Licitación ID: 3764-35-L124
SERVICIO PODA Y CHIPEO ARBOLADO URBANO 2024
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE NANCAGUA, Municipalidad de Nancagua
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
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Productos o servicios
1
Servicios de poda de árboles 1 Global
Cod: 70111503
CONTRATACION DE UN SERVICIO PARA EFECTUA LA PODA DE ARBOLADO URBANO AÑO 2024, ADEMAS DEL CHIPEO DE RAMAS. VER ART. 2° DE LAS BASES DE LICITACION CON DETALLE TECNICO DE LO REQUERIDO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO PODA Y CHIPEO ARBOLADO URBANO 2024
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
CONTRATACION DE UN SERVICIO PARA EFECTUA LA PODA DE ARBOLADO URBANO AÑO 2024, ADEMAS DEL CHIPEO DE RAMAS. VER ART. 2° DE LAS BASES DE LICITACION CON DETALLE TECNICO DE LO REQUERIDO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE NANCAGUA
Unidad de compra:
Municipalidad de Nancagua
R.U.T.:
69.090.400-4
Dirección:
JOSE DOMINGO JARAMILLO 99
Comuna:
Nancagua
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-04-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 27-03-2024 14:37:00
Fecha inicio de preguntas: 27-03-2024 18:29:00
Fecha final de preguntas: 01-04-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-04-2024 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-04-2024 15:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-04-2024 15:35:00
Fecha de Adjudicación: 15-04-2024 17:06:55
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGUN BASES ANEXAS.
Documentos Técnicos
1.- SEGUN BASES ANEXAS.
 
Documentos Económicos
1.- SEGUN BASES ANEXAS.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA SEGUN BASES ANEXAS 20%
2 RESIDENCIA DEL EQUIPO SEGUN BASES ANEXAS 20%
3 OFERTA ECONOMICA SEGUN BASES ANEXAS 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL 2024
Monto Total Estimado: 5500000
Justificación del monto estimado EL MONTO INCLUYE IMPUESTO Y GASTOS DE LOGISTICA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones LAS OFERTAS QUE EXCEDAN EL PRESUPUESTO DISPONIBLE SERAN RECHAZADAS
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MIGUEL BECERRA LOPEZ
e-mail de responsable de pago: MIGUEL.BECERRA@MUNICIPALIDADNANCAGUA.CL
Nombre de responsable de contrato: JOSE OLAVE RAVANALES
e-mail de responsable de contrato: JOSE.OLAVE@MUNICIPALIDADNANCAGUA.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2858313-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

De producirse un empate en cuanto a puntaje, en primera instancia se considerará el mayor puntaje en “oferta económica”, en segunda instancia el mayor puntaje en “residencia del equipo”, en tercera instancia el mayor puntaje en “experiencia”, y última instancia quien decida el Sr. Alcalde.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

FACTORIZACION
En caso de que el Contratista pretenda celebrar un contrato de factoring con alguna institución financiera, aquel deberá solicitar por escrito y a través de la Oficina de Partes a la Municipalidad la posibilidad de efectuarlo. Dicha autorización será realizada por la Dirección de Administración y Finanzas. Para lo anterior deberá indicar en la solicitud mencionada, el nombre de la institución financiera con quien hará el contrato de factoring, el estado de pago a que pertenece la factura, y por último el monto y fecha de la factura a factorizar. Asimismo, la empresa de factoring deberá tomar las providencias necesarias y oportunas de notificación a la Municipalidad de dicho contrato a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura. Lo anterior no implica de modo alguno la aceptación anticipada del eventual contrato de factoring por parte de la Municipalidad, toda vez que dicha aceptación deberá efectuarse en la oportunidad correspondiente, en conformidad con las disposiciones de la ley 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de factura. La Municipalidad no se obliga al pago del factoring en caso de existir obligaciones y/o multas pendientes del Contratista. Tratándose del cobro de facturas factorizadas, la Municipalidad no se obliga al pago de ellas en caso de que no haya existido la autorización del contrato de factoring, o exista inejecución o falta de prestación de servicios y/o incumplimiento de las obligaciones encomendadas al contratista, y demás casos que la normativa legal contemple. Además, para la procedencia de autorización de Factura, ésta debe ser visada no sólo por el Departamento de Finanzas municipal, también la empresa del Factoring debe contar con el estado de avance que garantiza la entrega del servicio, la cual para producir los efectos legales que corresponde, debe estar visada por el Inspector Técnico del Servicio. En ningún caso la notificación del factoring puede hacerse llegar al Municipio en fecha posterior a la solicitud del estado de pago correspondiente a la factura cedida.