BASES ADMINISTRATIVAS
1. GENERALIDADES
La Municipalidad de Laja llama a Licitación
Pública, a través del portal Mercado Público, para contratar un profesional
competente que estará a cargo de la Asesoría a la Inspección técnica del
proyecto F.N.D.R “CONSTRUCCIÓN DE ACERAS E
ILUMINACIÓN Y ACCESO EN AV. LOS RÍOS, LAJA”.
UNIDAD
TÉCNICA Y MANDANTE: I. Municipalidad de Laja.
FINANCIAMIENTO: F.N.D.R.
Obra civil de acuerdo a
licitación pública ID 3735-7-LR20.
De esta manera se invita a
participar a los profesionales que cumplan los requisitos definidos en estas
bases administrativas. Es parte integrante de estas bases el
convenio de transferencia de recursos del FNDR entre el Gobierno Regional de la
Región del Bío Bío y la Municipalidad (adjunto).
Definición del cargo de Asesor
al Inspector Técnico de obra: Es el profesional competente que el municipio designa para asesorar al
ITO municipal en sus tareas de fiscalizar y supervisar la correcta ejecución de
un contrato de construcción, en este caso de este proyecto y sus obras
asociadas. Como profesional competente esta afecto a las obligaciones y
deberes del inspector técnico de la obra (ITO) indicadas en el art. 143 de la Ley
General de Urbanismo y Construcción.
El Asesor al Inspector Técnico
dependerá administrativamente del Director de Obras municipales o a quien este
designe.
El profesional tendrá que
velar por el fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución de las obras
de acuerdo a especificaciones técnicas planos, bases, contrato, aclaraciones y
normas técnicas. Deberá realizar informes mensuales de avance físico y
financiero del proyecto, informar al ITO Municipal de cualquier modificación
realizada dentro del proyecto, informe de remesas del mes en proceso de cobro,
presentar respaldo digital e impreso, de toda la información antes detallada y
los antecedentes deben ser visados por el DOM antes de presentar su boleta de
honorarios y otra información que él le solicite. Entre otras tareas.
Dentro de sus funciones deberá
realizar las tareas administrativas y técnicas que la ITO le designe como por
ejemplo; estados de pago, informe de modificación de obras, costo cero,
aumentos, disminuciones de obras, control de carta Gantt, control de personal
(contratos vigentes, finiquitos, subcontratos, elementos de protección personal
y todo lo relacionado para dar cumplimiento a la ley 16744 sobre accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales, de DS 594 sobre condiciones sanitarias y
ambientales de la obra).
2.- Sistema de Contratación: El sistema de contrato es a suma alzada, contrato
a honorarios jornada completa, de lunes a viernes.
Sin perjuicio de que se podrá
poner término cuando se detecte por parte del municipio el no cumplimiento
cabal de este contrato o se detecte faltas administrativas, falta de probidad
y/o incapacidad técnica.
3.- Tiempo de Contrato: El tiempo de duración del contrato será por el periodo de la
ejecución de la obra correspondiente a 12 meses. En caso que la duración de
ejecución de las obras sea superior podrá ampliarse el contrato previa
disponibilidad presupuestaria del GORE BIO BIO y aprobación de la DOM, en
las mismas condiciones.
El empleador se reserva el
derecho de poner término anticipado al presente contrato ante cualquier hecho o
situación que lesione los intereses del municipio, sin ulterior recursos para
el profesional del mismo modo, el profesional podrá poner término anticipado al
contrato, para cuyo efecto deberá comunicarlo al municipio por escrito con
anticipación mínima de 30 días. Del mismo modo se podrá poner término al
contrato cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional
4.- Honorarios: Los honorarios mensuales serán $1.500.000 (valor con retención incluida),
no contempla reajuste. En el caso de que el oferente considere un valor mayor
al presupuesto disponible se rechazará la oferta.
La cancelación de sus
servicios estará sujeta a la disponibilidad presupuestaría del GORE BIO BIO,
por experiencia en los pagos se sugiere que el oferente deberá tener capacidad
económica de 60 días de pago por eventual demora del GORE BIO BIO.
Mensualmente debe presentar:
Boleta de honorarios a
nombre del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío,
Avda. Prat 525, Concepción, RUT 72.232.500-1.
Caratula tipo MOP
Informe emitido por la
Unidad Técnica que apruebe el pago.
El municipio gestiona el pago
mensual con el GORE BÍO BÍO.
5.- Requisitos
generales:
-
Poseer título profesional de: Ingeniero Civil o Ingeniero constructor o
Constructor Civil o Arquitecto. Otra profesión se declarará fuera de bases.
-
Tener conocimiento de computación a nivel de usuario en Word, Internet,
algún software de control de proyecto (project, excel, autocad, etc).
-
El trabajo de inspección técnica es principalmente de terreno por lo que
la persona deberá contar con locomoción propia, celular, cámara fotográfica y
para los trabajos administrativos deberá contar con notebook, conexión a
internet.
-
Deberá contar con elementos de protección personal a su costo (zapato de
seguridad, casco, guante, lentes, protección solar, ropa de trabajo, otros). Lo
que será corroborado en la obra por el ITO.
-
No se evaluarán profesionales que haya tenido incumplimiento de contrato
con la Municipalidad de Laja.
-
Para visación de documentos, informes, libro de obra, otros, se solicita
que el profesional cuente con timbre que indique: nombre y profesión.
6.- Lugar de residencia y horario de trabajo: El asesor a la ITO mientras duren las obras
debiera tener preferentemente residencia en la ciudad de Laja y deberá
dedicarse exclusivamente a este trabajo en su jornada laboral, no pudiendo
tener otra actividad laboral en forma paralela durante el horario de trabajo,
ni menos en que se relacione con la empresa que ejecuta el proyecto.
El profesional deberá
permanecer en las obras y/o terreno y en los trabajos administrativos
correspondientes. Al inicio y término de la jornada de trabajo el profesional deberá
repostarse en la DOM para firmar libro de asistencia diaria, debiendo llevar un
libro de asistencia diaria, si correspondiera.
El profesional deberá
permanecer en la obra, durante su jornada laboral.
Su inasistencia en caso excepcional deberá ser
justificada de forma escrita ante la DOM con el conocimiento de la ITO pudiendo
contar con ½ jornada por mes trabajado dentro del periodo de sus servicios, sin
descuento siempre que cuente con la autorización respectiva previa visación. Si
esta no fuera informada se procederá a los descuentos correspondientes, en
forma administrativa. En caso de incumplimiento reiterativo de sus funciones,
la Municipalidad tendrá las facultades de dar término a la prestación del
servicio, sin que el profesional pretenda indemnización alguna. En primera
opción se readjudicará al segundo mejor evaluado en el proceso de licitación
(si existe y así sucesivamente).
7.- Selección: Para seleccionar a la persona que ocupara el cargo de asesor a la
ITO se formará una comisión estará constituida por 3
funcionarios. Esta comisión emitirá un informe dirigido al alcalde con
un listado de candidatos propuestos, en orden de prioridad de acuerdo al
puntaje de ponderación.
La evaluación del candidato
por parte de la comisión tendrá los siguientes parámetros:
a.- Título profesional (25%
del puntaje total):
|
|
Ingeniero Civil
|
Ingeniero Constructor
|
Constructor Civil
|
Arquitecto
|
|
Puntaje
|
100
|
100
|
70
|
50
|
b.- Experiencia laboral en sector público y privado de obras inspeccionadas (25%
del puntaje total): Nº obras inspeccionadas de obras equivalentes avaladas
por: contratos, certificados u orden de compra. Se entiende que esta experiencia debe ser respaldada
en posesión de su título profesional respectivo.
Puntaje de experiencia = Número de obras
inspeccionadas (oferta que presenta mayor n°) x 100
Número de obras inspeccionadas por oferente
c.- Entrevista personal (50% del puntaje total): Después de analizar los antecedentes
entregados por los profesionales, se realizará una entrevista personal, de
carácter obligatorio, se comunicará vía mail y/o telefónicamente, en la que se
corroborará los antecedentes presentados, el atraso en el horario citado de
parte del postulante y la no asistencia a esta entrevista, será causal de dejar
fuera de bases al postulante.
Los profesionales serán evaluados en esta
entrevista, y se le asignara puntaje según se indica a continuación:
|
CONCEPTO
|
PUNTAJE
|
|
APTO
|
100
|
|
REGULAR
|
50
|
|
NO APTO
|
0
Se desestimará la oferta
|
En el caso de existir igualdad o resolución de
empate en la ponderación de ofertas se seleccionara la oferta en el siguiente
orden:
-
Entrevista.
-
Experiencia.
-
Título profesional.
8.- Consultas: Se recibirán en el Portal Mercado Público en el horario y fecha
definidos en el cronograma de Licitación.
9.- Recepción de antecedentes: Todos los siguientes antecedentes se
deberán presentar en formato digital (escaneados) en el portal
www.mercadopublico.cl.
9.1.
Antecedentes Administrativos en el
portal:
a) Carta de presentación (identidad, dirección, mail,
teléfono, etc).
b) Certificado de título.
c) Fotocopia de cédula de identidad por ambos lados.
d) Curriculum vitae actualizado.
e) Contratos, certificados u orden de compra que Certifiquen experiencia laboral en
sector público y privado de obras inspeccionadas de obras similares. Se entiende que esta experiencia debe ser respaldada
en posesión de su título profesional respectivo.
f) Declaración jurada simple que posee vehículo,
notebook, cámara fotográfica, conexión internet y teléfono celular.
g) Certificado de salud actualizado que indique que
posee salud compatible con el cargo, emitido por un profesional competente.
h) Declaración jurada simple de no haber cesado en
cargo público y no estar afecto a las inhabilidades contempladas en la ley Nº
19.653, Art. 56 sobre probidad administrativa.
i) Certificado de antecedentes vigente.
En caso de que algún oferente omita algún
antecedente administrativo exceptuando documento administrativo letra e) se
declarará fuera de bases la oferta y por ende no será evaluada la oferta.
9.2. Antecedentes Económicos en el portal:
La
Oferta Económica en el portal debe contener el MONTO NETO MENSUAL DE LA
OFERTA, es decir el valor descontado el impuesto o retención, según sea el
caso.
- Oferta Económica (de acuerdo a
Formato adjunto)
La Municipalidad se reserva
el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la Licitación, siempre.
Lo que será comunicado a través del mismo Medio.
10.- Apertura de antecedentes y entrevista: La apertura de antecedentes es electrónica a
través del portal mercado público, se realizará el día y hora señalado en
el Cronograma de Licitación. Con respecto a la entrevista se avisará en forma
telefónica y vía mail a los postulantes que cumplan los requisitos mínimos. Si
algún oferente no llegase se declarará fuera de bases su propuesta.
Si en la apertura de los antecedentes, faltan
documentos que forman parte de los antecedentes administrativos o estos están
incompletos, ilegibles o mal extendidos, en tales casos será declarado fuera de
Bases y por ende no se evaluará la oferta.
Asimismo se deberá regir por
el principio de libre concurrencia de los participantes, consagrado en los
artículos 4° y 6° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos
de Suministro y Prestación de Servicios, persigue considerar las ofertas de
todos los proponentes que han cumplido con los pliegos de condiciones, sin que
por errores sin trascendencia y no esenciales queden fuera de concurso.
La comisión podrá solicitar a
los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectadas
durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido
por el artículo 40º del reglamento de la Ley 19.886, de Compras Públicas, es
decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores.
11.- Plazos: La comisión tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles a contar de
la apertura de antecedentes para realizar el proceso de evaluación curricular
de los candidatos. Los antecedentes serán evaluados y ranqueados, según lo
establecido en la pauta contenida según los criterios de evaluación. Al término
del proceso se debe emitir un acta curricular dejando claramente establecido la
nómina con los rut de los postulantes, el puntaje obtenido y las observaciones
correspondientes. Luego citarlos a entrevista personal, si el informe de la
comisión de evaluación así lo definiera, en horario y fecha a informar a los
candidatos vía mail y/o telefónicamente.
Si luego de la entrevista la
comisión considera que la(s) evaluación(es) arroja competencia(s) deficiente(s)
de él o los candidatos, se declarara desierto el llamado y se procederá a
realizar un nuevo llamado.
12.- De la selección y del contrato: Una vez que el proceso de evaluación culmine
por parte de la comisión, esta remitirá el informe con la propuesta al Sr. Alcalde
y se dictara un decreto alcaldicio y posteriormente se informara mediante el
portal mercado público y algún medio directo a la persona elegida. El
seleccionado tendrá un plazo de 5 días hábiles para firmar el contrato
respectivo, luego de lo cual se entenderá que desiste de su oferta, procediendo
a readjudicar la licitación al segundo mejor evaluado, en el caso que
corresponda.
El adjudicatario deberá tener
inscripción vigente en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del
Estado www.chileproveedores.cl a más tardar dentro de los diez días hábiles
siguientes del acta de adjudicación electrónica y a su vez tendrá que tener
inscripción vigente por el tiempo que dure su contrato.
El municipio le generará
mensualmente una orden de compra por el sistema de compras públicas, la cual
debe ser aceptada por el proveedor y lo que será corroborado antes de la
emisión del pago respectivo.
Luego
de concluido el contrato se realizará una evaluación de desempeño del asesor,
la cual considerará como mínimo los siguientes aspectos: responsabilidad,
asistencia y puntualidad, presencia en terreno, seguimiento administrativo y
técnico, resolución de inconvenientes de obra, entre otros. Dicha evaluación
será considerada para futuros contratos de asistencia realizados por el
Mandante.
13.- De la facultad de readjudicar
El Municipio podrá readjudicar
la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el
puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes
casos:
a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
b) Si el adjudicatario no acredita los requisitos para
contratar con el MUNICIPIO.
c) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con
el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona
los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
d) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro
Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 10 días
hábiles contados desde la adjudicación.
e)
Renuncia
del adjudicatario durante la ejecución de la contratación.
Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de
adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, la municipalidad publicará una
nueva fecha en el portal, informando las razones del atraso.
14.- De la facultad de declarar desierta la licitación
De acuerdo a lo establecido en
el artículo 9 de la Ley de Compras, el Municipio podrá declarar desierta la
licitación cuando no se presentan ofertas, o bien, cuando éstas no resulten
convenientes a sus intereses.
15.- Responsable de la Licitación
El
departamento de SECPLAN es responsable de este proceso de licitación hasta la
firma del contrato respectivo.
16.- Otros
Cualquier otro aspecto no
contemplado en estas bases se determinará en conjunto entre el profesional
contratado y el Municipio.