CONSULTAS Y ACLARACIONES:
ARTICULO 4º
4.1. Los proponentes podrán, para el mejor estudio y comprensión de los antecedentes de la Licitación, formular consultas, a través del portal del sistema de información. Los plazos indicados para formular consultas se indican en el portal electrónico.
4.2. Transcurrido el plazo indicado en el portal electrónico, se entenderá que no existen dudas referentes al proceso de Licitación, a las Bases o al contenido de los demás documentos que lo integran.
4.3. La Municipalidad podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del cierre electrónico del plazo de presentación de la propuesta, modificar las bases de la licitación, lo que deberá hacer mediante decreto que se publicará en el sistema de información. En caso de ser necesario, la modificación de las bases podrá dar lugar a una modificación del calendario de la licitación.
4.4. Las respuestas a las consultas que formulen los participantes serán parte integrante de la licitación, no pudiendo los proponentes alegar desconocimiento de ellas desde que se suban al portal.