Licitación ID: 3785-24-LE24
IMPLEMENTACIÓN DEPORTIVA ESCUELAS SEP 2024
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COELEMU, Depto. De Educacion
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Balones de fútbol 1 Global
Cod: 49161505
Linea 1: Según listado Anexo 1 el cual debe ser subido en forma y fondo. Excluyente.  

2
Balones de fútbol 1 Global
Cod: 49161505
Linea 2: Según listado Anexo 2 el cual debe ser subido en forma y fondo. Excluyente.  

3
Almacenamiento de balones o redes de vóleibol 1 Global
Cod: 49161613
Linea 3: Según listado Anexo 3 el cual debe ser subido en forma y fondo. Excluyente.  

4
Balones de balonmano de equipo 1 Global
Cod: 49161515
Linea 4: Según listado Anexo 4 el cual debe ser subido en forma y fondo. Excluyente.  

5
Almacenamiento de balones o redes de vóleibol 1 Global
Cod: 49161613
Linea 5: Según listado Anexo 5 el cual debe ser subido en forma y fondo. Excluyente.  

6
Balones de fútbol 1 Global
Cod: 49161505
Linea 6: Según listado Anexo 6 el cual debe ser subido en forma y fondo. Excluyente.  

7
Juegos de mesa 1 Global
Cod: 60141102
Linea 7: Según listado Anexo 7 el cual debe ser subido en forma y fondo. Excluyente.  

8
Balones de fútbol 1 Global
Cod: 49161505
Linea 8: Según listado Anexo 8 el cual debe ser subido en forma y fondo. Excluyente.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
IMPLEMENTACIÓN DEPORTIVA ESCUELAS SEP 2024
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ADQUISICIÓN DE MATERIAL DEPORTIVO Y SIMILARES PARA LAS ESCUELAS DE LA COMUNA CON FONDOS SEP 2024.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COELEMU
Unidad de compra:
Depto. De Educacion
R.U.T.:
69.150.200-7
Dirección:
MATTA N° 430
Comuna:
Coelemu
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-04-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 10-04-2024 11:38:29
Fecha inicio de preguntas: 10-04-2024 12:05:00
Fecha final de preguntas: 12-04-2024 21:05:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-04-2024 21:06:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-04-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-04-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 25-04-2024 11:33:20
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
Documentos Técnicos
1.- Formato de especificación técnica proporcionado por Departamento de Educación Municipal según Anexo Técnico por LINEA. SE DEBE DETALLAR EL PRODUCTO A OFERTAR EN CADA UNO DE LOS ÍTEMS DEL ANEXO Y SER SUBIDO EN FORMA Y FONDO.
 
Documentos Económicos
1.- Formato de Oferta Económica que debe ser subido por el proveedor detallando el valor unitario de cada uno de los productos solicitados por línea a la que postule (cotización o similar con detalle), además de señalar LOS PLAZOS DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS DE ACUERDO CON LAS FECHAS SEÑALADAS EN EL PUNTO 3.3 DE LAS PRESENTES BASES. TODA OFERTA ECONOMICA QUE NO PRESENTE LAS ENTREGAS PARCIALIZADAS EN LAS FECHAS SEÑALADAS, SERÁ DECLARADA INADMISIBLE Y NO CONTINUARÁ EN EL PROCESO DE LICITACIÓN
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Ponderación nota 0 a 100 (menor precio neto ofertado /precio en evaluación x 100 x 20%). NOTA: SE CONSIDERA EL PRECIO NETO DE LA OFERTA. 20%
2 Desarrollo Economico Local 100 Puntos: Oferente de la región de Ñuble. 50 Puntos: Oferente de otra región del país no señalada anteriormente. PUNTAJE: PUNTOS * 30% NOTA: ESTO SE EVALUARÁ SEGÚN EL DOMICILIO LEGAL SEÑALADO EN LA FICHA DEL PROVEEDOR DE MERCADO PÚBLICO. 30%
3 Cantidad de Productos 100 Puntos: Oferente ofrece el 100% de los ítems solicitados por línea (anexo de la línea). 50 Puntos: Oferente ofrece menos del 100% y más del 70% de los ítems solicitados por línea (anexo de la línea). 30 Puntos: Oferente ofrece menos del 70% y más del 50% de los ítems solicitados por línea (anexo de la línea). 0 Puntos: Oferente ofrece menos del 50% de los ítems solicitados por línea (anexo de la línea). PUNTAJE: PUNTOS * 50% 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: RODRIGO ARAVENA
e-mail de responsable de pago: RARAVENA@MUNICOELEMU.CL
Nombre de responsable de contrato: ROLANDO PARRA
e-mail de responsable de contrato: RPARRA@MUNICOELEMU.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2500178-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución en caso de Empate.
El Departamento de Educación Municipal adjudicará al Oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes Bases. En caso de producirse empates de puntajes entre los Oferentes participantes en el proceso de evaluación, se aplicarán en el mismo orden en que se presentan las siguientes reglas de desempate: 1. Mayor puntaje en el Criterio cantidad de productos. 2. Mayor Puntaje en el Criterio desarrollo económico local. 3. Mayor Puntaje en el Criterio precio.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Relativo a la Re-Adjudicación.
En caso que el Adjudicatario no se inscriba en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no acepte la orden de compra o no entregue las declaraciones juradas señaladas o certificados (si corresponde), en su caso y Oportuno Cumplimiento en los plazos señalados al efecto, se entenderá que este no acepta la adjudicación, pudiendo el Departamento de Educación Municipal adjudicar y emitir una nueva orden de compra al Oferente que hubiere ocupado el segundo lugar y así sucesivamente o bien, declarar desierta la licitación. En caso de que se proceda a adjudicar al Oferente que corresponda de acuerdo con el orden establecido en el acta de evaluación, para que proceda la emisión de la orden de compra, este deberá aceptar la Orden de Compra correspondiente dentro de las 24 horas corridas posteriores a su envió. La declaración de re-adjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl. El nuevo adjudicado será el Proveedor que ocupe el 2º lugar en la evolución del proceso en los términos estipulados en estas Bases de licitación, siempre y cuando se mantenga las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio.
TIPOS DE SANCIONES Y MONTOS.
En el evento que el proveedor no cumpliere con la entrega de los bienes en el plazo indicado, se aplicará una multa por cada día de atraso, equivalente a 1 UTM, la que se aplicará administrativamente. Sin perjuicio de lo anterior, por causa constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor, el proveedor podrá solicitar por escrito al Director de Administración Y Finanzas Departamento de Educación Municipal, la no aplicación de la multa, a más tardar al día hábil siguiente en que incurrió en ella quien a su juicio exclusivo podrá rechazarla o aceptarla en forma total o parcial, mediante la dictación de una resolución que así lo disponga. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte del área a cargo de la supervisión técnica de la licitación o del funcionario responsable, se le comunicará a la Unidad de Contabilidad, para que proceda a notificar al adjudicatario la infracción detectada, los hechos que la constituyen y el monto de la multa a aplicar mediante correo electrónico, a fin de notificarle de los incumplimientos contractuales en que hubiese incurrido y generar un eventual proceso sancionatorio en su contra, con el objeto que pueda manifestar las alegaciones y descargos que estime pertinentes, antes de dictar la respectiva resolución administrativa. Lo anterior, en cumplimiento del principio de contradictoriedad, recogido por el artículo 79 del reglamento de la ley N° 19.886. El principio descrito precedentemente, se formalizará a través del correo electrónico que el proveedor haya registrado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, siendo de su exclusiva responsabilidad mantener los datos actualizados en dicha plataforma. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos al Director de Administración y Finanzas, acompañando los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el Departamento de Educación Municipal, dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la Multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada. Las multas se cursarán a través de una resolución, la cual, en todo evento, deberá estar debidamente fundada. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor podrá disponer del mecanismo de impugnación contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Si el proveedor incurriera en la aplicación de multas, por un monto igual o superior al 20% del monto total contratado, el Departamento de Educación Municipal podrá poner término anticipado al contrato.