Producto solicitado |
Se considera la adquisición de un espirómetro portátil de sobremesa con jeringa de calibración, software para permitir realizar pruebas directas con PC, debe venir con valores de referencia GLI 2012 y Knudson instalados, rango de precisión +/- 3% según normativa ATS. Equipo con pantalla táctil con lápiz de tacto incluido-. Transductor con volumen digital. Con impresora térmica de alta resolución incorporada. Batería recargable con autonomía mínima de 6 hrs. Equipo certificado por normativa ATS. Alimentación 220 v, enchufe normal, no Schuko). Mantenciones preventivas. Repuestos disponibles durante mínimo 5 años. Garantía mínima 18 meses. Capacitación sobre su uso y calibración. Y los demás requerimientos según las especificaciones técnicas del punto 19.
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Precio |
El presupuesto máximo para la adquisición es de $3.800.000.- (tres millones ochocientos mil pesos) IVA incluido.
Serán Inadmisibles y quedarán fuera de bases, aquellos oferentes que sobrepasen en su oferta el presupuesto máximo disponible para la compra.
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Plazos |
El plazo de entrega del espirómetro portátil será propuesto por el oferente, el cual es un criterio de evaluación informado en Anexo N°3. El plazo de entrega no podrá ser superior a 30 días corridos y será considerado a partir del día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra. El plazo ofertado se entenderá en días corridos, sin deducción de feriados ni festivos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, u otra causal que surja antes o durante la entrega del espirómetro portátil siempre y cuando sea autorizado por la Municipalidad de Santa María el nuevo plazo de entrega y se solicite por correo electrónico de parte del contratista a cesfamsantamaria@gmail.com. Si el plazo de entrega coincide con un día feriado, sábado o domingo se entenderá trasladado al día hábil siguiente. El horario para la entrega y puesta en servicio deberán coordinarse con el Departamento de Salud Municipal para la asistencia de la comisión evaluadora.
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Consultas y aclaraciones |
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación técnica, económica y administrativa y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y lo indicado en el punto N°3, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso (artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886).
Igualmente, la Comisión Evaluadora podrá efectuar aclaraciones desde la publicación de la licitación en el portal, sin necesidad de consultas de los oferentes o a raíz de ellas y hasta 48 horas antes del cierre de las ofertas.
El oferente deberá revisar toda la documentación que implica la licitación pública, y hacer las preguntas correspondientes, ya que es responsabilidad del oferente revisar los antecedentes antes de realizar su oferta.
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Respuestas a las consultas y aclaraciones |
Las respuestas a las consultas se ingresarán a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario indicado en el punto 3, en caso de requerir más plazo para responder las preguntas del foro, la comisión de evaluación podrá modificar la fecha de respuesta. La nueva fecha será informada a través del portal www.mercadopublico.cl.
Será de responsabilidad del oferente, la toma de conocimiento de las respuestas a las consultas, ya que éstas, formarán parte integral de las bases. No se dará respuesta a preguntas verbales, no atingentes a esta licitación, efectuadas fuera de plazo, o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
A sí mismo, la Comisión Evaluadora se reserva el derecho desde la publicación de la Licitación en el portal mercado público a efectuar aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases de Licitación Pública y sus anexos, si las hubiese, las que serán anexadas en el portal a través de un documento denominado “Aclaraciones Nº 1,2,...n”, considerando un plazo máximo de 24 horas, anteriores al cierre del proceso de presentación de ofertas, efectuadas por los oferentes.
Será de responsabilidad del oferente, la toma de conocimiento de estas aclaraciones en la sección de “ver adjuntos” del portal mercado público.
La Entidad Licitante no podrá tener contactos con los Oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones, las visitas a terreno establecidas en las Bases y cualquier otro contacto especificado en las Bases. (artículo 27 del Reglamento de la Ley 19.886).
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Documentos obligatorios a presentar por el oferente |
La Propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl., antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación indicados en el punto 3, o sus modificaciones.
En tal sentido, se debe adjuntar los archivos y documentos solicitados en los siguientes formatos según corresponda; Word, Excel, JPG, Pdf, dwg.
Los antecedentes de cada ítem (administrativo, técnico, económico), podrán estar consolidados en un solo archivo.
Por “consolidado o unificado” se entiende que cada documento o antecedente requerido de la documentación administrativa (1 archivo), técnica (1 archivo) y económica (1 archivo), deberá ser ingresado al portal mercado público en un solo archivo, salvo que exceda el peso máximo para adjuntar en el sistema, donde podrá dividir el archivo.
El nombre que se asigne a cada archivo, debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra que le corresponda, en atención al orden que fijan las presentes Bases.
• (a) Documentos Administrativos
• (b) Documentos Técnicos
• (c) Documentos Económicos
Los Oferentes no deben ingresar antecedentes adicionales a los requeridos.
Todos los documentos que señalen deberán ser firmados y timbrados por el oferente, según corresponda en cada documento.
11.1.- Archivo documentación administrativa, deberá incluir:
(a) Documentos Administrativos:
a. Anexo Nº1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por el representante legal u oferente Debe ingresar el Anexo N°1 debidamente completado y firmado.
11.2.-Archivo documentación técnica, deberá incluir:
(b) Documentos Técnicos:
b.1.- Anexo Nº2 “Características técnicas de la oferta y Garantía”, según formato adjunto en el portal.
En este anexo indicará las características técnicas ofertadas y las garantías del producto ofertado. Debe ingresar el Anexo N°2 debidamente completado y firmado.
Debe adjuntar la Ficha Técnica del espirómetro portátil en idioma español.
Si hay incongruencia entre la ficha técnica y lo indicado en el Anexo N°2 se solicitará aclaración de oferta a través del portal mercado público.
Si no adjunta la ficha técnica o esta no se pueden visualizar serán solicitadas por aclaración de ofertas.
Sí no cumple con una o algunas de las características técnicas solicitadas la oferta será declarada inadmisible.
Debe indicar claramente los meses de garantía ofertados. No serán admisibles garantías menores a 18 meses
11.3.-Archivo documentación económica, deberá incluir:
(c) Documentos Económicos:
c.1.-Anexo N°3 “Oferta Económica y plazo de entrega”, deberá presentar su oferta económica en el Anexo N°3 e indicar el plazo de entrega. Según formato, debe ingresar el Anexo N°3 debidamente completado y firmado.
Debe indicar claramente el plazo de entrega ofertado con números en el documento.
La entrega del espirómetro portátil deberá realizarse en el CESFAM Dr. Jorge Ahumada Lemus, ubicado en calle Lautaro 720, Villa España, comuna de Santa María, V Región.
El plazo de entrega será considerado a partir del día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra.
Si no presenta el Anexo N°3, o no indica su oferta económica y/o el plazo de entrega será declarado Inadmisible.
No se podrá modificar el formato del anexo N°3 y su contenido
Si presenta errores de cálculo en su oferta económica, se evaluará con el valor indicado en el portal mercado público más la aplicación del IVA, si sobrepasa el presupuesto máximo la oferta será declarada inadmisible.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipoy financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones del contrato en las condiciones establecidas en estas bases y en sus documentos complementarios del portal mercado público.
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Aclaración de ofertas |
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes a través del portal, con posterioridad al acto de cierre, a través de la herramienta “aclaración de ofertas”, que efectúen aclaraciones respecto de documentación ingresada (ilegible, cortada, otras), salven errores u omisiones formales que considere oportunas, y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta para la evaluación. Igualmente, la comisión evaluadora podrá solicitar aclaraciones de ofertas una vez realizada la aceptación de ofertas en el portal mercado público.
Las respuestas deberán ser ingresadas en un plazo de 24 horas, a través del portal, y se deberán limitar a los puntos solicitados.
Aquellos oferentes que se le soliciten aclaraciones por el portal mercado público y estos no respondan a la solicitud, quedarán fuera de bases y serán declarados inadmisibles por lo que no participarán del proceso de evaluación de ofertas.
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Requisitos de Admisibilidad |
Serán inadmisibles aquellas propuestas;
- Cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes Bases. (Emisión del documento y legalizaciones pertinentes).
- Se verifiquen anomalías, falsificaciones o de adulteraciones de la documentación presentada.
- Los oferentes que no ingresen los antecedentes solicitados por “aclaraciones de oferta” en el portal mercado público, en el plazo correspondiente.
- Que presenten una propuesta por un valor superior al “presupuesto disponible” indicados en el punto número 7 de las presentes bases.
- Que no cumpla con uno o más de los requisitos técnicos mínimos del Anexo Nº2.
- Que no indique el tiempo de garantía en el anexo N°2
- Que no cumpla con las características mínimas del punto 19.
- Que oferte una garantía menor a 18 meses.
- Que no presente el Anexo N°3 o no indique su oferta económica y/o plazo de entrega.
- Que el plazo de entrega del producto sea mayor a 30 días corridos
Si no existieran ofertas admisibles se declarará por acto administrativo la inadmisibilidad de las ofertas y se procederá a declarar “desierto” el proceso, procediendo a efectuar un nuevo proceso de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley 19.886.)
Aún cuando se haya realizado la apertura electrónica de las ofertas y se detecte posteriormente que alguna oferta no cumple los requisitos de admisibilidad, la oferta será declarada inadmisible para la presente licitación pública y no será considerara en el proceso de evaluación de ofertas, lo que quedará reflejado en el informe de adjudicación o deserción según sea el caso.
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Criterios de desempate |
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel oferente que posea el mayor puntaje en el criterio de plazo de entrega, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de oferta económica, de persistir el empate, será el oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio garantía.
Si aún subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
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Adjudicacion |
Una vez cerrado el plazo de recepción de ofertas, cumplido el plazo de aclaración de ofertas, verificada la admisibilidad de la ofertas y realizada la evaluación de las ofertas, se procederá a proponer la adjudicación al oferente que presente la oferta más ventajosa para el municipio, siempre que este haya cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en las bases y sus anexos, no presenten inhabilidades según declaración jurada realizada al publicar su oferta, y hayan ofertado quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente.
Según el Art. 40 bis del Reglamento de la Ley 19.886 “Informe de la Comisión Evaluadora", la Comisión Evaluadora podrá proponer:
- Declarar ofertas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación las aclaraciones emitidas por el municipio y las respuestas al proceso de preguntas de la licitación, especificando para ello, claramente los requisitos incumplidos, o declarar las ofertas inadmisibles cuando el oferente (incluidas las Uniones temporales de Proveedores) o alguno de sus subcontratos posea una o más de las inhabilidades indicadas en el artículo 4 de la Ley N°19.866, o una más de las inhabilidades indicadas por el artículo 92 del reglamento de la Ley 19.886, Decreto N°250.
- Declarar la licitación desierta, cuando no se presenten ofertas o bien, cuando la Comisión Evaluadora considere que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Municipalidad.
La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al Sr. Alcalde un adjudicatario si corresponde, o podrán proponer declarar desierta la licitación.
Si la comisión no alcanza a proponer la adjudicación al Alcalde en el plazo indicado en el punto N°3, se ampliará el plazo de adjudicación lo que será informado en el portal mercado público.
La adjudicación será realizada por Decreto Alcaldicio y será informado a través del portal mercado público.
Si el adjudicatario se desistiere aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del reglamento de la Ley 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases de licitación pública para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el Municipio de Santa María, dejará sin efecto la adjudicación original, y adjudicará la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, si lo hubiere, hasta un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, o llamará a un nuevo proceso de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley 19.886.
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Orden de compra |
Una vez generado el Decreto Alcaldicio que aprueba la adjudicación, la Municipalidad emitirá la Orden de Compra siempre y cuando el proveedor se encuentre hábil en el portal mercado público. El adjudicatario tendrá 2 día hábiles para aceptarla, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que se envía la orden de compra. Podrá solicitar una prórroga de plazo para la aceptación de la orden de compra por una vez mediante carta a la Municipalidad antes del segundo día hábil y esta solicitud de plazo no podrá sobrepasar 1 día hábil.
Si el contratista no acepta la orden de compra en el plazo estipulado, se solicitará su rechazo, entendiéndose como rechazada, una vez transcurridas 24 horas de realizada la solicitud, después de lo cual, la Municipalidad cancelará la orden de compra por el sistema de mercado público.
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, el Municipio podrá hacer la solicitud de cancelación de la orden de compra en el Mercado y dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicando la licitación al Oferente que le seguía en puntaje si lo hubiere, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original o llamará a un nuevo proceso de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley 19.886.
El Municipio podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente el plazo de la entrega en cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del contratista, tales como, de emergencia nacional, instrucciones superiores de instituciones que financian la adquisición, legislaciones u otro motivo de fuerza mayor o caso fortuito, u otra causal, dando aviso por escrito o correo electrónico a éste.
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Notificacion y entrega de espirometr |
El plazo de entrega y puesta en marcha del espirómetro portátil será considerado a partir de la aceptación de la orden de compra
El despacho del espirómetro portátil será de cuenta y cargo exclusivo del adjudicatario y este deberá ceñirse a las condiciones de las Bases de Licitación Pública y demás antecedentes que conforman la oferta presentada, ejecutándole en forma correcta y oportuna.
Si el adjudicatario entrega o despacha en forma diferente de lo expresamente encomendado por la Municipalidad y regulado en las presentes Bases de licitación, sin contar con la debida autorización escrita por parte de esta, la Municipalidad ordenará al contratista asumir su responsabilidad y los costos asociados a ello, sin perjuicio del ejercicio de garantías y multas establecidas, si las hubiese.
La entrega y puesta en marcha del espirómetro portátil deberá realizarla en el CESFAM Dr. Jorge Ahumada Lemus, ubicado en calle Lautaro 720, Villa España, comuna de Santa María, V región.
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Caracteristicas tecnicas |
Los oferentes que participen del proceso de licitación deberán cumplir como mínimo con las siguientes características técnicas para el espirómetro portátil. La verificación de las características se realizará a través de la ficha técnica del producto en español.
Cantidad Producto
01 Espirómetro Portátil y Jeringa de Calibración
Requisitos Técnicos del Espirómetro
Memoria Memoria para almacenar sobre 2000 pruebas.
Software Debe permitir realizar pruebas directas con PC
Valores de referencia Debe venir con valores GLI 2012 y Knudson instalados
Rango de precisión +/- 3%, según normativa ATS
Monitor Equipo con pantalla táctil ¼ VGA LCD, con lápiz de tacto incluido.
Transductor Transductor con volumen digital.
Año del modelo del equipo 2023
Impresora Equipo con impresora térmica de alta resolución, incorporada.
Batería Batería recargable con autonomía mínima de 6 horas.
Jeringa de Calibración Debe traer jeringa de calibración de 3 litros, incluida en la propuesta.
Certificación Certificado por Normativa ATS
Alimentación 220 v. con enchufe normal (no Schuko)t
Garantía, soporte técnico, otros
Garantía Mínimo 18 meses contados desde la recepción conforme del equipo en CESFAM. Durante este periodo, el proveedor debe realizar y costear mantenciones preventivas con periodicidad recomendada por fabricante.
Soporte técnico y tiempo de respuesta Servicio técnico autorizado/certificado (presentar certificación) con tiempo de reacción máximo 5 días hábiles. El proveedor debe poner equipo de respaldo de iguales o similares características a disposición del CESFAM durante el periodo de mantención preventiva o reparación
Mantención Mantenciones preventivas y reparativas con cargo al oferente, durante el periodo de garantía, si estas no corresponden al mal uso del equipo.
Repuestos Repuestos disponibles durante 5 años mínimo
Flete, Instalación y capacitación Incluye flete, Instalación y capacitación al personal del CESFAM Dr Jorge Ahumada, incluyendo capacitación en calibración con jeringa.
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Recepcion definitiva de producto |
La recepción definitiva y conforme será realizada por la comisión evaluadora, en un plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la puesta en servicio, los cuales revisarán que la entrega sea de acuerdo a lo establecido según las aclaraciones emitidas por la Municipalidad (si aplica), las preguntas y respuestas del proceso de licitación, el Anexo N°2, lo indicado por las presentes bases de licitación y sus anexos y la oferta del contratista,
La comisión evaluadora realizará la recepción definitiva y emitirá las observaciones de la recepción si corresponde, además, indicará los plazos en que las observaciones deben ser subsanadas. Este proceso se repetirá hasta que no existan observaciones que subsanar en la recepción definitiva.
La comisión podrá rechazar la entrega del espirómetro portátil si este no cumple con lo indicado en cuanto a las características técnicas mínimas o por haber sufrido daños en el traslado y/o instalación, o por no encender y/o funcionar, se solicitará su cambio, debiendo ser reemplazada por otra unidad nueva en un plazo máximo de 48 horas desde el día hábil siguiente a notificación al contratista mediante correo electrónico, siendo de cuenta y cargo exclusivo del contratista.
Si el contrista se negase a subsanar las observaciones a la entrega, la municipalidad podrá realizar el término anticipado del contrato.
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Del pago |
El adjudicado no podrá emitir la factura si no está aprobada y recepcionada conforme a la entrega del espirómetro portátil por parte del Departamento de Salud Municipal,
21.1. Pago al Proveedor
El precio total del Contrato se pagará en un estado de pago, previa conformidad de la entrega realizada.
Para iniciar el proceso del estado de pago deberá acompañar los siguientes documentos;
a) Copia del acta de recepción definitiva sin observaciones.
b) Factura del proveedor a nombre de la I. Municipalidad de Santa María.
Datos de facturación:
Nombre : I.MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA
R.U.T : 69.051.000-6
Dirección : Lautaro 720, Santa María
La glosa de la factura deberá detallar el producto y servicio e indicar el ID de la Licitación; 3821-3-L123.
En caso de existir Multas estas serán descontadas del Estado de pago y deberá emitir la factura por el total contratado.
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termino Anticipado del contrato |
La Municipalidad podrá poner término administrativo y en forma anticipada al contrato en los siguientes casos:
a) Si el contratista o alguno de sus socios administradores fuere formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva, o en el caso de sociedades anónimas, lo fuese algún miembro del Directorio o Gerente.
b) Si el Contratista fuere declarado en insolvencia o se iniciara un procedimiento concursal, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Mediante una resciliación del contrato (orden de compra) entre las partes.
d) Si no cumple con los requerimientos de las especificaciones técnicas, en cuanto a la calidad y características de estos.
e) Se niegue a subsanar las observaciones de la recepción definitiva en el plazo estipulado para ello.
f) No reponga un nuevo equipo cuando este haya sido rechazado en la recepción definitiva con observaciones dentro del plazo pactado.
g) Lo exija el interés público y la seguridad nacional.
h) Por incumplimiento de plazos ofertados, sin una justificación ante la Municipalidad.
i) Por muerte del contratista o término de giro.
j) Las demás que se establecen en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, y en el capítulo VIII Contrato de Suministros y Servicios, artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas.
k) Si el producto entregado es distinto al ofertado.
En caso de verificarse el incumplimiento por parte de la I. Municipalidad de Santa María, de algunos de los puntos mencionados anteriormente, la comisión evaluadora emitirá un informe visado por la Dirección de Control de la Municipalidad de Santa María, el cual será enviado al contratista, mediante carta certificada o correo electrónico.
El Contratista tendrá 5 días hábiles a partir de la recepción del Decreto Alcaldicio e informe adjunto para hacer sus descargos, estos descargos deberán ser ingresados a la oficina de partes de la Municipalidad de Santa María, mediante carta dirigida al Alcalde de la Municipalidad de Santa María con copia al Director del CESFAM Dr. Jorge Ahumada Lemus. La medida a aplicar se formalizará a través de un Decreto Alcaldicio, el que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, este Decreto Alcaldicio será publicado oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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Multas |
La I. Municipalidad de Santa María podrá aplicar multas por las siguientes causas.
1. Por no cumplir con el día de entrega acordado sin justificación, se cursará una multa de 1 UF por cada día de atraso.
2. Por retardar el recambio o reemplazo de los productos devueltos por mal estado o que no cumplan con las Especificaciones Técnicas, se cursará una multa de 1 UF por cada día de retraso en el recambio.
Las multas serán dictadas mediante Decreto Alcaldicio e informadas al contratista a través de una carta enviada por correo electrónico. El contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para apelar cualquier multa desde su recepción por correo electrónico. Esta apelación deberá ser ingresada en la Oficina de Partes de la Municipalidad con copia a la Directora del Departamento de Salud Municipal, mediante carta dirigida al Alcalde. La Municipalidad de Santa María tendrá un plazo de 5 días hábiles para aceptar la apelación y cancelar la multa o rebajar la multa o rechazar la apelación, después de lo cual o se ratificará la multa ya dictada por Decreto Alcaldicio o se procederá a cancelar o rebajar la multa mediante un nuevo Decreto Alcaldicio.
Como máximo las multas podrán ser hasta el 30% del valor bruto del contrato.
El valor de la UF corresponderá al día hábil anterior al de la fecha del Decreto Alcaldicio que dicte la multa.
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