Producto solicitado |
6.- DE LA ADQUISICIÓN
Se considera la adquisición de Selladora térmica rotativa continua de bolsas y bobinas clínicas para embalaje de material quirúrgico a esterilizar. Validable con pantalla táctil. Certificaciones ISO y DIN. Caja de acero inoxidable color blanco o gris. Datos transferibles a memoria USB. Impresora integrada de texto informativo y código de barras. Almacenaje de parámetros de sellado, configuración de impresora y pedidos. Medición de longitud de bolsa mediante escáner. Costuras de sellado son sellos planos de 12 mm de ancho. Distancia del sellado desde el borde hasta 35 mm. Dimensiones 565 x 260 x 145 mm. +/- 5cm. Incluye flete del equipo. Incluye capacitación sobre su uso. Incluye garantía y mantención preventiva. Y los demás requerimientos según las especificaciones técnicas del punto 19.
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Precio |
7.- DEL PRECIO
El presupuesto máximo para la adquisición es de $7.000.000.- (Siete millones de pesos) IVA incluido.
Serán Inadmisibles y quedarán fuera de bases, aquellos oferentes que sobrepasen en su oferta el presupuesto máximo disponible para la compra.
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Plazos |
8.- DE LOS PLAZOS
El plazo de entrega de la selladora térmica rotativa automática, será propuesto por el oferente, el cual es un criterio de evaluación informado en Anexo N°4. El plazo de entrega no podrá ser superior a 30 días corridos y será considerado a partir del día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra. El plazo ofertado se entenderá en días corridos, sin deducción de feriados ni festivos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, u otra causal que surja antes o durante la entrega de la selladora térmica siempre y cuando sea autorizado por la Municipalidad de Santa María el nuevo plazo de entrega y se solicite por correo electrónico de parte del contratista a cesfamsantamaria@gmail.com. Si el plazo de entrega coincide con un día feriado, sábado o domingo se entenderá trasladado al día hábil siguiente. El horario para la entrega y puesta en servicio deberán coordinarse con el Departamento de Salud Municipal para la asistencia de la comisión evaluadora.
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Consultas y aclaraciones |
9.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación técnica, económica y administrativa y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y lo indicado en el punto N°3, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso (artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886).
Igualmente, la Comisión Evaluadora podrá efectuar aclaraciones desde la publicación de la licitación en el portal, sin necesidad de consultas de los oferentes o a raíz de ellas y hasta 48 horas antes del cierre de las ofertas.
El oferente deberá revisar toda la documentación que implica la licitación pública, y hacer las preguntas correspondientes, ya que es responsabilidad del oferente revisar los antecedentes antes de realizar su oferta.
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Respuestas a las consultas y aclaraciones |
10.- RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES
Las respuestas a las consultas se ingresarán a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario indicado en el punto 3, en caso de requerir más plazo para responder las preguntas del foro, la comisión de evaluación podrá modificar la fecha de respuesta.
Será de responsabilidad del oferente, la toma de conocimiento de las respuestas a las consultas, ya que éstas, formarán parte integral de las bases. No se dará respuesta a preguntas verbales, no atingentes a esta licitación, efectuadas fuera de plazo, o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
A sí mismo, la Comisión Evaluadora se reserva el derecho desde la publicación de la Licitación en el portal mercado público a efectuar aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases de Licitación Pública y sus anexos, si las hubiese, las que serán anexadas en el portal a través de un documento denominado “Aclaraciones Nº 1,2,...n”, considerando un plazo máximo de 48 horas, anteriores al cierre del proceso de presentación de ofertas, efectuadas por los oferentes.
Será de responsabilidad del oferente, la toma de conocimiento de estas aclaraciones en la sección de “ver adjuntos” del portal mercado público.
La Entidad Licitante no podrá tener contactos con los Oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones, las visitas a terreno establecidas en las Bases y cualquier otro contacto especificado en las Bases. (artículo 27 del Reglamento de la Ley 19.886).
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Presentacion de la oferta |
11. - PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La Propuesta a Suma Alzada en valores netos, se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl., antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación indicados en el punto 3.
En tal sentido, se debe adjuntar los archivos y documentos solicitados en los siguientes formatos según corresponda; Word, Excel, JPG, Pdf.
Los antecedentes de cada ítem (administrativo, técnico, económico), podrán subirse al portal en forma individual o podrán estar consolidados en un solo archivo. Por “consolidado o unificado” se entiende que cada documento o antecedente requerido de la documentación administrativa (1 archivo), técnica (1 archivo) y económica (1 archivo).
El nombre que se asigne a cada archivo, debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra que le corresponda, en atención al orden que fijan las presentes Bases.
• (a) Documentos Administrativos
• (b) Documentos Técnicos
• (c) Documentos Económicos
Los Oferentes no deben ingresar antecedentes adicionales a los requeridos.
Todos los documentos que señalen deberán ser firmados y timbrados por el oferente, según corresponda en cada documento.
11.1.- Archivo documentación administrativa, deberá incluir:
(a) Documentos Administrativos:
a. Anexo Nº1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por el representante legal u oferente Debe ingresar el Anexo N°1 debidamente completado y firmado. Si no presenta el anexo N°1 será solicitado a través de foro inverso.
11.2.-Archivo documentación técnica, deberá incluir:
(b) Documentos Técnicos:
b.1.- Anexo Nº2 “Características técnicas de la oferta y soporte técnico”, según formato adjunto en el portal. En este anexo indicará las características técnicas ofertadas y soporte técnico. Debe ingresar el Anexo N°2 debidamente completado y firmado.
Debe adjuntar la Ficha Técnica de la selladora en idioma español, que contenga toda la información técnica que se va a evaluar.
Debe adjuntar manual de usuario de la selladora en español. Se podrá solicitar en foro inverso
Debe adjuntar certificado de servicio técnico autorizado de la selladora. Se podrá solicitar en foro inverso.
Si hay incongruencia entre la ficha técnica y lo indicado en el Anexo N°2, se solicitará aclaración de oferta a través del portal mercado público.
Si no adjunta la ficha técnica o esta no se pueden visualizar serán solicitadas por aclaración de ofertas. Si no da respuesta a la aclaración de ofertas, la oferta será declarada inadmisible.
Sí no cumple con una o algunas de las características técnicas solicitadas la oferta será declarada inadmisible.
b.2.- Anexo 3; Garantía, según formato adjunto en el portal. En este anexo indicará la garantía del producto ofertado. De adjuntar certificado de servicio técnico autorizado.
Debe completar claramente los meses de garantía ofertados. Se declararán inadmisibles garantías menores a 12 meses
11.3.-Archivo documentación económica, deberá incluir:
(c) Documentos Económicos:
c.1.-Anexo N°4 “Oferta Económica y plazo de entrega”, deberá presentar su oferta económica en el Anexo N°4 e indicar el plazo de entrega. Según formato, debe ingresar el Anexo N°4 debidamente completado y firmado.
Debe indicar claramente el plazo de entrega ofertado con números en el documento.
La entrega deberá realizarse en el CESFAM Dr. Jorge Ahumada Lemus, ubicado en calle Lautaro 720, Villa España, comuna de Santa María, V región.
El plazo de entrega será considerado a partir del día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra. Y no puede ser superior a 30 días corridos.
Si no presenta el Anexo N°4, o no indica su oferta económica y/o el plazo de entrega será declarado Inadmisible.
No se podrá modificar el formato del anexo N°4 y su contenido.
Si presenta errores de cálculo en su oferta económica, se evaluará con el valor indicado en el portal mercado público más la aplicación del IVA, si sobrepasa el presupuesto máximo la oferta será declarada inadmisible.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipoy financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones del contrato en las condiciones establecidas en estas bases y en sus documentos complementarios del portal mercado público.
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Aclaración de ofertas |
12.1.- Aclaración de ofertas
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes a través del portal, con posterioridad al acto de cierre, a través de la herramienta “aclaración de ofertas”, que efectúen aclaraciones respecto de documentación ingresada (ilegible, cortada, otras), salven errores u omisiones formales que considere oportunas, y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta para la evaluación. Igualmente, la comisión evaluadora podrá solicitar aclaraciones de ofertas una vez realizada la aceptación de ofertas en el portal mercado público.
Las respuestas deberán ser ingresadas en un plazo de 24 horas, a través del portal, y se deberán limitar a los puntos solicitados.
Aquellos oferentes que se le soliciten aclaraciones por el portal mercado público y estos no respondan a la solicitud, quedarán fuera de bases y serán declarados inadmisibles por lo que no participarán del proceso de evaluación de ofertas.
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Requisitos de Admisibilidad |
12.2.- Requisitos de Admisibilidad
Serán inadmisibles aquellas propuestas;
• Cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes Bases. (Emisión del documento y legalizaciones pertinentes).
• Se verifiquen anomalías, falsificaciones o de adulteraciones de la documentación presentada.
• Los oferentes que no ingresen los antecedentes solicitados por “aclaraciones de oferta” en el portal mercado público, en el plazo correspondiente.
• Que presenten una propuesta por un valor superior al “presupuesto disponible” indicados en el punto número 7 de las presentes bases.
• Que no cumpla con uno o más de los requisitos técnicos mínimos del Anexo Nº2.
• Que no ingrese el anexo N°3 de Garantía.
• Que no indique el tiempo de garantía en el anexo N°3.
• Que oferte una garantía menor a 12 meses.
• Que no presente el Anexo N°4 o no indique su oferta económica y/o plazo de entrega.
• Que el plazo de entrega del producto sea mayor a 30 días corridos.
• Que no adjunte certificado de servicio técnico.
• Que no adjunte manual de usuario en español
Si no existieran ofertas admisibles se declarará por acto administrativo la inadmisibilidad de las ofertas y se procederá a declarar “desierto” el proceso, procediendo a efectuar un nuevo proceso de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley 19.886.)
Aún cuando se haya realizado la apertura electrónica de las ofertas y se detecte posteriormente que alguna oferta no cumple los requisitos de admisibilidad, la oferta será declarada inadmisible para la presente licitación pública y no será considerara en el proceso de evaluación de ofertas, lo que quedará reflejado en el informe de adjudicación o deserción según sea el caso.
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Desempate |
15.- DESEMPATE DE OFERTAS
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel oferente que posea el mayor puntaje en el criterio de garantía, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de plazo de entrega, de persistir el empate, será el oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio plazo de oferta económica.
Si aún subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
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Adjudicacion |
16. - ADJUDICACIÓN
Una vez cerrado el plazo de recepción de ofertas, cumplido el plazo de aclaración de ofertas, verificada la admisibilidad de la ofertas y realizada la evaluación de las ofertas, se procederá a proponer la adjudicación al oferente que presente la oferta más ventajosa para el municipio, siempre que este haya cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en las bases y sus anexos, no presenten inhabilidades según declaración jurada realizada al publicar su oferta, y hayan ofertado quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente.
Según el Art. 40 bis del Reglamento de la Ley 19.886 “Informe de la Comisión Evaluadora", la Comisión Evaluadora podrá proponer:
- Declarar ofertas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación las aclaraciones emitidas por el municipio y las respuestas al proceso de preguntas de la licitación, especificando para ello, claramente los requisitos incumplidos, o declarar las ofertas inadmisibles cuando el oferente (incluidas las Uniones temporales de Proveedores) o alguno de sus subcontratos posea una o más de las inhabilidades indicadas en el artículo 4 de la Ley N°19.866, o una más de las inhabilidades indicadas por el artículo 92 del reglamento de la Ley 19.886, Decreto N°250.
- Declarar la licitación desierta, cuando no se presenten ofertas o bien, cuando la Comisión Evaluadora considere que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Municipalidad.
La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al Sr. Alcalde un adjudicatario si corresponde, o podrán proponer declarar desierta la licitación.
Si la comisión no alcanza a proponer la adjudicación al Alcalde en el plazo indicado en el punto N°3, se ampliará el plazo de adjudicación lo que será informado en el portal mercado público.
La adjudicación será realizada por Decreto Alcaldicio y será informado a través del portal mercado público.
Si el adjudicatario se desistiere aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del reglamento de la Ley 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases de licitación pública para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el Municipio de Santa María, dejará sin efecto la adjudicación original, y adjudicará la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, si lo hubiere, hasta un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, o llamará a un nuevo proceso de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley 19.886.
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Orden de compra |
17.2.- Orden de Compra
Una vez generado el Decreto Alcaldicio que aprueba la adjudicación, la Municipalidad emitirá la Orden de Compra siempre y cuando el proveedor se encuentre hábil en el portal mercado público. El adjudicatario tendrá 2 días hábiles para aceptarla, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que se envía la orden de compra. Podrá solicitar una prórroga de plazo para la aceptación de la orden de compra por una vez mediante carta a la Municipalidad antes del segundo día hábil y esta solicitud de plazo no podrá sobrepasar 1 día hábil.
Si el contratista no acepta la orden de compra en el plazo estipulado, se solicitará su rechazo, entendiéndose como rechazada, una vez transcurridas 48 horas de realizada la solicitud, después de lo cual, la Municipalidad cancelará la orden de compra por el sistema de mercado público.
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, el Municipio podrá hacer la solicitud de cancelación de la orden de compra en el Mercado y dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicando la licitación al Oferente que le seguía en puntaje si lo hubiere, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original o llamará a un nuevo proceso de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley 19.886.
El Municipio podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente el plazo de la entrega en cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del contratista, tales como, de emergencia nacional, instrucciones superiores de instituciones que financian la adquisición, legislaciones u otro motivo de fuerza mayor o caso fortuito, u otra causal, dando aviso por escrito o correo electrónico a éste.
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Notificacion y entrega de selladora |
17.3.- Notificación y Entrega de la selladora térmica.
El plazo de entrega de la selladora térmica rotativa automática será considerado a partir de la aceptación de la orden de compra.
El despacho de la selladora térmica será de cuenta y cargo exclusivo del adjudicatario y este deberá ceñirse a las condiciones de las Bases de Licitación Pública y demás antecedentes que conforman la oferta presentada, ejecutándole en forma correcta y oportuna.
Si el adjudicatario entrega o despacha en forma diferente de lo expresamente encomendado por la Municipalidad y regulado en las presentes Bases de licitación, sin contar con la debida autorización escrita por parte de esta, la Municipalidad ordenará al contratista asumir su responsabilidad y los costos asociados a ello, sin perjuicio del ejercicio de garantías y multas establecidas, si las hubiese.
La entrega de la selladora térmica rotativa automática será en la Unidad de Adquisiciones del Departamento de Salud Municipal, Dirección Lautaro 720, Santa María.
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Caracteristicas tecnicas |
19.- DE LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS DE LA SELLADORA TÉRMICA
Los oferentes que participen del proceso de licitación deberán cumplir como mínimo con las siguientes características técnicas para la selladora térmica rotativa automática. La verificación de las características se realizará a través de la ficha técnica del producto en español.
Cantidad Producto
1 Selladora Térmica Rotativa Automática
Requisitos Técnicos de la Selladora
Velocidad de sellado 5 – 13 m/min
Control de temperatura
Control de presión de contacto
Control de velocidad tiempo/sellado
Impresión en mínimo 1 línea
Impresora integrada
Temperatura de sellado máximo 220°C
Tipo de impresión y tamaño variable
Función de apagado para sellado
Secuencia de impresión variable
Presión de contacto 70 – 130 N
Protección contra sobrecalentamiento mediante alarma
Grabación interna y lectura de parámetros en pantalla
Distancia de sellado desde el borde 0 – 35 mm
Distancia de sellado del instrumento según DIN 58953-7 mayor a 30 min
Encendido automático
Parámetros se mantienen aún después de la falla en suministro de energía
Actualización automática de fecha y hora
Certificación ISO 11607
Certificación ISO 16775
Certificación DIN 58953-7
Conexión interfaz para los seguimientos de lotes
Conexión USB incluyendo software de documentación
Impresión de parámetros en el proceso
Ancho de sellado mínimo 12 mm
Dimensiones 565 x 260 x 145 mm. +/- 5cm
Color blanca o gris
Caja de acero inoxidable
Conexión a corriente 230 V, 50/60 Hz
Capacitación sobre su uso
Mantención preventiva 1 por año, por año de garantía
Tiempo de respuesta de servicio técnico no mayor a 48 hrs.
Incluye despacho del producto
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Recepcion definitiva de producto |
20.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LA ENTREGA
La recepción conforme será realizada por la comisión evaluadora, en un plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la puesta en servicio, los cuales revisarán que la entrega sea de acuerdo a lo establecido según las aclaraciones emitidas por la Municipalidad (si aplica), las preguntas y respuestas del proceso de licitación, lo indicado por las presentes bases de licitación y sus anexos y la oferta del contratista,
La comisión evaluadora realizará la recepción definitiva y emitirá las observaciones de la recepción si corresponde, además, indicará los plazos en que las observaciones deben ser subsanadas. Este proceso se repetirá hasta que no existan observaciones que subsanar en la recepción definitiva.
La comisión podrá rechazar la entrega de la selladora si esta no cumple con lo indicado en cuanto a las características técnicas mínimas o por haber sufrido daños en el traslado y/o instalación, o por no encender y/o funcionar, se solicitará su cambio, debiendo ser reemplazada por otra unidad nueva en un plazo máximo de 48 horas desde el día hábil siguiente a notificación al contratista mediante correo electrónico, siendo de cuenta y cargo exclusivo del contratista.
Si el contrista se negase a subsanar las observaciones a la entrega, la municipalidad podrá realizar el término anticipado del contrato y readjudicación y/o nueva licitación si esta corresponde.
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Modificaciones |
22.- DE LAS MODIFICACIONES
Las condiciones que se estipulan en las presentes bases de licitación y sus anexos, las respuestas a las consultas del proceso de licitación, las aclaraciones de la Comisión Evaluadora y los documentos adjuntos en el portal mercado público son inamovibles, la Oferta es a Precio Fijo y no corresponderá pagar un monto mayor al adjudicatario, aún cuando exista cualquier error en la oferta realizada por el adjudicatario.
El plazo ofertado se entenderá en días corridos, sin deducción de feriados ni festivos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, u otra causal que surja antes o durante la entrega, instalación y puesta en servicio, siempre y cuando sea autorizado por la Municipalidad el nuevo plazo de entrega y se solicite por correo electrónico de parte del contratista a cesfamsantamaria@gmail.com antes de cumplirse el plazo de entrega. El nuevo plazo solo podrá extenderse en 1 día de corrido.
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termino Anticipado del contrato |
23.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DELCONTRATO
La Municipalidad podrá poner término administrativo y en forma anticipada al contrato en los siguientes casos:
a) Si el contratista o alguno de sus socios administradores fuere formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva, o en el caso de sociedades anónimas, lo fuese algún miembro del Directorio o Gerente.
b) Si el Contratista fuere declarado en insolvencia o se iniciara un procedimiento concursal, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Mediante una resciliación del contrato (orden de compra) entre las partes.
d) Si no cumple con los requerimientos de las especificaciones técnicas, en cuanto a la calidad y características de estos.
e) Se niegue a subsanar las observaciones de la recepción definitiva en el plazo estipulado para ello.
f) No reponga un nuevo equipo cuando este haya sido rechazado en la recepción definitiva con observaciones dentro del plazo pactado.
g) Lo exija el interés público y la seguridad nacional.
h) Por incumplimiento de plazos ofertados, sin una justificación ante la Municipalidad.
i) Si el producto entregado es distinto al ofertado.
j) Por muerte del contratista o término de giro.
k) Las demás que se establecen en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, y en el capítulo VIII Contrato de Suministros y Servicios, artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas.
En caso de verificarse el incumplimiento por parte de la I. Municipalidad de Santa María, de algunos de los puntos mencionados anteriormente, la comisión evaluadora emitirá un informe visado por la Dirección de Control de la Municipalidad de Santa María, el cual será enviado al contratista, mediante carta certificada o correo electrónico.
El Contratista tendrá 5 días hábiles a partir de la recepción del Decreto Alcaldicio e informe adjunto para hacer sus descargos, estos descargos deberán ser ingresados a la oficina de partes de la Municipalidad de Santa María, mediante carta dirigida al Alcalde de la Municipalidad de Santa María con copia al Director del CESFAM Dr. Jorge Ahumada Lemus. La medida a aplicar se formalizará a través de un Decreto Alcaldicio, el que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, este Decreto Alcaldicio será publicado oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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Multas |
24.- DE LAS MULTAS
La I. Municipalidad de Santa María podrá aplicar multas por las siguientes causas.
1. Por no cumplir con el día de entrega acordado sin justificación, se cursará una multa de 1 UF por cada día de atraso.
2. Por retardar el recambio o reemplazo de los productos devueltos por mal estado o que no cumplan con las Especificaciones Técnicas, se cursará una multa de 1 UF por cada día de retraso en el recambio.
Las multas serán dictadas mediante Decreto Alcaldicio e informadas al contratista a través de una carta enviada por correo electrónico. El contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para apelar cualquier multa desde su recepción por correo electrónico. Esta apelación deberá ser ingresada en la Oficina de Partes de la Municipalidad con copia a la Directora del Departamento de Salud Municipal, mediante carta dirigida al Alcalde. La Municipalidad de Santa María tendrá un plazo de 5 días hábiles para aceptar la apelación y cancelar la multa o rebajar la multa o rechazar la apelación, después de lo cual o se ratificará la multa ya dictada por Decreto Alcaldicio o se procederá a cancelar o rebajar la multa mediante un nuevo Decreto Alcaldicio.
Como máximo las multas podrán ser hasta el 30% del valor bruto del contrato.
El valor de la UF corresponderá al día hábil anterior al de la fecha del Decreto Alcaldicio que dicte la multa.
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