BASES ADMINISTRATIVAS
“CONTRATO SUMINISTRO DE PROGRAMAS, RADIAL, PORTAL WEB Y CANAL TV”
I.- ANTECEDENTES GENERALES.
Los medios de comunicación son instrumentos en constante evolución, en el mundo globalizado en el que estamos insertos, se hace imprescindible que las instituciones informen de sus actividades al público objetivo al que están orientadas. En el caso de los municipios el público objetivo es toda la comunidad, por tanto, deben realizarse los esfuerzos necesarios para tratar de llegar a todos.
En este escenario, la municipalidad realizará la contratación de servicios de medios de comunicación social disponibles en la comuna, con el propósito de mantener una comunicación fluida y permanente con la ciudadanía. De esta manera se informará del quehacer municipal, beneficios, programas, proyectos en ejecución y todo aquello que sea importante que los Lajinos conozcan.
Para cumplir con el desafío de la cobertura, se propondrá utilizar todos los canales existentes en la comuna; radios, portal web, y canales de televisión por cable, por el periodo fracción del mes de MARZO A DICIEMBRE (10 MESES).
II.-PARTICIPANTES
Los oferentes, personas Naturales o Jurídicas que deseen presentar una oferta relacionada con el servicio solicitado y que se ajuste a las condiciones y requerimientos establecidos en las presentes Bases.
III.-REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas
IV.-ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del proveedor que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en ChileProveedores.
V.-DE LOS PARTICIPANTES. -
Los oferentes, personas Naturales o Jurídicas que deseen participar del proceso deberán presentar una oferta relacionada con los servicios que se detallan, de acuerdo a las siguientes características.
VI.-DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
● Radio de Laja y/o San Rosendo que retransmita Programa Radial Municipal por su frecuencia FM y que posea transmisión Online (Cantidad 2 veces a la semana).
● Portal Web con Redes Sociales (replicar publicaciones diarias desde el Fanpage Municipal). Además de asistir de manera presencial algunas actividades cuando se le requiera.
● Canal de TV por cableoperador, replicar videos, programa radial municipal ( 2 veces por semana) entrevistas y transmisiones en vivo de actividades municipales que la unidad de comunicaciones requiera.
La Municipalidad de Laja mediante el Departamento de Desarrollo Comunitario, área de Comunicaciones proporcionará la información para ser difundida por los distintos medios de comunicación contratados, por lo tanto, el oferente o empresa deberá replicar la información que se encontrará en el sitio web y/o redes sociales municipales.
Difundir noticias o información de programas, proyectos, actividades entre otros realizados por el municipio.
La información o noticias tratadas y las entrevistas realizadas en los diferentes medios debe ser entregada una copia cada 15 días (2 mensuales) y deberá venir comprimida en un pendrive o similar, adjunto a la factura mensual, dirigido a la Directora de Desarrollo Comunitario.
1) Espacio en Radio mediante Emisoras con transmisión Online ( 3 radios )
- Programa Municipal; dos días a la semana: miércoles y viernes en horario de 12:30 a 13:30 hrs. La transmisión de las noticias será desde el municipio vía streaming, donde el departamento encargado entregará un archivo con la conexión automática del noticiero municipal o por la página web (https://munilaja.cl)
- Promoción de textos publicitarios (Frases radiales a 60 segundos) diarias cuando sea necesario (al menos seis veces al día). Por ejemplo; Plazo vencimiento: permiso de circulación, patentes, horarios extraordinarios, atención de público, actividades municipales, entre otras.
- El proveedor deberá indicar que posee sitio streaming operativo para que se pueda acceder desde cualquier dispositivo móvil. (Audio y/o Video)
- El equipo de comunicaciones podrá suspender un máximo de 2 programas al mes por fuerza mayor. Por ejemplo: alguna actividad municipal que se desarrolle en el mismo horario y el personal de comunicaciones no se encuentre disponible para realizar el programa radial. Dichos programas se podrán recuperar a los días siguientes, previo acuerdo con las emisoras.
2) Portal Web (Un portal)
- Publicar noticias e información del municipio en el portal, con enlace al sitio de la municipalidad.
- Publicar, a lo menos una noticia municipal como destacada de la semana, el día sábado y/o domingo.
- En los casos que el municipio lo requiera, insertar Banner con información requerida (Ejemplo; vencimiento plazo para pagar permiso de circulación, horarios extraordinarios atención de público, vencimiento plazo pago patentes; entre otros)
- Replicar TODAS las publicaciones EN VIVO de los Sitios de Facebook “municipalidad de laja”, ejemplo (radio medio día, programas municipales, informativos, extras etc.)
- El portal web debe publicar contenido multimedia en su fanpage, tales como, video notas acompañadas de un texto alusivo a la nota, etiquetando a la municipalidad de laja y con el hashtag #LajaEsDeTodos. Los videos serán generados por el departamento de comunicaciones, los cuales deben descargarlos directamente de Facebook municipal una vez publicados.
- Crear icono o slide en sitio web con direccionamiento a las redes sociales del municipio de laja (Facebook, Instagram y YouTube)
3) CANAL DE TV POR CABLE OPERADOR (un canal)
Canal de televisión que tenga señal por cable operadores con señal en Laja, la provincia, región y además otras regiones del país.
- El canal deberá retransmitir por sus redes sociales todas las transmisiones en vivo que emanen del municipio.
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- El canal deberá retransmitir (en vivo) los programas radiales de los días miércoles y viernes, pudiendo también transmitir algún otro programa extra que el municipio requiera.
- El Canal deberá transmitir en vivo por sus redes y algún cable operador con presencia en Laja y en otras regiones del país videos noticiosos emanados del municipio, como también eventos municipales, deportivos, musicales, culturales, entre otros, que emanen del departamento de comunicaciones municipal.
VI.-ETAPAS Y PLAZOS DE LICITACIÓN
Los plazos de esta licitación estarán dados según lo determina en forma automática el portal www.MercadoPúblico.cl
VII.- DEL PAGO
EL pago de los servicios se efectuará en forma mensual, una vez prestado el servicio en conformidad, el proveedor presentará la respectiva Factura y un Informe con la especificación del servicio efectuado (detallando cantidad de notas, entrevista y publicaciones en medios digitales), que cuente con el visto bueno de la directora Dideco. El Pago se concretará con un máximo estipulado por ley de 30 días. El proveedor deberá remitir la 4º copia de la factura (Cedible), para proceder a entregar o enviar su pago.
VIII.-PRESUPUESTO PARA LA ACTIVIDAD. -
Los recursos para esta compra están contemplados en el presupuesto municipal 2024, por un monto total de $ 15.000.000, impuesto incluido y por los servicios que se detallan;
Programas radiales con transmisión online (2 veces a la semana) (3 radios)
Portal Web con Redes Sociales (replicar publicaciones diarias desde el Fanpage Municipal). ( un portal )
Canal de Tv por cable operador. (un canal de tv con señal en varios cables operadores)
IX.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de adjudicación para esta acción están determinados por los siguientes elementos:
Oferta económica 40% (subir el valor neto mensual del servicio)
Precio mínimo ofertado/precio oferta x 100
Fomento 10 %
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PUNTAJE
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Posee Radiotransmisiones (radio, TV, Web) en la Comuna
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100 puntos
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Posee Radiotransmisiones (radio, TV, Web) en la Provincia
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70 puntos
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Posee Radiotransmisiones (radio, TV, Web) en la Región y otras
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20 puntos
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No informa, se declarará fuera de Bases la propuesta
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Medio Verificación, mediante Patente Comercial vigente, la cual autoriza el ejercicio de la actividad económica.
Cobertura 20 %
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PUNTAJE
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Inter Comunal
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100 puntos
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Comunal
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70 puntos
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No informa, se declarará fuera de Bases la propuesta
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Propuesta Técnica 20% (adjuntar propuesta técnica)
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PUNTAJE
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La propuesta técnica contempla todo el requerimiento solicitado de igual características y especificaciones técnicas indicado en el punto de las Bases.
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100 puntos
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La propuesta técnica contempla todo o parte del requerimiento solicitado de distintas características o medios de difusión a las indicadas en el punto VI de las Bases, se declarará fuera de Bases
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La propuesta no contempla todo el requerimiento solicitado, se declarará fuera de Bases
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No informa, o no presenta propuesta técnica, se declarará fuera de Bases, rechazándose en la Apertura electrónicas de las propuestas informadas.
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Experiencia acreditada en servicios de similares características ejecutados 5%
(Acreditar mediante Certificados emitidos por Instituciones Públicas desde el año 2015, etc).
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PUNTAJE
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Acredita experiencia de 2 años y más
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100 puntos
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Acredita experiencia menos de 2 hasta 1 año
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70 puntos
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Acredita experiencia menor a 1 año
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30 puntos
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No informa o no acredita
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0 puntos
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No se validarán otro tipo de documentos para acreditar la experiencia.
Cumplimiento de los Requisitos Formales 5%.
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PUNTAJE
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Cumple con todos los documentos exigibles en los plazos requeridos, antes del cierre
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100 puntos
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Cumple con aclaración en el plazo señalado en el Foro Inverso (posterior al cierre)
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50 puntos
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No cumple con la totalidad de los documentos solicitados o No Informa, se declarará fuera de Bases.
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X.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN.
La comisión de Evaluación de ofertas es la encargada de analizar y priorizar las propuestas. Ella estará constituida por:
Directora Dideco:
Encargado de Adquisiciones
Jefa de Gabinete
En caso de no encontrarse el titular, asistirá el subrogante o suplente
Al finalizar este proceso, la Comisión entregará un Informe Técnico con las evaluaciones respectivas de cada oferente al señor Alcalde para su aprobación, el cual procederá a dictar la resolución de adjudicación.
XI.-PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3, “Etapas y Plazos” de las presentes bases.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.MercadoPublico.cl .
La Municipalidad pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.MercadoPublico.cl , sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula.
XII.-DE LA ADJUDICACIÓN.
La Comisión de Evaluación presentará al Alcalde, una nómina de los proponentes ordenados de acuerdo a la evaluación obtenida por cada uno de ellos en base a: Monto de la oferta y requerimientos, etc. El Alcalde se pronunciará respecto de la propuesta de la Comisión, tras lo cual se dictará el Decreto Alcaldicio correspondiente para su adjudicación, notificándose por medio del portal www.MercadoPublico.cl.
La Municipalidad de Laja declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos, condiciones establecidas en las presentes Bases, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo a lo establecido en la normativa de Compras Públicas 19.886.
Además, la Municipalidad de Laja podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.
Se podrá permitir, asimismo, la presentación de los certificados y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes o empresas tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la I. Municipalidad de Laja, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Municipalidad no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo. La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.MercadoPublico.cl , a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
La Licitación se adjudicará por línea de servicio al proveedor o empresa que cumpla con todo el requerimiento y que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes Bases, a través de una resolución que será publicada en www.MercadoPublico.cl , una vez que se encuentre totalmente tramitada.
XIII.-Re Adjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta informando por algún medio, no firma el contrato, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
XIV.-Fecha de Adjudicación
Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las Bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl.
XV.-Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia”.
De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cobertura”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
XVI.-DEL CONTRATO
El contrato se formalizará mediante la suscripción de un contrato entre las Partes, el cual el proveedor adjudicatario tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles desde la publicación de la Resolución de Adjudicación, para concurrir a firmarlo de lo contrario se procederá a dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación dando paso a la Readjudicación.
La municipalidad a través de la Unidad de Adquisiciones emitirá la orden de compra en forma mensual por la cantidad de días que efectivamente se prestó el servicio, la cual el proveedor deberá “Aceptar” mediante el sitio www.MercadoPúblico.cl
XVII.-RESPONSABLE DEL CONTRATO
La Dirección de Desarrollo Comunitario actuará como Unidad de técnica, para lo cual verificará el Fiel Cumplimiento del Contrato.
XVIII.-CONTACTO
Mediante el foro de consultas del portal www.MercadoPublico.cl
XIX.- CUMPLIMIENTO
El cumplimiento de la totalidad del servicio adjudicado por parte del oferente será supervisado por la directora Dideco, quien al efecto emitirá un certificado de recepción conforme una vez realizado el servicio contratado.
XX.- MULTAS
La municipalidad podrá decidir la aplicación de sanciones, por deficiencia o infracciones, en razón de la falta de cumplimiento por parte del adjudicado de cualquiera de las obligaciones asumidas bajo las presentes bases.
La municipalidad, a través del Jefe(a) de Gabinete, quien actuará como control, supervisará el bien a contratar.
Los procedimientos generales para el tratamiento o corrección de deficiencias o infracciones serán los siguientes:
1) Multa por no cumplimiento de los servicios dentro del plazo ofertado:
(Según su plazo ofertado) 2% del valor total del contrato, por cada día de atraso en la realización del servicio
2) Multa por otros incumplimientos contractuales y/o de las Bases:
1% del valor total del contrato, por incumplimiento detectado, informado por Jefe(a) de Gabinete.
Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en pesos, moneda nacional.
En caso que los incumplimientos señalados en las letras a), b) precedentes se repitan en un segundo evento o superen el tope máximo de Multa que asciende al 15% del valor del contrato, la Municipalidad podrá poner término al contrato de acuerdo a lo señalado en el artículo Sobre letra a) de estas Bases, informando del incumplimiento a www.mercadopúblico.cl.
XXI.- DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE MULTAS
− Advertida que sea la infracción por parte del Jefe(a) de Gabinete y aplicada que sea la multa impuesta a título de sanción de acuerdo a lo señalado en el artículo de las Multas de las presentes Bases, se notificará al adjudicado por escrito (vía correo electrónico a través del mail registrado por el proveedor o por carta certificada), quien tendrá un plazo de 05 días hábiles a partir de la notificación para reclamar de ella ante la Dirección de Desarrollo Comunitario, para lo cual deberá formular presentación escrita de sus descargos junto a los antecedentes que estime, documentos todos que serán ingresados en la oficina de partes de la Municipalidad de Laja.
− Deducida que sea la reclamación, la Dirección de Desarrollo Comunitario previo informe de la Jefa de Gabinete de la Municipalidad de Laja, deberá resolver en un plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha de su presentación por parte del oferente adjudicado, y se pronunciará sugiriendo al Señor Alcalde confirmar o mantener la sanción, o bien, reducir el monto de la misma, siendo la autoridad edilicia quien se pronuncie, para lo cual se dicta al efecto el respectivo decreto alcaldicio.
− La reclamación se resolverá en única instancia, quedando firme la resolución que al efecto adopte el Señor Alcalde.
− Las multas no apeladas, o apeladas y resueltas se harán efectivas en el pago de la factura correspondiente.
− Mientras se esté conociendo de la apelación no se cursará ningún estado de pago al contratado.
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XXII.- RESPALDO
Se deberá mantener un archivo digital de toda nota, entrevista o publicación que se efectúe en virtud del presente Contrato, no así aquellas que sean retransmitidas, el cual se deberá mantener por un plazo máximo de 5 años desde la fecha de publicación.
XXIII.-DE LA MODIFICACIÓN O DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N°19.886, por las siguientes causas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
− Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.
− Las modificaciones podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total.
− En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución fundada que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.
− Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, facultando a la Municipalidad de Laja para poner término anticipado del contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la Periodista de la Municipalidad de Laja o quien la reemplace:
▪ Incumplimiento en el pago de las multas.
▪ Incumplimiento de las especificaciones técnicas de calidad ofrecidas por el adjudicatario en la oferta.
▪ La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a las que se hubiere comprometido en su oferta.
▪ Acumulación de multas por sobre el 15% del valor total del Contrato.
▪ Aplicación de multas hasta los topes en ellas establecidos.
− Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el procedimiento establecido en las presente bases.
− Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad de Laja pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.