalla Led, Escenario Y FX” son solicitados en base a “Rider” o “Plantas bases” de cada agrupación descritas anteriormente. (Como Ejemplo: Banda Nacional Alanys Lagos
- El orden diario de cada presentación será comunicado con anterioridad.
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Artísticos
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Catering
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El oferente deberá disponer de un catering para el día 26 de enero en dos horarios “tarde” “Noche”
Tarde; 24 botellas de agua sin gas, 24 barras de cereal, frutas de estación Noche; 20 botellas de agua sin gas, 20 latas de bebida, 20 red bull, hielo, café, te, variedad de mini sándwich de carne, tabla de frutos secos y de
estación.
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Trilla
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Personal
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- 5 personas (Hombre o Mujer), durante 4 o 5 dias para realizar corte y engavetado de Trigo en sector rural donde se encuentra sembrado, se comunicará la fecha y lugar con anticipación,
- 25 Horqueteros (Hombre o Mujer), para realizar trabajo en la era donde se realizará la trilla el día 25 de enero. En los horarios 10:00 hrs hasta 17:00 hrs
- 8 arreadores con equino (Hombre o Mujer), para realizar trabajo en la era donde se realizará la trilla el día 25 de enero. En los horarios 10:00 hrs hasta 17:00 hrs
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Trilla
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Premios
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Se debe proveer de tres (03) Premios, en sus respectivas cajas o bolsas de regalo los cuales pueden ser Artículos como; cinturones de cuero, funda de cuero para Celulares, Billeteras, entre otros.
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Trilla
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Equino
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El día 25 de enero desde las 09:00hrs hasta 17:00hrs se requiere considerar en la” era” a 30 equinos para la realización de trilla a yegua suelta, la organización dispondrá del corral con las condiciones optimas para su resguardo; sombra, espacios demarcados y agua.
El traslado de los equinos será responsabilidad del oferente y este deberá ser en un vehículo cerrado que cumpla con las condiciones para el traslado ida y regreso.
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Trilla
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Carpa, Estand
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- Se requiere incorporar 100 metros lineales de stand en las medidas de 3x3mts con divisiones.
- 260 metros cuadrados de extensión de sombra para carpa existente, con caída de agua, igualando a carpa municipal (patio de comidas)
- 15 divisiones interiores en patio de comidas para cocinerías y stand 4x4mts
- 40 metros cuadrados de techo para graderías en sector “era”
- 63 metros cuadrados de techo para escenario principal en sector “era”
- El montaje deberá estar operativo el día 23 de enero.
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Trilla
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Alimentación
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Almuerzo: El día 25 de enero Se debe considerar el Servicio de alimentación, 14:00 hrs (80 personas) (trilladores, arreadores, autoridades, personal de apoyo), el cual debe contemplar garzones, mantelería, cubiertos, loza, vasos de vidrio, entre otros. La organización dispondrá de un lugar idóneo (Casa de Botes) el cual cuenta con mesas y sillas.
Menú: Carne a la Olla con papas cocidas, ensaladas surtidas, pan amasado, aji, jugos o bebidas. (80 personas)
Cena: El día 25 de enero Se debe considerar el Servicio de alimentación, 18:00hrs. (60 personas) (trilladores, arreadores, personal de apoyo), el cual debe contemplar 01 sándwich italiano más 01 bebida en lata CCU. La colación
debe ser entregada en empaque especial o de papel.
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Otros: El día 25 de enero Se debe considerar Agua mineral con y sin gas en botella individual (100 und), bebidas diferentes sabores (60 litros), vasos desechables (200), mistela (inauguración 5 litros), 3 kg de harina tostada, cucharas desechables (50).
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Técnicos
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Energía
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Se debe incorporar a esta licitación certificación Vigente De tableros y Generador (Adjuntar Fotografías Actuales) de manera obligatoria
- La municipalidad realizará una inspección visual antes de comenzar el
montaje del evento.
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Artísticos
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Traslados
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El traslado artístico es de responsabilidad de la productora a cargo del evento
TRILLA A YEGUA SUELTA 2025
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Técnicos
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Comunicación
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- La productora deberá facilitar 6 equipos de radio portátiles con Altavoz(Pera) Profesionales en frecuencia VHF o UHF para facilitar la comunicación entre coordinación municipal y oferente. equivalente o superior a la marca Motorola
- Los equipos deben contar al menos con 3 frecuencias
- los equipos se utilizarán los 2 días del evento
- Adjuntar fotografías actuales
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Otros
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Horarios
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Los horarios de presentaciones artísticas y técnicas pueden variar según requerimientos de la organización municipal
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Otros
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Montaje Técnico
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Los ítem “Amplificación, Iluminación, riggin, Pantalla Led, Escenario Y FX” deben estar operativos el viernes 24 de enero para una prueba general e inspección municipal obligatoria, la cual se llevara a cabo a las 20:00 hrs.
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Otros
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Visita terreno obligatoria
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- martes 14 de diciembre a las 9:00 hrs. El acta de visita se firma previo al horario ya referido, en dependencias del DIDECO
- El asistente deberá acreditar su representación legal de la empresa o de lo contrario contar con un poder notarial por parte del representante legal no superior a 48 horas de vigencia.
La empresa u oferente que no asista a la Visita Obligatoria facultará a la Municipalidad a rechazar su oferta presentada en la Apertura electrónica a través del Portal www.MercadoPublico.cl.
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Nota: Cualquier oferta con características inferior de lo solicitado o que no incluya todos los ítems solicitados será declarado fuera de bases.
ARTÍCULO 3º.: DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación que estará conformada 2 funcionarios municipales designados por Decreto Alcaldicio.
La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas recibidas y el cumplimiento de los demás requisitos legales y/o reglamentarios, a contar de la fecha de apertura de la propuesta.
PONDERACIÓN DE CRITERIOS GENERALES:
Cerrado el proceso de publicación en el portal Mercado Público se abrirán las ofertas y se procederá a evaluar bajo los siguientes criterios.
La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases.
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
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FACTOR
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PRECIO DE LA OFERTA
El Puntaje para los oferentes se calculará de la siguiente manera, siendo 100 el puntaje máximo a optar:
Puntaje = Precio mínimo ofertado /Precio Oferta X 100
Precio oferta evaluada
El precio de la oferta se considera aquel que el proveedor haya ingresado en su ficha de postulación del portal.
La Municipalidad de Laja, se reserva el derecho de rechazar la(s) propuesta(s) que su oferta económica supere(n) el presupuesto disponible indicado en las presentes Bases.
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30%
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Experiencia
El Puntaje para los oferentes se calculará de la siguiente manera, siendo 100 el puntaje máximo a optar:
PUNTAJE
Acredita 3 ó más años 100 puntos
Acredita menos de 2 años hasta 1 año 30 puntos
Acredita menor a 1 año 20 puntos
No informa o no se puede demostrar 0
( adjudicaciones de similares características, contratos, orden de compra, certificados)
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20%
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CALIDAD
OFERTA TECNICA (ANEXO Nº2)
(debe indicar características técnicas, no se considerarán ofertas que sólo indiquen las frases “de acuerdo a lo solicitado”, “equivalente” o “similares”, entre otras
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PUNTAJE
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Propuesta óptima (contempla todos los requerimientos de iguales características técnicas (iluminación y amplificación) a lo indicado, propuesta de producción y de grupos musicales según el perfil indicado en los requerimientos de artistas
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100 puntos
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No indica, propuesta técnica o no contempla la totalidad de los requerimientos solicitados se declarará fuera de Bases
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No indica o no informa propuesta técnica se declarará fuera de Bases
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Características mínimas especificadas en artículo Nº 2 de las presentes bases administrativas de licitación.
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45%
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CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES
(se consideraran sólo los Antecedentes Administrativos)
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PUNTAJE
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Cumple con todos los documentos exigibles en los plazos requeridos, antes del cierre
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100 puntos
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Cumple con aclaración en el plazo señalado en el Foro Inverso ( posterior al cierre)
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50 puntos
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No cumple con la totalidad de los documentos solicitados o No Informa o no cumple con aclaracion, se declarará fuera de Bases
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➢ Se refiere a adjuntar anexo Nº 1 Identificación del oferente.
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5%
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-El oferente deberá ingresar su propuesta técnica obligatoria en el anexo N° 2, tanto de Parrilla de artistas, audio e iluminación contemplando todo el servicio de Producción.
-En caso que la Municipalidad por algún inconveniente requiera modificar las fechas de ejecución del servicio de producción, se le comunicará al adjudicatario para realizar el o los cambios de mutuo acuerdo.
ARTÍCULO 4º.: APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente licitación se regirá exclusivamente por estas bases administrativas de licitación, anexos, documentos de consulta y aclaraciones, si los hubiere, así como por toda la restante documentación complementaria, además del contenido de la propuesta aceptada, que se entiende forma parte de las referidas bases.
Una vez adjudicada la licitación, todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorias y se entenderá que forman parte de las presentes bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena
ARTÍCULO 5º.: ANTECEDENTES
Adjunto a estas bases administrativas se entregan:
Formatos de anexos números uno y dos que se deben adjuntar obligatoriamente al momento de materializar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO 6º.: FORMAS DE CONTRATAR
La Municipalidad efectúa “Contratación Servicio de Producción Trilla a Yegua Suelta 2025”.
ARTÍCULO 7º.: INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.
Para la interpretación de las bases administrativas y los demás antecedentes de la licitación se hará de acuerdo lo determine la comisión respectiva y podrá considerar el siguiente criterio y orden:
1) Documentación de consultas y aclaraciones, si lo hubiera.
2) Bases administrativas y sus anexos.
3) Normativa Vigente que regula el tipo de operación motivo de esta licitación.
4) Contrato suscrito entre el proveedor adjudicado y la Municipalidad de Laja.
ARTÍCULO 8º.: DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales y/o jurídicas, cuya actividad tenga relación con el servicio a proveer que motiva esta licitación y que se encuentren inscritas en el Registro de la plataforma del Mercado Público en calidad de proveedores del rubro respectivo y habilitadas para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº21.634 y su nuevo reglamento.
Así también, en conformidad con todos las inhabilidades indicada el artículo 154º de la Ley Nº21.634, no haber sido condenado por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o por delitos concursales establecidos en el artículo 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presente oferta.
Los interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl.
El idioma español regirá para todo el proceso de licitación, para todos los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el Portal deberá ser en Word, Excel, JPG o PDF.
ARTÍCULO 9º.: CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Las consultas sobre los antecedentes de esta licitación deberán formularse en el portal Mercado Público.
La Municipalidad de Laja, a través del portal dará respuesta a las consultas recibidas mediante “Documento de Consulta y Aclaraciones”, en el día definido en el cronograma de licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.
No se aceptará ni se responderá ningún tipo de consulta telefónica, vía fax, correo electrónico u otro mecanismo informal.
ARTICULO 10°: MODIFICACIONES A LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.MercadoPublico.cl . Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
ARTÍCULO 11º.: FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO
La Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja cuenta con un presupuesto disponible de: $32.000.000.-, Fondos Municipales
La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases.
ARTÍCULO 12º.: CONOCIMIENTO DE LAS BASES
Todo oferente deberá leer cuidadosamente las bases de esta licitación y en su presentación de oferta declara que las conoce y acepta en todos sus términos, lo que quedará materializado por el solo hecho de presentar propuesta.
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las bases y antecedentes y se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad de Laja en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico.
ARTÍCULO 13º.: DE LAS OFERTAS
Las ofertas deben ser presentadas a través de la página web que la Dirección de Compras Públicas dispone para estos efectos (www.mercadopublico.cl), dentro de los plazos y términos que estas bases disponen, la que deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles.
La oferta Económica deberá ser presentada según formato del portal “Comprobante de Oferta” en moneda de circulación legal.
Las ofertas de los proponentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria.
ARTÍCULO 14º.: DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar obligatoriamente los siguientes antecedentes en formato digital. (Obligatorios).
- Antecedentes en el portal:
Administrativos
Deberá contener los siguientes antecedentes:
- Identificación completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. (Anexo Nº 1)
- Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar obtenido de Registro Proveedores de www.mercadopublico.cl
⮚ En caso de ser persona jurídica, además debe adjuntar:
● Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente del representante legal.
(En el caso de contar con el documento en su Ficha del proveedor del portal ChileProveedores, y este cuente con la vigencia, no es necesario adjuntarlo por cuanto se extrae desde dicha página).
- Anexo Técnico Económico Nº2) :
La oferta técnica Económica con todo el detalle de la oferta del oferente, se deberá ingresar en el portal Mercado Público según ficha de postulación del “Comprobante de oferta”.
La oferta Técnica económica debe contener el monto neto de la oferta, en moneda de circulación legal, según formato del Portal Mercado Público.
● Consideraciones:
a) Todos los anexos solicitados deberán ser escaneados e ingresados a la página del portal.
b) Se consideran válidamente recibidos los antecedentes que el proveedor oferente tenga incluidas en su Ficha del Proveedor del registro del portal de ChileProveedores y que se encuentren vigentes de acuerdo a los plazos señalados en las presentes bases de licitación (según lo establecido en articulo N°151, del nuevo reglamento N°21.634
c) El proveedor que al momento de la evaluación de su oferta, no cumpla con TODOS los anexos y documentos técnicos de la oferta o estos presenten inconsistencia que impidan realizar un evaluación correcta de la oferta, será declarado fuera de bases, por cuanto no es posible efectuar consultas de aclaraciones por estos antecedentes.
ARTÍCULO 15º: VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al mantenimiento de las mismas durante un plazo de al menos 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de apertura de propuesta.
Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
ARTÍCULO 16º.: SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo e incluido el financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones impuestas en las Bases Administrativas y toda la documentación restante que rige esta licitación.
ARTÍCULO 17º.: DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Se realizarán a través de la página web www.mercadopublico.cl, en la forma, fecha, lugares y horarios establecidos en estas bases y en el cronograma de licitación.
ARTÍCULO 18º.: DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
El acto de apertura de la propuesta será en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl y se realizará de acuerdo a los plazos establecidos en dicho portal, en dependencias de la Municipalidad de Laja, con domicilio en Balmaceda N°292, comuna de Laja, en presencia de la comisión encargada de su evaluación.
Sólo se tomarán en consideración para evaluación, las propuestas que hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el cronograma de licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.
Atendida las características de los procesos licitatorios en el portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representante de los oferentes en el acto de apertura de propuestas.
ARTÍCULO 19º.: SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES (ERRORES U OMISIONES DETECTADAS DURANTE LA EVALUACIÓN)
La Municipalidad de Laja podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Municipalidad de Laja podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Debiendo el oferente entregar dicho antecedente dentro de un plazo no mayor a 48 horas.
Los oferentes que no acompañen toda la documentación al momento de la apertura de las ofertas serán evaluados con menor puntaje en el criterio de evaluación relativo al cumplimiento de requisitos formales si acompañaren dicha documentación al serle solicitada.
ARTÍCULO 20º.: DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATE
En el caso de existir igualdad en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:
- Calidad de la Oferta Técnica
- Precio Oferta
- Experiencia
- Cumplimiento de los Requisitos Formales
De mantenerse el empate, se tendrá en consideración aquella oferta que ingresó antes en www.mercadopublico.cl
ARTÍCULO 21º.: DE LA ADJUDICACIÓN
La licitación se adjudicara al oferente que obtenga la mejor evaluación en su oferta y obtenga el mayor puntaje de evaluación.
La comisión de evaluación, presentará al Sr. Administrador Municipal, un informe de la evaluación obtenida y la sugerencia correspondiente.
Sólo se adjudicará al oferente que haya ingresado los antecedentes de acuerdo a las bases que rigen este llamado, en forma digital, o en el foro de “Aclaraciones Ofertas”.
En el caso que el proveedor adjudicado se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº21.634 y su reglamento, la Municipalidad de Laja podrá adjudicar, no adjudicar o readjudicar derechamente a otro oferente del proceso, sin necesidad de efectuar nuevo llamado o declarar desierto el proceso licitatorio.
Por lo anterior, éste deberá encontrarse habilitado para contratar a la fecha de adjudicación. si no es así, se re-adjudicará derechamente a otro oferente del proceso que se encuentre habilitado para ser contratado.
La Municipalidad de Laja se reserva el derecho de declarar desierta, no adjudicar esta licitación pública y/o rechazar todas las ofertas, revocar licitación, ello mediante la emisión de resolución fundada, que se informará a través del portal de Mercado Público.
ARTÍCULO 22º.: FECHA DE ADJUDICACIÓN
Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases de licitación para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl , la cual no podrá exceder los 10 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
ARTÍCULO 23º.: RE-ADJUDICACIÓN
La Municipalidad de Laja podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
1) Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta.
2) Si el adjudicatario no entrega los productos o servicios dentro del plazo comprometido en su oferta.
3) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 154° de la ley de compras N°21.634 o en virtud de la ley N° 20.393 o del artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211, de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
ARTÍCULO 24º. : DEL CONTRATO
− Una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldício, se comunicará a través del portal, el contrato se materializará por medio de la emisión de la orden de compra respectiva por la parte contratante emitida a través del portal mercado público y la aceptación por parte del adjudicado a través del mismo medio. Lo anterior atendiendo a que se trata de bienes de simple y objetiva especificación.
Lo oferentes no adjudicados también serán notificados a través del sistema.El proveedor deberá aceptar la Orden de Compra que se le emite a través del sitio www.MercadoPublico.cl
ARTÍCULO 25º.: DE LA SUBCONTRATACIÓN:
El oferente adjudicado NO podrá traspasar el contrato suscrito con la Municipalidad de Laja a otra persona sea natural o jurídica o efectuar un subcontrato del mismo.
El adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones contratadas con la Municipalidad en virtud del contrato y las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.
ARTÍCULO 26º.: DE LA ENTREGA DEL SERVICIO DE PRODUCCION
La entrega del Servicio de Producción se deberá realizar de acuerdo a las fechas indicadas en la Bases. En caso que la Municipalidad por algún inconveniente requiera modificar las fechas de ejecución del servicio de producción, se le comunicará al adjudicatario para realizar el o los cambios de mutuo acuerdo
ARTÍCULO 27º.: PLAZOS
El adjudicado deberá dar cumplimiento estricto a los plazos señalados en el artículo 3º de las presentes Bases y/o los plazos propuestos y adjudicados al proveedor contratado, ello para los efectos de dar cumplimiento al contrato de “Contratación Servicio de Producción Trilla a Yegua Suelta 2025”.
El incumplimiento de los plazos señalados precedentemente dará motivo para que la Municipalidad de Laja pueda aplicar las sanciones que se establecen en el artículo Nº 34 de las presentes bases.
ARTÍCULO 28º.: OBLIGACIONES DEL OFERENTE
Será obligación del Oferente dar cumplimiento a su oferta con sujeción estricta a las presentes bases y a la demás reglamentación que regula el tipo de operación.
ARTÍCULO 29º.: DEL CUMPLIMIENTO
El cumplimiento de la totalidad del servicio de producción adjudicado por parte del oferente será supervisado por el Director Dirección Desarrollo Comunitario y/o Profesional de Dideco, No será causal eximente del cumplimiento de las obligaciones del adjudicado el hecho que el personal contratado por éste se declare en huelga legal o ilegal, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. En todo caso el oferente deberá arbitrar las medidas oportunamente para que el bien o servicio contratado se cumpla
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ARTÍCULO 30º.: DE LA MODIFICACIÓN O DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en la Ley N°21.634, por las siguientes causas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que no existan incumplimientos contractuales.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
− Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.
− En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución fundada que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.
− Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, facultando a la Municipalidad de Laja para poner término anticipado del contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por el Funcionario Encargado de la Dirección de Desarrollo Comunitario o quien la reemplace:
▪ Incumplimiento en el pago de las multas.
▪ Incumplimiento de las especificaciones técnicas de calidad ofrecidas por el adjudicatario en la oferta.
▪ La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a las que se hubiere comprometido en su oferta.
− Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el procedimiento establecido en el artículo 30° de la presente bases.
− Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes.
− Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad de Laja pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
ARTÍCULO 31º.: DEL PAGO
− El pago se efectuará en un plazo de 30 días contados desde la presentación de la factura correspondiente en un solo estado de pago por orden de compra emitida y contra la recepción conforme de recepción de los productos.
− Se entenderá por fecha de presentación de la factura aquella en que el proveedor contratado haga entrega de la totalidad de la documentación requerida para el pago.
− La Municipalidad de Laja, a través de su Departamento de Administración y Finanzas, pagará la factura debidamente visada por el Director de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja o quien le reemplace.
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ARTÍCULO 32º.: DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para los efectos de proceder al pago de la factura, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la siguiente documentación:
− Facturas correspondientes a nombre de:
✔ Municipalidad de Laja
✔ RUT: 69.170.300-2,
✔ Dirección: Balmaceda N°292 Laja.
− Orden de Compra aceptada por el proveedor.
− Certificado de Recepción Conforme emitido por el Director Dideco.
− Las multas por atrasos y deficiencias encontradas, si las hubiere.
− Al momento de retirar el documento de pago (cheque), deberá entregar cuarta copia Cuadruplicado cobro ejecutivo
− El proveedor adjudicado tendrá que enviar factura al correo facturas@munilaja.cl
ARTÍCULO 33º.: JURISDICCIÓN, DOMICILIO, LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de los artículos de las presentes Bases Administrativas, será sometida al acuerdo de las partes y en caso de no existir acuerdo, será sometida al conocimiento y resolución de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Laja, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia.
En todos los casos será aplicable la Legislación Chilena que se presume conocida por las partes.
ARTICULO 34” MULTAS.
1. En caso de incumplimiento del Proveedor, el Municipio aplicará las siguientes multas:
.-Incumplimiento en la calidad ofrecida de sonido, iluminación, efectos especiales y proyección en pantalla gigante del espectáculo. (multa por cada una de estos ítems que no se cumpla).
.- Incumplimiento de parrilla de programática, una multa del 2% del total del contrato, por cada artista ofrecido en licitación que no cumpla con su actuación. (independiente que el municipio acepte el cambio para poder continuar con el espectáculo)
- Por mala calidad del servicio 2% del valor total del contrato, por cada falla (problemas de sonido, acople de sonido, personal inexperto, fallas en micrófonos, etc.), fallas que perjudiquen el buen desarrollo de la actividad y con ello la imagen institucional de la Municipalidad.
-.La multa a aplicar tendrá un tope del 10% del valor total de la orden de compra.
2. La aplicación de la multa se hará administrativamente, sobre el monto neto del servicio, y estará respaldada por un Informe.
3. El Departamento de Desarrollo Comunitario nombrara a algún funcionario como Unidad Técnica para verificar que el servicio se brinde de manera que se desarrolle en perfectas condiciones.
Sobre apelación:
Se podrá realizar sólo por los siguientes motivos:
- Se considerarán como causales válidas de apelación las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, o bien aquellas relacionadas con incumplimiento de bases o cálculo erróneo por parte del Municipio.
- Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico entregándole un plazo de 4 días hábiles para que presente su apelación, dirigida al señor Alcalde, vía carta ingresada en Oficina de Partes o vía correo electrónico.
- La apelación será analizada y su resultado se informará vía correo electrónico al Proveedor dentro de 10 días hábiles.
En caso de que el Oferente no acepte el cobro de multa informado por el municipio, podrá hacer sus descargos dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación indicada en el punto anterior. El Municipio deberá pronunciarse del reclamo dentro de los 10 días hábiles, de recibido el reclamo a través de la oficina de partes de la Municipalidad, prorrogables por decreto fundado. Será de facultad del Sr. Alcalde de mantener o rebajar la multa indicada
Transcurrido ese plazo, ya sea que este sea rechazado, o que no exista reclamo del Oferente, la multa se entenderá aceptada por éste, procediendo el municipio a emitir el decreto sancionatorio respectivo, el cual será notificado mediante correo electrónico, a la casilla electrónica indicada en la licitación publicada, de esta circunstancia, entendiéndose para todos los efectos, notificado en el mismo día.
Será facultad del Alcalde mantener o rebajar la multa. Una vez resuelto el cobro de multa, esta será restada de la factura.
ARTÍCULO 35º.: DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE MULTAS
− Advertida que sea la infracción por parte de la Encargada del Programa y aplicada que sea la multa impuesta a título de sanción de acuerdo a lo señalado en el artículo 29º de las presentes Bases,
− se notificará al adjudicado por escrito (vía correo electrónico a través del mail registrado por el proveedor en su anexo Nº1 o por carta certificada), quien tendrá un plazo de 05 días hábiles a partir de la notificación para reclamar de ella ante el Director Dideco, para lo cual deberá formular presentación escrita de sus descargos junto a los antecedentes que estime, documentos todos que serán ingresados en la oficina de partes de la Municipalidad de Laja.
− Deducida que sea la reclamación, el Director Dideco previo informe de Funcionario de la Dirección de Desarrollo Comunitario de la municipalidad , deberá resolver en un plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha de su presentación por parte del oferente adjudicado, y se pronunciará sugiriendo al Señor Alcalde confirmar o mantener la sanción, o bien, reducir el monto de la misma, siendo la autoridad edilicia quien se pronuncie, para lo cual se dicta al efecto el respectivo decreto alcaldicio.
− La reclamación se resolverá en única instancia, quedando firme la resolución que al efecto adopte el Señor Alcalde.
− Las multas no apeladas, o apeladas y resueltas se harán efectivas en el pago de la factura correspondiente.
− Mientras se esté conociendo de la apelación no se cursará ningún estado de pago al contratado.
ARTÍCULO 36º.: JURISDICCIÓN, DOMICILIO, LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de los artículos de las presentes Bases Administrativas, será sometida al acuerdo de las partes y en caso de no existir acuerdo, será sometida al conocimiento y resolución de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Laja, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia.
En todos los casos será aplicable la Legislación Chilena que se presume conocida por las partes.