BASES ADMINISTRATIVAS
“CONTRATAR SERVICIO DE PRODUCCIÓN ACTIVIDAD FIESTA DE LA VENDIMIA LAJA 2024
ARTÍCULO 1°: ANTECEDENTES GENERALES.
1.1 Individualización unidad mandante
NOMBRE : MUNICIPALIDAD DE LAJA
REPRESENTANTE LEGAL : ROBERTO QUINTANA INOSTROZA
TELÉFONO : (043)2524600
HORARIO DE ATENCION DE PUBLICO : LUNES A VIERNES DE 08:30 A 13:30 HRS.
1.2.-Antecedentes Generales
La Municipalidad de Laja, requiere Contratar Servicio de Producción Actividad Fiesta de la Vendimia Laja 2024.
La Fiesta de la Vendimia 2024 es una actividad destinada a preservar las antiguas costumbres nacionales campestres, además de brindar un sustento económico para las familias, agrupaciones sociales, pequeños emprendedores y productores vitivinícolas que participan de esta festividad. Se contempla una serie opciones recreativas y de entretención para los asistentes, entre las que destacan juegos populares, competencias, presentaciones folclóricas, rancheras, muestra gastronómica típica y de artesanía. Los recursos destinados para su desarrollo se enmarcan en el programa Reconstrucción y Reactivación Económica de Laja Post Incendios Forestales 2023 CÓDIGO BIP 40050743-0, iniciativa presentada por la Municipalidad de Laja y adjudicada por el Gobierno Regional del Biobío
1.3 -Participantes
Los proponentes del rubro que deseen participar del proceso deberán presentar una oferta relacionada con el servicio de Producción de Eventos, de acuerdo a los requerimientos técnicos establecidos en las Bases, el cual es indispensable para dar cumplimiento con la actividad municipal
- Fecha de Actividad: 13 de Abril de 2024
- Lugar: Sector Sede Social Curaco Las Toscas- Laja Región del Biobío
- Horario: 09:00 a 23:45 hrs
No se aceptarán ofertas que no cumplan con lo solicitado.
1.4. Modalidad de licitación y adjudicación:
La modalidad de licitación es de adjudicación simple, sin intereses ni reajustes.
1.5. Cronograma de la Licitación
ETAPA
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PERIODO
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Fecha de Publicación
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1 día
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Fecha Inicio de Preguntas
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1 día desde la fecha publicación del llamado a licitación
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Visita a Terreno
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No hay
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Fecha de Publicación de Respuestas
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2 días desde cierre de preguntas
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Fecha de Cierre Recepción de Ofertas
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10 días desde la fecha publicación del llamado a licitación rebajado con informe a 5 días
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Fecha de Acto de Apertura
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1 día cierre de recepción de ofertas
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Fecha de Adjudicación
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5 días desde del acto de apertura
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ARTÍCULO 2°.: DE LAS ESPECIFICACIONES DE LO REQUERIDO
1. ACTIVIDAD: FIESTA DE LA VENDIMIA
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Ítem
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Requerimientos
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Artistas
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Artístico
- Se requiere la presentación de 05 grupos de carácter local, regional y nacional, con duración de una hora y media de presentación, según la siguiente distribución:
Sábado 13 de Abril
- Primer Bloque: Presentación de un grupo folclórico de carácter local o regional.
- Segundo Bloque: Grupo o Solista Ranchero de carácter local o regional.
- Tercer Bloque: Grupo Ranchero de carácter local o regional.
- Cuarto Bloque: Grupo Ranchero o Tropical de carácter local o regional.
- Quinto Bloque: Grupo o Solista Ranchero de carácter nacional o regional, que haya participado en festivales de alta convocatoria idealmente transmitidos por televisión, a lo menos un álbum producido bajo sello discográfico y repertorio musical disponible en plataformas como Youtube o Spotify, adjuntar documentos que acrediten la trayectoria del artista junto a imágenes de actividades en las que haya sido contratado para otras actividades similares ( curriculum-boletas de honorarios, órdenes de compra, etc…)
- Se solicita que cada grupo entregue "carta de compromiso" a cada productora o Productor asegurando la presentación el día y fecha indicada.
- Se requiere la contratación de animador local, con actitud y prestancia en el escenario, además de poseer experiencia en fiestas costumbristas (acreditar en el rubro)
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- REQUISITOS TÉCNICOS DEL SERVICIO Y OTROS
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AUDIO
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1. . Audio
- 12 Sistemas Line Array
- 01 Consola Digital
- 01 Procesador digital
- 02 Sub Bajos activos
- 02 Micrófono inalámbrico Sennheiser
- 02 Multipar Digital S16
- 01 Computador para música ambiental
- 16 Pedestal con boom, Set Clamp LP
- 24 Micrófonos Shure SM58 SM-57
- 01 Set de Microfonos Shure (Bateria)
- 20 Cajas directas radial Pro, Dbx
- 50 Cables XLR
- Extensiones de energía para escenario.
- 02 Técnico sonidista y asistente escenario
2. Iluminación
- 01 Parrilla Frontal 6x12 original certificada
- 01 Parrilla Contra 6x12 original certificada
- 08 Cob 200 W
- 10 Moviles Sharpy 7R
- 01 Maquina humo HAZZER
- 01 Mixer digital iluminación
- 16 Par led RGBW 56x3 w
- 04 Mini brut 4 blinder
3. Sonido Monitores
- 06 monitores MRS X12 activos
- 01 Side fill L C/pedestal
- 01 Side fill R C/pedestal
4. Pantalla Led
- 01 Pantalla Led P.3 Full HD (3x2 Mts.)
- 01 Switch digital
- 02 cámaras Full HD
- El proveedor debe suministrar Generador Insonoro de mínimo 40 KVA de potencia, trifásico, conexión a tierra, con deseable certificación actualizada, emitida por organismo competente (SEC), para proporcionar energía tanto a la presentación de artistas, iluminación, sonido, prestadores de servicios del evento (cocinerías, cervecerías, stand) e iluminación general de la carpa. Si posee certificado emitido por SEC, debe adjuntar en documentación.
5. Otros
- El proveedor oferente debe considerar la contratación de 05 baños químicos para el desarrollo de la actividad. El proveedor de baños debe poseer Resolución Sanitaria y adjuntar certificado.
- El proveedor oferente debe considerar dejar la suma de $ 500.000 pesos en efectivo el día del evento para premios en las categorías en las cuales se realizarán competencias propias de la actividad
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-El oferente debe indicar características técnicas ofertadas en Anexo Técnico Nº2
En caso que la Municipalidad por algún inconveniente requiera modificar las fechas o el lugar de ejecución del servicio de producción, se le comunicará al adjudicatario para realizar el o los cambios de mutuo acuerdo con 48 horas de anticipación.
ARTÍCULO 3º.: REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR DE OFERTA
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas.
ARTÍCULO 4º.: DE LOS ELENCOS
La productora debe presentar cartas de compromiso de los artistas y animador a presentarse en la fecha y lugar requerido, estos deberán ser subidos en su oferta. Si no se presentan se declara fuera de Bases la oferta.
ARTÍCULO 5º.: DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación que estará conformada 3 funcionarios municipales designados por Decreto Alcaldicio.
La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas recibidas y el cumplimiento de los demás requisitos legales y/o reglamentarios, a contar de la fecha de apertura de la propuesta.
PONDERACIÓN DE CRITERIOS GENERALES:
Cerrado el proceso de publicación en el portal Mercado Público se abrirán las ofertas y se procederá a evaluar bajo los siguientes criterios.
La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases
CRITERIO DE EVALUACIÓN
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FACTOR
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PRECIO DE LA OFERTA
El Puntaje para los oferentes se calculará de la siguiente manera, siendo 100 el puntaje máximo a optar:
Puntaje = (precio mínimo ofertado/Precio Oferta)*100
Precio oferta evaluada
El precio de la oferta se considera aquel que el proveedor haya ingresado en su ficha de postulación del portal.
La Municipalidad de Laja, se reserva el derecho de rechazar la(s) propuesta(s) que su oferta económica supere(n) el presupuesto disponible indicado en las presentes Bases.
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30%
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Experiencia en actividades similares
EXPERIENCIA ACREDITADA
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PUNTAJE
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Acredita 3 ó más años (adjudicaciones de similares características, contratos, orden de compra, certificados)
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100 puntos
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Acredita menos de 3 años hasta 1 año
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30 puntos
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Acredita menor a 1 año
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20 puntos
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No acredita
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0 puntos
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15%
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CALIDAD
OFERTA TECNICA (ANEXO Nº2)
(debe indicar características técnicas, no se considerarán ofertas que sólo indiquen las frases “de acuerdo a lo solicitado”, entre otras
Propuesta Óptima: contempla todos los requerimientos de iguales o similares características técnicas (iluminación y amplificación) a lo indicado. La propuesta de producción, parrilla de grupos y otros servicios solicitados cumple según el perfil indicado en los requerimientos
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100 puntos
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No indica, propuesta técnica o no contempla la totalidad de los requerimientos solicitados o de inferiores especificaciones técnicas se declarará fuera de Bases
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0 puntos
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Características mínimas especificadas en artículo Nº 2 de las presentes bases administrativas de licitación.
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50%
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CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES
(se consideraran sólo los Antecedentes Administrativos)
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PUNTAJE
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Cumple con todos los documentos exigibles en los plazos requeridos, antes del cierre
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100 puntos
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Cumple con aclaración en el plazo señalado en el Foro Inverso ( posterior al cierre)
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60 puntos
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No cumple con la totalidad de los documentos solicitados o No Informa, se declarará fuera de Bases
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0 puntos
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➢ Se refiere a adjuntar anexo Nº 1 Identificación del oferente.
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5%
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ARTÍCULO 6º.: APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente licitación se regirá exclusivamente por estas bases administrativas de licitación, anexos, documentos de consulta y aclaraciones, si los hubiere, así como por toda la restante documentación complementaria, además del contenido de la propuesta aceptada, que se entiende forma parte de las referidas bases.
Una vez adjudicada la licitación, todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorias y se entenderá que forman parte de las presentes bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena
ARTÍCULO 7º.: ANTECEDENTES
Adjunto a estas bases administrativas se entregan:
Formatos de anexos números uno y dos que se deben adjuntar obligatoriamente al momento de materializar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO 8º.: FORMAS DE CONTRATAR
La Municipalidad requiere Contratar Servicio De Producción Actividad Fiesta De La Vendimia Laja 2024.
Según la propuesta del oferente adjudicado, ajustada a las exigencias establecidas en las bases de licitación y mediante el pago del valor licitado.
Los valores indicados en la oferta deben tener considerados todos los costos que implique esta contratación.
ARTÍCULO 9º.: INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.
Para la interpretación de las bases administrativas y los demás antecedentes de la licitación se hará de acuerdo lo determine la comisión respectiva y podrá considerar el siguiente criterio y orden:
1) Documentación de consultas y aclaraciones, si lo hubiera.
2) Bases administrativas y sus anexos.
3) Normativa Vigente que regula el tipo de operación motivo de esta licitación.
4) Contrato suscrito entre el proveedor adjudicado y la Municipalidad de Laja.
ARTÍCULO 10º.: DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales y/o jurídicas, cuya actividad tenga relación con el servicio a proveer que motiva esta licitación y que se encuentren inscritas en el Registro de la plataforma del Mercado Público en calidad de proveedores del rubro respectivo y habilitadas para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento.
Así también, en conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº19.886, no haber sido condenado por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o por delitos concursales establecidos en el artículo 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presente oferta.
Los interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl.
El idioma español regirá para todo el proceso de licitación, para todos los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el Portal deberá ser en Word, Excel, JPG o PDF.
ARTÍCULO 11º.: CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Las consultas sobre los antecedentes de esta licitación deberán formularse en el portal Mercado Público.
La Municipalidad de Laja, a través del portal dará respuesta a las consultas recibidas mediante “Documento de Consulta y Aclaraciones”, en el día definido en el cronograma de licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.
No se aceptará ni se responderá ningún tipo de consulta telefónica, vía fax, correo electrónico u otro mecanismo informal.
ARTICULO 12°: MODIFICACIONES A LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.MercadoPublico.cl . Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
ARTÍCULO 13º.: FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO
La Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja cuenta con un presupuesto disponible de: $15.000.000 con Impuesto Incluido Fondos en Administración Municipal.
La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases, así como las ofertas que NO adjunten anexo Técnico Nº2 obligatorio.
ARTÍCULO 14º.: CONOCIMIENTO DE LAS BASES
Todo oferente deberá leer cuidadosamente las bases de esta licitación y en su presentación de oferta declara que las conoce y acepta en todos sus términos, lo que quedará materializado por el solo hecho de presentar propuesta.
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las bases y antecedentes y se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad de Laja en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico.
ARTÍCULO 15º.: DE LAS OFERTAS
Las ofertas deben ser presentadas a través de la página web que la Dirección de Compras Públicas dispone para estos efectos (www.mercadopublico.cl), dentro de los plazos y términos que estas bases disponen, la que deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles.
La oferta Económica deberá ser presentada según formato del portal “Comprobante de Oferta” en moneda de circulación legal.
Las ofertas de los proponentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria.
ARTÍCULO 16º.: DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar obligatoriamente los siguientes antecedentes en formato digital. (Obligatorios).
- Antecedentes en el portal:
Administrativos
Deberá contener los siguientes antecedentes:
- Identificación completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. (Anexo Nº 1)
- Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar obtenido de Registro Proveedores de www.mercadopublico.cl
⮚ En caso de ser persona jurídica, además debe adjuntar:
● Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente del representante legal.
(En el caso de contar con el documento en su Ficha del proveedor del portal ChileProveedores, y este cuente con la vigencia, no es necesario adjuntarlo por cuanto se extrae desde dicha página).
⮚ En caso de ser persona natural, además debe adjuntar:
● Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente.
- Anexo Técnico Económico Nº2) :
La oferta Económica, se deberá ingresar en el portal Mercado Público según ficha de postulación del “Comprobante de oferta”.
La oferta Técnica económica debe contener el monto neto de la oferta, en moneda de circulación legal, según formato del Portal Mercado Público.
● Consideraciones:
a) Todos los anexos solicitados deberán ser escaneados e ingresados a la página del portal.
b) Se consideran válidamente recibidos los antecedentes que el proveedor oferente tenga incluidas en su Ficha del Proveedor del registro del portal de ChileProveedores y que se encuentren vigentes de acuerdo a los plazos señalados en las presentes bases de licitación (según lo establecido en Decreto N°250, Capítulo IV Licitación Pública, Artículo N°20, Tercer Inciso).
c) El proveedor que al momento de la evaluación de su oferta, no cumpla con TODOS los anexos y documentos TÉCNICOS, será declarado fuera de bases, por cuanto no es posible efectuar consultas de aclaraciones por estos antecedentes.
ARTÍCULO 17º.: VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al mantenimiento de las mismas durante un plazo de al menos 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de apertura de propuesta.
Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
ARTÍCULO 18º.: SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo e incluido el financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones impuestas en las Bases Administrativas y toda la documentación restante que rige esta licitación.
ARTÍCULO 19º.: DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Se realizarán a través de la página web www.mercadopublico.cl, en la forma, fecha, lugares y horarios establecidos en estas bases y en el cronograma de licitación.
ARTÍCULO 20º.: DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
El acto de apertura de la propuesta será en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl y se realizará de acuerdo a los plazos establecidos en dicho portal, en dependencias de la Municipalidad de Laja, con domicilio en Balmaceda N°292, comuna de Laja, en presencia de la comisión encargada de su evaluación.
Sólo se tomarán en consideración para evaluación, las propuestas que hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el cronograma de licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.
Atendida las características de los procesos licitatorios en el portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representante de los oferentes en el acto de apertura de propuestas.
ARTÍCULO 21º.: SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES (ERRORES U OMISIONES DETECTADAS DURANTE LA EVALUACIÓN)
La Municipalidad de Laja podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Municipalidad de Laja podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Debiendo el oferente entregar dicho antecedente dentro de un plazo no mayor a 48 horas.
Los oferentes que no acompañen toda la documentación al momento de la apertura de las ofertas serán evaluados con menor puntaje en el criterio de evaluación relativo al cumplimiento de requisitos formales si acompañaren dicha documentación al serle solicitada.
ARTÍCULO 22º.: DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATE
En el caso de existir igualdad en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:
- Calidad de la Oferta Técnica 50%
- Precio Oferta 30%
- Experiencia 15%
- Cumplimiento de los Requisitos Formales 5%
De mantenerse el empate, se tendrá en consideración aquella oferta que ingresó antes en www.mercadopublico.cl
ARTÍCULO 23º.: DE LA ADJUDICACIÓN
La comisión de evaluación, presentará al Sr. Administrador Municipal, un informe de la evaluación obtenida y la sugerencia correspondiente.
Sólo se adjudicará al oferente que haya ingresado los antecedentes de acuerdo a las bases que rigen este llamado, en forma digital, o en el foro de “Aclaraciones Ofertas”.
En el caso que el proveedor adjudicado se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento, la Municipalidad de Laja podrá adjudicar, no adjudicar o readjudicar derechamente a otro oferente del proceso, sin necesidad de efectuar nuevo llamado o declarar desierto el proceso licitatorio.
Por lo anterior, sin perjuicio que un proveedor se encuentre inhábil al momento de presentar su oferta, éste deberá encontrarse habilitado para contratar a la fecha de adjudicación. (Se considera plazo suficiente para subsanar casos de inhabilidad 03 días hábiles siguientes a la fecha de apertura de ofertas), si no es así, se re-adjudicará
derechamente a otro oferente del proceso que se encuentre habilitado para ser contratado.
La Municipalidad de Laja se reserva el derecho de declarar desierta, no adjudicar esta licitación pública y/o rechazar todas las ofertas, revocar licitación, ello mediante la emisión de resolución fundada, que se informará a través del portal de Mercado Público.
ARTÍCULO 24º.: FECHA DE ADJUDICACIÓN
Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases de licitación para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl , la cual no podrá exceder los 10 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
ARTÍCULO 25º.: RE-ADJUDICACIÓN
La Municipalidad de Laja podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
1) Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta.
2) Si el adjudicatario no entrega los productos o servicios dentro del plazo comprometido en su oferta.
3) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley de compras o en virtud de la ley N° 20.393 o del artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211, de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
ARTÍCULO 26º. : DEL CONTRATO
− Una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldício, se comunicará a través del portal, el contrato se materializará por medio de la emisión de la orden de compra respectiva por la parte contratante, emitida a través del portal mercado público y la aceptación por parte del adjudicado a través del mismo medio. Lo anterior atendiendo a que se trata de bienes de simple y objetiva especificación.
Los oferentes no adjudicados también serán notificados a través del sistema.
ARTÍCULO 27º.: DE LA SUBCONTRATACIÓN:
El oferente adjudicado NO podrá traspasar el contrato suscrito con la Municipalidad de Laja a otra persona sea natural o jurídica o efectuar un subcontrato del mismo.
El adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones contratadas con la Municipalidad en virtud del contrato y las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.
ARTÍCULO 28º.: DE LA ENTREGA DEL SERVICIO DE PRODUCCION
La entrega del Servicio de Producción se deberá realizar de acuerdo a las fechas indicadas en la Bases. En caso que la Municipalidad por algún inconveniente requiera modificar las fechas del servicio producción se le comunicará con un plazo de 48 horas al adjudicatario para realizar el o los cambios de mutuo acuerdo
ARTÍCULO 29º.: PLAZOS
El adjudicado deberá dar cumplimiento estricto a los plazos señalados en el artículo 1º de las presentes Bases y/o los plazos propuestos y adjudicados al proveedor contratado, ello para los efectos de dar cumplimiento al contrato Servicio De Producción Actividad Fiesta De La Vendimia Laja 2024.
El incumplimiento de los plazos señalados precedentemente dará motivo para que la Municipalidad de Laja pueda aplicar las sanciones que se establecen en el artículo Nº 32 de las presentes bases.
ARTÍCULO 30º.: OBLIGACIONES DEL OFERENTE
Será obligación del Oferente dar cumplimiento a su oferta con sujeción estricta a las presentes bases y a la demás reglamentación que regula el tipo de operación.
ARTÍCULO 31º.: DEL CUMPLIMIENTO
El cumplimiento de la totalidad del servicio de producción adjudicado por parte del oferente será supervisado por la Directora Dirección Desarrollo Comunitario y/o Profesional de Dideco, No será causal eximente del cumplimiento de las obligaciones del adjudicado el hecho que el personal contratado por éste se declare en huelga legal o ilegal, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. En todo caso el oferente deberá arbitrar las medidas oportunamente para que el bien o servicio contratado se cumpla.
ARTÍCULO 32º.: DE LAS DEFICIENCIAS Y MULTAS
La Municipalidad podrá decidir la aplicación de sanciones, por deficiencia o infracciones, en razón de la falta de cumplimiento por parte del adjudicado de cualquiera de las obligaciones asumidas bajo las presentes bases.
La Municipalidad, a través de la Directora Dirección Desarrollo Comunitario y/o Profesional de Dideco, quien actuará como control, supervisará los servicios.
Los procedimientos generales para el tratamiento o corrección de deficiencias o infracciones serán los siguientes:
a) Multa por no cumplimiento de los plazos en la entrega o instalación:
Será equivalente al 2% del valor respectivo al total de la orden de compra emitida por cada día de atraso.
b) Multa por entrega de servicio con especificación técnica o materialidad distintos a los ofertados:
Será equivalente al 2% del valor total de la orden de compra, ello sin perjuicio de dar cumplimiento al contrato, entregando el producto ofertado y adjudicado.
c) Multa por otros incumplimientos contractuales y/o de las Bases:
Será equivalente al 3% del valor total del contrato por incumplimiento detectado, informado por la Directora Dirección Desarrollo Comunitario y/o Profesional de Dideco.
Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en pesos, moneda nacional.
El tope máximo de multa es de hasta el 20% del valor total del Contrato, superando dicho monto se trata de un incumplimiento grave a las obligaciones del contrato.
ARTÍCULO 33º.: DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE MULTAS
− Advertida que sea la infracción por parte del Encargado de la Licitación y aplicada que sea la multa impuesta a título de sanción de acuerdo a lo señalado en el artículo 32º de las presentes Bases, se notificará al adjudicado por escrito (vía correo electrónico a través del mail registrado por el proveedor en su anexo Nº1 o por carta certificada), quien tendrá un plazo de 05 días hábiles a partir de la notificación para reclamar de ella ante la Directora DIDECO, para lo cual deberá formular presentación escrita de sus descargos junto a los antecedentes que estime, documentos todos que serán ingresados en la oficina de partes del Municipio de Laja.
− Deducida que sea la reclamación, la Directora DIDECO previo informe del Encargado del Programa, deberá resolver en un plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha de su presentación por parte del oferente adjudicado, y se pronunciará sugiriendo al Señor Alcalde confirmar o mantener la sanción, o bien, reducir el monto de la misma, siendo la autoridad edilicia quien se pronuncie, para lo cual se dicta al efecto el respectivo decreto alcaldicio.
− La reclamación se resolverá en única instancia, quedando firme la resolución que al efecto adopte el Señor Alcalde.
− Las multas no apeladas, o apeladas y resueltas se harán efectivas en el pago de la factura correspondiente.
− Mientras se esté conociendo de la apelación no se cursará ningún estado de pago al contratado.
ARTÍCULO 34º.: DE LA MODIFICACIÓN O DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N°19.886, por las siguientes causas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que no existan incumplimientos contractuales.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
− Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.
− En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución fundada que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.
− Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, facultando a la Municipalidad de Laja para poner término anticipado del contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por el Funcionario Encargado de la Unidad Adquisiciones o quien la reemplace:
▪ Incumplimiento en el pago de las multas.
▪ Incumplimiento de las especificaciones técnicas de calidad ofrecidas por el adjudicatario en la oferta.
▪ La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a las que se hubiere comprometido en su oferta.
− Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el procedimiento establecido en el artículo 34° de la presente bases.
− Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes.
− Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad de Laja pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
ARTÍCULO 35º.: DEL PAGO
− El pago se efectuará en un plazo de 30 días contados desde la presentación de la factura correspondiente en un solo estado de pago por orden de compra emitida y contra la recepción conforme de recepción de los productos.
− Se entenderá por fecha de presentación de la factura aquella en que el proveedor contratado haga entrega de la totalidad de la documentación requerida para el pago.
− La Municipalidad de Laja, a través de su Departamento de Administración y Finanzas, pagará la factura debidamente visada por la Directora de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja o quien le reemplace.
ARTÍCULO 36º.: DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para los efectos de proceder al pago de la factura, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la siguiente documentación:
− Facturas correspondientes a nombre de:
✔ Municipalidad de Laja
✔ RUT: 69.170.300-2,
✔ Dirección: Balmaceda N°292 Laja.
− Orden de Compra aceptada por el proveedor.
− Certificado de Recepción Conforme emitido por la Directora Dideco.
− Las multas por atrasos y deficiencias encontradas, si las hubiere.
− Al momento de retirar el documento de pago (cheque), deberá entregar cuarta copia Cuadruplicado cobro ejecutivo
− El proveedor adjudicado tendrá que enviar factura al correo finanzas@munilaja.cl
ARTÍCULO 37º.: JURISDICCIÓN, DOMICILIO, LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de los artículos de las presentes Bases Administrativas, será sometida al acuerdo de las partes y en caso de no existir acuerdo, será sometida al conocimiento y resolución de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Laja, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia.
En todos los casos será aplicable la Legislación Chilena que se presume conocida por las partes.