BASES ADMINISTRATIVAS
La Municipalidad de Laja llama a Licitación Pública, a través del portal Mercado Público, para contratar la “ADQUISICIÓN MOTONIVELADORA MUNICIPALIDAD DE LAJA.”
UNIDAD TÉCNICA Y MANDANTE: MUNICIPALIDAD DE LAJA.
FINANCIAMIENTO: SUB TITULO 29 ACTIVOS NO FINANCIEROS- GORE FNDR
PRESUPUESTO MONTO REAL: $232.500.000 Impuesto Incluido. -
La Propuesta se realizará a suma alzada, sin intereses y sin reajustes, las Cantidades de elementos a adquirir son inamovibles y deberán ser entregados en dependencias de la Municipalidad de Laja.
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas Especiales, y antecedentes de la adquisición como: Especificaciones técnicas, presupuesto (formato), anexos, documento de consultas y aclaraciones si los hubiere, además del contenido de la Propuesta aceptada, que se entiende forma parte de las referidas Bases.
Una vez adjudicada la Licitación, todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorios y se entenderá que forman parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el Portal deberá ser en Word, Excel (versión office 2003 o anterior), JPG o PDF, sino cumpliesen con esto quedarán fuera de bases.
La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases administrativas, será causal suficiente para declarar fuera de bases la propuesta presentada.
3. ANTECEDENTES:
Adjunto a estas Bases Administrativas Especiales se entrega:
-Especificaciones Técnicas
-Presupuesto (formato)
-Anexos
4. INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LICITACION
Para la interpretación de los antecedentes de la licitación se regirá el siguiente orden de prelación:
-Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.
-Especificaciones Técnicas.
-Bases Administrativas y sus Anexos.
-Convenio mandato
-Normativa Vigente.
5. DEL PROYECTO
El proyecto consiste la adquisición de una MOTONIVELADORA, según CONVENIO MANDATO y Especificaciones técnicas que forman parte de esta licitación.
Se necesita adquirir una Motoniveladora con a lo menos las siguientes características, mínimas obligatorias:
CILINDRADA 410 PULG3
COMBUSTIBLE DIESEL
TRACCIÓN 6*4
PESO OPERACIONAL 14.000. KG
Características mínimas no obligatoria, deseables:
Año 2023 o superior
Cabina ROPS (Protección al vuelco)
Hoja de 14 pies y accesorios
Peso bruto 18000 kgs.
Rueda repuesto
Set de cuchillas adicional
Es obligación considerar dentro de la oferta la siguiente documentación:
Permiso de circulación
Permiso de homologación
Sello verde
Inscripción (Padrón)
Suministro e instalación de logos de Gobierno regional y Municipalidad (según formatos a entregar al oferente adjudicado).
Todo lo anterior de acuerdo con Especificaciones técnicas y normativa vigente para este tipo de adquisición.
Sin perjuicio de los requisitos establecidos para contratar, podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las siguientes inhabilidades:
-Las establecidas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley de Compras.
-Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Libre Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 26, letra d) del Decreto de Ley N°211 de 1973.
-Quienes registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Podrán presentar ofertas a la licitación, Los oferentes que tengan la calidad de Personas Naturales, no podrán ser representados por una tercera persona. Las Personas Jurídicas serán representadas por su Representante Legal.
Los interesados que cumplan con la condición anterior podrán acceder a las Bases Administrativas y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedores.
DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectaran a cada integrante de la UTP individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
a. En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
b. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
c. Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.
MODIFICACIONES DE LA UTP: Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.
DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes:
a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e. Disolución de la UTP.
Aplicación de Normas de Derecho
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Términos Técnicos y Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación.
- Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.
-Bases Administrativas y sus Anexos.
-Normativa Vigente.
-Oferta.
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al mantenimiento de esta
durante un plazo de al menos 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta.
Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos antecedentes, y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas Bases.
Los precios de los bienes ofrecidos corresponderán a los valores ofertados y adjudicados en la licitación y éstos, además de otros servicios requeridos que no aparecen en el listado no podrán ser superiores a los cobrados al público en general, Se considerarán los precios unitarios sin IVA. El estado de pago respectivo se cancelará contra entrega en un estado de pago, correspondiente al 100% del valor de bien. No obstante, lo anterior, el pago quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Gobierno Regional del Bio Bio, liberando de toda responsabilidad en esta materia a la entidad licitante.
Para la solicitud del pago, el proveedor deberá esperar el visto bueno del Gobierno Regional para poder facturar, deberá remitirse a lo estipulado en el convenio mandato resolución N°2499 de fecha 10/07/2023, que es parte integrante de la licitación. Convenio Mandato que instruye que procedimiento administrativo sobre facturas electrónicas y pago, documentos adjuntos en la licitación. El Contratista debe formular un único estado de pago con la emisión de la factura una vez recibida la totalidad de elementos definidos en bases y presupuesto licitado y adjudicado.
La documentación para incluir en el pago es la definida ARTICULO III, Numeral 3.2 de citado Convenio Mandato.
La Municipalidad se reserva el derecho de impugnar la factura, en el plazo de 30 días desde su recepción por oficina de partes municipal.
Según artículo 2 de la Ley N°19.983 “del acuerdo de pago superior a 30 días”. Teniendo en consideración que dicha estipulación no constituye una situación abusiva por cuanto el obligado al pago es un tercero (el Gobierno regional) que no es parte del contrato de compraventa y que requiere ejercer los mecanismos legales de control administrativo previo al pago lo que fundamenta la extensión en los plazos para el efectivo pago de la factura y el resguardo de los recursos públicos.
Al momento de presentar la factura respectiva, el contratista deberá entregar a la Municipalidad la cuarta copia.
10. DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los interesados deberán ingresar oferta en el ítem de licitación correspondiente:
Todos los siguientes antecedentes se deberán presentar en formato digital (escaneados) en el portal www.mercadopublico.cl.
10.1. Antecedentes Administrativos en el portal:
a.- Identificación Completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. Además, en caso de ser persona jurídica se acompañará el certificado de vigencia de la sociedad, con fecha de emisión no superior a los 60 días y anexar fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad, de acuerdo con formato (ANEXO Nº 1). En caso de que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura, según Directiva N° 22.
b.- Declaración Jurada Simple de acuerdo con formato (ANEXO Nº 2)
NOTA: Para los oferentes inscritos en Chileproveedores, los documentos señalados anteriormente, que estén ingresados en el link "Documentos Acreditados" de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link los documentos deben contar con la emisión del documento señalada anteriormente.
El mandante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales informadas a través de mercado público, en un plazo fatal de 48 horas, desde la emisión de la solicitud de aclaración. Lo anterior, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La solicitud de aclaración de la oferta podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
De acuerdo con lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, según lo indicado en los criterios de evaluación. Sin embargo, la no presentación dentro del plazo fatal declarará fuera de bases la oferta. El documento o antecedente requerido deberá tener fecha máxima de formalización el día en que se realiza la apertura de la licitación.
10.2. Antecedentes Técnicos en el portal:
- Anexo 3 Oferta Técnica, se debe adjuntar Catálogos y/o Especificaciones Técnicas como respaldo del elemento ofrecido. Y (ficha técnica, Certificado concesionario u otro) que avale procedencia de la marca.
10.3. Antecedentes soporte en papel:
La Garantía de Seriedad de la Oferta
No considera
10.4. Antecedentes Económicos en el portal:
Se deberá ingresar en el Portal Mercado Público a más tardar el día y horario definido en el Cronograma de Licitación, de acuerdo con formato correspondiente.
La Oferta Económica debe contener el MONTO NETO DE LA OFERTA, según formato del Portal Mercado Público y además debe anexar los siguientes documentos por ítem a ofertar:
- Oferta Económica, según formato (ANEXO Nº 4).
Los oferentes tendrán la posibilidad de efectuar consultas o solicitar aclaraciones las bases administrativas y demás antecedentes de licitación, dentro del plazo indicado en la ficha de licitación las respuestas a dichas consultas serán publicadas en el portal mercado público en la fecha señalada en dicha ficha.
Las bases administrativas podrán ser modificadas a través de decreto alcaldicio antes del cierre de las ofertas.
12. DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Se realizará como máximo en la forma, fecha, lugares y horario establecidos en estas Bases y en el cronograma de licitación. A menos que se produzca la situación definida en el último párrafo del artículo 11.
13. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de antecedentes es electrónica, se realizará el día y hora señalado en el Cronograma de Licitación
Si en la apertura de los antecedentes y/o evaluación, faltan documentos que forman parte de los antecedentes técnicos y/o económicos o estos están incompletos, ilegibles o mal extendidos por el proponente, se rechazará la oferta.
Sólo se tomarán en consideración para evaluación las Propuestas que hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el Cronograma de Licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá Propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.
La facultad de declarar fuera de Bases corresponderá a la Comisión de Evaluación, en caso de que el incumplimiento referido se detecte durante el proceso de apertura electrónica o con posterioridad a la apertura durante el estudio y análisis detallado de las propuestas presentadas.
La Evaluación de las ofertas se realizará por una comisión formada para tal efecto.
La que debe estar compuesta a los menos por los siguientes cargos o quienes los subroguen:
-Profesional de SECPLAN
-Profesional de SECPLAN
-Director de Obras Municipal
Dicha comisión será nombrada por Decreto Alcaldicio.
En caso de ausencia o inhabilitación de algún integrante de la comisión, este será reemplazado por otro funcionario del Servicio que será nombrado por Decreto Alcaldicio.
La integración de la comisión evaluadora se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas recibidas, dentro de un plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de apertura de la propuesta.
Las Pautas de Evaluación que se considerará en esta licitación será:
PAUTA DE EVALUACIÓN:
FACTORES PARA EVALUAR
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PONDERACIÓN
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Precio ofertado
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10 %
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Número de mantenciones incluidas en la oferta
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20%
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Procedencia de la Marca
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30%
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Cumple con especificaciones Técnicas
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35%
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Cumplimiento de requisitos formales
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5%
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PRECIO OFERTADO
Puntaje= ((precio mínimo ofertado) / (precio oferta)) x 100
NÚMERO DE MANTENCIONES EN CONCESIONARIO INCLUIDAS EN LA OFERTA
Se debe especificar el número de mantenciones incluidas en la oferta en anexo N°4.
MANTENCIONES
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PUNTOS
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Tres Mantenciones en concesionario incluidas
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100
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Dos mantenciones en concesionario incluidas.
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50
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Una mantención en concesionario incluida.
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25
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No incluye mantenciones.
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0
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PROCEDENCIA DE LA MARCA
Se debe especificar la procedencia de la marca ofertada en anexo N°3.
Esta procedencia debe ser comprobable con documento que lo avale (ficha técnica, Certificado concesionario u otro)
En este criterio se evaluará el origen de la marca de Motoniveladora declaradas en el Anexo N°3
PROCEDENCIA DE LA MARCA
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PUNTOS
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Procedencia japonesa, americana o europea
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100
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Otra procedencia
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50
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CUMPLE CON ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CUMPLE CON ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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PUNTOS
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Cumple en 100% con las características mínimas obligatorias y cumple en un 100% con las características no obligatorias deseables descrito en Especificaciones técnicas.
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100
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Cumple en 100% con las características mínimas obligatorias y no cumple en un 100% con las características no obligatorias deseables descrito en Especificaciones técnicas.
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50
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No Cumple en 100% con las características mínimas obligatorias. Se desestimará su oferta
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
Sólo se consideran los antecedentes administrativos
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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PUNTOS
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Presentación completa de los requisitos formales
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100
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Oferente completa antecedentes administrativos omitidos durante las 48 horas desde la solicitud realizada por el foro inverso del portal
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50
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Oferente no completa los antecedentes administrativos omitidos solicitados por el foro inverso del portal se desestimará la oferta
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En el caso de existir igualdad en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:
Cumple con especificaciones Técnicas
Procedencia de la Marca
Número de mantenciones incluidas en la oferta
Precio ofertado
Cumplimiento de requisitos formales
De persistir el empate, se adjudicará al oferente que ingresó primero su oferta al portal mercado público.
La evaluación establecerá un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo con el puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones. Luego la comisión informará la evaluación de las propuestas al Sr. Alcalde.
La comisión podrá dejar fuera de Bases a los oferentes que presenten inconsistencias en sus antecedentes o que al revisar la documentación se observen anomalías, falsificaciones o adulteraciones de los mismos.
La Municipalidad podrá adjudicar el proyecto cuando el monto ofertado no supere el monto real al autorizado por el Consejo Regional.
En caso de superar el monto real, la Unidad Técnica podrá Solicitar al Gobierno Regional autorización que signifique un incremento de los recursos aprobados de hasta un 20%.
La Comisión de Evaluación, presentará al Sr. Alcalde o Administrador Municipal, un acta de Evaluación y la sugerencia correspondiente.
El Municipio adjudicará la licitación mediante decreto alcaldicio a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación del decreto alcaldicio respectivo en el sitio www.mercadopublico.cl
Conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886, el Municipio podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las presentas bases; declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en estas bases cuando resulte la más ventajosa de acuerdo con los criterios de evaluación.
El Municipio podrá en caso de que el adjudicatario se rehúse a suscribir el contrato, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la evaluación de las ofertas y así sucesivamente hasta que no existan proponentes a los cuales adjudicar. En el caso de que no exista una segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza.
En caso de que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación por el sistema de compras. En caso de que no lo haga la municipalidad podrá entender desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado según mejor evaluado (si corresponde), y así sucesivamente.
De acuerdo con la normativa vigente, se deberá presentar al Concejo Municipal, con el fin de tomar acuerdo para celebrar el contrato, en atención que el monto del contrato supera las 500 UTM.
DE LA FACULTAD DE READJUDICAR
La Municipalidad se reserva el derecho a re adjudicar en los siguientes casos, si el adjudicatario:
a.- No acepta en los plazos definidos la Orden de compra y la firma de contrato.
b.-En caso de una UTP alguno de sus miembros no se encontrará inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores.
c.-Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación.
d.- Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
e.- Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
f.- Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
16. CONTRATO
Una vez resuelta la adjudicación el contrato se resolverá a través de ORDEN de COMPRA y CONTRATO la que será emitida a través del sistema de compras públicas. Se contempla la firma de un contrato de adquisición simple, misma fecha de emisión de la Orden de Compra.
La emisión de la orden de compra y la firma de Contrato se realizará una vez que el oferente adjudicado presente la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
El contratista tendrá un plazo no superior a 10 días hábiles desde la notificación de la Adjudicación para entrega de la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, condición para emitir la Orden de compra y Firma de Contrato.
La Orden de compra será emitida solo en el caso de que la empresa adjudicada esté habilitada según lo establecido en la Ley 19.886.
Si el adjudicatario no acepta la Orden de Compra en el plazo dos días hábiles, la Municipalidad podrá dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación, en cuyo caso se adjudicará a la empresa que resultare segunda en la evaluación y así sucesivamente. En el caso de que no exista una segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación.
DE LA FACULTAD DE DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Compras, el Municipio podrá declarar desierta la licitación cuando no se presentan ofertas., o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
No se considera.
Las garantías serán verificadas su autenticidad mediante consulta a las entidades que las emitan.
El oferente deberá indicar contacto del ejecutivo bancario (nombre, fono y mail) para tramitar la autenticidad de las garantías indicadas en los puntos 18.1 y 18.2.
Las garantías podrán ser tomadas por el oferente, así como también por un tercero a su nombre.
18.1 GARANTÍA DE LA SERIEDAD DE LA OFERTA
No considera.
18.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Al momento de suscribir este contrato el oferente adjudicado, deberá presentar una garantía por el fiel cumplimiento del contrato consistente en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto no inferior al 10% del monto del contrato y deberá tener vigencia de PLAZO DE ENTREGA MAS 240 días corridos. A contar de la fecha de firma del contrato y emisión de Orden de compra, tomada por el oferente o un tercero, emitidas a nombre del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío, R.U.T 72.232.500-1., dirección Avda. Prat 525.
La garantía que se devolverá una vez recepcionado conforme la adquisición y todos los equipamientos y previa solicitud por escrito del proveedor de devolución.
La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato “ADQUISICIÓN MOTONIVELADORA MUNICIPALIDAD DE LAJA.” En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
19. DE LOS PLAZOS.
El plazo máximo para la entrega de los elementos a adquirir de ejecución será de 60 días corridos contados desde el día hábil siguiente a la notificación de adjudicación. Cada oferente podrá ofrecer un plazo de entrega menor, del que se exigirá cumplimiento.
En caso de ofrecer un plazo mayor a 60 días, se desestimará la oferta
20. DE LA RECEPCIÓN DE LA ADQUISICIÓN
La recepción de los elementos adquiridos a través de esta licitación se considera en dependencias de la municipalidad de Laja, dirección, Balmaceda 292 de la comuna de Laja. LA ENTREGA DEL EQUIPO ES A PISO, LA EMPRESA OFERENTE DEBE PROVEER EL EQUIPAMIENTO PARA BAJAR EL EQUIPO DE SU TRANSPORTE.
Al momento de recibir se emitirá un certificado de recepción conforme el que será parte de los documentos a entregar para el pago.
En caso de no existir recepción conforme, se emitirá documento con las observaciones para que sean subsanadas por el adjudicado. El plazo para resolver estas observaciones será de 10 días corridos contados desde el día siguiente de la recepción de la adquisición.
21. CONOCIMIENTO DE LAS BASES.
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las Bases o demás antecedentes de la licitación, además del terreno, la topografía y vialidad del lugar de entrega y por el hecho de participar en la Licitación, se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico.
- CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO Y PROCEDIMIENTO PARA DISPONER EL TÉRMINO ANTICIPADO.
La Municipalidad podrá poner término administrativo y en forma anticipada el Contrato sin derecho a indemnización alguna para el oferente o contratista, en los siguientes casos que se establecen como causales de término anticipado de contrato:
a.- La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b.- Por incumplimiento grave del oferente adjudicado de las obligaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas Especiales cuestión que, en todo caso, debe determinarse mediante acto fundado.
c.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
23. OBLIGACIONES DEL OFERENTE
Por el solo hecho de presentar ofertas, se entiende que el oferente conoce perfectamente las siguientes exigencias:
a.- Conocer y aceptar las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, antecedentes técnicos y aclaraciones (si las hubiere), como así mismo lo contemplado en la ley 19.886, su respectivo reglamento y modificaciones.
b.- Haber estudiado todos los antecedentes de la licitación y haber verificado su concordancia, en Caso de duda, haber hecho consultas correspondientes en los plazos establecidos a través del portal www.mercadopublico.cl y conocer las normas legales al respecto.
c.- Haber considerado en su oferta económica todos los gastos presentes y futuros que incidan en la provisión del o los bienes, de acuerdo con los antecedentes de la presente licitación.
Se considera la aplicación de multas en los siguientes casos y forma:
- Atraso en la entrega o entrega parcial, multa de 3 UF por cada día de atraso con un tope de 15 días hábiles. Si el atraso o entrega parcial supera los 15 días hábiles, se procederá a poner término al contrato por incumplimiento de las bases administrativas y se cobrará la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato.
- La multa será resuelta a través de decreto alcaldicio y notificada de forma oficial.
- La apelación a dicha multa se deberá ejecutar por parte del proveedor adjudicado no más tarde de 5 días corridos desde su notificación.
- En caso de proceder multa, el proceso de descuento de esta será instruido por el GORE, una vez solicitado el pago.
- El oferente adjudicado que renuncia a la terminación del contrato sin cumplirlo totalmente, será sancionado con una multa equivalente a 100 UTM (unidad Tributaria Mensual), y en consecuencia se hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento y oportuno cumplimiento del Contrato por simple resolución administrativa.
SECPLAN