BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN
“CONTRATAR SERVICIO DE ALIMENTACIÓN”, PARA VIAJES RECREATIVOS DE ADULTOS MAYORES 2023”
ARTÍCULO 1°.: ANTECEDENTES GENERALES.
1.1 Individualización unidad mandante
NOMBRE : MUNICIPALIDAD DE LAJA
REPRESENTANTE LEGAL : ROBERTO QUINTANA INOSTROZA
TELÉFONO : (043)2524600
HORARIO DE ATENCION DE PUBLICO : LUNES A VIERNES DE 08:30 A 13:30 HRS.
1.2. Generalidades
El municipio de Laja, llama a Licitación Pública, Servicio de Alimentación para llevar a cabo jornadas de viajes recreativos para 869 Adultos Mayores de la Comuna de Laja, aproximadamente los que participaran en jornadas recreativas y culturales. Este servicio de alimentación se realizará en 10 jornadas según lo establecido en las fechas indicadas en la tabla que se indica, entre los meses de Noviembre y Diciembre. Para lo cual ser requiere realizar estas actividades en Complejo Turístico que cumpla con los requerimientos y condiciones que se indican en el Punto N°2 de las Bases.
Antes de presentar la oferta, leer cuidadosamente las Bases Administrativas, sus anexos y demás documentación que rigen las presentes Bases. La licitación se adjudicara al oferente que obtenga la mejor evaluación.
No se aceptarán ofertas que no cumplan con lo solicitado.
1.3. Modalidad de licitación y adjudicación:
La modalidad de licitación es de adjudicación simple, sin intereses ni reajustes.
1.4. Cronograma de la Licitación
ETAPA
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PERIODO
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Fecha de Publicación
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1 día
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Fecha Inicio de Preguntas
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1 día desde la fecha publicación del llamado a licitación
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Visita a Terreno
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No hay
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Fecha de Publicación de Respuestas
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2 días desde cierre de preguntas
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Fecha de Cierre Recepción de Ofertas
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10 rebajado a 5 días desde la fecha publicación del llamado a licitación
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Fecha de Acto de Apertura
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1 día cierre de recepción de ofertas
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Fecha de Adjudicación
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5 días desde del acto de apertura
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ARTÍCULO 2°.: DE LAS ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO REQUERIDO
2.1.: Características de los productos requeridos:
El servicio se debe realizar en un Complejo Turístico, que cuente con piscina al aire libre, tinajas, zonas de descanso en áreas verdes, debe tener espacio de interés histórico dentro del recinto a fin de realizar recorridos guiados, el recinto debe con espacios inclusivos que permitan deambular sin barreras a las personas mayores por todo el recinto, y otros Recintos de esparcimiento, propuestos por el oferente, este recinto además debe tener un casino con capacidad de atención de 80 a 100 personas al mismo tiempo, y/o contar con carpa de evento al aire libre, y con opciones recreativas dentro del recinto, para lo cual debe considerar algún recinto ubicado en la ciudad de Parral región del Maule.
El servicio de alimentación deberá incluir lo siguiente: Desayuno, Almuerzo y Once consistente en:
Desayuno: Sándwich barros jarpa, Mix de galletas y frutillas frescas, café, te, juegos naturales y agüitas.
Almuerzo: Entrada mini ensalada con huevo y tártara, Duo de Carne (Lomo y Bratwurst), Puré de papas las finas hierbas, salsa reducción de vino a la cebolla morada. Postre: trozo de torta Alemana (entre chocolate y vainilla tiene incluir 1 bebestible por persona, además de una estación de aguas con limón) para beber.
Once: Sándwich de Ave, Café y Te.
-El oferente debe considerar la cantidad de personal de servicio adecuado que brinde una atención expedita, rápida y de calidad a las delegaciones.
-Para lo anterior se debe indicar claramente lugar propuesto, para las fechas indicadas y el oferente debe considerar los costos de los servicios solicitados, el cual debe contar con espacio acorde para brindar un buen servicio de alimentación y otros.
-El servicio se deberá entregar en 10 jornadas de 88 personas aproximadamente en las siguientes fechas del presente año.
*El oferente deberá adjuntar fotografías del lugar ofertado para brindar el servicio y propuesta técnica del servicio a entregar.
En caso que la Municipalidad por algún inconveniente requiera modificar las fechas de ejecución de las jornadas recreativas se le comunicará al adjudicatario
CALENDARIO DE FECHAS DELEGACIONES
FECHA
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ORGANIZACIONES
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27/11/2023
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.NUEVO AMANECER
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SEÑORAZA
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PABLO NERUDA
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LOS JARDINES
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28/11/2023
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ETERNA PRIMAVERA
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.LOS PLACERES
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SANTA ANA
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AVENIDA LOS RIOS
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29/11/2023
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NUEVO ENCUENTRO A LAJA
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JERUSALEN
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CENTRO INTEGRAL
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30/11/2023
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MARTA ELIA
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GABRIELA MISTRAL
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AÑOS DORADOS
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05/12/2023
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NUEVO MILENIO
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LAZOS DE AMOR
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PROFESORES JUBILADOS
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06/12/2023
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LA COLONIA
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LA ESPERANZA
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PUENTE PERALES
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07/12/2023
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UNIÓN ALTOS DEL LAJA
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FACELA
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RENACER DE LAS PLAYAS
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12/12/2023
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EMANUEL- LOS CIENOGOS
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QUIEBRAFRENOS
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SANTA ELENA
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13/12/2023
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CURACO
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QUILLAYAL
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VILLA LAJA
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AÑOS FELICES
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14/12/2023
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LAVANDEROS
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COSTANERA SUR
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FELIX EICHER
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En el caso de fuerza mayor o inconvenientes la Municipalidad podrá modificar las fechas del servicio de mutuo acuerdo con la empresa u oferente adjudicatario del servicio.
ARTÍCULO 3º.: DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación que estará conformada 3 funcionarios municipales designados por Decreto Alcaldicio.
La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas recibidas y el cumplimiento de los demás requisitos legales y/o reglamentarios, a contar de la fecha de apertura de la propuesta.
PONDERACIÓN DE CRITERIOS GENERALES:
Cerrado el proceso de publicación en el portal Mercado Público se abrirán las ofertas y se procederá a evaluar bajo los siguientes criterios.
La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases.
CRITERIO DE EVALUACIÓN
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FACTOR
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PRECIO DE LA OFERTA
El Puntaje para los oferentes se calculará de la siguiente manera, siendo 100 el puntaje máximo a optar:
Puntaje = Precio mínimo ofertado /Precio Oferta X 100
Precio oferta evaluada
El precio de la oferta se considera aquel que el proveedor haya ingresado en su ficha de postulación del portal.
La Municipalidad de Laja, se reserva el derecho de rechazar la(s) propuesta(s) que su oferta económica supere(n) el presupuesto disponible indicado en las presentes Bases.
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35%
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PROPUESTA TECNICA
(Recinto donde será suministrado el servicio de alimentación y Otros)
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PUNTAJE
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FACTOR
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Considera la totalidad de los requerimientos indicados en el punto II de las Bases; consistente en un recinto que cuenta con (Complejo Turístico, Restorant ) en el lugar señalado
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100 puntos
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60%
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No considera la totalidad de los requerimientos indicados en las Bases (Centro Turístico, Restorant ), se declarará fuera de Bases la propuesta ingresada.
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Considera Complejo Turístico, Restorant en otra ciudad, se declarará fuera de Bases la propuesta ingresada.
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No indica o no se puede demostrar, se declarará fuera de Bases la propuesta.
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*Adjuntar fotografías del lugar ofertado para brindar el servicio
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 5%
CUMPLIMIENTO REQUISITO
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PUNTAJE
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FACTOR
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Cumple con la totalidad de los documentos
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100 puntos
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5%
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Cumple con aclaración
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50 puntos
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No cumple con todos los documentos en el plazo establecido, se declarará fuera de Bases la propuesta.
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ARTÍCULO 4º.: APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente licitación se regirá exclusivamente por estas bases administrativas de licitación, anexos, documentos de consulta y aclaraciones, si los hubiere, así como por toda la restante documentación complementaria, además del contenido de la propuesta aceptada, que se entiende forma parte de las referidas bases.
Una vez adjudicada la licitación, todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorias y se entenderá que forman parte de las presentes bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.
ARTÍCULO 5º.: ANTECEDENTES
Adjunto a estas bases administrativas se entregan:
Formatos de anexos números uno y dos que se deben adjuntar obligatoriamente al momento de materializar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO 6º.: FORMAS DE CONTRATAR
La Municipalidad efectúa la Contratar Servicio de Alimentación”, para Viajes Recreativos de Adultos Mayores 2023”
Según la propuesta del oferente adjudicado, ajustada a las exigencias establecidas en las bases de licitación y mediante el pago del valor licitado.
Los valores indicados en la oferta deben tener considerados todos los costos que implique esta contratación.
ARTÍCULO 7º.: INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.
Para la interpretación de las bases administrativas y los demás antecedentes de la licitación se hará de acuerdo lo determine la comisión respectiva y podrá considerar el siguiente criterio y orden:
1) Documentación de consultas y aclaraciones, si lo hubiera.
2) Bases administrativas y sus anexos.
3) Normativa Vigente que regula el tipo de operación motivo de esta licitación.
4) Contrato suscrito entre el proveedor adjudicado y la Municipalidad de Laja.
ARTÍCULO 8º.: DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales y/o jurídicas, cuya actividad tenga relación con el servicio a proveer que motiva esta licitación y que se encuentren inscritas en el Registro de la plataforma del Mercado Público en calidad de proveedores del rubro respectivo y habilitadas para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento.
Así también, en conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº19.886, no haber sido condenado por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o por delitos concursales establecidos en el artículo 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presente oferta.
Los interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl.
El idioma español regirá para todo el proceso de licitación, para todos los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el Portal deberá ser en Word, Excel, JPG o PDF.
ARTÍCULO 9º.: CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Las consultas sobre los antecedentes de esta licitación deberán formularse en el portal Mercado Público.
La Municipalidad de Laja, a través del portal dará respuesta a las consultas recibidas mediante “Documento de Consulta y Aclaraciones”, en el día definido en el cronograma de licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.
No se aceptará ni se responderá ningún tipo de consulta telefónica, vía fax, correo electrónico u otro mecanismo informal.
ARTÍCULO 10º.: FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO
La Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja cuenta con un presupuesto disponible de: $19.118.000 - Fondos Municipales.
ARTÍCULO 11º.: CONOCIMIENTO DE LAS BASES
Todo oferente deberá leer cuidadosamente las bases de esta licitación y en su presentación de oferta declara que las conoce y acepta en todos sus términos, lo que quedará materializado por el solo hecho de presentar propuesta.
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las bases y antecedentes y se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad de Laja en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico.
ARTÍCULO 12º.: DE LAS OFERTAS
Las ofertas deben ser presentadas a través de la página web que la Dirección de Compras Públicas dispone para estos efectos (www.mercadopublico.cl), dentro de los plazos y términos que estas bases disponen, la que deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles.
La oferta Económica deberá ser presentada según formato del portal “Comprobante de Oferta” en moneda de circulación legal.
Las ofertas de los proponentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria.
ARTÍCULO 13º.: DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar obligatoriamente los siguientes antecedentes en formato digital. (Obligatorios).
- Antecedentes en el portal:
Administrativos
Deberá contener los siguientes antecedentes:
- Identificación completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. (Anexo Nº 1 identificación del Oferente)
- Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar obtenido de Registro Proveedores de www.mercadopublico.cl
⮚ En caso de ser persona jurídica, además debe adjuntar:
● Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente del representante legal.
(En el caso de contar con el documento en su Ficha del proveedor del portal ChileProveedores, y este cuente con la vigencia, no es necesario adjuntarlo por cuanto se extrae desde dicha página).
⮚ En caso de ser persona natural, además debe adjuntar:
● Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente.
- Económicos (Anexo Técnico Económico Nº2) :
La oferta Económica, se deberá ingresar en el portal Mercado Público según ficha de postulación del “Comprobante de oferta”.
La oferta económica debe contener el monto neto de la oferta, en moneda de circulación legal, según formato del Portal Mercado Público.
● Consideraciones:
a) Todos los anexos solicitados deberán ser escaneados e ingresados a la página del portal.
b) Se consideran válidamente recibidos los antecedentes que el proveedor oferente tenga incluidas en su Ficha del Proveedor del registro del portal de ChileProveedores y que se encuentren vigentes de acuerdo a los plazos señalados en las presentes bases de licitación (según lo establecido en Decreto N°250, Capítulo IV Licitación Pública, Artículo N°20, Tercer Inciso).
c) Cuando la materia por la cual se realiza el proceso licitatorio requiera de la suscripción de Contrato, se requerirá además, que el o los proveedores adjudicados realicen el envío de los siguientes documentos, al correo electrónico que se les proporcionará vía notificación por email, por cuanto son necesarios para la confección del contrato mencionado:
− Certificado de vigencia de la sociedad o certificado electrónico de estatuto actualizado obtenido en el Registro de Empresas (www.registroempresas.cl).
− Y Documento que acredite la personería del representante legal (ambos documentos deberán tener una fecha de emisión no superior a los 60 días corridos, contado desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal.
d) El proveedor que al momento de la evaluación de su oferta, no cumpla con TODOS los anexos y documentos TÉCNICOS, será declarado fuera de bases, por cuanto no es posible efectuar consultas de aclaraciones por estos antecedentes.
ARTÍCULO 14º.: VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al mantenimiento de las mismas durante un plazo de al menos 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de apertura de propuesta.
Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
ARTÍCULO 15º.: SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo e incluido el financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones impuestas en las Bases Administrativas y toda la documentación restante que rige esta licitación.
ARTÍCULO 16º.: DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Se realizarán a través de la página web www.mercadopublico.cl, en la forma, fecha, lugares y horarios establecidos en estas bases y en el cronograma de licitación.
ARTÍCULO 17º.: DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
El acto de apertura de la propuesta será en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl y se realizará de acuerdo a los plazos establecidos en dicho portal, en dependencias de la Municipalidad de Laja, con domicilio en Balmaceda N°292, comuna de Laja, en presencia de la comisión encargada de su evaluación.
Sólo se tomarán en consideración para evaluación, las propuestas que hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el cronograma de licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.
Atendida las características de los procesos licitatorios en el portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representante de los oferentes en el acto de apertura de propuestas.
ARTÍCULO 18º.: SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES (ERRORES U OMISIONES DETECTADAS DURANTE LA EVALUACIÓN)
La Municipalidad de Laja podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran
a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Municipalidad de Laja podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo.
para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Debiendo el oferente entregar dicho antecedente dentro de un plazo no mayor a 48 horas.
Los oferentes que no acompañen toda la documentación al momento de la apertura de las ofertas serán evaluados con menor puntaje en el criterio de evaluación relativo al cumplimiento de requisitos formales si acompañaren dicha documentación al serle solicitada.
ARTÍCULO 19º.: DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATE
En el caso de existir igualdad en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:
- Calidad de la Oferta Técnica
- Precio Oferta
- Cumplimiento de los Requisitos Formales
De mantenerse el empate, se tendrá en consideración aquella oferta que ingresó antes en www.mercadopublico.cl
ARTÍCULO 20º.: DE LA ADJUDICACIÓN
La licitación se adjudicara al oferente que obtenga la mejor evaluación a la totalidad de las líneas cotizadas.
La comisión de evaluación, presentará al Sr. Administrador Municipal, un informe de la evaluación obtenida y la sugerencia correspondiente.
Sólo se adjudicará al oferente que haya ingresado los antecedentes de acuerdo a las bases que rigen este llamado, en forma digital, o en el foro de “Aclaraciones Ofertas”.
En el caso que el proveedor adjudicado se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento, la Municipalidad de Laja podrá adjudicar, no adjudicar o readjudicar derechamente a otro oferente del proceso, sin necesidad de efectuar nuevo llamado o declarar desierto el proceso licitatorio.
Por lo anterior, sin perjuicio que un proveedor se encuentre inhábil al momento de presentar su oferta, éste deberá encontrarse habilitado para contratar a la fecha de adjudicación. (Se considera plazo suficiente para subsanar casos de inhabilidad 03 días hábiles siguientes a la fecha de apertura de ofertas), si no es así, se re-adjudicará
derechamente a otro oferente del proceso que se encuentre habilitado para ser contratado.
La Municipalidad de Laja se reserva el derecho de declarar desierta, no adjudicar esta licitación pública y/o rechazar todas las ofertas, revocar licitación, ello mediante la emisión de resolución fundada, que se informará a través del portal de Mercado Público.
ARTÍCULO 21º.: FECHA DE ADJUDICACIÓN
Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases de licitación para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl , la cual no podrá exceder los 10 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
ARTÍCULO 22º.: RE-ADJUDICACIÓN
La Municipalidad de Laja podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
1) Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta.
2) Si el adjudicatario no entrega los productos o servicios dentro del plazo comprometido en su oferta.
3) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley de compras o en virtud de la ley N° 20.393 o del artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211, de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
ARTÍCULO 23º. : DEL CONTRATO
− Una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldício, se comunicará a través del portal, el contrato se materializará por medio de la emisión de la orden de compra respectiva por la parte contratante por la totalidad del suministro de alimentos, emitida a través del portal mercado público y la aceptación por parte del adjudicado a través del mismo medio. Lo anterior atendiendo a que se trata de bienes de simple y objetiva especificación.
− El proveedor deberá aceptar la Orden de Compra que se le emite a través del sitio www.MercadoPublico.cl.
− El servicio de alimentación podrá ser modificado (fecha del servicio) entre las partes por mutuo acuerdo en caso de cualquier imprevisto para dar cumplimiento a la actividad programada.
ARTÍCULO 24º.: DE LA SUBCONTRATACIÓN:
El oferente adjudicado NO podrá traspasar el contrato suscrito con la Municipalidad de Laja a otra persona sea natural o jurídica o efectuar un subcontrato del mismo.
El adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones contratadas con la Municipalidad en virtud del contrato y las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.
ARTÍCULO 25º.: SOLICITUD DEL SERVICIO DE ALIMENTACION:
La Municipalidad de Laja, mediante la funcionaria a cargo del Programa, deberá coordinar con el proveedor, previamente a la emisión de la Orden de Compra, con el propósito de conocer la disponibilidad del Servicio de alimentación necesario para prestar el servicio.
El proveedor deberá dar respuesta a la solicitud del servicio, en un plazo no superior a 24 horas hábiles, consideradas desde la fecha y hora de la comunicación.
En ningún servicio procederá, bajo ninguna circunstancia, que el proveedor cobre a la Entidad compradora por la anulación de reservas que se pudiera haber efectuado.
ARTÍCULO 26º.: PLAZOS
El adjudicado deberá dar cumplimiento estricto a la entrega de los servicios de alimentación señalados en las presentes Bases y/o los plazos propuestos y adjudicados al proveedor contratado, para los efectos de dar cumplimiento al contrato de “Servicio de Alimentación”, para Viajes Recreativos de Adultos Mayores 2023
El incumplimiento de los plazos señalados precedentemente dará motivo para que la Municipalidad de Laja pueda aplicar las sanciones que se establecen en el artículo Nº 29 de las presentes bases.
ARTÍCULO 27º.: OBLIGACIONES DEL OFERENTE
Será obligación del Oferente dar cumplimiento a su oferta con sujeción estricta a las presentes bases y a la demás reglamentación que regula el tipo de operación.
ARTÍCULO 28º.: DEL CUMPLIMIENTO
El cumplimiento del servicio de alimentación adjudicado por parte del oferente serán supervisados por la Directora Desarrollo Comunitario y Profesional Dideco, No será causal eximente del cumplimiento de las obligaciones del adjudicado el hecho que el personal contratado por éste se declare en huelga legal o ilegal, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. En todo caso el oferente deberá arbitrar las medidas oportunamente para que el bien o servicio contratado se cumpla
ARTÍCULO 29º.: DE LAS DEFICIENCIAS Y MULTAS
La Municipalidad podrá decidir la aplicación de sanciones, por deficiencia o infracciones, en razón de la falta de cumplimiento por parte del adjudicado de cualquiera de las obligaciones asumidas bajo las presentes bases.
La Municipalidad, a través de la Directora Desarrollo Comunitario y Profesional Dideco quien actuará como control y supervisará la entrega del servicio de alimentos a las delegaciones.
Los procedimientos generales para el tratamiento o corrección de deficiencias o infracciones serán los siguientes:
- Multa por deficiencia en el suministro de alimentos:
- 1. Por mala calidad del servicio prestado, (cambio del Menu ofrecido, deficiencias de este) un 2% del valor total neto del contrato faltas que perjudiquen el buen desarrollo de la actividad y con ello la imagen institucional de la Municipalidad.
- La multa a aplicar tendrá un tope del 10% del valor neto de la orden de compra.
- 2. La aplicación de la multa se hará administrativamente, sobre el monto neto del servicio, y estará respaldada por un Informe.
- 3. El Departamento de Desarrollo Comunitario nombrara a algún funcionario como Unidad Técnica para verificar que el servicio de alimentos se brinde de manera que se desarrolle en perfectas condiciones.
- Sobre apelación:
- Se podrá realizar sólo por los siguientes motivos:
- - Se considerarán como causales válidas de apelación las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, o bien aquellas relacionadas con incumplimiento de bases o cálculo erróneo por parte del Municipio.
- Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico entregándole un plazo de 4 días hábiles para que presente su apelación, dirigida al señor Alcalde, vía carta ingresada en Oficina de Partes o vía correo electrónico.
- La apelación será analizada y su resultado se informará vía correo electrónico al Proveedor dentro de 10 días hábiles
- En caso de que el Oferente no acepte el cobro de multa informado por el municipio, podrá hacer sus descargos dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación indicada en el punto anterior. El Municipio deberá pronunciarse del reclamo dentro de los 10 días hábiles, de recibido el reclamo a través de la oficina de partes de la Municipalidad, prorrogables por decreto fundado. Será de facultad del Sr. Alcalde de mantener o rebajar la multa indicada
- Transcurrido ese plazo, ya sea que este sea rechazado, o que no exista reclamo del Oferente, la multa se entenderá aceptada por éste, procediendo el municipio a emitir el decreto sancionatorio respectivo, el cual será notificado mediante correo electrónico, a la casilla electrónica indicada en la licitación publicada, de esta circunstancia, entendiéndose para todos los efectos, notificado en el mismo día.
- Será facultad del Alcalde mantener o rebajar la multa. Una vez resuelto el cobro de multa, esta será restada de la factura.
ARTÍCULO 30º.: DE LA MODIFICACIÓN O DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Contrato de Suministro podrá terminarse anticipadamente por la Municipalidad de Laja, sin derecho a indemnización, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Resciliación o mutuo acuerdo de las partes
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución parcial, sin que exista alguna causa de responsabilidad por el incumplimiento, lo que le genera a la entidad contratante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
Si los representantes o el personal dependiente del adjudicatario no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
Aplicación de sanción de cancelación de autorización de funcionamiento vigente, cursada por la autoridad sanitaria correspondiente.
En todos los casos señalados anteriormente, no opera indemnización alguna para el adjudicatario.
ARTÍCULO 31º.: DEL PAGO
− El pago se efectuará en un plazo de 30 días contados desde la presentación de la factura correspondiente en un solo estado de pago por orden de compra emitida y contra la recepción conforme de recepción del suministro de alimentos.
− Se entenderá por fecha de presentación de la factura aquella en que el proveedor contratado haga entrega de la totalidad de la documentación requerida para el pago.
− La Municipalidad de Laja, a través de su Departamento de Administración y Finanzas, pagará la factura debidamente visada por la Directora de la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja o quien le reemplace.
− La empresa adjudicada deberá enviar la factura al correo electrónico facturas@munilaja.cl
−
ARTÍCULO 32º.: DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para los efectos de proceder al pago de la factura, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la siguiente documentación:
− Facturas correspondientes a nombre de:
✔ Municipalidad de Laja
✔ RUT: 69.170.300-2,
✔ Dirección: Balmaceda N°292 Laja.
− Orden de Compra aceptada por el proveedor.
− Certificado de Recepción Conforme emitido por la Dirección Desarrollo Comunitario
− Las multas por deficiencias encontradas, si las hubiere.
− Al momento de retirar el documento de pago (cheque), deberá entregar cuarta copia Cuadruplicado cobro ejecutivo
− EL proveedor adjudicado deberá enviar la factura al correo electrónico facturas@munilaja.cl
ARTÍCULO 33º.: JURISDICCIÓN, DOMICILIO, LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de los artículos de las presentes Bases Administrativas, será sometida al acuerdo de las partes y en caso de no existir acuerdo, será sometida al conocimiento y resolución de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Laja, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia.
En todos los casos será aplicable la Legislación Chilena que se presume conocida por las partes.
ARTICULO 34°AUMENTO DEL CONTRATO O COMPRA ADICIONAL
La Municipalidad de Laja, podrá aumentar la contratación del servicio de alimentos hasta un 30% del monto total adjudicado, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria correspondiente año 2023, conservando las condiciones y precios establecidos en el contrato firmado entre las partes.
La Municipalidad de Laja se reserva el derecho de poder aumentar el contrato ya sea con recursos Municipales o bien con Fondos en Administración.