PRESUPUESTO |
El presupuesto oficial para la ejecución del presente proyecto denominado “Construcción Multicancha Y Camarines El Divisadero, Comuna De Punitaqui”, código 1-C-2021-325, financiado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, correspondiendo a la suma única y total de $154.396.201 (Ciento cincuenta y cuatro millones trescientos noventa y seis mil doscientos un peso).
La oferta es a precio fijo y no se pagarán mayores obras ejecutadas, si éstas no han sido autorizadas por el Municipio, tampoco se aumentarán los plazos sin su autorización ni se pagarán indemnizaciones de ninguna naturaleza.
Aquellas ofertas que superen el valor antes indicado serán declaradas inadmisibles.
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REQUISITOS PARA PRESENTARSE A LA PROPUESTA |
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4 incisos 1º y 7º de la Ley 19.886 sobre compras públicas, y tengan algún vínculo de parentescos descritos en la letra b) del artículo 54 del DFL 1- 19653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575. Asimismo, será requisito para participar en la presente licitación el haber dado cumplimiento a las normas establecidas en la ley 20.238 que estableció la exclusión de aquellos oferentes que, al momento de presentación de su oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años anteriores.
Se hace presente que para contratar al oferente éste deberá contar con inscripción vigente y hábil en el portal chile proveedores. Asimismo, será necesario que cuenten con algún tipo de inscripción vigente en registro de contratistas, ya sea MINVU, MOP y/o SERVIU.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
En cualquier momento, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, La Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Punitaqui, mediante resolución fundada y debidamente tramitada, podrá modificar, aclarar, rectificar o enmendar las presentes bases administrativas, EETT, sus documentos anexos o el calendario de la licitación. En cualquier caso, deberá informar de esta situación a través del sistema de informaciones a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, otorgando un plazo prudente para que los oferentes adecuen sus propuestas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones a las bases técnicas y/o plazos de la adquisición podrán realizarse hasta antes de las 48 horas, contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
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ACLARACIONES A LAS OFERTAS POR ERROR U OMISIÓN |
La Municipalidad de Punitaqui se reserva el derecho de solicitar que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los respectivos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, debiendo informarse de dicha solicitud a los demás oferentes a través del sistema de información a cargo de la Dirección de Compras.
Podrá, asimismo, la Municipalidad solicitar la presentación de antecedentes o certificados que los oferentes hayan omitido, siempre y cuando hayan sido obtenidos con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refiera a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo para que el oferente pueda corregir errores o salvar omisiones en la presentación de sus respectivas ofertas será de 48 horas continuas, contado desde el requerimiento efectuado a través del sistema.
Para aquellos oferentes que no den respuesta en el plazo entregado, las propuestas serán declaradas inadmisibles.
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DEL CONTRATO |
Suscribirán el contrato:
a) El contrato será redactado por la Unidad Jurídica. El proponente adjudicado tendrá el plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la adjudicación para entregar la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y las obligaciones laborales y presentarse a la suscripción del mismo. La notificación de adjudicación se efectuará por parte de la Unidad Técnica al oferente adjudicado, a través de algún medio que permita certificar ésta.
b) El precio del contrato corresponderá al sistema de suma alzada sin reajuste, sin intereses de ninguna especie, el que incluirá el costo de los aportes y/o derechos a los servicios respectivos, pago de honorarios, impuestos, derechos notariales, gastos generales, utilidades, así como todo gasto adicional o imprevisto que irrogue su cumplimiento, sea indirecto, directo o a causa de él.
c) Si el adjudicatario desiste y se niega a suscribir el contrato dentro del plazo estipulado, la Unidad Técnica hará efectiva la Boleta de Garantía de la Seriedad de la Oferta y sin llamar a nueva licitación, podrá proponer adjudicar a los otros proponentes en el orden en que hubiesen sido evaluados. El monto del cobro de la Boleta de Garantía por Seriedad de la Oferta quedará a beneficio del Municipio en el caso que el contratista se desista de su oferta y no suscriba el contrato.
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PLAZOS |
El plazo efectivo para ejecución de las obras será el ofrecido por el oferente en su propuesta y en días corridos, el cual regirá a contar de la entrega del terreno por parte de la Unidad Técnica y será de 180 días corridos. El oferente no podrá superar el plazo antes indicado de lo contrario su oferta será declarada inadmisible. A su vez es IMPORTANTE: Si un oferente presenta en su oferta un plazo menor al 70% de los días estipulados en la licitación, quedará automáticamente fuera de bases sin más trámite, por considerarse su oferta peligrosa.
La Unidad Técnica podrá acoger solicitudes de aumento de plazo debidamente fundamentadas, pero tales aumentos no darán derecho al pago de gastos generales, salvo casos muy justificados y con expresa aceptación del Mandante. En caso que se autorice aumento de plazo el contratista deberá reemplazar la boleta bancaria de la obra por otra equivalente, todo acorde a lo indicado en el punto 14.2 de las presentes bases
Cabe señalar que los proveedores deberán aceptar o rechazar las órdenes de compra recibidas por el Sistema, de acuerdo al contenido de las mismas. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
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VISITA A TERRENO |
El terreno donde se emplazará el proyecto deberá ser visitado por los proveedores interesados y para tal efecto se fija como fecha de visita el día 27 de marzo de 2024, la convocatoria se realizará a las 10:00 horas, previa reunión y presentación en la oficina de la Secretaría Comunal de Planificación. El proponente que no concurra a la visita en la fecha y hora fijada, no podrá participar de la presente propuesta, dado que la visita es un requisito habilitante a fin de participar de la licitación. Se hace presente que los ofertante deben tomar las providencias necesarias a fin de cumplir con la hora fijada para la visita, no pudiendo incorporarse en forma extemporánea.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará de la siguiente forma:
a) En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio “Experiencia”, en el cual el subcriterio será adjudicar al oferente con mayor puntaje en el cual especifica productos iguales a lo señalado.
b) En caso de persistir el empate, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio “Precio”, en el cual el subcriterio será oferta más económica por sobre las otras.
c) En caso de persistir el empate, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio “Plazo de ejecución”, en el cual el subcriterio será adjudicar al oferente que hubiese ofrecido el menor plazo de ejecución de la obra.
d) En caso de persistir el empate, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio “Registro”, en el cual el subcriterio será adjudicar al oferente que cuenta con registro en cualquiera de las entidades solicitadas.
e) En caso de persistir el empate, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio “Contratación de Mano de Obra Local”, en el cual el subcriterio será adjudicar al oferente que hubiese ofrecido la mayor cantidad de trabajadores de la comuna de Punitaqui.
f) En caso de persistir el empate, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento Presentación de Antecedentes”, en el cual el subcriterio será adjudicar al oferente a quien no fue necesario solicitar aclaración de sus antecedentes.
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FACTORING |
Una vez firmado el contrato o durante la ejecución de los servicios y en la eventualidad que EL PROVEEDOR cede el crédito a un Factoring, el proveedor deberá comunicar dicha situación con a lo menos 5 días hábiles a que ingrese la Factura.
Procedimiento: Serán obligaciones de la Unidad Técnica en materia de Factorización o Cesión de Crédito, las siguientes:
a) El funcionario responsable de la recepción de facturas, guías de despacho y de los estados de pago será el Secretario Comunal de Planificación. El funcionario responsable de la recepción de facturas, guías de despacho y de los estados de pago, debe tener presente que sólo corresponde recepcionarlos conforme en el caso de que hayan sido revisados en forma y fondo, y aceptarlos a cabalidad (verificar razón social, rut, monto, glosa de la factura, identificación del diseño y otros), es decir, recién en dicho momento se deben completar los datos solicitados de recepción conforme de la factura o guía de despacho indicando: nombre completo, Rut, recinto, fecha y firma.
b) El plazo para reclamar del contenido de la factura será de 30 días contados desde su recepción conforme. Vencido este plazo, se entenderá que la factura ha sido irrevocablemente aceptada de acuerdo al Artículo 3° de la ley N° 19.983.
c) Con el objeto de precaver cualquier riesgo asociado a una operación de factoring o cesión de crédito, lo siguiente: “Que una vez firmado el contrato o durante la entrega de los equipos adquiridos y en la eventualidad que el consultor ceda el crédito a un factoring, dicho proveedor deberá comunicar esta situación en forma expresa y con la debida antelación a la Unidad Técnica; quién a su vez, deberá enviar conjuntamente con el estado de pago respectivo, el contrato de cesión de crédito con el factoring (suscrito ante Notario Público), además del certificado de cesión de factura que se factorizará. En caso contrario, esto es, cuando el crédito no esté factorizado, la Unidad Técnica deberá adjuntar al estado de pago la factura respectiva incluyendo la cuarta copia denominada cuadruplicado: cobro ejecutivo cedible de manera de tener la certeza que la empresa no ha suscrito factoring o cesión de crédito. Con toda la aceptación del factoring deberá efectuarse en la oportunidad correspondiente de conformidad a lo establecido en la Ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura.” El proveedor, que emita una factura electrónica, la cual vaya a ser posteriormente factorizada, estará obligado a inscribir dicha factorización o cesión de crédito en el “Registro Público Electrónico de Transferencias de Créditos” contenidas en link facturas electrónicas.
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SUBCONTRATACIONES |
Se prohíbe absolutamente a los proponentes ceder o traspasar, parcial o totalmente a cualquier título, él o los contratos definitivos, que con ocasión de la presente licitación suscribieron con la Municipalidad y/o derechos y obligaciones que asuman en virtud de la presente propuesta pública. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término de contrato, sin perjuicio de las acciones legales que proceden. Asimismo, se prohíbe la Subcontratación en cualquier circunstancia bajo apercibimiento de aplicar las mismas sanciones señaladas en el párrafo anterior, manteniéndose como único y exclusivo responsable ante la I. Municipalidad de Punitaqui.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
e) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
f) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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