BASES ADMINISTRATIVAS
“CONTRATO SUMINISTRO PARA PROVEER CANASTAS DE ALIMENTOS”
I.-ANTECEDENTES GENERALES
La municipalidad de Laja, llama a Licitación Pública para suscribir un Contrato de Suministro para proveer Canastas de Alimentos 2020, para ser entregadas a usuarios de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
II.- DE LOS PARTICIPANTES
Los oferentes, personas Naturales o jurídicas, deben presentar una oferta técnica relacionada con la provisión de canastas de alimentos confeccionadas, según archivos adjuntos en Bases (propuesta 1 y propuesta 2).-
III.-DEL REQUERIMIENTO
La Municipalidad de Laja, firmará un Contrato de Suministro entre las partes con un oferente o empresa, a contar del mes de Febrero al 31 de Diciembre del 2020, que regirá desde la fecha de la firma del Contrato.
El Contrato consiste en proveer de Canastas de Alimentos, las cuales deberán ser proporcionadas en caja de cartón resistente al peso de los productos no perecibles que la componen, según documento anexo con detalle de alimentos (1 y 2).
El oferente o empresa deberá velar por la entrega oportuna de las mercaderías integrantes de la canasta de acuerdo al Contrato de Suministro.
Además deberá indicar el tiempo de respuesta en caso de cambios al realizar la entrega se visualizan alimentos en mal estado (rotura de bolsa, etc), debido al transporte u otro factor.
Las canastas deberán ser entregadas en la dirección de Calle Balmaceda N° 292 Laja
El oferente o empresa adjudicada deberá dar fiel cumplimiento al Contrato según lo estipulado en este.
La Municipalidad una vez firmado el Contrato procederá a generar Ordenes de Compras de los respectivos casos sociales a través del sitio www.MercadoPúblico.cl , la cual el oferente o empresa adjudicataria deberá aceptar.
El oferente o empresa deberá facturar una vez entregada la totalidad de las canastas de acuerdo a Orden(es) de Compra(s) emitida(s) por el sitio www.MercadoPúblico.cl.
El oferente o empresa deberá nombrar un coordinador del Contrato de Suministro, el que deberá ser informado en el formulario adjunto en las presentes Bases.
IV.- REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas
V.- ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Los antecedentes legales para poder ser contratado, solo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en Chileproveedores.
No se aceptará, por lo tanto la entrega de dichos antecedentes mediante modalidad de soporte papel.
VI.- ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACION
Los plazos de esta Licitación estarán dados según lo determina en forma automática el portal www.MercadoPúblico.cl., indicados en el punto 3 de la ficha de postulación.
VII.-CONDICIONES DEL PAGO
El pago de esta actividad se efectuará previa entrega de las Canastas de Alimentos en conformidad e ingresada la respectiva factura en la oficina de Partes, (la cual deberá adjuntar la 4ta copia Cedible), con pago máximo estipulado por Ley de 30 días.
VIII.- PRESUPUESTO PARA LA ACTIVIDAD
Los recursos para esta compra están contemplados en el presupuesto municipal 2020, por un monto total de $ 52.500.000 impuesto incluido.
IX.- GARANTIAS EN SOPORTE PAPEL
1) GARANTIA DE LA SERIEDAD DE LA OFERTA.
Para garantizar la seriedad de sus ofertas, todos los proponentes deberán entregar una garantía (documento extendido por una institución financiera) por un monto de $ 100.000, la cual deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Laja R.U.T. 69.170.300-2, pagadera a la vista e irrevocable y de cobro rápido, tomada por uno o varios integrantes del oferente, con una vigencia hasta 30 días corridos siguientes de la fecha de Adjudicación de la licitación, no se aceptarán garantías emitidas a favor del oferente por parte de terceros. El documento deberá ser entregado físicamente e ingresado en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Laja, independiente por el medio que se envíe. El proveedor será responsable de ingresar el documento de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas.
El plazo de la recepción de este documento será hasta el día del cierre de la licitación, en horario de atención de Lunes a Viernes de 08:30 a 13:30 horas.
Esta garantía se otorgará para caucionar la Seriedad de la Oferta y de todas las obligaciones que imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, en caso de que el proveedor se desista de su oferta independiente por el medio que lo informe, no firma el contrato, la no entrega de los antecedentes requeridos de acuerdo con las presentes Bases, en caso de presentación de una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error. De igual forma, la no inscripción en Chileproveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes Bases, facultará a la entidad licitante a materializar el cobro de dicha garantía.
En el caso de presenter un documento a la Vista deberá ir acompañando con un documento en format word, en el cual venga expreso un texto con lo siguiente. “Para garantizar la Seriedad de la Oferta Licitación ID 3734-6-LP20 “Contrato Suministro de Canastas de Alimentos”.
La devolución de las garantías de seriedad de aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, se efectuará dentro de 10 días hábiles desde la total tramitación de la resolución.
El proveedor que presente más de una propuesta deberá presentar una garantía de la Seriedad de la Oferta por cada una de ellas.
La no presentación de la garantía de la seriedad de la oferta de acuerdo a las condiciones establecidas en las Bases Administrativas facultará a la Municipalidad para rechazar la(s) propuesta(s) en el Acto de Apertura Electrónica.
Toda devolución de garantía deberá ser solicitada al Sr. Alcalde por escrito o mail ingresado en la Oficina de Partes, en la cual se debe indicar los antecedentes de la garantía a devolver, luego para retirar el documento en el Municipio deberá acreditar con presentación de la Cédula de Identidad en caso de ser persona Natural que irá acompañado de una Declaración Jurada Simple y en caso de de tratarse de persona Jurídica deberá presentar un poder Notarial de representante de la Sociedad.
2) GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Para garantizar el fiel cumplimiento del respectivo contrato, el proveedor contratado deberá presentar una garantía (Documento financiero) por un monto del 5% del valor total del contrato , pagadera a la vista, irrevocable y de cobro rápido, tomada por uno o varios integrantes del oferente, con una vigencia de 60 días corridos desde el término del contrato, no se aceptarán garantías emitidas a favor del oferente por parte de terceros.
La garantía deberá ser entregada por el el oferente o empresa adjudicataria, físicamente e ingresada en la Oficina de Partes, dentro de un plazo máximo a la firma de la fecha del contrato Notarial ( 7 días hábiles) contado desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación totalmente tramitada en horario de 08:30 a 13:30 hrs.
El documento debe ser extendido a nombre de la Municipalidad de Laja R.U.T. 69.170.300-2, que deberá ir acompañado con un documento en el cual venga expreso un texto con lo siguiente “Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato” Licitación ID 3734-6-LP20 “Contrato Suministro de Canastas de Alimentos”.
Si la empresa no presenta Ia garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se dará como desistida su oferta podrá ser causal para dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación. En este caso a Municipalidad podrá Ilamar a una nueva Licitación o aceptar Ia segunda oferta mejor evaluada del siguiente proponente y proceder a hacer efectiva la garantía de la Seriedad de la Oferta por vía administrativa.
En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen las presentes Bases de Iicitación, se procederá al término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Toda devolución de garantía deberá ser solicitada al Sr. Alcalde por escrito o mail ingresado en la Oficina de Partes, en la cual se debe indicar los antecedentes de la garantía a devolver, luego para retirar el documento en el Municipio deberá acreditar con Cédula de Identidad si es el Representante Legal de la empresa y al no ser el representante deberá presentar un poder Notarial de representante de la Sociedad.
En el caso que se solicite el envío del documento por vía correo certificado el interesado deberá asumir los costos de envío e indicar en su solicitud que se hace responsable ante cualquier pérdida o extravío, excluyendo al Municipio de toda responsabilidad
X.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de adjudicación para esta acción están determinados por los siguientes elementos:
Oferta económica 50%
PUNTAJE= Precio mínimo ofertado/precio oferta x100 x%
Propuesta Técnica 25%
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PUNTAJE
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Propuesta contempla todo el requerimiento solicitado y de igual características y especificaciones técnicas (marcas, formato, gramajes, etc)
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100 puntos
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Propuesta contempla todo o parte del requerimiento solicitado de similares características y especificaciones técnicas requeridas (otras marcas, formatos, gramajes, etc)
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20 puntos
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No informa o no presenta propuesta técnica, se declarará fuera de Bases, rechazándose en la Apertura electrónia de las propuestas informadas.
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Plazo de entrega 20%
PUNTAJE= Plazo mínimo ofertado/plazo oferta x100 x%
No indica plazo de entrega se le asignará 0 puntos
Cumplimiento de los Requisitos Formales 5%.
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PUNTAJE
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Cumple con todos los documentos exigibles
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100 puntos
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Cumple con aclaración en el plazo establecido
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50 puntos
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No presenta la documentación en el plazo establecido, se declarará fuera de Bases.
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El oferente o empresa deberá adjuntar la Resolución sanitaria de acuerdo al rubro, la cual deberá subir escaneada en los archivos adjuntos de la licitación, que formarán parte del criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
XI.- COMISION DE EVALUACION.
La comisión de Evaluación de ofertas es Ia encargada de analizar y priorizar las propuestas. Ella estará constituida por:
Directora de Dideco
Profesional Dideco
Encargado de Adquisiciones
En caso de no encontrarse el titular, asistirá el subrogante.
Al finalizar este proceso, la comisión entregara un informe técnico con las evaluaciones respectivas de cada oferente al Sr. Alcalde para su aprobación, el cual procederá a dictar la Resolución de Adjudicación.
XII.-CONSULTAS Y ACLARACIONES
Las consultas o aclaraciones requeridas por los interesados podrán ser enviadas mediante el foro de consultas del portal www.MercadoPublico.cl dentro del plazo definido.
La Municipalidad de Laja, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores y no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Los oferentes o empresas tendrán un plazo máximo de 48 hrs para responder lo solicitado por Ia I. Municipalidad de Laja, considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
XIII.- DE LA ADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación presentará al Alcalde, una nómina de los proponentes ordenados de acuerdo a Ia evaluación obtenida por cada uno de ellos en base a: Monto de Ia oferta y requerimientos, etc. El Alcalde se pronunciará respecto de Ia propuesta de Ia Comisión, tras lo cual se dictará el Decreto Alcaldicio correspondiente para su adjudicación, notificándose por medio del portal www.MercadoPublico.cl.
La Municipalidad de Laja declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos, condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en Ia normativa de Compras Públicas y en las presentes Bases Administrativas.
La entidad licitante podrá, además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones (valor total de su propuesta económica ingresada de los Items 1 y 2), establecidos en las presentes Bases Administrativas, a través de una Resolución que será publicada en www.MercadoPublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
XIV.- Re Adjudicación
Si el respectivo adjudicatorio se desiste, de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar la licitación.
XV.- FECHA DE ADJUDICACIÓN
Si por cusas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las Bases Administrativas para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.MercadoPublico.cl.
XVI.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”.
Si aplicando la formula anterior aun persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Propuesta Técnica”.
De persistir el empate, se adjudicara al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de entrega”.
De persistir el empate, se adjudicara al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese primero ingresado su oferta en el portal www.MercadoPúblico.cl
XVII.-DEL CONTRATO
La Municipalidad de Laja, firmará un Contrato de Suministro Notarial entre las partes con el oferente o empresa adjudicataria por el periodo Febrero a Diciembre del 2020, que regirá desde la fecha de la firma del Contrato.
El oferente o empresa adjudicada tendrá un plazo máximo de 07 días hábiles desde la Notificación de Adjudicación para concurrir a la firma del Contrato de Suministro Notarial de lo contrario se entenderá el desestimiento de éste, dando lugar a poder readjudicar a la segunda oferta más conveniente de acuerdo al Acta de Evaluación, lo cual facultará a la Municipalidad para ejecutar vía administrativa el cobro de la garantía de la Seriedad de la Oferta.
El oferente o empresa adjudicada deberá dar fiel cumplimiento al Contrato según lo estipulado en este.
El adjudicatario deberá contemplar el costo de gastos Notariales que incurra en la firma del Contrato de Suministro.
XVIII.-AUMENTO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Laja, podrá aumentar la adquisición de Canastas de Alimentos hasta un 30% del monto total adjudicado, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria correspondiente año 2020, debiendo el adjudicatario conservar las condiciones y precios establecidos en el contrato firmado entre las partes.
XIX.-TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Convenio de Suministro podrá terminarse anticipadamente por la Municipalidad de Laja, sin derecho a indemnización, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Resciliación o mutuo acuerdo de las partes
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución parcial, sin que exista alguna causa de responsabilidad por el incumplimiento, lo que le genera a la entidad contratante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
Si los representantes o el personal dependiente del adjudicatario no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
Registrar a contar de los 6 meses de vigencia del Convenio de Suministro, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Aplicación de sanción de cancelación de autorización de funcionamiento vigente, cursada por la autoridad sanitaria correspondiente.
En todos los casos señalados anteriormente, no opera indemnización alguna para el adjudicatario.
XX.- FACTORING
En caso de celebrar el proveedor un contrato de Factoring, este deberá notificar a la Municipalidad de Laja mediante la Dirección de Administración y Finanzas, dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, adjuntando la información a través de Oficina de Partes. Así mismo la empresa de factoring deberá tomar las providencias necesarias y oportunas de notificación a este mandante, a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura. La Municipalidad no se obliga al pago del factoring en caso de existir obligaciones y/o multas pendientes del proveedor. No obstante lo anterior, el proveedor deberá avisar, previamente, que tiene la necesidad de Factorizar la Factura
XXI.-MULTAS POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LAS CANASTAS
a) Por cada día de atraso, respecto del plazo ofertado y contratado para la entrega de las canastas cuando corresponda, el proveedor deberá pagar una multa del 2/1000 del valor neto total de la Orden de Compra emitida (independiente que el adjudicatario entregue una cantidad parcial a lo requerido).
b) Esta multa será aplicada por la Unidad Técnica por vía administrativa y se descontará del pago respectivo. Si el proveer vuelve a incurrir en cobro de multas (con un máximo de 3 multas) por concepto de atraso, se procederá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
c) Para efectos del cálculo de días sujetos a multas, se considerará como atraso la diferencia existente entre el plazo efectivo de recepción de las canastas y el contratado como fecha de entrega.
e) El proveedor No estará afecto a multa si la Dirección solicitante en común acuerdo con este solicita la entrega en una fecha distinta a la fecha pactada en el contrato de acuerdo a las necesidades del servicio, situación que será solicitada mediante un Correo Electrónico u Ordinario dirigido al proveedor, emanado de la Dirección de Desarrollo Comunitario o de la Unidad de Adquisiciones.
XXII.- APELACIONES A SANCIONES O MULTAS
Toda multa podrá ser apelada por el proveedor dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la multa. Esta apelación deberá ser por escrito y dirigida a la Comisión Evaluadora. La apelación deberá ser resuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de ésta, por los funcionarios integrantes de la Comisión Evaluadora del respectivo proceso licitatorio con resolución del Sr. Alcalde y en su ausencia quien le subrogue.
El resultado de dicha apelación será comunicada al proveedor por escrito o mail Institucional.
Existiendo alguna apelación pendiente, no se pagará la adquisición de canastas hasta que dicho recurso sea resuelto.
XXIII.-DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº 67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22. Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectaran a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuara con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
a. En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
b. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.8866.
c. Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores
XXIV.-CONTACTO
Mediante el foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl