Licitación ID: 3785-4-LE24
Tintas Establecimientos Sep
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COELEMU, Depto. De Educacion
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 1, GUARILIHUE ALTO  

2
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 2, ESCUELA TUBUL  

3
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 3, ESCUELA HUARO  

4
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 4, ESCUELA VILLA JESÚS  

5
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 5, ESCUELA CLEMENTINA MAUREIRA  

6
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 6, ESCUELA MEIPO  

7
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 7, ESCUELA VEGAS DE ITATA  

8
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 8, LICEO D.O.R  

9
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 9, ESCUELA FELIPE CUBILLOS  

10
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 10, ESCUELA SANTA FILOMENA  

11
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 11, ESCUELA M.T.M  

12
Tintas 1 Unidad
Cod: 12171703
SE SOLICITA OFERTAR SEGÚN ANEXO N° 12, ESCUELA FCO. PINO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Tintas Establecimientos Sep
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contar con tintas para poder imprimir materiales para distintas clases
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COELEMU
Unidad de compra:
Depto. De Educacion
R.U.T.:
69.150.200-7
Dirección:
MATTA N° 430
Comuna:
Coelemu
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-02-2024 15:35:00
Fecha de Publicación: 07-02-2024 13:14:49
Fecha inicio de preguntas: 07-02-2024 14:55:00
Fecha final de preguntas: 09-02-2024 12:55:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-02-2024 12:55:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-02-2024 15:36:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-02-2024 15:36:00
Fecha de Adjudicación: 07-03-2024 16:44:59
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Se solicita que se suban anexos según bases.
Documentos Técnicos
1.- se solicita que suban en forma y fondo anexos por línea ofertada
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Se evaluará según lo siguiente(menor plazo de entrega /plazo oferta en evaluación x 100 x 20%). 20%
2 Cumplimiento de los requisitos Se evaluara según lo siguiente (cumple con todos los anexos solicitados 100 puntos, no cumple con todos los anexo solicitados 0 puntos) Según Anexo, 1,2,3 y 4. 10%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Se evaluara según lo siguiente (producto original 100 puntos, producto alternativo 40 puntos). 30%
4 Experiencia de los Oferentes Se evaluará según lo siguiente (años cumplidos de experiencia, según certificado de vigencia de sociedad) 100 puntos de 10 años +o más 50 puntos 9 años 20 puntos 8 años 10 puntos 7 años o menos. 30%
5 Precio Se evaluará según lo siguiente(menor precio neto ofertado /precio en evaluación x 100 x 10%). 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: sep
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: rodrigo aravena beltran
e-mail de responsable de pago: raravena@municoelemu.cl
Nombre de responsable de contrato: patricia cisternas
e-mail de responsable de contrato: pcisternas@municoelemu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2500178-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Mecanismos de Resolución en caso de Empate.
El Departamento de Educación Municipal adjudicará al Oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes Bases. En caso de producirse empates de puntajes entre los Oferentes participantes en el proceso de evaluación, se aplicarán en el mismo orden en que se presentan las siguientes reglas de desempate: 1. Mayor puntaje en el Criterio precio. 2. Mayor puntaje en el criterio plazo de entrega. 3. Mayor puntaje en el criterio cumplimiento de los requisitos. En caso de subsistir el empate se aplicarán los subcriterios del Criterio Evaluación Económica, para el caso que los haya, según ponderación de mayor a menor. Si se mantiene el empate, se aplicarán los subcriterios de los ítems establecido en el orden del párrafo anterior.
TIPOS DE SANCIONES Y MONTOS. Multas.
En el evento que el proveedor no cumpliere con la entrega de los bienes en el plazo indicado, se aplicará una multa por cada día de atraso, equivalente a 1 UTM,la que se aplicará administrativamente. Sin perjuicio de lo anterior, por causa constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor, el proveedor podrá solicitar por escrito al Director de Administración Y Finanzas Departamento de Educación Municipal, la no aplicación de la multa, a más tardar al día hábil siguiente en que incurrió en ella quien a su juicio exclusivo podrá rechazarla o aceptarla en forma total o parcial, mediante la dictación de una resolución que así lo disponga. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte del área a cargo de la supervisión técnica de la licitación o del funcionario responsable, se le comunicará a la Unidad de Contabilidad, para que proceda a notificar al adjudicatario la infracción detectada, los hechos que la constituyen y el monto de la multa a aplicar mediante correo electrónico, a fin de notificarle de los incumplimientos contractuales en que hubiese incurrido y generar un eventual proceso sancionatorio en su contra, con el objeto que pueda manifestar las alegaciones y descargos que estime pertinentes, antes de dictar la respectiva resolución administrativa. Lo anterior, en cumplimiento del principio de contradictoriedad, recogido por el artículo 79 del reglamento de la ley N° 19.886. El principio descrito precedentemente, se formalizará a través del correo electrónico que el proveedor haya registrado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, siendo de su exclusiva responsabilidad mantener los datos actualizados en dicha plataforma. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos al Director de Administración y Finanzas, acompañando los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el Departamento de Educación Municipal, dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la Multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada. Las multas se cursarán a través de una resolución, la cual, en todo evento, deberá estar debidamente fundada. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor podrá disponer del mecanismo de impugnación contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Si el proveedor incurriera en la aplicación de multas, por un monto igual o superior al 20% del monto total contratado, el Departamento de Educación Municipal podrá poner término anticipado al contrato.