Licitación ID: 3820-49-LE22
Territorio Arte Cultura y Comunidad 7% FNDR
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA, I MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
Se solicita realizar las presentaciones, funciones o show artísticos en las artes circenses del proyecto Territorio, Arte, Cultura y Comunidad de Santa María y Aconcagua en el mes de diciembre de 2022, según especificaciones técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Territorio Arte Cultura y Comunidad 7% FNDR
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Ejecutar el proyecto de asignación directa del 7% FNDR del Gobierno Regional de Valparaíso, Territorio, Arte, Cultura y Comunidad de Santa María y Aconcagua a realizarse en el mes de diciembre de 2022 de acuerdo a fechas y requerimientos de las Especificaciones Técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA
Unidad de compra:
I MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA
R.U.T.:
69.051.000-6
Dirección:
CALLE O´HIGGINS 843, SANTA MARIA
Comuna:
Santa María
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-12-2022 15:03:00
Fecha de Publicación: 28-11-2022 16:49:38
Fecha inicio de preguntas: 28-11-2022 18:00:00
Fecha final de preguntas: 30-11-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-12-2022 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-12-2022 15:04:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-12-2022 15:04:00
Fecha de Adjudicación: 09-12-2022 23:59:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Estos anexos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Administrativo los cuales deben venir debidamente firmados por el oferente: Anexo Nº1 y Anexo Nº2.
Documentos Técnicos
1.- Estos anexos deben ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Técnico los cuales deben venir debidamente firmados por el oferente: Anexo Nº3
 
Documentos Económicos
1.- Estos anexos deben ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Económico los cuales deben venir debidamente firmados por el oferente: Anexo Nº4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de Antecedentes Ver 6.1 de las Bases de Licitación 10%
2 Oferta Técnica Ver 6.2 de las Bases de Licitación 70%
3 Precio Ver 6.4 de las Bases de Licitación 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Gobierno Regional de Valparaíso
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El contrato se formalizará con la aceptación de la orden de compra por el oferente adjudicado en un plazo no superior a 48 horas de enviada por la Municipalidad de Santa María.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ANA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ
e-mail de responsable de pago: finanzas@imsantamaria.cl
Nombre de responsable de contrato: SERGIO ROJAS PAEZ
e-mail de responsable de contrato: teatrosantamaria1@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2581224-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Ya que el requerimiento de lo solicitado es específico al oferente adjudicado.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Santa María.
Fecha de vencimiento: 28-02-2023
Monto: 1500000 Peso Chileno
Descripción: Se solicita garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la cual será exigible en caso de incumplimiento de las obligaciones al tenor de las bases de licitación, especificaciones técnicas, anexos, las respuestas a las preguntas y/o aclaraciones si las hubiere. El ingreso de la garantía, es de 3 días hábiles una vez adjudicada la licitación, la cual deberá ingresar en oficina de partes ubicada en O’Higgins 843 de la comuna de Santa María, en horario de oficina: de lunes a jueves de 08:15 a 13:00 y de 14:00 a 17:30 horas, a excepción del día viernes que el ingreso puede ser hasta las 16:30 horas. En caso de ser electrónica, debe enviarla a los correos: teatrosantamaria1@gmail.com y of.partes@imsantamaria.cl, dentro de los próximos 3 días hábiles a la adjudicación. Si, se debe hacer efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por algún incumplimiento de parte del oferente adjudicado, este perderá el 100% del monto de garantía quedando a beneficio de quien está extendida.
Glosa: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato proyecto Territorio, Arte, Cultura y Comunidad de Santa María y Aconcagua.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se hará presentado un acta de recepción conforme de parte del Administrador del Teatro Municipal, en Tesorería Municipal ubicada en O’Higgins 843 de la comuna de Santa María, en horario de lunes a jueves de 08:15 a 13:00 y de 14:00 a 17:30 horas, a excepción del día viernes que el ingreso puede ser hasta las 16:30 horas. Si el oferente no puede retirar personalmente, podrá mandar un tercero con un poder simple, indicando el nombre completo de ambos y fotocopias de las cédulas de identidad de ambos, aludiendo al retiro de la boleta Nº xxx de fecha xxxx por un monto de $1.500.000 (Un millón quinientos mil pesos).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario desistiere de aceptar la orden de compra, en los casos indicados en el artículo 63, inciso primero del Reglamento de la Ley de Compras. Si la propuesta del oferente, no es la más conveniente a los intereses en pos de las mejores condiciones para la entidad licitante y nunca en desmedro de ellas. Si no cumpliese con las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. La entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue sucesivamente y cumpla con el ponderado de las bases de licitación. Si de lo contrario, no hubiese más ofertas, o estas no son las más convenientes a los intereses en pos de las mejores condiciones para la entidad licitante, esta se declarará desierta y se procederá con otro proceso licitatorio de acuerdo a la ley.
Resolución de Empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje total, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia (orden de prelación), con los criterios que resulten aplicables:

1)     OFERTA TÉCNICA

2)     PRECIO

3)     CUMPLIMIENTO DE ANTECEDENTES

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto encargado de la licitación indicado en punto Nº 2 de las presentes bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

No se considera.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl.

La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  i.     El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 ii.      El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

 v.     El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


Modificación a las Bases
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las presentes bases de licitación. Las modificaciones, estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los oferentes, puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
Requisitos mínimos para participar
No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley Nº 19.886. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley Nº 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente. A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Unión Temporal de Proveedores (UTP): Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible: 1. Escritura Pública mencionada en el punto 3 de las bases de licitación, “de la participación”, UTP. 2. Anexos Nº1 por cada integrante. Esta documentación debe ser ingresada en “Antecedentes Administrativos” del punto 4 de las bases de licitación.
Comisión Evaluadora
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados en el presente acto administrativo. Sin embargo, la entidad licitante podrá aumentar dicho número a través de designados por un acto administrativo del Jefe de Servicio. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:  Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley Nº 19.886.  Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.  Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante, o a quien corresponda la decisión si estuviera delegada, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación. Si, aun habiendo pasado la inadmisibilidad, y, el oferente obtiene el mejor puntaje, pero su propuesta no cumple con lo requerido en pos de las mejores condiciones para la Municipalidad y nunca en desmedro de ellas, esta comisión podrá no adjudicar al mejor puntaje y seguir en el orden de prelación en caso de que hubiera más ofertas para adjudicar, de lo contrario si es la única oferta, podrá declarar desierta y llamar a un nuevo proceso de licitación.
Consideraciones Generales
Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto 4, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con el ítem “Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación” y/o los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40, inciso primero, del Reglamento de la Ley N°19.886. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 3 de las presentes bases y ser presentado como copia simple, legible y firmada por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor. En el caso en que el proveedor esté inscrito y habilitado por el Registro de Proveedores, serán suficientes los antecedentes que se encuentren en dicho Registro, en la medida que se haya dado cumplimiento a las normas de actualización de documentos que establece el Registro de Proveedores.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Quien no presente el Anexo Nº3 y/o Nº4. Quien no oferte el mínimo requerido de acuerdo a las Especificaciones Técnicas. Quien sobrepase el presupuesto disponible, será declarado inadmisible, por lo tanto, se rechazará su propuesta en la apertura electrónica indicando la “causal” del rechazo quedando fuera de bases y de evaluación. En caso de UTP, no presentar los antecedentes solicitados en “Requisitos mínimos para participar” UTP, de las bases de licitación . La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses en pos de las mejores condiciones para la Municipalidad y nunca en desmedro de ellas. Lo anterior, deberá materializarse en el Informe de Adjudicación y a través de la dictación del acto administrativo correspondiente, y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el primer lugar en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, obteniendo 100 puntos ponderados, de lo contrario, se podrá adjudicar a quien presente un ponderado igual o superior a 70 puntos. La presente licitación se adjudicará a través de un acto administrativo dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Re adjudicación
Si el adjudicatario desistiere de aceptar la orden de compra, en los casos indicados en el artículo 63, inciso primero del Reglamento de la Ley de Compras. Si la propuesta del oferente, no es la más conveniente a los intereses en pos de las mejores condiciones para la entidad licitante y nunca en desmedro de ellas. Si no cumpliese con las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. La entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue sucesivamente y cumpla con el ponderado de las bases de licitación. Si de lo contrario, no hubiese más ofertas, o estas no son las más convenientes a los intereses en pos de las mejores condiciones para la entidad licitante, esta se declarará desierta y se procederá con otro proceso licitatorio de acuerdo a la ley.
Relación contractual entre licitante y oferente adjudicado
Se ceñirá a los siguientes documentos: 1. Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. 2. Bases de licitación, sus anexos y las Especificaciones Técnicas. 3. Propuesta del Oferente. 4. Orden de compra. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. En relación a las posibles inconsistencias entre el portal mercado público y los documentos anexos ingresados por la entidad licitante, se considerará el principio de preeminencia, en el mismo orden de prelación nombradas.
Validez de la oferta
Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato mediante la orden de compra. Si se lleva a cabo una Re adjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo nuevo contrato con la aceptación de la nueva orden de compra. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este.
Multas
Se considerarán las siguientes multas que serán cobradas en % sobre la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: 1.1 Del Equipamiento: a) En caso de que el oferente entregue cualquier equipamiento con fallas, con deterioro, no funcionando, quemados, abollados u cualquier otro índole, se cobrará el 100% de la garantía. b) Si no vienen los cables de conexión de cualquier equipamiento, se cobrará el valor comercial de este. c) Si, al indicarle o comunicarle al oferente, y, este no haya dado respuesta en 15 días corridos de finalizados las funciones, se cobrará el 100% de la garantía. d) Del 100% de la garantía, si no informa cualquier falla que haya tenido al administrador del teatro municipal, una vez finalizadas las funciones. 1.2 De las Funciones: a) En caso sea responsabilidad del oferente, y, este no presente una función, se cobrará el 100% de la garantía. b) En caso sea responsabilidad del oferente, se cobrará el 3% de la garantía por cada hora de retraso en la presentación de una función. 1.3 De los traslados: a) En caso de panne por combustible, cobro del 10% de la garantía, sumada al 9.2 letra b) de las Especificaciones Técnicas. Las multas se establecerán mediante decreto alcaldicio, el oferente tendrá un plazo de 5 días hábiles para apelar cualquier multa, después de haber sido notificado, mediante carta certificada o correo electrónico. Esta apelación deberá ser ingresada a la oficina de partes de la municipalidad, mediante carta dirigida al Alcalde con copia al Administrador del Teatro, la Municipalidad tendrá un plazo de 5 días hábiles para aceptar o rechazar la apelación, después de lo cual se establecerán las multas correspondientes mediante decreto alcaldicio.
Del Pago
El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley Nº 19.886. El pago será en pesos chilenos. Previo a la facturación, el oferente adjudicado deberá ponerse en contacto con el Administrador del Teatro Municipal al fono 34 2 581224, o al e-mail teatrosantamaria1@gmail.com, ya que en la glosa deben ir indicaciones especiales referentes al proyecto, si la factura no viniese con este escrito, será devuelta y no será recepcionada conforme para procesar el pago. La recepción conforme deberá ser acreditada por la entidad que hubiere efectuado el requerimiento.
De las responsabilidades y obligaciones del oferente adjudicado
El adjudicatario libera de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley Nº 17.336 sobre Propiedad Intelectual. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. Cumplir fehacientemente con todo lo adjudicado. Velar por que se ejecute correctamente el proyecto Territorio, Arte, Cultura y Comunidad de Santa María y Aconcagua. En caso fortuito que no se pueda realizar dicha actividad, ya sea por, clima adverso, eventos naturales catastróficos, prohibición de realización de eventos por orden de autoridad en razón a pandemia u cualquier otro ajeno a la Municipalidad de Santa María, se reagendará o suspenderá actividad de acuerdo a lo que designe Municipio y Gobierno Regional. En este punto se informa que el ente adjudicado no podrá: solicitar pagos de cualquier tipo a manera de indemnización, solicitar anticipos de ningún tipo que obligue al municipio a desembolsar algún tipo de recurso, entendiéndose que es por “Caso Fortuito o Fuerza Mayor”.