Licitación ID: 3734-150-LE23
SERVICIO ARRIENDO DE CARPA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LAJA, Adquisiciones
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Carpas 1 Global
Cod: 30221001
SERVICIO ARRIENDO DE CARPA PARA ACTIVIDAD TRILLA A YEGUA SUELTA 2024 SEGUN ANEXO Y BASES ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO ARRIENDO DE CARPA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Laja, requiere realizar actividad “Trilla a Yegua Suelta 2024, bajo el Programa Actividades 2024, de manera de fomentar el turismo y la cultura comunal, Dicha actividad se llevará a cabo los días 13 y 14 de enero de 2024. Para lo cual se requiere arredrar el servicio de carpa y otros para el desarrollo de la actividad.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LAJA
Unidad de compra:
Adquisiciones
R.U.T.:
69.170.300-2
Dirección:
Balmaceda 292
Comuna:
Laja
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-01-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 29-12-2023 14:00:44
Fecha inicio de preguntas: 29-12-2023 15:40:00
Fecha final de preguntas: 30-12-2023 17:36:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-01-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-01-2024 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-01-2024 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 06-01-2024 10:50:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO IDENTIFICACION DEL OFERENTE
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TECNICO OBLIGATORIO
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio PRECIO DE LA OFERTA El Puntaje para los oferentes se calculará de la siguiente manera, siendo 100 el puntaje máximo a optar: Puntaje = (precio mínimo ofertado/Precio Oferta)*100 Precio oferta evaluada El precio de la oferta se considera aquel que el proveedor haya ingresado en su ficha de postulación del portal. La Municipalidad de Laja, se reserva el derecho de rechazar la(s) propuesta(s) que su oferta económica supere(n) el presupuesto disponible indicado en las presentes Bases 40%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios CALIDAD OFERTA TECNICA (ANEXO Nº2) (debe indicar características técnicas, no se considerarán ofertas que sólo indiquen las frases “de acuerdo a lo solicitado”, entre otras Propuesta óptima (contempla todos los requerimientos de iguales características a lo indicado ) 100 puntos La propuesta técnica no contempla todo el requerimiento indicado o de similares característica en el Anexo Nº 2, 30 No indica, o no propuesta técnica, se declarará fuera de Bases en la Apertura electrónica. Características mínimas especificadas en artículo Nº 2 de las presentes bases administrativas de licitación. 45%
3 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES (se consideraran sólo los Antecedentes Administrativos) PUNTAJE Cumple con todos los documentos exigibles en los plazos requeridos, antes del cierre 100 puntos Cumple con aclaración en el plazo señalado en el Foro Inverso ( posterior al cierre) 60 puntos No cumple con la totalidad de los documentos solicitados o No Informa, se declarará fuera de Bases ➢ Se refiere a adjuntar anexo Nº 1 Identificación del oferente 5%
4 Experiencia de los Oferentes Experiencia en actividades similares EXPERIENCIA ACREDITADA PUNTAJE Acredita 3 ó más años ( adjudicaciones de similares características, contratos, orden de compra, certificados) 100 puntos Acredita menos de años hasta 1 año 30 puntos Acredita menor a 1 año 20 puntos No acredita 0 puntos 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: DIRECCION DAF
e-mail de responsable de pago: finanzas@munilaja.cl
Nombre de responsable de contrato: DIDRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO
e-mail de responsable de contrato: dideco@munilaja.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2524658-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado NO podrá traspasar el contrato suscrito con la Municipalidad de Laja a otra persona sea natural o jurídica o efectuar un subcontrato del mismo. El adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones contratadas con la Mu
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

LICITACIÓN PÚBLICA

CONTRATACION SERVICIO ARRIENDO DE CARPA PARA TRILLA A YEGUA SUELTA.

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN

CONTRATACION SERVICIO ARRIENDO DE CARPA PARA TRILLA A YEGUA SUELTA.

ARTÍCULO 1°.: ANTECEDENTES GENERALES.

1.1 Individualización unidad mandante

NOMBRE                                                                     : MUNICIPALIDAD DE LAJA

REPRESENTANTE LEGAL                                          : ROBERTO QUINTANA INOSTROZA

TELÉFONO                                                                 : (043)2524600

HORARIO DE ATENCION DE PUBLICO                      : LUNES A VIERNES DE 08:30 A 13:30 HRS.

1.2. Generalidades

La Municipalidad de Laja, requiere realizar actividad “Trilla a Yegua Suelta 2024), bajo el Programa Actividades 2024, de manera de fomentar el turismo y la cultura comunal,  Dicha actividad se llevará a cabo  los días 13 y 14 de enero de  2024.

1.3. Modalidad de licitación y adjudicación:

La modalidad de licitación es de adjudicación simple, sin intereses ni reajustes.

1.4. Cronograma de la Licitación

 

ETAPA

PERIODO

Fecha de Publicación

1 día

Fecha Inicio de Preguntas

1 día desde la fecha publicación del llamado a licitación

Visita a Terreno

No hay

Fecha de Publicación de Respuestas

2 días desde cierre de preguntas

Fecha de Cierre Recepción de Ofertas

10 días desde la fecha publicación del llamado a licitación rebajado con informe a 5 días

Fecha de Acto de Apertura

1 día cierre de recepción de ofertas

Fecha de Adjudicación

5 días desde del acto de apertura

ARTÍCULO 2°.: DE LAS ESPECIFICACIONES DE LO REQUERIDO

2.1.: Características del Servicio requerido:

Ítem

Requerimientos

Extensión Carpa

Servicio de extensión de carpa, la cual va adosada a una carpa central, a una altura de 4 metros. Esta extensión es de 30 metros de largo por 03 metros de fondo. Tela Blanca y estructura metálica de soporte y separación.  Techos impermeables con filtros UV el que tienen como objetivo garantizar la seguridad del evento ante posibles condiciones climáticas adversas (sol-vientos-lluvias). Para el cierre de la carpa se considera sus costados cerrados donde se utilizará cortinaje liso. Decoración interior de la carpa se instalarán lazos de color señalado por el Municipio. Además de cubrir la totalidad de cerchas, estructura, o pilares de la carpa con fundas de colores seleccionados.  Esta extensión considera las siguientes divisiones:

- 03 Divisiones de 4mts ancho por 3 de fondo

- 06 Divisiones de 3mts de ancho por 03mts de fondo

- Cubre Piso Lavable 30 x 30 metros 

- Tela blanca entre cada separación

- Se debe considerar personal presente en el evento en caso de cualquier inconveniente.

Toldo Graderías

Toldo de estructura metálica auto soportable a dos aguas, cuyas dimensiones corresponderán a 20x4mt, con una altura en su parte superior de 4mt.  Techos impermeables con filtros UV el que tienen como objetivo garantizar la seguridad del evento ante posibles condiciones climáticas adversas (sol-vientos-lluvias). Se deben complementan con cielo falso plisado en su totalidad con el objetivo de garantizar un grato ambiente para los concurrentes al evento.  Decoración interior de la carpa se deben instalar lazos de color señalado por el Municipio. Se debe cubrir la totalidad de cerchas, estructura, o pilares de la carpa con fundas de colores seleccionados.

División cocinerías

Servicio de separación de stand, que comprende división de 6 cocinerías, de 4 metros de ancho por 3 de fondo, en tela blanca y estructura metálica de soporte. Estas separaciones van dentro de la carpa central. Además de cubrir la totalidad de cerchas, estructura, o pilares de la carpa con fundas de colores seleccionados.

-El oferente debe indicar características técnicas ofertadas en anexo técnico

-En caso que la Municipalidad por algún inconveniente requiera modificar las fechas de ejecución del servicio de producción, se le comunicará al adjudicatario para realizar el o los cambios de mutuo acuerdo.

ARTÍCULO 3º.: DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA

           La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación que estará conformada 3 funcionarios municipales designados por Decreto Alcaldicio.

La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas recibidas y el cumplimiento de los demás requisitos legales y/o reglamentarios, a contar de la fecha de apertura de la propuesta.

PONDERACIÓN DE CRITERIOS GENERALES:

Cerrado el proceso de publicación en el portal Mercado Público se abrirán las ofertas y se procederá a evaluar bajo los siguientes criterios.

La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases

CRITERIO DE EVALUACIÓN

FACTOR

PRECIO DE LA OFERTA

El Puntaje para los oferentes se calculará de la siguiente manera, siendo 100 el puntaje máximo a optar:

                                         Puntaje = (precio mínimo ofertado/Precio Oferta)*100

                                                              Precio oferta evaluada

El precio de la oferta se considera aquel que el proveedor haya ingresado en su ficha de postulación del portal.

La Municipalidad de Laja, se reserva el derecho de rechazar la(s) propuesta(s) que su oferta económica supere(n) el presupuesto disponible indicado en las presentes Bases.

40%

Experiencia en actividades similares

EXPERIENCIA ACREDITADA

PUNTAJE

Acredita 3 ó más años ( adjudicaciones de similares características, contratos, orden de compra, certificados)

100 puntos

Acredita menos de años hasta 1 año 

  30 puntos

Acredita menor a 1 año

   20 puntos

No acredita

     0 puntos

10%

CALIDAD

OFERTA TECNICA (ANEXO Nº2)

(debe indicar características técnicas, no se considerarán ofertas que sólo indiquen las frases “de acuerdo a lo solicitado”, entre otras

Propuesta óptima (contempla todos los requerimientos de iguales características a lo indicado )

100 puntos

La propuesta técnica no contempla todo el requerimiento indicado o de similares característica en el Anexo Nº 2,

  30

No indica, o no propuesta técnica, se declarará fuera de Bases en la Apertura electrónica.

   

Características mínimas especificadas en artículo Nº 2 de las presentes bases administrativas de licitación.

45%

CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES

(se consideraran sólo los Antecedentes Administrativos)

         

PUNTAJE

Cumple con todos los documentos exigibles en los plazos requeridos, antes del cierre

100 puntos

Cumple con aclaración en el plazo señalado en el Foro Inverso ( posterior al cierre)

  60 puntos

No cumple con la totalidad de los documentos solicitados o No Informa, se declarará fuera de Bases

 

    Se refiere a adjuntar  anexo Nº 1 Identificación del oferente.

5%

En caso que la Municipalidad por algún inconveniente requiera modificar las fechas de ejecución del servicio de producción, se le comunicará al adjudicatario para realizar el o los cambios de mutuo acuerdo

ARTÍCULO 4º.: APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO

La presente licitación se regirá exclusivamente por estas bases administrativas de licitación, anexos, documentos de consulta y aclaraciones, si los hubiere, así como por toda la restante documentación complementaria, además del contenido de la propuesta aceptada, que se entiende forma parte de las referidas bases.

Una vez adjudicada la licitación, todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorias y se entenderá que forman parte de las presentes bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.

Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena

ARTÍCULO 5º.: ANTECEDENTES

Adjunto a estas bases administrativas se entregan:

Formatos de anexos números uno y dos que se deben adjuntar obligatoriamente al momento de materializar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

ARTÍCULO 6º.: FORMAS DE CONTRATAR

La Municipalidad efectúa Contratación Servicio Arriendo de Carpa para Trilla A Yegua Suelta 2024.

Según la propuesta del oferente adjudicado, ajustada a las exigencias establecidas en las bases de licitación y mediante el pago del valor licitado.

Los valores indicados en la oferta deben tener considerados todos los costos que implique esta contratación.

ARTÍCULO 7º.: INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.

Para la interpretación de las bases administrativas y los demás antecedentes de la licitación se hará de acuerdo lo determine la comisión respectiva y podrá considerar el siguiente criterio y orden:

1)    Documentación de consultas y aclaraciones, si lo hubiera.

2)    Bases administrativas y sus anexos.

3)    Normativa Vigente que regula el tipo de operación motivo de esta licitación.

4)    Contrato suscrito entre el proveedor adjudicado y la Municipalidad de Laja.

ARTÍCULO 8º.: DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar en la presente licitación, personas naturales y/o jurídicas, cuya actividad tenga relación con el servicio a proveer que motiva esta licitación y que se encuentren inscritas en el Registro de la plataforma del Mercado Público en calidad de proveedores del rubro respectivo y habilitadas para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento.

Así también, en conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº19.886, no haber sido condenado por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o por delitos concursales establecidos en el artículo 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presente oferta.

Los interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl.

           El idioma español regirá para todo el proceso de licitación, para todos los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el Portal deberá ser en Word, Excel, JPG o PDF.

ARTÍCULO 9º.: CONSULTAS Y ACLARACIONES.

Las consultas sobre los antecedentes de esta licitación deberán formularse en el portal Mercado Público.

La Municipalidad de Laja, a través del portal dará respuesta a las consultas recibidas mediante “Documento de Consulta y Aclaraciones”, en el día definido en el cronograma de licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.

No se aceptará ni se responderá ningún tipo de consulta telefónica, vía fax, correo electrónico u otro mecanismo informal.

ARTICULO 10°: MODIFICACIONES A LAS BASES

La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.MercadoPublico.cl . Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

ARTÍCULO 11º.: FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO

La Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja cuenta con un presupuesto disponible de: $8.000.000.-, Fondos Municipales

La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases, así como las ofertas que no adjunten anexo Técnico obligatorio.

ARTÍCULO 12º.: CONOCIMIENTO DE LAS BASES

Todo oferente deberá leer cuidadosamente las bases de esta licitación y en su presentación de oferta declara que las conoce y acepta en todos sus términos, lo que quedará materializado por el solo hecho de presentar propuesta.

Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las bases y antecedentes y se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad de Laja en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico. 

ARTÍCULO 13º.: DE LAS OFERTAS

Las ofertas deben ser presentadas a través de la página web que la Dirección de Compras Públicas dispone para estos efectos (www.mercadopublico.cl), dentro de los plazos y términos que estas bases disponen, la que deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles.

La oferta Económica deberá ser presentada según formato del portal “Comprobante de Oferta” en moneda de circulación legal.

Las ofertas de los proponentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria.

ARTÍCULO 14º.: DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Los oferentes deberán presentar obligatoriamente los siguientes antecedentes en formato digital. (Obligatorios).

  1. Antecedentes en el portal:

Administrativos

Deberá contener los siguientes antecedentes:

  1. Identificación completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. (Anexo Nº 1)
  2. Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar obtenido de Registro Proveedores de www.mercadopublico.cl

           En caso de ser persona jurídica, además debe adjuntar:

              Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente del representante legal.

 (En el caso de contar con el documento en su Ficha del proveedor del portal ChileProveedores, y este cuente con la vigencia, no es necesario adjuntarlo por cuanto se extrae desde dicha página).

      En caso de ser persona natural, además debe adjuntar:

              Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente.

  1. Anexo Técnico Económico  Nº2) :

La oferta Económica, se deberá ingresar en el portal Mercado Público según ficha de postulación del “Comprobante de oferta”.

La oferta Técnica económica debe contener el monto neto de la oferta, en moneda de circulación legal, según formato del Portal Mercado Público.

     Consideraciones:

a)    Todos los anexos solicitados deberán ser escaneados e ingresados a la página del portal.

b)    Se consideran válidamente recibidos los antecedentes que el proveedor oferente tenga incluidas en su Ficha del Proveedor del registro del portal de ChileProveedores y que se encuentren vigentes de acuerdo a los plazos señalados en las presentes bases de licitación (según lo establecido en Decreto N°250, Capítulo IV Licitación Pública, Artículo N°20, Tercer Inciso).

c)    El proveedor que al momento de la evaluación de su oferta, no cumpla con TODOS los anexos y documentos TÉCNICOS, será declarado fuera de bases, por cuanto no es posible efectuar consultas de aclaraciones por estos antecedentes.

ARTÍCULO 15º.: VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al mantenimiento de las mismas durante un plazo de al menos 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de apertura de propuesta.

Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.

ARTÍCULO 16º.: SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo e incluido el financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones impuestas en las Bases Administrativas y toda la documentación restante que rige esta licitación.

ARTÍCULO 17º.: DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS

Se realizarán a través de la página web www.mercadopublico.cl, en la forma, fecha, lugares y horarios establecidos en estas bases y en el cronograma de licitación.

ARTÍCULO 18º.: DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS

El acto de apertura de la propuesta será en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl y se realizará de acuerdo a los plazos establecidos en dicho portal, en dependencias de la Municipalidad de Laja, con domicilio en Balmaceda N°292, comuna de Laja, en presencia de la comisión encargada de su evaluación.

Sólo se tomarán en consideración para evaluación, las propuestas que hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el cronograma de licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.

Atendida las características de los procesos licitatorios en el portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representante de los oferentes en el acto de apertura de propuestas.

ARTÍCULO 19º.: SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES (ERRORES U OMISIONES DETECTADAS DURANTE LA EVALUACIÓN)

            La Municipalidad de Laja podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

            La Municipalidad de Laja podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Debiendo el oferente entregar dicho antecedente dentro de un plazo no mayor a 48 horas.

Los oferentes que no acompañen toda la documentación al momento de la apertura de las ofertas serán evaluados con menor puntaje en el criterio de evaluación relativo al cumplimiento de requisitos formales si acompañaren dicha documentación al serle solicitada.

ARTÍCULO 20º.: DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATE

En el caso de existir igualdad en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:

-       Precio Oferta

-       Calidad de la Oferta Técnica

-       Experiencia

-       Cumplimiento de los Requisitos Formales

 

De mantenerse el empate, se tendrá en consideración aquella oferta que ingresó antes en www.mercadopublico.cl

 

ARTÍCULO 21º.: DE LA ADJUDICACIÓN

La comisión de evaluación, presentará al Sr. Administrador Municipal, un informe de la evaluación obtenida y la sugerencia correspondiente.

Sólo se adjudicará al oferente que haya ingresado los antecedentes de acuerdo a las bases que rigen este llamado, en forma digital, o en el foro de “Aclaraciones Ofertas”.

En el caso que el proveedor adjudicado se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento, la Municipalidad de Laja podrá adjudicar, no adjudicar o readjudicar derechamente a otro oferente del proceso, sin necesidad de efectuar nuevo llamado o declarar desierto el proceso licitatorio.

Por lo anterior, sin perjuicio que un proveedor se encuentre inhábil al momento de presentar su oferta, éste deberá encontrarse habilitado para contratar a la fecha de adjudicación. (Se considera plazo suficiente para subsanar casos de inhabilidad 03 días hábiles siguientes a la fecha de apertura de ofertas), si no es así, se re-adjudicará

derechamente a otro oferente del proceso que se encuentre habilitado para ser contratado.

La Municipalidad de Laja se reserva el derecho de declarar desierta, no adjudicar esta licitación pública y/o rechazar todas las ofertas, revocar licitación, ello mediante la emisión de resolución fundada, que se informará a través del portal de Mercado Público.

ARTÍCULO 22º.: FECHA DE ADJUDICACIÓN

Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases de licitación para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl , la cual no podrá exceder los 10 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.

ARTÍCULO 23º.: RE-ADJUDICACIÓN

La Municipalidad de Laja podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:

1)    Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta.

2)    Si el adjudicatario no entrega los productos o servicios dentro del plazo comprometido en su oferta.

3)    Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley de compras o en virtud de la ley N° 20.393 o del artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211, de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.

ARTÍCULO 24º. : DEL CONTRATO

        Una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldício, se comunicará a través del portal, el contrato se materializará por medio de la emisión de la orden de compra respectiva por la parte contratante, emitida a través del portal mercado público y la aceptación por parte del adjudicado a través del mismo medio. Lo anterior atendiendo a que se trata de bienes de simple y objetiva especificación.

Los oferentes no adjudicados también serán notificados a través del sistema.

ARTÍCULO 25º.: DE LA SUBCONTRATACIÓN:

El oferente adjudicado NO podrá traspasar el contrato suscrito con la Municipalidad de Laja a otra persona sea natural o jurídica o efectuar un subcontrato del mismo.

El adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones  contratadas con la Municipalidad en virtud del contrato y  las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.

ARTÍCULO 26º.: DE LA ENTREGA DEL SERVICIO DE PRODUCCION

La entrega del Servicio de Producción se deberá realizar de acuerdo a las fechas indicadas en la Bases. En caso que la Municipalidad por algún inconveniente requiera modificar las fechas de ejecución del servicio de Arriendo de Carpa, se le comunicará al adjudicatario para realizar el o los cambios de mutuo acuerdo

ARTÍCULO 27º.: PLAZOS

El adjudicado deberá dar cumplimiento estricto a los plazos señalados en el artículo 3º de las presentes Bases y/o los plazos propuestos y adjudicados al proveedor contratado, ello para los efectos de dar cumplimiento al contrato de Contratación Servicio Arriendo de Carpa para Trilla A Yegua Suelta 2024.

 El incumplimiento de los plazos señalados precedentemente dará motivo para que la Municipalidad de Laja pueda aplicar las sanciones que se establecen en el artículo Nº 34 de las presentes bases.

ARTÍCULO 28º.: OBLIGACIONES DEL OFERENTE

Será obligación del Oferente dar cumplimiento a su oferta con sujeción estricta a las presentes bases y a la demás reglamentación que regula el tipo de operación.

ARTÍCULO 29º.: DEL CUMPLIMIENTO

El cumplimiento de la totalidad del servicio de producción adjudicado por parte del oferente será supervisado por la Directora Dirección Desarrollo Comunitario y/o Profesional de Dideco, No será causal eximente del cumplimiento de las obligaciones del adjudicado el hecho que el personal contratado por éste se declare en huelga legal o ilegal, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. En todo caso el oferente deberá arbitrar las medidas oportunamente para que el bien o servicio contratado se cumpla.

ARTÍCULO 30º.: DE LAS DEFICIENCIAS Y MULTAS

La Municipalidad podrá decidir la aplicación de sanciones, por deficiencia o infracciones, en razón de la falta de cumplimiento por parte del adjudicado de cualquiera de las obligaciones asumidas bajo las presentes bases.

La Municipalidad, a través del Encargado de Fomento Productivo de la Municipalidad de Laja, quien actuará como control, supervisará los servicios.

Los procedimientos generales para el tratamiento o corrección de deficiencias o infracciones serán los siguientes:

a)    Multa por no cumplimiento de los plazos en la entrega o instalación:

Será equivalente al 1% del valor respectivo al total de la orden de compra emitida por cada día de atraso.

b)    Multa por entrega de servicio con especificación técnica o materialidad distintos a los ofertados:

Será equivalente al 1% del valor total de la orden de compra, ello sin perjuicio de dar cumplimiento al contrato, entregando el producto ofertado y adjudicado.

c)    Multa por otros incumplimientos contractuales y/o de las Bases:

Será equivalente al 2% del valor total del contrato por incumplimiento detectado, informado por la Encargado de Fomento Productivo de la Municipalidad de Laja.

Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en pesos, moneda nacional.

El tope máximo de multa es de hasta el 20% del valor total del Contrato, superando dicho monto se trata de un incumplimiento grave a las obligaciones del contrato.

ARTÍCULO 31º.: DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE MULTAS

        Advertida que sea la infracción por parte del  Encargado de la Licitación y aplicada que sea la multa impuesta a título de sanción de acuerdo a lo señalado en el artículo 29º de las presentes Bases, se notificará al adjudicado por escrito (vía correo electrónico a través del mail registrado por el proveedor en su anexo Nº1 o por carta certificada), quien tendrá un plazo de 05 días hábiles a partir de la notificación para reclamar de ella ante la Directora DIDECO, para lo cual deberá formular presentación escrita de sus descargos junto a los antecedentes que estime, documentos todos que serán ingresados en la oficina de partes del Municipio de Laja.

        Deducida que sea la reclamación, la Directora DIDECO previo informe del Encargado de Fomento Productivo Municipal, deberá resolver en un plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha de su presentación por parte del oferente adjudicado, y se pronunciará sugiriendo al Señor Alcalde confirmar o mantener la sanción, o bien, reducir el monto de la misma, siendo la autoridad edilicia quien se pronuncie, para lo cual se dicta al efecto el respectivo decreto alcaldicio.

        La reclamación se resolverá en única instancia, quedando firme la resolución que al efecto adopte el Señor Alcalde.

        Las multas no apeladas, o apeladas y resueltas se harán efectivas en el pago de la factura correspondiente.

        Mientras se esté conociendo de la apelación no se cursará ningún estado de pago al contratado.

ARTÍCULO 32º.: DE LA MODIFICACIÓN O DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N°19.886, por las siguientes causas:

a)    La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que no existan incumplimientos contractuales.

b)    El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

c)    El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las   cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

e) Por registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

      Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.

      En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución fundada que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.

      Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, facultando a la Municipalidad de Laja para poner término anticipado del contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por el Funcionario Encargado de la Unidad Adquisiciones o quien la reemplace:

            Incumplimiento en el pago de las multas.

            Incumplimiento de las especificaciones técnicas de calidad ofrecidas por el adjudicatario en la oferta.

            La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a las que se hubiere comprometido en su oferta.

      Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el procedimiento establecido en el artículo 30° de la presente bases.

      Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes.

      Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad de Laja pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

ARTÍCULO 33º.: DEL PAGO

      El pago se efectuará en un plazo de 30 días contados desde la presentación de la factura correspondiente en un solo estado de pago por orden de compra emitida y contra la recepción conforme de recepción de los productos.

      Se entenderá por fecha de presentación de la factura aquella en que el proveedor contratado haga entrega de la totalidad de la documentación requerida para el pago.

      La Municipalidad de Laja, a través de su Departamento de Administración y Finanzas, pagará la factura debidamente visada por la Directora de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja o quien le reemplace.

ARTÍCULO 34º.: DOCUMENTOS PARA EL PAGO

Para los efectos de proceder al pago de la factura, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la siguiente documentación:

        Facturas correspondientes a nombre de:

        Municipalidad de Laja

        RUT: 69.170.300-2,

        Dirección: Balmaceda N°292 Laja.

        Orden de Compra aceptada por el proveedor.

        Certificado de Recepción Conforme emitido por la Directora Dideco.

        Las multas por atrasos y deficiencias encontradas, si las hubiere.

        Al momento de retirar el documento de pago (cheque), deberá entregar cuarta copia Cuadruplicado cobro ejecutivo

        El proveedor adjudicado tendrá que enviar factura al correo finanzas@munilaja.cl

ARTÍCULO 35º.: JURISDICCIÓN, DOMICILIO, LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de los artículos de las presentes Bases Administrativas, será sometida al acuerdo de las partes y en caso de no existir acuerdo, será sometida al conocimiento y resolución de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Laja, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia.

En todos los casos será aplicable la Legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

  FERNANDO ORELLANA YAÑEZ                                        RUTH SOTO MONTOYA

PROFESIONAL DAF ADQUISICIONES                                               DIRECTORA DIDECO