BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN
ADQUISICIÓN LOCOMOCION COLECTIVA
BECAS TRANSPORTE 2023
ARTÍCULO 1°.: ANTECEDENTES GENERALES.
1.1 Individualización unidad mandante
NOMBRE : MUNICIPALIDAD DE LAJA
REPRESENTANTE LEGAL : ROBERTO QUINTANA INOSTROZA
TELÉFONO : (043)2524600
HORARIO DE ATENCION DE PUBLICO : LUNES A VIERNES DE 08:30 A 13:30 HRS.
1.2. Generalidades
La Municipalidad de Laja, llama a Licitación Pública la adquisición de pasajes para locomoción colectiva, que van en apoyo a los estudiantes de la Comuna de Laja, con buen rendimiento académico y deficiente situación socioeconómica.
Los oferentes, personas Naturales o Jurídicas deben tener la capacidad para presentar una oferta relacionada con la provisión de la totalidad de los pasajes de locomoción colectiva en una sola entrega, de acuerdo a especificaciones indicadas en la presente licitación.
Antes de confeccionar la oferta, leer cuidadosamente las Bases Administrativas, sus anexos y demás documentación que rigen las presentes Bases.
No se aceptarán ofertas que no cumplan con lo solicitado.
1.3. Modalidad de licitación y adjudicación:
La modalidad de licitación es de adjudicación simple, sin intereses ni reajustes.
1.4. Cronograma de la Licitación
ETAPA
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PERIODO
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Fecha de Publicación
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1 día
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Fecha Inicio de Preguntas
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1 día desde la fecha publicación del llamado a licitación
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Visita a Terreno
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No hay
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Fecha de Publicación de Respuestas
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2 días desde cierre de preguntas
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Fecha de Cierre Recepción de Ofertas
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10 días desde la fecha publicación del llamado a licitación
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Fecha de Acto de Apertura
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1 día cierre de recepción de ofertas
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Fecha de Adjudicación
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10 días desde del acto de apertura
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REQUERIMIENTO:
Producto
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Cantidad
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Detalle
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Pasajes
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18.780
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Pasaje ida y vuelta con recorrido Laja - Los Angeles
(impresos en soporte papel y en talonarios de 100 Unidades c/u)
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Pasajes
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2.488
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Pasaje ida y vuelta con recorrido Laja a Concepción
(impresos en soporte papel y en talonarios de 100 Unidades c/u)
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La empresa u oferente del rubro que provisione los pasajes de locomoción colectiva, deberá contar con oficina y salidas constantes de acuerdo a los requerimientos, teniendo presente que las salidas son desde la Comuna de Laja a otras ciudades.
Los pasajes proporcionados deberán tener una vigencia por el año 2023 y 2024.
Las ofertas ingresadas que no cumplan con los requerimientos y condiciones indicadas en los criterios de evaluación facultarán a la Municipalidad de Laja para declarar fuera de Bases su propuesta.
Nota: El proveedor adjudicado deberá mantener las siguientes consideraciones indicadas a continuación.
1.- Considerar reservar asientos a lo becados recorrido laja Concepción y Concepción Laja.
2.- Los pasajes adquiridos el año 2023 de traslado a Los Ángeles son de libre uso tanto por Santa Fé como por Pte. Perales.
3.- Que los alumnos no están obligados a ir a boletería para hace uso de su pasaje, estos pueden ser recibidos de forma directa por el chofer de la máquina dentro del trayecto.
ARTÍCULO 3º.: DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación que estará conformada 3 funcionarios municipales designados por Decreto Alcaldicio
La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas recibidas y el cumplimiento de los demás requisitos legales y/o reglamentarios, a contar de la fecha de apertura de la propuesta.
PONDERACIÓN DE CRITERIOS GENERALES:
Cerrado el proceso de publicación en el portal Mercado Público se abrirán las ofertas y se procederá a evaluar bajo los siguientes criterios.
La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases.
CRITERIO DE EVALUACIÓN
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FACTOR
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PRECIO DE LA OFERTA
El Puntaje para los oferentes se calculará de la siguiente manera, siendo 100 el puntaje máximo a optar:
Puntaje = Precio mínimo ofertado /Precio Oferta X 100
Precio oferta evaluada
El precio de la oferta se considera aquel que el proveedor haya ingresado en su ficha de postulación del portal.
La Municipalidad de Laja, se reserva el derecho de rechazar la(s) propuesta(s) que su oferta económica supere(n) el presupuesto disponible indicado en las presentes Bases
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60%
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CALIDAD
OFERTA TECNICA (ANEXO Nº2)
(debe indicar características técnicas, no se considerarán ofertas que sólo indiquen las frases “de acuerdo a lo solicitado”, “equivalente” o “similares”, entre otras
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PUNTAJE
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Posee oficina y recorridos desde Laja-Los Angeles y viceversa y salidas desde Laja-Concepción y viceversa
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100 puntos
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Posee oficina en otra Comuna y recorridos desde otra ciudad, se declarará fuera de Bases.
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No informa o no indica propuesta técnica, se declarará fuera de Bases
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Características mínimas especificadas en artículo Nº 2 de las presentes bases administrativas de licitación.
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35%
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CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES
(se consideraran sólo los Antecedentes Administrativos)
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PUNTAJE
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Cumple con todos los documentos exigibles en los plazos requeridos, antes del cierre
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100 puntos
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Cumple con aclaración en el plazo señalado en el Foro Inverso ( posterior al cierre)
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60 puntos
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No cumple con la totalidad de los documentos solicitados o No Informa, se declarará fuera de Bases
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Se refiere a adjuntar anexo Nº 1 Identificación del oferente.
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5%
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ARTÍCULO 4º.: APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente licitación se regirá exclusivamente por estas bases administrativas de licitación, anexos, documentos de consulta y aclaraciones, si los hubiere, así como por toda la restante documentación complementaria, además del contenido de la propuesta aceptada, que se entiende forma parte de las referidas bases.
Una vez adjudicada la licitación, todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorias y se entenderá que forman parte de las presentes bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.
ARTÍCULO 5º.: ANTECEDENTES
Adjunto a estas bases administrativas se entregan:
Formatos de anexos números uno y dos que se deben adjuntar obligatoriamente al momento de materializar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl
ARTÍCULO 6º.: FORMAS DE CONTRATAR
Según la propuesta del oferente adjudicado, ajustada a las exigencias establecidas en las bases de licitación y mediante el pago del valor licitado.
Los valores indicados en la oferta deben tener considerados todos los costos que implique esta contratación.
ARTÍCULO 7º.: INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.
Para la interpretación de las bases administrativas y los demás antecedentes de la licitación se hará de acuerdo lo determine la comisión respectiva y podrá considerar el siguiente criterio y orden
1) Documentación de consultas y aclaraciones, si lo hubiera.
2) Bases administrativas y sus anexos.
3) Normativa Vigente que regula el tipo de operación motivo de esta licitación.
4) Contrato suscrito entre el proveedor adjudicado y la Municipalidad de Laja.
ARTÍCULO 8º.: DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales y/o jurídicas, cuya actividad tenga relación con el servicio a proveer que motiva esta licitación y que se encuentren inscritas en el Registro de la plataforma del Mercado Público en calidad de proveedores del rubro respectivo y habilitadas para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento.
Así también, en conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº19.886, no haber sido condenado por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o por delitos concursales establecidos en el artículo 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presente oferta.
Los interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl.
El idioma español regirá para todo el proceso de licitación, para todos los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el Portal deberá ser en Word, Excel, JPG o PDF.
ARTÍCULO 9º.: CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Las consultas sobre los antecedentes de esta licitación deberán formularse en el portal Mercado Público.
La Municipalidad de Laja, a través del portal dará respuesta a las consultas recibidas mediante “Documento de Consulta y Aclaraciones”, en el día definido en el cronograma de licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.
No se aceptará ni se responderá ningún tipo de consulta telefónica, vía fax, correo electrónico u otro mecanismo informal.
ARTICULO 10°: MODIFICACIONES A LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.MercadoPublico.cl . Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
ARTÍCULO 11º.: FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO
La Municipalidad de Laja cuenta con un presupuesto disponible para la adquisición de: $ 50.000.000 Fondos Municipales.
La Municipalidad en el acto de Apertura rechazará la(s) oferta(s) que superan el presupuesto disponible, declarándolas fuera de Bases
ARTÍCULO 12º.: CONOCIMIENTO DE LAS BASES
Todo oferente deberá leer cuidadosamente las bases de esta licitación y en su presentación de oferta declara que las conoce y acepta en todos sus términos, lo que quedará materializado por el solo hecho de presentar propuesta.
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las bases y antecedentes y se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad de Laja en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico.
ARTÍCULO 13º.: DE LAS OFERTAS
Las ofertas deben ser presentadas a través de la página web que la Dirección de Compras Públicas dispone para estos efectos (www.mercadopublico.cl), dentro de los plazos y términos que estas bases disponen, la que deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles.
La oferta Económica deberá ser presentada según formato del portal “Comprobante de Oferta” en moneda de circulación legal.
Las ofertas de los proponentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria.
ARTÍCULO 14º.: DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar obligatoriamente los siguientes antecedentes en formato digital. (Obligatorios).
- Antecedentes en el portal:
Administrativos
Deberá contener los siguientes antecedentes:
- Identificación completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. (Anexo Nº 1)
- Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar obtenido de Registro Proveedores de www.mercadopublico.cl
⮚ En caso de ser persona jurídica, además debe adjuntar:
● Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente del representante legal.
(En el caso de contar con el documento en su Ficha del proveedor del portal ChileProveedores, y este cuente con la vigencia, no es necesario adjuntarlo por cuanto se extrae desde dicha página).
⮚ En caso de ser persona natural, además debe adjuntar:
● Fotocopia simple Cédula de Identidad vigente.
- Anexo Técnico Económico Nº2) :
La oferta Económica, se deberá ingresar en el portal Mercado Público según ficha de postulación del “Comprobante de oferta”.
La oferta Técnica económica debe contener el monto exento de la oferta, en moneda de circulación legal, según formato del Portal Mercado Público.
● Consideraciones
a) Todos los anexos solicitados deberán ser escaneados e ingresados a la página del portal.
b) Se consideran válidamente recibidos los antecedentes que el proveedor oferente tenga incluidas en su Ficha del Proveedor del registro del portal de ChileProveedores y que se encuentren vigentes de acuerdo a los plazos señalados en las presentes bases de licitación (según lo establecido en Decreto N°250, Capítulo IV Licitación Pública, Artículo N°20, Tercer Inciso).
c) El proveedor que al momento de la evaluación de su oferta, no cumpla con TODOS los anexos y documentos TÉCNICOS, será declarado fuera de bases, por cuanto no es posible efectuar consultas de aclaraciones por estos antecedentes.
ARTÍCULO 15º.: VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al mantenimiento de las mismas durante un plazo de al menos 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de apertura de propuesta.
Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
ARTÍCULO 16º.: SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo e incluido el financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones impuestas en las Bases Administrativas y toda la documentación restante que rige esta licitación.
ARTÍCULO 17º.: DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Se realizarán a través de la página web www.mercadopublico.cl, en la forma, fecha, lugares y horarios establecidos en estas bases y en el cronograma de licitación.
ARTÍCULO 18º.: DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
El acto de apertura de la propuesta será en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl y se realizará de acuerdo a los plazos establecidos en dicho portal, en dependencias de la Municipalidad de Laja, con domicilio en Balmaceda N°292, comuna de Laja, en presencia de la comisión encargada de su evaluación.
Sólo se tomarán en consideración para evaluación, las propuestas que hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el cronograma de licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.
Atendida las características de los procesos licitatorios en el portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representante de los oferentes en el acto de apertura de propuestas.
ARTÍCULO 19º.: SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES (ERRORES U OMISIONES DETECTADAS DURANTE LA EVALUACIÓN)
La Municipalidad de Laja podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Municipalidad de Laja podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Debiendo el oferente entregar dicho antecedente dentro de un plazo no mayor a 48 horas.
Los oferentes que no acompañen toda la documentación al momento de la apertura de las ofertas serán evaluados con menor puntaje en el criterio de evaluación relativo al cumplimiento de requisitos formales si acompañaren dicha documentación al serle solicitada.
ARTÍCULO 20º.: DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATE
En el caso de existir igualdad en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:
- Precio Oferta
- Propuesta Técnica
- Cumplimiento Requisitos Formales
De mantenerse el empate, se tendrá en consideración aquella oferta que ingresó antes en www.mercadopublico.cl
ARTÍCULO 21º.: DE LA ADJUDICACIÓN
La comisión de evaluación, presentará al Sr. Administrador Municipal, un informe de la evaluación obtenida y la sugerencia correspondiente.
Sólo se adjudicará al oferente que haya ingresado los antecedentes de acuerdo a las bases que rigen este llamado, en forma digital, o en el foro de “Aclaraciones Ofertas”.
En el caso que el proveedor adjudicado se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento, la Municipalidad de Laja podrá adjudicar, no adjudicar o readjudicar derechamente a otro oferente del proceso, sin necesidad de efectuar nuevo llamado o declarar desierto el proceso licitatorio.
Por lo anterior, sin perjuicio que un proveedor se encuentre inhábil al momento de presentar su oferta, éste deberá encontrarse habilitado para contratar a la fecha de adjudicación. (Se considera plazo suficiente para subsanar casos de inhabilidad 03 días hábiles siguientes a la fecha de apertura de ofertas), si no es así, se re-adjudicará
derechamente a otro oferente del proceso que se encuentre habilitado para ser contratado.
La Municipalidad de Laja se reserva el derecho de declarar desierta, no adjudicar esta licitación pública y/o rechazar todas las ofertas, revocar licitación, ello mediante la emisión de resolución fundada, que se informará a través del portal de Mercado Público.
ARTÍCULO 22º.: FECHA DE ADJUDICACIÓN
Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases de licitación para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl , la cual no podrá exceder los 10 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
ARTÍCULO 23º.: RE-ADJUDICACIÓN
La Municipalidad de Laja podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
1) Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta.
2) Si el adjudicatario no entrega los productos o servicios dentro del plazo comprometido en su oferta.
3) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley de compras o en virtud de la ley N° 20.393 o del artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211, de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
ARTÍCULO 24º. : DEL CONTRATO
− Una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldício, se comunicará a través del portal, el contrato se materializará por medio de la emisión de la orden de compra respectiva por la parte contratante, emitida a través del portal mercado público y la aceptación por parte del adjudicado a través del mismo medio. Lo anterior atendiendo a que se trata de bienes de simple y objetiva especificación.
Los oferentes no adjudicados también serán notificados a través del sistema.
ARTÍCULO 25º.: DE LA SUBCONTRATACIÓN:
El oferente adjudicado NO podrá traspasar el contrato suscrito con la Municipalidad de Laja a otra persona sea natural o jurídica o efectuar un subcontrato del mismo.
El adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones contratadas con la Municipalidad en virtud del contrato y las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.
ARTÍCULO 26º.: DE LA ENTREGA DE LOS PASAJES
La entrega de los pasajes debe de acuerdo al requerimiento de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
ARTÍCULO 27º.: PLAZOS
El adjudicado deberá dar cumplimiento estricto a los plazos señalados en el artículo 3º de las presentes Bases y/o los plazos propuestos y adjudicados al proveedor contratado, ello para los efectos de dar cumplimiento al contrato de adquisición de Pasajes de Locomoción Colectiva Becas Transporte 2023
El incumplimiento de los plazos señalados precedentemente dará motivo para que la Municipalidad de Laja pueda aplicar las sanciones que se establecen en el artículo Nº 34 de las presentes bases.
ARTÍCULO 28º.: OBLIGACIONES DEL OFERENTE
Será obligación del Oferente dar cumplimiento a su oferta con sujeción estricta a las presentes bases y a la demás reglamentación que regula el tipo de operación.
ARTÍCULO 29º.: DEL CUMPLIMIENTO
El cumplimiento de la totalidad de los pasajes adjudicados por parte del oferente será supervisado por la Directora Dideco y/o Profesional de la Dirección de Desarrollo Comunitario, No será causal eximente del cumplimiento de las obligaciones del adjudicado el hecho que el personal contratado por éste se declare en huelga legal o ilegal, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. En todo caso el oferente deberá arbitrar las medidas oportunamente para que el bien o servicio contratado se cumpla.
ARTÍCULO 30º.: DE LA MODIFICACIÓN O DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N°19.886, por las siguientes causas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que no existan incumplimientos contractuales.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
− Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo.
− En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución fundada que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.
− Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, facultando a la Municipalidad de Laja para poner término anticipado del contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por el Funcionario Encargado de la Unidad Adquisiciones o quien la reemplace:
▪ Incumplimiento en el pago de las multas.
▪ Incumplimiento de las especificaciones técnicas de calidad ofrecidas por el adjudicatario en la oferta.
▪ La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a las que se hubiere comprometido en su oferta.
▪ Acumulación de multas por sobre el 5% del valor total del Contrato.
▪ Aplicación de multas hasta los topes en ellas establecidos.
− Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el procedimiento establecido en el artículo 30° de la presente bases.
− Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
− Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad de Laja pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
ARTÍCULO 31º.: DEL PAGO
− El pago se efectuará en un plazo de 30 días contados desde la presentación de las facturas correspondientes en un solo estado de pago por orden de compra emitida y contra la recepción conforme de recepción de los productos.
− Se entenderá por fecha de presentación de las facturas aquellas en que el proveedor contratado haga entrega de la totalidad de la documentación requerida para el pago.
− La Municipalidad de Laja, a través de su Departamento de Administración y Finanzas, pagará la factura debidamente visada por la Directora de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Laja o quien le reemplace.
− La empresa adjudicada deberá enviar factura a correo electrónico facturas@munilaja.cl
ARTÍCULO 32º.: DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para los efectos de proceder al pago de la factura, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la siguiente documentación:
− Facturas correspondientes a nombre de:
✔ Municipalidad de Laja
✔ RUT: 69.170.300-2,
✔ Dirección: Balmaceda N°292 Laja.
− Orden de Compra aceptada por el proveedor.
− Certificado de Recepción Conforme emitido por la Directora Dideco.
− Las multas por atrasos y deficiencias encontradas, si las hubiere.
− Al momento de retirar el documento de pago (cheque), deberá entregar cuarta copia Cuadruplicado cobro ejecutivo
ARTÍCULO 33º.: JURISDICCIÓN, DOMICILIO, LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de los artículos de las presentes Bases Administrativas, será sometida al acuerdo de las partes y en caso de no existir acuerdo, será sometida al conocimiento y resolución de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Laja, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia.
En todos los casos será aplicable la Legislación Chilena que se presume conocida por las partes.