Licitación ID: 3735-44-LE19
CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LAJA, Secplan
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Consiste en la construcción de red de alumbrado público en sector rural Las Toscas, extensión aproximada 460 ml, considerar proveer e instalar 10 postes de hormigón con distanciamiento entre poste de 50 metros, donde cada poste debe considerar en la oferta proveer e instalar luminarias LED de 80 watts, que funcionara tanto encendido como apagado con un foto sensor, debe considerar caja de tablero con sistema de protección control y fuerza. Además en la misma extensión de 460 ml aprox. debe considerar instalación de red de 220 Volts domiciliaria. La oferta debe considerar declaración SEC y trámites correspondientes ante la distribuidora de energía respectiva FRONTEL. El presupuesto debe incorporar los roces necesarios para el trazado y generar las autorizaciones de terceros que se requieran para la debida construcción y emplazamiento de la obra eléctrica. Todo lo anterior de acuerdo a normativa vigente para este tipo de proyectos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LAJA
Unidad de compra:
Secplan
R.U.T.:
69.170.300-2
Dirección:
Balmaceda 292
Comuna:
Laja
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-12-2019 15:00:00
Fecha de Publicación: 13-12-2019 16:15:24
Fecha inicio de preguntas: 13-12-2019 16:31:00
Fecha final de preguntas: 17-12-2019 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-12-2019 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-12-2019 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-12-2019 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 13-01-2020 17:33:06
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
ENTREGA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: HASTA LAS 13:40 DEL DÍA LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2019, EN OFICINA DE PARTES DE LA MUNICIPALIDAD DE LAJA, UBICADA EN AV. BALMACEDA Nº 292 LAJA. 23-12-2019 13:40:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- a) Identificación Completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. Además, en caso de ser persona jurídica se acompañará el certificado de vigencia de la sociedad, con fecha de emisión no superior a los 60 días y anexar fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad, de acuerdo a formato (ANEXO Nº 1). En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura.
2.- b) Declaración Jurada Simple de acuerdo a formato (ANEXO Nº 2).
3.- c) Documento o certificado en que se indique proyectos de construcción o extensión de alumbrado público ejecutados durante los últimos años (se validaran desde enero del 2010) emitido por algún servicio público o privado, sólo si posee experiencia.
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- La Oferta Económica debe contener el MONTO NETO DE LA OFERTA, según formato del Portal Mercado Público y además debe anexar los siguientes documentos por ítem a ofertar: - Oferta Económica, según formato (ANEXO Nº 3).
2.- - Presupuesto de obra.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del oferente Documento o certificado en que se indique proyectos de construcción o extensión de alumbrado público ejecutados durante los últimos años (se validaran desde enero del 2010) emitido por algún servicio público o privado, sólo si posee experiencia. -Oferta Mayor Nº de documentos u Obras validados: 100 puntos -Las demás ofertas tendrán un puntaje inversamente proporcional al Nº de documentos validados. 10%
2 Cumplimiento De Requisitos Formales Sólo se consideran los antecedentes administrativos -Presentación completa de los requisitos formales: 100 puntos. -Oferente completa antecedentes administrativos omitidos durante las 48 horas desde la solicitud realizada por el foro inverso del portal: 50 puntos. -Oferente no completa los antecedentes administrativos omitidos solicitados por el foro inverso del portal se desestimará la oferta 10%
3 Oferta Económica Puntaje= ((precio mínimo ofertado) / (precio oferta)) x 100 45%
4 Plazo ofertado El oferente que oferte menor plazo de entrega puesta en la Municipalidad de Laja obtendrá el mayor puntaje, según la siguiente formula: P.M (Plazo Menor) *100 = Valor P.E (Plazo evaluado) 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: RECURSOS MUNIPALES
Monto Total Estimado: 15860000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE 15.860.000 VALOR INCLUYE IMPUESTO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DIRECTORA DE ADM. Y FINANZAS - AREL RAMÍREZ DURÁN
e-mail de responsable de pago: finanzas@munilaja.cl
Nombre de responsable de contrato: SECPLAN SUBROGANTE- GISSELA SOTO RUBILAR
e-mail de responsable de contrato: secplan@munilaja.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2524600-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Laja
Fecha de vencimiento: 22-03-2020
Monto: 50000 Peso Chileno
Descripción: La Garantía de la Seriedad de la Oferta, consistirá en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto de al menos $50.000, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T 69.170.300-2 con una vigencia de 90 días a contar del día de apertura de la propuesta. La que se devolverá una vez concluido el proceso de evaluación.
Glosa: La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar expresamente: Para garantizar la seriedad de la oferta de la Licitación Pública CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS. En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
Forma y oportunidad de restitución: La que se devolverá una vez concluido el proceso de evaluación a petición escrita.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Laja
Fecha de vencimiento: 30-06-2020
Monto: 10 %
Descripción: Al momento de suscribir este contrato el oferente adjudicado deberá presentar garantía por el fiel cumplimiento del contrato consistente en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto no inferior al 10% del monto del contrato y deberá tener vigencia igual al plazo o período de ejecución del proyecto, más 90 días corridos, a contar del día de la firma del contrato, tomada a nombre de la Municipalidad de Laja, RUT 69.170.300-2. Fecha de vencimiento referencial dependerá de la fecha de firma del contrato.
Glosa: La glosa en el caso de presentar Boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar expresamente: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS. En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez realizada la recepción provisoria sin observaciones del contrato y a petición escrita.
    Otras Garantías
Beneficiario: I. Municipalidad de Laja
Fecha de vencimiento: 20-11-2020
Monto: 5 %
Descripción: La glosa en el caso de presentar Boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar expresamente: Para garantizar la correcta ejecución de las obra CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS. En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior. Fecha de vencimiento referencial.
Glosa: La glosa en el caso de presentar Boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar expresamente: Para garantizar la correcta ejecución de las obra CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO PÚBLICO SECTOR RURAL LOS CHORRILLOS. En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía se devuelve cuando se proceda a la liquidación final del contrato, a petición escrita.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En el caso de existir igual en la ponderación de ofertas se seleccionara la oferta en el siguiente orden:

-          Oferta económica

-          Plazo ofertado

-          Experiencia de oferente.

-          Cumplimiento de requisitos formales.


__________________________________

                             BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

1.             GENERALIDADES

La Municipalidad de Laja llama a Licitación Pública, a través del portal Mercado Público, para contratar la ejecución del proyecto CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS. 

UNIDAD TÉCNICA Y MANDANTE: MUNICIPALIDAD DE LAJA.

FINANCIAMIENTO: Municipal presupuesto 2019

PRESUPUESTO REFERENCIAL: $15.860.000 IVA INCLUIDO 

      La Propuesta se realizará a suma alzada, sin intereses y sin reajustes.

El presupuesto por partidas entregado por los oferentes tiene carácter referencial, no obstante que las cubicaciones son de responsabilidad de cada oferente.
 

2.             APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas Especiales, archivo kmz con georreferenciación, presupuesto, anexos, Documento de Consultas y Aclaraciones si lo hubiere, además del contenido de la Propuesta aceptada, que se entiende forma parte de las referidas Bases.

 

Una vez adjudicada la Licitación, todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorios y se entenderá que forman parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. 

Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. 

El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el Portal deberá ser en Word, Excel (versión office 2003 o anterior), JPG o PDF, sino cumpliesen con esto quedarán fuera de bases. 

La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases administrativas, será causal suficiente para declarar fuera de bases la propuesta presentada. 

3.             ANTECEDENTES:

Adjunto a estas Bases Administrativas Especiales se entregan:

Anexos para la presentación de oferta 

4.             INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LICITACIÓN

Para la interpretación de los antecedentes de la licitación se regirá el siguiente orden de prelación: 

1)     Documento de Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere.

2)     Bases Administrativas Especiales.

3)     Contrato  

5.             DEL PROYECTO

Consiste en la construcción de red de alumbrado público en sector rural Las Toscas, extensión aproximada 460 ml, considerar proveer e instalar 10 postes de hormigón con distanciamiento entre poste de 50 metros, donde cada poste debe considerar en la oferta proveer e instalar luminarias LED de 80 watts, que funcionara tanto encendido como apagado con un foto sensor, debe considerar caja de tablero con sistema de protección control y fuerza.

Además en la misma extensión de 460 ml aprox. debe considerar instalación de red de 220 Volts domiciliaria.

La oferta debe considerar declaración SEC y trámites correspondientes ante la distribuidora de energía respectiva FRONTEL. El presupuesto debe incorporar los roces necesarios para el trazado y generar las autorizaciones de terceros que se requieran para la debida construcción y emplazamiento de la obra eléctrica. 

Todo lo anterior de acuerdo a normativa vigente para este tipo de proyectos. 

6.             DE LOS PARTICIPANTES

Sin perjuicio de los requisitos establecidos para contratar, podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley de Compras. 

Los interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las Bases Administrativas y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl. 

DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectaran a cada integrante de la UTP individualmente considerado.

En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuara con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente: 


a. En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

b. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 

c. Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.


MODIFICACIONES DE LA UTP: Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.


DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitirá la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. 


TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes:

a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 

b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 

d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

e. Disolución de la UTP. 

Aplicación de Normas de Derecho

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Términos Técnicos y Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación. 

7.             VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de al menos 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta. 

Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. 

8.             SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos estudios, proyecto,  riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas Bases. 

9.             DEL PAGO

El Contratista podrá formular estados de pago mensuales, o cuando se tenga la recepción sin observaciones de los trabajos. 

Para lo anterior tendrá que acompañar la documentación  pertinente, es decir:

a)     Carta solicitud de Contratista

b)    Formulario de detalles de las partidas con nombre y firma del inspector fiscal responsable de la supervisión de la obra.

c)     Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Ley de Subcontratación).

d)    Libro de Obra al día y debidamente firmado.

e)     Al menos 3 Fotografías correspondientes a las obras ejecutadas (tanto digitales como impresas en papel fotográfico a color).

f)     Y otros que la unidad mandate estime conveniente. 

En caso de faltar algún antecedente o efectuarse alguna observación, deberá subsanar la observación o acompañar el antecedente en su caso. Luego, el Contratista podrá presentar la factura correspondiente. 

Factorización de estados de pagos: El contratista tendrá la obligación de informar oportunamente a la municipalidad en caso de factorizar documentos de pago y la municipalidad se reserva el derecho a no cancelar mientras no este cotejada la información correspondiente.

La Municipalidad se reserva el derecho de impugnar la factura, en el plazo de 30 días desde su recepción por oficina de partes municipal. 

Al momento de presentar la factura respectiva, el contratista deberá entregar a la Municipalidad mandante la cuarta copia, en caso que no haya factorizado su pago.  

10.          DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Todos los  siguientes antecedentes se deberán  presentar en formato digital (escaneados) en el portal www.mercadopublico.cl.  

10.1.     Antecedentes Administrativos en el portal:

a)     Identificación Completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. Además, en  caso de ser persona jurídica se acompañará el certificado de vigencia de la sociedad, con fecha de emisión no superior a los 60 días y anexar fotocopia de la Escritura de Constitución  de la Sociedad, de acuerdo a formato (ANEXO Nº 1). En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. 

b)    Declaración Jurada Simple de acuerdo a formato (ANEXO Nº 2).

c)     Documento o certificado en que se indique proyectos de construcción o extensión de alumbrado público ejecutados durante los últimos años (se validaran desde enero del 2010) emitido por algún servicio público o privado, sólo si posee experiencia. 

NOTA: Para los oferentes inscritos en Chileproveedores, los documentos señalados anteriormente, que estén ingresados en el link "Documentos Acreditados" de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link los documentos deben contar con la emisión del documento señalada anteriormente. 

En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de la municipalidad a través por el portal. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición. De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, según lo indicado en los criterios de evaluación. Sin embargo, la no presentación dentro del plazo fatal declarará fuera de bases la oferta. El documento o antecedente requerido deberá tener fecha máxima de formalización el día en que se realiza la apertura de la licitación. 

10.2.     Antecedentes soporte en papel:

La Garantía de Seriedad de la Propuesta original a nombre de la Municipalidad de Laja, por la suma de al menos $50.000 y vigencia al menos 90 días desde la fecha de apertura, indicar contacto del ejecutivo bancario (nombre, fono y mail) para tramitar la autenticidad de la garantía. Esta deberá ser ingresada en un sobre cerrado con el ID de la licitación, nombre del proyecto, e identificación del oferente por oficina de partes del municipio, como máximo hasta las 13:40 horas del día de cierre de recepción de ofertas. 

10.3.     Antecedentes Económicos en el portal:

Se deberá ingresar en el Portal Mercado Público a más tardar el día y horario definido en el Cronograma de Licitación, de acuerdo a formato correspondiente. 

La Oferta Económica debe contener el MONTO NETO DE LA OFERTA, según formato del Portal Mercado Público y además debe anexar los siguientes documentos:

-       Oferta Económica según formato (ANEXO Nº 3).

-       Presupuesto de obra. 

11.          DE LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIÓN DE BASES

Las Consultas sobre los antecedentes de esta Licitación deberán formularse en el portal Mercado Público. 

Las Consultas se recibirán el día definido en el Cronograma de Licitación. No se Aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica, vía fax u otro mecanismo informal. 

La Municipalidad de Laja, a través del Portal dará respuesta a las consultas recibidas mediante el portal, el día definido en el Cronograma de Licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento. 

En atención a lo señalado en el Art. 19 del Reglamento de la Ley 19.886, el municipio podrá realizar modificaciones a las presentes bases de licitación, cuando son aclaraciones otorgando más plazo a los proveedores si se necesita, lo que será aprobado por decreto alcaldicio respectivo. 

El departamento de SECPLAN es responsable de este proceso de licitación hasta la firma del contrato respectivo. 

La Municipalidad se reserva el derecho de: modificar las bases de licitación, ampliar los plazos de la licitación, en tales casos se dictará decreto alcaldicio y se comunicara a través del mismo Medio de lo obrado. 

12.          DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS

Se realizará como máximo en la forma, fecha, lugares y horario establecidos en estas Bases y en el cronograma de licitación. A menos que se produzca la situación definida en el último párrafo del artículo 11. 

13.          DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de antecedentes es electrónica, se realizará el día y hora señalado en el Cronograma de Licitación. 

Si en la apertura de los antecedentes, faltan documentos que forman parte de los antecedentes económicos o estos están incompletos, ilegibles o mal extendidos por el proponente, o si los anexos no se presentan firmados por el proponente o representante legal, no ingreso de la garantía original en el Municipio de seriedad de la oferta, en tales situaciones el proponente será declarado fuera de Bases, y no se evaluará, su Propuesta Económica. 

Sólo se tomarán en consideración para evaluación las Propuestas que hubieren sido válidamente presentadas  hasta la fecha y hora señalada en el Cronograma de Licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá Propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas. 

Con posterioridad a la apertura de los antecedentes administrativos se abrirá la oferta económica del Portal Mercado Público. 

La facultad de declarar fuera de Bases corresponderá a la Comisión de Evaluación, en caso que el incumplimiento referido se detecte durante el proceso de apertura electrónica o con posterioridad a la apertura durante el estudio y análisis detallado de las propuestas presentadas, como por ejemplo el no ingresó formal de la garantía en el plazo estipulado en el cronograma de licitación. 

14.          DE LA  EVALUACIÓN  DE LA OFERTA.

La Comisión de Evaluación se realizará por una comisión formada para tal efecto. 

La Comisión de Evaluación procederá al estudio y  evaluación de las ofertas recibidas, dentro de un plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de apertura de la propuesta. 

Las Pautas de Evaluación que se consideraran en esta licitación serán:

PAUTA DE EVALUACIÓN:

FACTORES A EVALUAR

PONDERACIÓN

Oferta Económica

45%

Experiencia del oferente en proyectos similares

10%

Plazo ofertado

35%

Cumplimiento de requisitos formales

10%

OFERTA ECONÓMICA

Puntaje= ((precio mínimo ofertado) / (precio oferta)) x 100

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Documento o certificado en que se indique proyectos de construcción o extensión de alumbrado público ejecutados durante los últimos años (se validaran desde enero del 2010) emitido por algún servicio público o privado, sólo si posee experiencia.

-Oferta Mayor Nº de documentos u Obras validados: 100 puntos  

-Las demás ofertas tendrán un puntaje inversamente proporcional al Nº de documentos validados. 


PLAZO DE ENTREGA

El oferente que oferte menor plazo de entrega puesta en la Municipalidad de Laja obtendrá el mayor puntaje, según la siguiente formula:

 

P.M  (Plazo Menor) *100 = Valor

P.E (Plazo evaluado) 

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

Sólo se consideran los antecedentes administrativos

REQUISITOS FORMALES

PUNTOS

Presentación completa de los requisitos formales

100

Oferente completa antecedentes administrativos omitidos durante las 48 horas (días hábiles) desde la solicitud realizada por el foro inverso del portal

50

Oferente no completa los antecedentes administrativos omitidos solicitados por el foro inverso del portal se desestimará la oferta 

 

En el caso de existir igual en la ponderación de ofertas se seleccionara la oferta en el siguiente orden:

-          Oferta económica

-          Plazo ofertado

-          Experiencia de oferente.

-          Cumplimiento de requisitos formales. 

La comisión podrá solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectadas durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40º del reglamento de la Ley 19.886, de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. 

La evaluación establecerá un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones. Luego la comisión informará la evaluación de las propuestas al Sr. Alcalde. 

La comisión podrá dejar fuera de Bases a los oferentes que presenten inconsistencias en sus antecedentes o que al revisar la documentación se observen anomalías, falsificaciones o adulteraciones de los mismos. 

15.          DE LA ADJUDICACIÓN

La Comisión de Evaluación, presentará al Sr. Alcalde un acta de evaluación y con la propuesta de adjudicación. 

Sólo se adjudicará la ejecución de la obra, al oferente que haya ingresado los antecedentes de acuerdo a las Bases que rigen este llamado, todos en forma digital, además de ingresar en la Oficina de Partes, el original de la garantía de seriedad de la oferta. 

El Municipio adjudicará la licitación mediante decreto alcaldicio a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación del decreto alcaldicio respectivo en el sitio www.mercadopublico.cl 

Conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886, el Municipio podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las presentas bases; declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en estas bases. 

El Municipio podrá en caso que el adjudicatario se rehúse a suscribir el contrato, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las ofertas y así sucesivamente hasta que no existan proponentes a los cuales adjudicar. En el caso de que no exista una segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación. 

Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza. 

En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación por el sistema de compras. En caso que no lo haga la municipalidad podrá entender desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado según mejor evaluado (si corresponde), y así sucesivamente. 

DE LA FACULTAD DE ADJUDICAR

En los siguientes casos: 

a)     Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.

b)    Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

c)     Si el adjudicatario se desiste de su oferta.

d)    Si el adjudicatario no acredita los requisitos para contratar con el MUNICIPIO.

e)     Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.

f)     Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. 

Fecha de Adjudicación:

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, la municipalidad publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones del atraso. 

16.          CONTRATO

Una vez resuelta la adjudicación se firmará contrato entre las partes posteriormente se procederá, suscripción del Contrato respectivo y a la generación de la orden de compra.

El  contratista   tendrá  un  plazo  de  15  días  hábiles  para  suscribir  el  contrato,  a  partir  de  la  notificación  de  adjudicación  de  la  propuesta.

El contrato se hará si la empresa esta habilitada según lo establecido en la Ley 19.886 y se firmará previa entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Todos los gastos que se originen para la presentación de la Propuesta serán exclusivamente de cargo del Contratista.

El contrato se legalizará ante notario, de cargo del contratista los gastos notariales. 

Si  el  adjudicatario  no  suscribiese  el  contrato  en el  plazo  señalado,  la  Municipalidad  podrá  dejar  sin  efecto  el  Decreto  de  Adjudicación,  en  cuyo  caso  se  hará  efectivo  administrativamente  el  documento  de  garantía  de  “Seriedad  de  la  Oferta”. y se adjudicará a la empresa que resultare segunda en la evaluación y así sucesivamente. En el caso de que no exista una segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación. 

17.          DE LOS SUBCONTRATOS

El Contratista sólo podrá subcontratar parte del proyecto, hasta un 30% del monto del contrato, pero entendiéndose, en todo caso que el Contratista es el único responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato y las presentes Bases.

Toda Subcontratación, deberá ser consultada a la I.T.O. quien podrá autorizar o rechazarla, según corresponda. 

18.          DE LAS GARANTÍAS.

Las garantías serán verificadas su autenticidad mediante consulta a las entidades que las emitan. No se aceptarán garantías tomadas por terceros.

El oferente deberá indicar contacto del ejecutivo bancario (nombre, fono y mail) para tramitar la autenticidad de las garantías indicadas en los puntos 18.1, 18.2 y 18.3. 

18.1.    GARANTÍA DE LA SERIEDAD DE LA OFERTA

La Garantía de la Seriedad de la Oferta, consistirá en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto de al menos $50.000, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T 69.170.300-2 con una vigencia de 90 días a contar del día de apertura de la propuesta. La que se devolverá una vez concluido el proceso de evaluación. 

La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar expresamente: Para garantizar la seriedad de la oferta de la Licitación Pública CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS. 

En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.

18.2.     GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO CONTRATO

Al momento de suscribir este contrato el oferente adjudicado deberá presentar garantía por el fiel cumplimiento del contrato consistente en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto no inferior al 10% del monto del contrato y deberá tener vigencia igual al plazo o período de ejecución del proyecto, más 90 días corridos, a contar del día de la firma del contrato, tomada a nombre de la Municipalidad de Laja, RUT 69.170.300-2. 

La garantía será devuelta una vez realizada la recepción provisoria sin observaciones del contrato y a petición escrita. 

La glosa en el caso de presentar Boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar expresamente: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS. 

En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.

18.3.     GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA.

La Garantía de Correcta Ejecución de las Obras, consistirá en Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T 69.170.300-2. 

Esta boleta debe ser emitida por un monto no inferior al 5% del contrato y deberá tener vigencia al menos de 7 meses, a contar de la fecha de Recepción Provisoria de la obra, la cual se devolverá una vez sancionada por Decreto Alcaldicio la liquidación del contrato. 

La glosa en el caso de presentar Boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar expresamente: Para garantizar la correcta ejecución de las obra CONSTRUCCIÓN ALUMBRADO SECTOR RURAL LAS TOSCAS. 

En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior. 

Retiro de Documentos de garantías

Para solicitar devolución de documentos de garantía el interesado deberá realizar petición escrita.

Luego para retirar el documento en el municipio deberá acreditar con presentación cédula de identidad en caso de ser persona natural. En caso de tratarse de persona jurídica deberá presentar un poder notarial de representante de sociedad para retirar documento cuando el monto sea superior a $250.000.

Cuando sea un monto inferior a $250.000.- se requerirá un poder simple. 

19.          DE LOS PLAZOS.

El plazo máximo de ejecución será de 80 días corridos contados desde el día hábil siguiente a la firma del acta de entrega de terreno, que no podrá ser superior a los 5 días hábiles desde la firma del contrato, cada oferente podrá ofrecer un plazo menor el que no necesariamente será considerado en la evaluación. Si el oferente considera un plazo de ejecución superior a 80 días su oferta se declarará fuera de bases. 

20.          DE LA RECEPCIÓN PROVISORIA.

Una vez terminados los trabajos, el Contratista solicitará por escrito la Recepción Provisoria de la Obra a la I.T.O., solicitud que deberá ser ingresada a la Oficina de Partes. 

El mandante usará o explotará la obra, después de la Revisión Provisoria de la Obra. Sin embargo el Contratista será siempre responsable durante el plazo de la garantía  por la correcta ejecución de la misma, a menos que estos se deban al uso o explotación inadecuada de la obra y deberá repararlos a su costo antes de la fecha del plazo de garantía. 

Será requisito necesario para solicitar la Recepción provisoria presentar los siguientes documentos:

-       Certificado de la Inspección del Trabajo, que acredite no tener deudas pendientes con sus trabajadores por la obra ejecutada en caso de no tener debe presentar la  solicitud del certificado pero el certificado debe ser presentado para el pago correspondiente.

-       Antecedentes SEC y Frontel

-       Libro de Obras debidamente firmado y al día.

-       Y otros que la ITO estime conveniente. 

La recepción de las obras se efectuará por una Comisión compuesta por funcionarios designados por la autoridad competente. 

La Comisión deberá constituirse en la obra en un plazo no superior a 15 días corridos, contados desde la fecha de su designación. 

Una vez verificado por la Comisión, el cabal cumplimiento del contrato, está dará curso a la recepción y levantará un Acta dentro del plazo de 7 días contados del día de la Recepción en Terreno y que será firmada por los miembros asistentes y por el Contratista, si lo desea. Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones en el término de las obras, la fecha que haya indicado la I.T.O.  

Si al momento de la recepción los trabajos tuviesen defectos o detalles fácilmente reparables, o no se ejecutaron de acuerdo a planos y reglas de la técnica, la comisión entregará un plazo adicional con el fin de que se efectúen las reparaciones observadas, este plazo no podrá ser superior al 20% del plazo contratado. Se levantará un Acta con Recepción con las observaciones encontradas y pasado el plazo otorgado se constituirá nuevamente para verificar que estas observaciones fueron subsanadas y procederá a efectuar la recepción provisoria si fuera el caso. 

Si el contratista no subsana las observaciones se procederá administrativamente hacer cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, además se descontará las partidas no ejecutadas proporcionalmente. Con los recursos correspondientes a las partidas no subsanadas se procederá a realizar la contratación de la ejecución de las partidas de acuerdo a lo dispuesto en Ley Nº 19.886 Art. 8 letra b), Si se tratara de contratos que correspondieran a la realización o terminación de un contrato que haya debido resolverse o terminarse anticipadamente por falta de cumplimiento del contratante u otras causales y cuyo remanente no supere las 1.000 unidades tributarias mensuales se puede contratar con dicha excepcionalidad; En caso del remanente supere las 1.000 UTM se realizará contratación por licitación. 

21.          RECEPCIÓN DEFINITIVA.

Se realizará a solicitud del Contratista, transcurrido 6 meses desde la fecha de la Recepción Provisoria y será de responsabilidad del ITO la recepción definitiva, deberá levantar informe respectivo y resguardar que se encuentre vigente la garantía de correcta ejecución de la obra.

El ITO verificará  básicamente durante la Recepción Definitiva de la obra lo siguiente:

a)     La buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa).

b)    La calidad de los materiales empleados (que no se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados). 

Si en el transcurso de este año se verificará deficiencias en los trabajos, atribuibles a la mala o deficiente ejecución de obras, el ITO le comunicará a la empresa en forma escrita, y se le dará un plazo para realizar las reparaciones correspondientes, si no se hicieran o se realizaran en forma deficiente o fuera del plazo entregado, se procederá al cobro administrativo de la Boleta de Garantía por la correcta ejecución de los trabajos. 

22.          RETENCIONES Y ANTICIPOS.

No se consideran. 

23.          LETRERO DE OBRAS.

No se Considera. 

24.          PARALIZACIÓN TEMPORAL, AUMENTO Y/O DISMINUCIONES DE OBRAS Y PLAZOS.

La Municipalidad con el fin de llegar a un mejor término de las obras podrá, en común acuerdo con la empresa contratada, paralizar las obras mediante decreto Alcaldicio con el fin de llevar a un mejor término las obras, la solicitud del contratista debe ser con un mínimo de 10 días de antelación antes de expirar el plazo contractual.

Además podrá solicitar aumento y/o disminuciones de obras y/o plazos si fuera necesario, todo esto en común acuerdo con el Contratista y si hubiesen recursos y/o disponibilidad financiera para ello (cuando corresponda). 

25.          CONOCIMIENTO DE LAS BASES.

Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las Bases y antecedentes, además del terreno, la topografía y abastecimiento de materiales y vialidad de la zona y por el hecho de participar en la Licitación, se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico. 

26.          DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad podrá poner término administrativo y en forma anticipada un contrato sin derecho de indemnización alguna en los siguientes casos: 

a.     Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva o si tratándose de una Empresa lo fuese uno de los socios o en el caso de una Sociedad Anónima, alguno de sus miembros del Directorio o el Gerente.

b.    Si el Contratista fuere declarado en quiebra.

c.     Si el Contratista no concurriere a la Entrega de Terreno, de acuerdo a lo estipulado en las Bases.

d.    Si el Contratista no diere cumplimiento al Programa de Trabajo.

e.     Si el Contratista no acatara órdenes e instrucciones que le dé la supervisión de Obras.

f.     Si la obra se paralice sin causa justificada por un tiempo superior al 20% del plazo de ejecución del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, las Bases podrán fijar un plazo diferente.

g.    Si se produjeren atrasos injustificados ajuicio de la autoridad correspondiente, de un 30% o más con respecto al avance de las actividades consultadas.

h.     Cuando la Municipalidad de común acuerdo con el Contratista resuelve liquidar el contrato.

i.      Si por errores quedaran con defectos graves que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran la seguridad de ellas u obligasen a modificaciones sustanciales del proyecto.

j.      Lo exija el interés público o la seguridad nacional 

En el caso de efectuarse resciliación del contrato, en virtud a la letra h) del orden cronológico que debe seguirse para obtener la Liquidación del Contrato es el siguiente:

1.     Convenir la Liquidación anticipada

2.     Aprobar el Convenio

3.     Recibir las obras inconclusas, y

4.     Una vez hecha la Recepción de las obras inconclusas mediante Acta ratificada por Decreto Alcaldicio, luego se aprobará la Liquidación del Contrato. 

Puesto término anticipado a un Contrato por cualquiera de las causales señaladas en este artículo, salvo la estipulada en la letra h) se cobrarán las garantías y retenciones del contrato en poder del municipio, las que servirán para responder del mayor precio que pueden constar las obras por un nuevo contrato, asimismo, de las multas que corresponda pagar por el atraso que se produzca o cualquier otro perjuicio que resultare para la Municipalidad. 

De igual forma la ITO podrá exigir la separación de la obra cualquier trabajador por insubordinación, desorden, incapacidad, irresponsabilidad u otro motivo justificado, quedando siempre responsable el Contratista de los actos de sus trabajadores dentro de la faena. 

En el caso de muerte del Contratista o del concesionario, el contrato o la concesión quedará resuelto, y se procederá administrativamente a las liquidaciones de los trabajos conforme al avance de las obras y al valor de éstos. 

27.          OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Será obligación del Contratista ejecutar el proyecto con sujeción estricta a las Normativa, plano referencial y demás antecedentes, metodologías y reglamentación respectiva. 

Deberá contar con instalación de faenas la que deberá considerar oficina técnica administrativa y baño para el personal. 

Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas y cada una de las leyes sociales y previsionales que afecten a las personas que trabajen en la realización de los trabajos contratados. 

El Contratista responderá de fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo de las Leyes sobre Medicina Preventiva y Curativa, sobre Accidentes del Trabajo y enfermedades profesionales y en general de toda la legislación social y previsional vigente o que se dicte en el futuro sobre las materias indicadas. 

Los accidentes, incendios o cualquier otro siniestro que deterioren o destruyan las obras y que ocasione pérdidas de materiales o bien que afecten vidas o bienes de terceros, serán soportados por el Contratista. El Contratista será responsable exclusivo de los daños y perjuicios que se causaren a terceros, ya sea por la mala calidad de los materiales empleados, por defectos de la construcción, por la infracción de los reglamentos y Ordenanzas Municipales y en general por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes. 

Será labor del Contratista arbitrar los medios necesarios para que la ejecución de la Obra se lleve a cabo, sin ocasionar daño y dificultades a terceros y asegurar la instalación de carteles con indicaciones al público en general.    

El Contratista podrá Subcontratar y/o traspasar parte del contrato, sólo con la autorización  de la municipalidad, siempre y cuando las personas naturales y/o jurídicas estén inscritas en los registros exigidos a la empresa contratada en primera instancia, entendiéndose que la empresa originariamente es responsable de las obligaciones contraídas ante el municipio y a las Normativas relacionadas con el tema de la Subcontratación. 

El Contratista sólo podrá subcontratar parte de las actividades del contrato con autorización expresa del Municipio, manteniéndose su responsabilidad respecto de todas las obligaciones contraídas, tanto con el Municipio como con terceros. 

En todo caso el contratista siempre debe velar por que se cumpla la Ley Nº 20.123 y Reglamentación que regula el trabajo en Régimen de Subcontratación y la reglamentación  de la Ley Nº 16.744 Articulo 66 bis  sobre la Gestión  de la Seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o Servicios. 

Es obligación del Contratista mantener en forma expedita y a su costo, el tránsito por las vías públicas y el paso de las aguas, con motivo de la ejecución de los trabajos, siendo de su responsabilidad los perjuicios que se ocasionen a terceros en bienes fiscales, municipales o nacionales de uso público, de acuerdo con las leyes y ordenanzas respectivas.

El contratista deberá mantener la seguridad en el trabajo, instalando las señalizaciones y medidas de seguridad en conformidad a las normas legales que regulan esta materia, para lo cual deberá equipar a su personal con todos los elementos de seguridad  adecuados. 

Daños a Instalaciones de Terceros.

Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de las obras se cause a instalaciones de terceros será de responsabilidad y costo exclusivo del contratista. 

El contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena y asumirá la responsabilidad de subsanar cualquier daño que en opinión de Inspector Técnico sea atribuible a la realización de las obras, o a consecuencia de ellas. 

28.          MEDIDAS DE GESTIÓN Y CONTROL DE CALIDAD

Se contará en la obra con un libro de obras tipo foliado, en triplicado y autocopiativo que estará presente en todo momento en obra.

Se deberá considerar la certificación de todo material a utilizar de  acuerdo a la Norma Chilena y la Normativa Vigente y a solicitud de la ITO, si correspondiera. 

29.        DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA.

Se entiende por Inspección Técnica a la o las personas que, nombradas por decreto Alcaldicio por la Municipalidad, asumen el derecho y la obligación de fiscalizar el cumplimiento de las Bases y demás antecedentes de este proyecto. 

La Inspección Técnica de la Obra I.T.O. estará a cargo de un profesional de la Dirección de Obras Municipales.  

El Contratista deberá someterse a las instrucciones o resoluciones que imparta por escrito la inspección técnica, conforme a los términos y condiciones de las Bases. 

El incumplimiento de una orden dará lugar a aplicar las sanciones indicadas en estas Bases.

El control que ejerza la Municipalidad por medio de la Inspección Técnica, no libera al Contratista de la responsabilidad técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del trabajo será exclusivamente del Contratista. 

30. DE LAS SANCIONES Y MULTAS

30.1.    Por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo estipulado para la ejecución de la obra, el Contratista deberá cancelar una multa de $30.000 por día de atraso, que será descontado en forma administrativa del estado de pago pendiente y/o de las retenciones o garantías.

30.2.     Se multará con una suma equivalente a $50.000 cuando el Contratista no cumpla instrucciones vertidas por la Inspección Técnica por evento.

30.3.     Se multará con una suma equivalente a $25.000 cuando la Inspección Técnica detecte que no se cumple con las actividades y plazos definidos, sin razón fundada y aceptada por la ITO.

30.4.    Se multará con una suma equivalente a $50.000 si se detectare errores, omisiones y/o información adulterada de los trabajos u obras contratadas, o por la no mantención del libro de obras en el lugar de las obras, o en caso por adulteración, pérdida o destrucción parcial o total del mismo.

30.5.     Se multará con una suma equivalente a $25.000 cuando el Profesional Residente no cumpla instrucciones vertidas por la Inspección Técnica, por evento. En el caso de ser reiterativas se procederá a solicitar el cambio de profesional a la Empresa Contratista.

30.6.     El cobro de las multas será independiente del cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento el Contrato.