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BASES ADMINISTRATIVAS Y CUERPO DE ANEXOS
“Adquisición de partes y piezas computacionales y otros afines”
ÍNDICE GENERAL
INTRODUCCIÓN
PARTE I: BASES ADMINISTRATIVAS
TÍTULO I: GENERALIDADES:
CAPÍTULO I: OBJETIVO Y NORMAS GENERALES
TÍTULO II: NORMAS CONCURSALES
CAPÍTULO I: DE LAS PARTES INVOLUCRADAS EN LA LICITACIÓN
Párrafo 1: De la PDI
Párrafo 2: De los oferentes, Adjudicatario y Contratista.
CAPÍTULO II: MONTO DE LA LICITACIÓN Y PRESUPUESTO
CAPÍTULO III: ETAPAS DE LA LICITACIÓN
Párrafo 1: Consultas y Aclaraciones de las Bases
Párrafo 2: De las Ofertas
Párrafo 3: Garantía de la Oferta
Párrafo 4: Apertura de las Ofertas
Párrafo 5: Evaluación de las Ofertas
Párrafo 6: De la Adjudicación
TÍTULO III: DEL CONTRATO
CAPÍTULO I: DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES
Párrafo 1: Características del Contrato.
Párrafo 2: Régimen Comunicacional del Contrato
Párrafo 3: Procedimiento de Suscripción Definitiva del Contrato.
Párrafo 4: Del cumplimiento de las obligaciones contractuales por el Proveedor.
Párrafo 5: Otras obligaciones del Adjudicatario.
Párrafo 6: Forma y modo del Pago por la PDI.
Párrafo 7: De la aplicación de Multas.
Párrafo 8: Término del contrato.
CAPÍTULO II: GARANTÍAS CONTRACTUALES
PARTE II: ANEXOS BASES
ANEXO Nº 1 CRONOGRAMA
ANEXO Nº 2 DATOS RELEVANTES DE LA PDI
ANEXO Nº 3: TABLA DE PONDERACION Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
ANEXO Nº 4: FORMALIDADES DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
ANEXO Nº 5: DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
ANEXO Nº 6: DECLARACIONES JURADAS
ANEXO N° 7: MULTAS
INTRODUCCIÓN:
LICITACIÓN PÚBLICA:
“Adquisición de accesorios, partes y piezas computacionales y otros afines” para las dependencias de la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional ubicada en calle calle San Francisco N°253, comuna de Santiago, Región Metropolitana”
Reseña de la Adquisición
La Policía de Investigaciones de Chile, domiciliada para estos efectos, en calle San Francisco N° 253, comuna de Santiago, Región Metropolitana, convoca al llamado a “Licitación Pública” a los proveedores, por la Adquisición de accesorios, partes y piezas computacionales y otros afines, para la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional, ubicada en el domicilio ya señalado.
PARTE I: BASES ADMINISTRATIVAS
TÍTULO I: GENERALIDADES:
CAPÍTULO I: OBJETIVO Y NORMAS GENERALES
Artículo 1. CONVOCATORIA: La Policía de Investigaciones de Chile, en adelante, la “PDI”, convoca al llamado a Licitación Pública, para la Adquisición de accesorios, partes y piezas computacionales y otros afines”, para la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional, ubicada encalle San Francisco N° 253, comuna de Santiago, Región Metropolitana, para que éste sea otorgado en conformidad a estas bases administrativas y las respectivas bases técnicas, a contar de la aceptación tácita de la orden de compra, invitando a los proveedores, sean estos, personas naturales o jurídicas, para presentar sus ofertas en conformidad a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y cuerpo de Anexos que se detallan a continuación.
La presente Licitación Pública, se realizará únicamente a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl.
En el portal se publicarán las presentes bases, el detalle de la propuesta pública, la fecha y hora de cierre para la recepción de ofertas, los bienes y servicios a adquirir, las eventuales modificaciones a las bases, el resultado de las adjudicaciones y todo otro antecedente que exijan las leyes o reglamentos y que sea considerado procedente para el debido conocimiento de las partes involucradas.
Artículo 2. NORMATIVA APLICABLE: La presente Licitación Pública, los derechos y obligaciones que de ella deriven, se regirán por estas Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, Anexos, cartas aclaratorias, consultas y respuestas, más la oferta del oferente adjudicado, dentro del proceso de licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, esta Licitación Pública y su adjudicación se regirán por la Ley N° 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250, de Hacienda, del año 2004; en la Ley N° 18.928 sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales muebles y servicios de las fuerzas armadas, y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 95, de Hacienda, de 2006; en la Orden General N° 2479 de fecha 25.NOV.016,que aprueba el Reglamento Interno de Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Muebles y Servicios de la Institución; y los demás cuerpos legales y normativa interna atingente a la PDI, y que resulte aplicable según la naturaleza del servicio licitado.
Finalmente, las Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellas la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la presente Licitación Pública, se interpretarán siempre en el sentido de su más perfecta elaboración y ejecución, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables, según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación primará lo dispuesto en las Bases Administrativas y Técnicas, por sobre lo establecido en la oferta del Adjudicatario.
Artículo 3. CONFIDENCIALIDAD: Sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de Licitación Pública y en general, el ejercicio de la función administrativa, los oferentes se obligan a la más absoluta y total reserva de información, procedimiento, fórmula, técnica, documentación y, en general, cualquier antecedente obtenido de la PDI con ocasión de la presente Licitación. La obligación se hace extensiva al personal de su dependencia y se mantendrá, aún después de verificado el cumplimiento cabal y pleno de sus obligaciones; sin embargo, el contrato y sus anexos no tendrán el carácter de reservado. Lo dispuesto en el presente artículo, se considerará una obligación esencial del contrato.
Artículo 4. COMPETENCIA JURISDICCIONAL Y LEGISLACIÓN: Las partes constituyen domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, para todos los efectos legales derivados de la presente licitación y posterior contrato.
Los derechos y obligaciones que, con ocasión de la presente licitación, surjan entre la PDI y el Proveedor, se regirán por las leyes de la República de Chile y cualquier controversia que se suscite entre las partes, será sometida a conocimiento y fallo de los Tribunales Ordinarios de Justicia, del Tribunal de Contratación Pública y de la Contraloría General de la República, según corresponda.
Artículo 5. SISTEMA DE COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIONES: Las comunicaciones y notificaciones que se efectúen a los oferentes con motivo y durante el presente proceso concursal se efectuaran sólo en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl, siendo inválida jurídicamente cualquier otra forma de comunicación para efectos de comprometer a la PDI o a los oferentes.
Las notificaciones deberán entenderse efectuadas 24 horas después de publicadas por la PDI, en conformidad a lo establecido en el artículo 6 del D.S. N° 250, de Hacienda, de 2004, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Artículo 5 Bis. DEBER DE ABSTENCIÓN: Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación, de los organismos regidos por la ley Nº 19.886 y su Reglamento, deberán abstenerse de participar en los procedimientos de contratación regulados por dichos cuerpos normativos, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, Nº 6, de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Artículo 6. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES: La sola elevación de las ofertas al portal electrónico www.mercadopublico.cl, constituye la aceptación completa y sin observaciones de la normativa legal y reglamentaria, asimismo, las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas. El adjudicatario no podrá invocar justificación alguna que tenga por objeto eludir o modificar su responsabilidad en cuanto a la suscripción del contrato o el fiel y oportuno cumplimiento de sus obligaciones, sin perjuicio de la fuerza mayor o caso fortuito, al tenor de lo establecido en las presentes bases.
Artículo 7. CESIÓN DE LICITACIÓN: Los Oferentes y finalmente el Contratista, no podrán ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente Licitación y posterior contrato.
Lo dispuesto en el presente artículo, se considerará una obligación esencial del contrato.
Artículo 8. NORMAS INTEGRADAS: Las Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas, anexos, consultas, respuestas y aclaraciones, se entenderán parte integrante del contrato sin necesidad de cláusula expresa. Lo mismo ocurrirá con la oferta del Proveedor.
El Adjudicatario no podrá invocar justificación alguna que tenga por objeto eludir o modificar su responsabilidad en cuanto a la suscripción del contrato o el fiel y oportuno cumplimiento de sus obligaciones.
Artículo 9. COSTOS Y RIESGOS: Serán de cargo del proveedor/a adjudicatario, todos los costos por la prestación del servicio, traslado de bienes, insumos, o del personal para la ejecución del contrato, hasta el punto, lugar o ciudad que determine la PDI, asimismo, será responsable de los riesgos e imponderables que ocurran con objetos o personal del proveedor/a, no pudiendo imputarle a la PDI costo alguno o responsabilidad por estos conceptos.
Además, es responsabilidad total y exclusiva del proveedor/a adjudicatario, todos los daños, perjuicios, costos, multas y demás sanciones que se aplique, porque el servicio de aseo sea ineficiente y/o que provoque daños en la salud de los funcionarios, sea por intoxicación y/o otras causas.
Lo dispuesto en el presente precepto, es una obligación esencial del contrato.
Artículo 10. PLAZOS: Los plazos de días a que se haga referencia en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se entenderán de días corridos y se computarán hasta la medianoche del último día del plazo, salvo que se determine expresamente que se trata de días hábiles, o se establezcan plazos de horas en el Cronograma. Los plazos y horarios son, asimismo, fatales y no admitirán posibilidad de retraso o prórroga de ningún tipo, bajo ninguna circunstancia, salvo que se diga lo contrario de manera expresa en estas Bases Administrativas. En aquellos casos en que el plazo termine en un día inhábil, se entenderá que vence el día siguiente hábil. Se entenderán días hábiles de lunes a viernes, exceptuando feriados.
En caso de discordancia entre las presentes Bases con las fechas, días y horas establecidas en el sistema www. Mercadopublico.cl, prevalecerán las de estas Bases.
Artículo 11. DE LAS BASES Y SU ESPECIFICACIÓN TÉCNICA:
• BASES ADMINISTRATIVAS: Es el presente documento que contiene, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios y modalidades de evaluación, mecanismos de adjudicación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del presente Proceso de compras.
• ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Corresponden a documentos elaborados por el ente técnico correspondiente, que complementan las presentes bases administrativas, donde se señala de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
Artículo 12. FORMALIDAD DE LAS GARANTÍAS: Todas las garantías consideradas en la presente licitación deberán ser constituidas a través de un documento de garantía NOMINATIVO, IRREVOCABLE Y A LA VISTA, emitido por un banco o entidad financiera, que se encuentre sujeta a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de Chile, a nombre de la Policía de Investigaciones de Chile, RUT Nº 60.506.000-5, con la glosa y vigencia respectiva que se señala en estas Bases. No se aceptarán cheques ni pagos condicionados.
Además, la garantía también podrá ser otorgada a través de una póliza de seguro, a la vista y con carácter de irrevocable, emitida por una entidad fiscalizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, las que deben cubrir de forma íntegra las obligaciones correspondientes señaladas en estas Bases, dependiendo de lo que garantice.
Artículo 13. MODIFICACIÓN A LAS BASES: En caso de modificación de las presentes bases, estas sólo podrán hacerse antes del cierre de recepción de ofertas, en virtud de lo establecido en el artículo N° 19, del Decreto N° 250, del año 2004, del Ministerio de Hacienda que “Aprueba Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Propuesta y hasta la entrega de las Aclaraciones, informando de ello a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. En caso de modificación de las presentes bases, se considerará un plazo especial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a estas.
Artículo 14. GRATUIDAD, PUBLICIDAD Y GASTOS DE LA LICITACIÓN: Los gastos que demande la participación de los oferentes en la presente licitación serán solventados íntegramente por ellos mismos, sin derecho a reembolso alguno por parte de la PDI.
Sin perjuicio de lo anterior, y en conformidad a lo señalado en el Artículo N° 27° del Decreto Supremo Nº 95 de Hacienda, de 2006, que Aprueba Reglamento de la Ley Nº 18.928, Sobre Adquisiciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas, las presentes Bases, sus modificaciones y aclaraciones, la Adjudicación y el Contrato de Suministro o de Servicio estarán disponibles al público en el Sistema de Información en forma gratuita en el portal www.mercadopublico.cl
Artículo 15. DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS: De conformidad a lo establecido en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma; y en la Ley N° 21.180, sobre Transformación Digital del Estado, en caso que la documentación requerida por las presentas bases de Licitación, pueda ser otorgada de manera electrónica, ésta deberá ser ingresada por el oferente a través del portal Mercado Público, dentro del plazo de recepción de las ofertas en el ID asociado a este proceso licitatorio, salvo que se requiera expresamente su respaldo físico, según las presentes bases administrativas y/o técnicas.
TITULO II
NORMAS CONCURSALES
CAPÍTULO I: DE LAS PARTES INVOLUCRADAS EN LA LICITACIÓN
PÁRRAFO 1: DE LA PDI
Artículo 16. DE LA PDI: Actúan por la PDI, en su calidad de entidad licitante, los órganos y funcionarios que se detallan a continuación:
16.1 COMISIÓN DE EVALUACIÓN: Es el órgano colegiado de carácter consultivo y específico para la presente licitación, conformado por funcionarios de la PDI, encargado de elaborar las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, Criterios de Evaluación, entre otros y de responder las consultas de los oferentes. Durante el periodo de evaluación de las ofertas, será el encargado de efectuar el análisis técnico y administrativo de cada una de las ofertas, a través de un Acta con los correspondientes Informes Técnicos, que contiene las conclusiones tras el estudio de las ofertas recibidas, que sirve de antecedente para la Resolución Definitiva de Adjudicación de la PDI, cuya integración se señalará en la mencionada acta.
Para la presente Licitación la Comisión de Evaluación es la indicada en el Anexo Nº 2 “Datos Relevantes de la PDI” adjunto a estas Bases.
16.2 DEPENDENCIA CUSTODIA DE GARANTÍAS: Todo documento que represente dinero o valores, que en estas Bases se solicite a los oferentes y proveedores para efectos de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, deberá ser entregado presencialmente en la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional, ubicada en San Francisco N°253, comuna de Santiago, y desde entonces será custodiado por la unidad indicada, sin perjuicio de su remisión interna a las Jefaturas, Departamentos, Unidades y/o Secciones que administrativamente corresponda. La custodia de los documentos se mantendrá en el tiempo y en la forma que en conformidad a estas Bases proceda.
PÁRRAFO 2: DE LOS OFERENTES, ADJUDICATARIO Y CONTRATISTA.
Artículo 17. OFERENTES, ADJUDICATARIO Y CONTRATISTA: Se entenderá por “oferente”, la persona natural o jurídica que efectúa válidamente su oferta y reúne las demás condiciones requeridas en estas Bases y Legislación vigente y, en caso de adjudicarse la presente Licitación, contrae derechos y obligaciones con la PDI.
El oferente que se adjudica la presente Licitación será en adelante llamado “Adjudicatario”. El Adjudicatario, al momento de suscribir el contrato, pasará a llamarse “Contratista”.
Artículo 18. INHABILIDADES Y PROHIBICIONES PARA OFERTAR: Los proveedores interesados en participar en el presente proceso concursal, además de cumplir con los requisitos para contratar con la Administración del Estado en conformidad a la Ley N° 19.886; deben ajustarse a lo establecido en el artículo 4º de la ley Nº 19.886; Art 10 de la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y Delitos Concursales del Código Penal.
CAPÍTULO II: MONTO DE LA LICITACIÓN Y PRESUPUESTO
Artículo 19. MONTO Y MECANISMO DE LA LICITACIÓN: Para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo N° 11 del D.S Nº 250 de 2004, de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, se declara que el monto de la presente licitación corresponde a una licitación pública MENOR A 1000 UTM Y MAYOR A 100 UTM, debiendo ajustarse a los plazos y procedimientos establecidos en la normativa legal y reglamentaria vigente., que resulten aplicables al proceso de compra.
Artículo 20. PRESUPUESTO ACOTADO: Se hace presente, que la PDI cuenta con un presupuesto máximo en moneda nacional para la adquisición que se licita, de $20.000.000 (veinte millones de pesos), impuestos incluidos, según lo indicado en el Anexo “Datos Relevantes de PDI”.
En caso de que alguna oferta exceda este monto, será declarada inadmisible, mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada.
Artículo 21. DEL CONTRATO: Por la naturaleza de la presente adquisición y la normativa aplicable, el contrato respectivo que se origine de esta licitación se materializará en la Orden de Compra, que será enviada vía correo electrónico, el cual el proveedor adjudicado deberá aceptar.
El contrato tendrá vigencia desde la fecha de emisión de la Orden de Compra y hasta finalizar el periodo de Garantía técnica del producto o servicio. No obstante, el plazo de entrega del producto o servicio ofertado regirá respecto de la fecha de emisión de la Orden de Compra.
Si el oferente no estuviera de acuerdo con el Contrato (O.C), se procederá a dejar sin efecto la adjudicación. Sin perjuicio de las acciones legales que la asociación pudiere ejercer por daños y perjuicios que resulten de esta situación.
De producirse la situación señalada en el párrafo procedente, la Asociación podrá adjudicar al oferente que siga de acuerdo al orden de evaluación de las ofertas o bien declarar desierta la propuesta publica, según corresponda.
Artículo 22. FINANCIAMIENTO: El financiamiento de esta licitación, será con cargo al Subtítulo 22 04 009, “Insumos, Repuestos y Accesorios Computacionales”, destinado a la contratación de “Adquisición de accesorios, partes y piezas computacionales y otros afines,” para las dependencias de la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional”.
CAPÍTULO III: ETAPAS DE LA LICITACIÓN
PÁRRAFO 1: CONSULTAS Y ACLARACIONES DE LAS BASES.
Artículo 23. PLAZO PARA CONSULTAS Y ACLARACIONES: Los Oferentes podrán formular sus preguntas, dudas o solicitar aclaraciones de las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, dentro del plazo establecido en el Cronograma Anexo Nº1.
En caso de existir consultas y o aclaraciones, éstas se recibirán por el Portal electrónico www.mercadopublico.cl, y se responderán por el mismo medio, según el plazo señalado en el cronograma.
El Documento referente a las “Respuestas”, se entenderá formar parte integrante de las presentes Bases Administrativas y posterior contrato, siendo exclusiva responsabilidad de todos los oferentes interiorizarse de su contenido, no pudiendo alegar en forma posterior el desconocimiento de las mismas.
En caso de detectarse por la PDI la necesidad de efectuar aclaraciones o correcciones que requieran modificar las Bases Técnicas o Anexos, los cambios que sean necesarios podrán efectuarse hasta antes del cierre de recepción de ofertas, señalado en el Anexo Nº 1 cronograma y deberá extenderse el plazo de recepción de las mismas por un plazo mínimo de 5 días, todo mediante la correspondiente resolución fundada debidamente tramitada notificando a los oferentes por el portal www.mercadopublico.cl.
PÁRRAFO 2: DE LAS OFERTAS.
Artículo 24. INTEGRIDAD Y VIGENCIA DE LAS OFERTAS: Para los efectos de esta Licitación, una oferta íntegra es aquella que responde sustancialmente a los requisitos, términos, condiciones y especificaciones de esta licitación, sin alejarse ni hacer salvedades formales o materiales, que afecten en cualquier forma los derechos de la PDI o, las obligaciones del o los Oferentes. Las ofertas deberán considerar una validez mínima hasta la suscripción del contrato, a contar de la fecha de la apertura.
Artículo 25. VALIDEZ DE LAS OFERTAS: La PDI se reserva el derecho de rechazar, declarar desierta o inadmisibles las ofertas cuando éstas no correspondan a lo solicitado o que no cumplan los requisitos señalados en estas Bases; asimismo, se declarará desierta la Licitación, en caso que no se presenten ofertas o no sean convenientes a los intereses de la PDI, todo mediante resolución fundada.
Artículo 26. CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas se dividirán en OFERTA TÉCNICA y OFERTA ECONÓMICA. Ambas deben estar claramente identificadas y deberán elevarse al Portal electrónico www.mercadopublico.cl, durante el periodo que media entre la publicación y el cierre de las ofertas de esta licitación, indicados en el Cronograma.
Los oferentes deberán considerar que la cifra de la oferta económica se exprese sólo en números.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
La presentación de las ofertas deberá ajustarse al orden y formato que se señala en el Anexo Nº 4: FORMALIDADES DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
La PDI declarará INADMISIBLE las ofertas que no cumplan con las exigencias establecidas en los artículos siguientes, sin perjuicio de la corrección de errores u omisiones de acuerdo a estas Bases y del cumplimiento de los requerimientos obligatorios señalados en los Anexos
Artículo 27. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Por tratarse de adquisiciones inferior a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Sin perjuicio de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una nueva sociedad comercial.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
Artículo 28.REGISTRO EN CHILEPROVEEDORES: Los oferentes que participen en la presente licitación y que no se encuentre inscritos en el registro oficial de proveedores del Estado www.chileproveedores.cl o que figuren como “No Hábiles” o “Inhábiles” para contratar con el Estado podrán libremente presentar sus ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor que en definitiva se adjudique la presente licitación, deberá estar registrado y declarado “Hábil” para contratar con el Estado en el sistema de información www.chileproveedores.cl. En todo caso, el proveedor adjudicado no inscrito o que figure como “inhábil” en el mencionado registro, tendrá un plazo de 10 días contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación, para cumplir con estas exigencias.
PDI declarará INADMISIBLE, la oferta del oferente que no cumpla con las exigencias establecidas en este artículo.
Artículo 29. DECLARACIÓN JURADA (TODOS LOS OFERENTES): Todos los oferentes deberán en el registro www.chileproveedores.cl o www.mercadopublico.cl, según sea el caso, presentar todas las Declaraciones Juradas Obligatorias indicadas en los anexos de “Declaraciones Juradas” y, otras que correspondan, según los modelos que se acompañan y/o que se encuentren disponibles en dicha plataforma.
En caso de incumplimiento de lo anterior, o que la PDI detecte una situación constitutiva de inhabilidad para contratar por parte del Adjudicatario, no advertida oportunamente, se dejará sin efecto la adjudicación y a su vez, procederá a adjudicar al siguiente oferente mejor evaluado, o en su defecto declarar inadmisible o desierta la presente Licitación, mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada.
Artículo 30.- DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS PARA PRESENTAR OFERTAS: Los oferentes deberán presentar la documentación según corresponda:
a) Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, los Oferentes no inscritos y/o que figuren como “No Hábiles” o “Inhábiles” para contratar con el Estado en el registro electrónico www.chileproveedores.cl, deberán presentar los documentos indicados en el Anexo Nº2 de las presentes Bases, denominado “Documentos Administrativos”, digitalizados, bajo la modalidad de archivo adjunto, a través del Portal Electrónico www.mercadopublico.cl, hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Todos los documentos no deben tener una fecha de emisión mayor a 60 días anteriores al plazo de presentación de las ofertas y deben ser completos.
b) Los Oferentes que se encuentren inscritos y declarados “Hábil” en el registro oficial de proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, al momento de la apertura de las ofertas en la presente Licitación, NO necesitarán acompañar los documentos indicados en las presentes Bases y sus Anexos.
Para efectos de lo señalado en el presente precepto, en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, los documentos exigidos en la letra a) y/o la inscripción y declaración de “hábil” de la letra b), respectivamente se exigirán o afectarán, a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
Artículo 31. PRESENTACIÓN OFERTAS EN SOPORTE PAPEL. De modo excepcional y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 62 inciso final del Reglamento de la Ley Nº19.886, en el evento que no puedan presentarse documentos a través del Portal por no encontrarse disponible, procederá su presentación en papel, los que deberán ser entregados en un sobre cerrado con indicación del N° de Adquisición (ID), el nombre o razón social y RUT del oferente, el mismo día, hora y lugar indicados en el “Cronograma”, para la entrega dejando constancia expresa del impedimento y lista de documentos, en un anexo adjunto a la oferta en el Portal.
Previo a la entrega del sobre cerrado y, antes de que ocurra la apertura de la licitación según Cronograma, el oferente afectado por el impedimento, deberá enviar una comunicación a la PDI a través del sistema de información www.mercadopublico.cl manifestando la imposibilidad ocurrida y que la oferta será presentada en soporte papel. Si persiste el impedimento en el portal incluso para este objetivo, podrá ser enviada dicha comunicación mediante correo electrónico mencionado en el cronograma, indicando en el Anexo de datos relevantes de la entidad licitante.
No obstante, lo anterior, para que la entrega de la oferta bajo esta modalidad sea válida, la PDI verificará la efectividad del impedimento con el correspondiente certificado emitido por la Dirección de Compras. En caso de existir el impedimento, el período de evaluación de las ofertas, indicado en el cronograma, se extenderá por 48 horas más.
La presentación de ofertas en papel que no se ajuste a los términos indicados anteriormente en este artículo, será fundamento suficiente para que la PDI declare dicha oferta como inadmisible.
Los sobres cerrados deberán indicar en su parte exterior el Nº de Adquisición (ID) el nombre o razón social y RUT del oferente.
No se aceptarán ofertas en soporte papel antes del cierre del período de presentación de ofertas señalado en el cronograma, debiendo los oferentes intentar hasta el último momento subir sus ofertas al sistema e información www.mercadopublico.cl.
Se advierte que, no importando lo anterior, el documento de garantía de seriedad de la oferta siempre deber ser entregado en el plazo indicado en el Cronograma, sin ninguna variación por esta circunstancia.
Los oferentes, que encontrándose en la situación descrita no hagan entrega de esta documentación en los plazos señalados, o que presenten ofertas en soporte papel, sin que pueda verificarse la efectividad del impedimento, serán considerados “fuera de base”, quedando por tanto excluidos del proceso licitatorio.
PÁRRAFO 3: GARANTÍAS DE LA OFERTA.
Artículo 32. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: En la presente licitación, no se pedirá garantía de seriedad de la oferta.
PÁRRAFO 4: APERTURA DE LAS OFERTAS.
Artículo 33. APERTURA: La apertura de las ofertas técnicas y económicas se realizará de manera completa en línea en el Portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 34. APERTURA EN UNA ETAPA: La apertura Técnica y Económica se efectuarán en una etapa, en el momento señalado en el Anexo N° 1, “Cronograma”.
A continuación, se efectuará una revisión general de admisibilidad, si los oferentes cumplen con la presentación del documento de Garantía de Seriedad de la Oferta y otros requisitos establecidos en estas Bases.
En caso que se detecte un incumplimiento claro y notorio al momento de la apertura, la Comisión de Evaluación rechazará de manera inmediata la oferta del oferente que no cumplió el requisito, en el acto de apertura, sin perjuicio de las correspondientes formalidades administrativas posteriores.
PÁRRAFO 5: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Artículo 35. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: La Comisión de Evaluación efectuará una revisión y análisis de las ofertas y demás antecedentes para determinar si están completas, sin errores de cálculo, y si, en general, las ofertas cumplen con los requerimientos establecidos en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
La señalada evaluación se efectuará conforme a los criterios y ponderaciones señaladas en el Anexo “Tabla de Ponderación y Criterios de Evaluación de Ofertas” de estas Bases.
En caso de empate en la evaluación entre dos o más oferentes, la adjudicación se efectuará a aquel que tenga una mejor evaluación parcial de acuerdo al Orden De Prelación entre los criterios de evaluación, que se señala en el Anexo, “Tabla de Ponderación y Criterios de Evaluación de Ofertas”, que se aplicarán sucesivamente hasta producir el desempate. En caso que aún, con aplicación de esta regla se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal electrónico www.mercadopublico.cl, en conformidad al certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal.
Según lo dispuesto en el Artículo 39º del Decreto Nº 250 de la Ley Nº 19.886, queda estrictamente prohibido el contacto entre oferentes y la PDI, salvo lo expresamente establecido en las Bases de esta licitación.
Artículo 36. ACLARACIONES DE LAS OFERTAS: La precitada Comisión de Evaluación, podrá, dentro del periodo de Evaluación de Ofertas, indicado en el Anexo, “Cronograma”, solicitar a las oferentes aclaraciones con respecto a sus Ofertas, sin embargo, estas no podrán alterar la esencia de la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad de los oferentes.
Artículo 37. ERRORES FORMALES EN LAS OFERTAS: Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la PDI podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales en un plazo fatal, no mayor a 3 días hábiles, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, transparencia y de igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información, según corresponda; y se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación, recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Si el conjunto de ofertas más económicas necesarias para satisfacer el requerimiento de la PDI sobrepasa el monto señalado en las Bases Técnicas, la presente licitación será declarada desierta.
La Comisión Evaluadora podrá desestimar errores de forma menores, a condición de que no se aparte de los requerimientos de la licitación y que, con ello, no se afecte la posición relativa de otro oferente. Aquellas alteraciones o alcances no informados explícitamente por el oferente, se entenderán como no expresados, aun cuando se pudieren deducir de los términos de su oferta.
Si existiese una discrepancia entre montos unitarios y montos totales que resulten de multiplicar o sumar montos unitarios, el monto total será corregido. Si el oferente no aceptase la corrección, su oferta será rechazada.
Si existiese discrepancia de la oferta, en relación a los montos expresados en palabras y los expresados en cifras, prevalecerá el monto menor.
De las correcciones y aclaraciones autónomamente efectuadas por la Comisión Evaluadora de acuerdo a las reglas anteriores, se dejará constancia en el sistema de información www.mercadopublico.cl dentro del período de evaluación de ofertas. En caso de silencio, se entenderá que acepta la corrección. El plazo del oferente para aceptar la corrección es de 1 día hábil contado desde la notificación en el portal electrónico www.mercadopublico.cl
Artículo 38. ERRORES U OMISIONES EN CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES DE LA OFERTA: La PDI permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Dicha presentación deberá efectuarse dentro del plazo de 1 día hábil a partir de la notificación del requerimiento de PDI en el portal electrónico www.mercadopublico.cl.
Artículo 39. CRITERIOS DE DESEMPATE. En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
a) Primeramente, se resolverá el empate a favor de quien hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Precio”.
b) Si luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Plazo de Entrega”.
c) Manteniéndose igualmente el empate, se resolverá este a favor de aquel oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl en conformidad al certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal.
PÁRRAFO 6: DE LA ADJUDICACIÓN.
Artículo 40. ADJUDICACIÓN: Formulada la proposición de la Comisión de Evaluación, la PDI procederá a resolver sobre la licitación, aceptando la oferta que haya obtenido el mejor puntaje, conforme a los criterios de evaluación, adjudicando la mejor oferta, declarándolas inadmisibles las ofertas, o declarando desierta la Licitación, según proceda en conformidad a estas Bases y Especificaciones Técnicas.
Sin perjuicio del plazo señalado en el Cronograma, para efectuar la adjudicación, ésta podrá fundadamente ser postergada por parte de la PDI, mediante la dictación de la correspondiente Resolución Fundada, hasta por un plazo máximo de 15 días, lo cual se comunicará a los oferentes en el portal electrónico www.mercadopublico.cl.
Artículo 41. ADJUDICACIÓN SIMPLE: Los oferentes deberán efectuar sus ofertas de acuerdo al total de lo solicitado en la presente Licitación. En consecuencia, la PDI, en caso de adjudicar esta Licitación, lo hará a un sólo oferente por la totalidad de lo licitado.
Artículo 42. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Decidida la adjudicación en conformidad a los artículos anteriores, la PDI dictará una Resolución, conteniendo la Adjudicación respectiva, notificando este hecho al oferente adjudicado y los demás oferentes no adjudicados, a través del Portal electrónico www.mercadopublico.cl. Lo que se entiende plenamente notificada 24 horas después de su publicación.
En conjunto con la Resolución de Adjudicación, se publicará la evaluación de las ofertas efectuada por la Comisión de Evaluación, que contiene los resultados individuales de los oferentes, y señalando los fundamentos para haber declarado inadmisible la oferta de los demás oferentes.
Artículo 43. PERIODO DE CONSULTAS Y ACLARACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN: Los oferentes tendrán un plazo de 5 días desde la notificación de la Resolución de Adjudicación, para efectuar consultas y pedir aclaraciones de dicho acto, asimismo, podrá hacer presente todas las observaciones y reparos que estimen convenientes y que consistan en errores u omisiones en los cálculos, transcripciones, citas, razón social, etc., para efectos de que sean detectados y subsanados por la PDI, la que los efectuará si corresponde. Dichas observaciones y reparos deben fundarse necesariamente en la oferta de los Oferentes y en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas. La PDI por su parte, tendrá un plazo de 10 días hábiles para evacuar las consultas.
El Adjudicatario y los demás oferentes podrán de acuerdo a la ley, efectuar los reclamos que encuentren pertinentes en conformidad a las reglas generales y ante las autoridades que correspondan.
Artículo 44. ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA. Se realizará en conformidad a lo establecido en el artículo 41, del Decreto Supremo N° 250, del Ministerio de Hacienda, del año 2004 y demás normas pertinentes.
Artículo 45. EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN: El principal efecto que produce el acto de Adjudicación, es la obligación del adjudicatario de firmar el contrato.
Asimismo, nace para el Adjudicatario, la obligación de realizar las gestiones para continuar o ser declarado “Hábil” en el registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, lo cual deberá hacer en el plazo máximo de 10 días desde la notificación del acto de Adjudicación, siempre antes de la firma del contrato.
En caso de no cumplirse lo anterior, la PDI queda facultada para hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta y podrá adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado y declarado “Hábil” en el Registro. Esta nueva adjudicación, podrá operar sucesivamente, en la misma forma, siempre que la PDI lo estime adecuado a sus intereses y a los intereses fiscales, sin perjuicio de dejar desierta o inadmisible la licitación según corresponda, mediante la dictación de la correspondiente Resolución Fundada.
En todos aquellos casos que por este procedimiento se presenten, se declarará en el texto mismo de la Resolución de Adjudicación la circunstancia de declarar las ofertas como inadmisibles y su fundamento.
Artículo 46. READJUDICACIÓN. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Artículo 47. CONSIDERACIONES GENERALES: Si por motivos de fuerza mayor y/o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura de las ofertas técnicas y económicas, ingresadas electrónicamente en forma oportuna, inmediatamente superados los motivos de caso fortuito o fuerza mayor PDI fijará nueva fecha y hora para la realización de dicho acto, por acto fundado, publicado en el portal www.mercadopublico.cl
TÍTULO III
DEL CONTRATO
CAPÍTULO I: DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES
PÁRRAFO 1: CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
Artículo 48. CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES: El contrato que se origine de la presente licitación pública, consiste en la Adquisición de accesorios, partes y piezas computacionales y otros afines, para la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional, que además de regirse por las normas legales correspondientes que regulan las Compras Públicas, se deberá ajustar a las presentes Bases Administrativas y sus Especificaciones Técnicas, la oferta del Contratista, el cumplimiento de Leyes Sociales y de las normas sanitarias que sean atingentes.
PÁRRAFO 2: RÉGIMEN COMUNICACIONAL DEL CONTRATO
Artículo 49. RÉGIMEN COMUNICACIONAL DEL CONTRATO: Las comunicaciones que se efectúen entre los encargados de contrato de la PDI y el Contratista, durante el cumplimiento del contrato, por regla general se efectuarán por correo electrónico. En este caso, el Contratista se entenderá notificado de dicha comunicación en el día y hora del envío del correo electrónico por parte de la PDI según el registro de correos enviados. No obstante, se podrá usar cualquier otro medio audiovisual que permita su respaldo electrónico para su conservación durante todo el desarrollo del contrato y análisis posterior en caso de inconvenientes y de fe, de la fecha en que se notificó al Contratista de dicha comunicación.
Sólo excepcionalmente y cuando se requiera una comunicación fluida y expedita para asuntos de segundo orden, podrá efectuarse vía telefónica, radial u otra similar, sin que quede respaldo de aquella. La calificación de esto radica exclusivamente en el Supervisor del Contrato de la PDI y no contradice a que se deje constancia de dicha comunicación en soporte electrónico o papel por parte de aquel. En este caso, se entenderá que el Contratista ha tomado conocimiento de dicha comunicación en el mismo momento de efectuada.
Asimismo, en los casos que se señale en estas Bases, las notificaciones que se efectúen por “carta certificada”, ésta se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda, en conformidad al Art. N°46, de la Ley 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado, y posteriores modificaciones.
Artículo 50. ACREDITACIÓN DE REGISTRO EN CHILEPROVEEDORES. De conformidad a lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 16 de la Ley 19.886 en el plazo de 10 días corridos desde la notificación del acto de Adjudicación, siempre antes de la firma del contrato, el adjudicatario deberá acreditar que se encuentra inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores de la Administración del Estado www.chileproveedores.cl y que se encuentra declarado “Hábil” para contratar con Instituciones Públicas.
Asimismo, el adjudicatario deberá renovar las declaraciones juradas exigidas para ofertar, y entregar a la PDI, toda la documentación legal que le sea requerida para la redacción del contrato, como escrituras de poderes u otros según correspondiere.
Artículo 51. INTUITO PERSONAE: El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Artículo 52. VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato tendrá vigencia desde la fecha de emisión de la Orden de Compra y hasta finalizar el periodo de Garantía técnica del producto o servicio. No obstante, el plazo de entrega del producto o servicio ofertado regirá respecto de la fecha de emisión de la Orden de Compra. Por su parte, la forma, los plazos y etapas en que se deberá prestar los servicios contractuales serán los establecidos en las Especificaciones Técnicas.
Sin perjuicio de lo señalado en los párrafos anteriores, sólo procederá el pago de dichas prestaciones una vez que la resolución que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitada y que se hayan cumplido con todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
Artículo 53. ALMACENAMIENTO DE LOS ANTECEDENTES: La PDI, a través del Supervisor de Contrato y al menos durante el tiempo de cumplimiento del mismo, almacenará en una carpeta única y adecuada debidamente identificada mediante nombre del contrato, empresa, licitación, las presentes Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas, los antecedentes de la Licitación más relevantes, las Resoluciones que tengan relación con la presente licitación y con la relación contractual, informes, documentos legales del Proveedor, una copia firmada del contrato definitivo que se confeccione y copia de toda comunicación con el Adjudicatario para efectos de un fácil acceso para la PDI, organismos contralores y para el Proveedor.
PÁRRAFO 4: DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES POR EL PROVEEDOR.
Artículo 54. FORMA DE CUMPLIMIENTO: Para efectos del cumplimiento de la obligación principal y sus accesorios, el adjudicatario deberá cumplir lo establecido en las presentes Bases, las Especificaciones Técnicas y su Oferta. El incumplimiento a las obligaciones contractuales por el Proveedor, será considerado una infracción grave si involucra alguna de las obligaciones señaladas como graves y/o esenciales en las presentes Bases o, a uno de los requerimientos críticos señalados en Especificaciones Técnicas. Lo dispuesto en el presente precepto, es una obligación esencial del contrato.
Artículo 55. PLAZO PARA CUMPLIMIENTO: El cumplimiento de las obligaciones contractuales que estén sujetas a plazos, se ceñirán a la Oferta Adjudicada, la cual deberá enmarcarse a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas. Lo anterior, no contradirá al plazo necesario para la solución de las observaciones requeridas por la PDI.
Artículo 56. MONTO DEL CONTRATO. El monto del presente contrato asciende al monto adjudicado, impuestos incluidos, según lo establecido en la Resolución de Adjudicación.
PÁRRAFO 5: OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Artículo 57. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD: El adjudicatario asumirá toda la responsabilidad y liberará de toda ella a la Policía de Investigaciones de Chile, frente a acciones ejercidas por terceros, con ocasión de transgresiones de derechos de patentes, licencias, marcas registradas, diseños industriales y otros, utilizados por él atribuyéndose la calidad de proveedor de la Policía de Investigaciones de Chile, y responderá del saneamiento.
El proveedor/a será responsable y estará obligado, de su cargo, a reparar, subsanar, compensar, indemnizar, efectuar toda acción correctiva y pagar todo gasto que sea procedente, debido a daños, perjuicios, lesiones, muertes y pérdidas de todo tipo que afecten a terceras personas y a sus bienes, que se produjeran con motivo o derivados de la ejecución de los servicios a causa de negligencia, acciones u omisiones de responsabilidad del proveedor/a, de personas que actúen en su representación o de sus dependientes.
Lo dispuesto en el presente precepto, es una obligación esencial del contrato.
Artículo 58. GARANTÍAS TÉCNICAS Y MANTENIMIENTO: El adjudicatario, deberá Garantizar el correcto funcionamiento de la instalación y sus componentes, y corregirá a su cargo cualquier falla o defecto, no atribuible a la PDI, haciendo las reparaciones o reemplazo correspondientes, como mínimo, dentro del plazo de garantía legal establecida en la Ley N° 19.496. Lo dispuesto en el presente precepto, es una obligación esencial del contrato.
PÁRRAFO 6: OBLIGACIONES, FORMA Y MODO DEL PAGO POR LA PDI.
Artículo 59. FORMA DEL PAGO: La PDI, se compromete a subir la recepción conforme de la orden de compra perteneciente a la Licitación de dicho Contrato, por la adquisición de accesorios, partes y piezas computacionales, de forma mensual, modalidad mes vencido, previo informe y certificación del supervisor del contrato PDI.
Del respectivo presupuesto se descontarán periódicamente y en forma parcial, los pagos efectuados al adjudicatario, hasta agotar dicho monto dentro del marco de la oferta del adjudicatario y de conformidad a las bases.
La factura será enviada a la PDI, por la Adquisición de accesorios, partes y piezas computacionales y Otros Afines. La entrega indicada, deberá ocurrir al momento de ser enviada a la Dirección de Presupuesto (DIPRES) dentro las 48horas siguientes a la fecha de aceptación de la facturación, en las dependencias del Área Logística Plana Mayor de la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional, ubicada en calle San Francisco N°253, comuna de Santiago Región Metropolitana.
La factura deberá ser extendida en de la siguiente forma:
a) Factura a nombre de la Policía de Investigaciones de Chile RUT N° 60.506.000 –5, con domicilio en San Francisco N°253, ciudad de Santiago.
b) Giro: Administración Pública y Defensa.
El proveedor/a adjudicatario, deberá entregar el Certificado emitido por la Dirección del Trabajo correspondiente, sobre el estado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, conjuntamente con la factura.
En caso que el oferente adjudicado se encuentre autorizado a la facturación en forma electrónica, de acuerdo a la ley N°20.727 que introduce Modificaciones a la Legislación Tributaria en Materia de Factura Electrónica y Dispone otras medidas que indica, la referida factura en pdf deberá ser enviada a los correos electrónicos Dipresrecepcion@custodium.com. y al jenamig.admlog@investigaciones.cl.
La PDI deberá cumplir con lo establecido en los contratos de FACTORING suscritos por el Proveedor, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato por carta certificada notarialmente y no existan obligaciones o multas pendientes.
Artículo 60. MODO DEL PAGO: El pago señalado en el presente artículo, se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos desde la recepción conforme de la factura correspondiente. Si el vencimiento correspondiera a un día no hábil, se pagará el primer día hábil siguiente, dicho pago será cancelado por la Tesorería General de la Republica.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, la PDI podrá retener el pago de la factura presentada, en los casos establecidos en el artículo 183-C del Código del Trabajo.
Las observaciones a las facturas entregadas, por errores en su emisión u otra causal que no permita su recepción conforme, se deberán hacerse en los plazos que la legislación y reglamentación establecen para ello.
PÁRRAFO 7: DE LA APLICACIÓN DE MULTAS.
Artículo 61. DE LAS MULTAS: En el evento de incumplimiento del proveedor/a adjudicatario, la PDI aplicará las multas expresadas en moneda nacional, cuyo valor deberá pagar el proveedor/a adjudicatario dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que impone la sanción, en la unidad que realice el acto administrativo, en ningún caso se debe contemplar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
Artículo 62. MONTOS DE LAS MULTAS: En el evento de incumplimiento clasificados como leves y/o ofertados por parte del proveedor/a adjudicatario, la PDI aplicará la multa correspondiente, expresadas en moneda nacional, el que no podrá superar el 20% del valor total del contrato, cuyo valor, el proveedor/a deberá pagar dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde su notificación, mediante depósito en cuenta fiscal.
Por cada evento de incumplimiento de carácter leve y que no revistan del carácter técnico establecido en las especificaciones técnicas, se aplicará una multa de una (1) UTM, por un monto no superior a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Artículo 63. RESOLUCIÓN QUE APLICA MULTAS: La Resolución que imponga una multa, deberá ser notificada al Contratista mediante carta certificada a la dirección registrada en su oferta. Efectuada esta notificación, el Contratista tendrá un plazo fatal de 10 días, para pagar la multa mediante transferencia bancaria o pago directo a la cuenta Fiscal, lo cual deberá ser acreditado a la Jefatura de Nacional de Recursos Financieros. En caso del no pago de la multa por parte del Contratista, la PDI tendrá la facultad de hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento de Contrato, además de notificar lo sucedido a la Dirección de Compras Públicas y realizar en paralelo cualquier otra acción, conforme a derecho. El pago se efectuará mediante transferencia o deposito en la respectiva cuenta corriente fiscal.
Artículo 64. RECONSIDERACION: Notificada una multa, el Adjudicatario podrá, además, solicitar su reconsideración dentro del plazo de 5 días, por escrito, ante el Representante Legal de la PDI, quien se pronunciará con los antecedentes a la vista, dentro de un plazo no mayor a 10 días, contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración. El Adjudicatario recurrente deberá acompañar los antecedentes que sirvan de fundamento a su reconsideración para un mejor resolver de la PDI.
Interpuesta la reclamación por el Adjudicatario, dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, se considerará suspendido el plazo de 10 días hábiles señalado para el pago, el cual se retomará una vez resuelta la reclamación.
Artículo 65. VINCULOS DE DEPENDENCIA: Se deja constancia que la naturaleza de las obligaciones emanadas de la presente Licitación Pública, son las correspondientes a un contrato de Compraventa y no las de un Contrato de Trabajo, por lo que no existen vínculos de subordinación o dependencia alguna entre la PDI, y el personal de la empresa adjudicataria. Por lo tanto, para todos los efectos legales la empresa tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores.
PÁRRAFO 8: TÉRMINO DEL CONTRATO.
Artículo 66. TÉRMINO ANTICIPADO: El contrato que origine la presente licitación, podrá terminarse anticipadamente, por las siguientes causas no constitutivas de incumplimiento de contrato:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Caso fortuito o fuerza mayor, en los términos señalados en el Artículo 74.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, entendiéndose por tal, la falta de capacidad de pago para responder a sus obligaciones; si se disolviere la sociedad o se decretare su liquidación, sin perjuicio de ejercer los derechos e interponer en su contra las acciones civiles y penales que procedan; a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
En caso de acogerse al proceso de reorganización, deberá evaluarse la factibilidad de continuar prestando el servicio, lo que deberá ser evaluado en base a la intervención que realice el veedor. En caso que no se pueda seguir prestando, procederá el término anticipado del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Las Resoluciones que dispongan tales medidas deberán ser fundadas.
En caso de concurrir las causales de terminación anticipada, la autoridad comunicará su decisión, mediante aviso escrito, recibido por la contraparte, o por medio de carta certificada, remitida a la dirección señalada en el contrato; sin otorgar por ello derecho a indemnización alguna a la empresa contratada.
Artículo 67. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA: Los incumplimientos de lo estipulado para el contrato en las presentes Bases Administrativas y en lo referente al objeto licitado en las Especificaciones Técnicas y de lo ofertado por el adjudicatario se clasificarán en Graves, Leves y Ofertados.
a) GRAVES: Se entiende por incumplimientos graves del contrato todos aquellos que impidan, afecten o alteren el cumplimiento de la obligación esencial del mismo.
b) LEVES: Se considerarán incumplimientos de carácter leve, aquellos que resulten en la disconformidad de los bienes y servicios entregados, con los requerimientos técnicos no destacados como importantísimos o críticos en las Especificaciones Técnicas y demás obligaciones contractuales que no estén señaladas como graves, ni sean reiteradas.
c) OFERTADOS: Aquellos referentes al incumplimiento de las prestaciones que se hayan ofertado de propia iniciativa por el adjudicatario en su oferta, se considerarán incumplimientos de carácter leve, salvo expresa mención del propio adjudicatario en su oferta señalándolos como graves.
En conformidad al artículo 79 TER, del Decreto Supremo N° 250, de Hacienda, de 2004, el tope máximo para la aplicación de multas -cualquiera sea su clasificación, es la cantidad total de 10 multas, equivalentes a aquellas por incumplimientos de carácter leve. Finalmente, se formalizarán las medidas establecidas en el presente precepto, una vez que se haya dado cumplimiento a lo establecido en el siguiente artículo.
Los incumplimientos del presente precepto, son fiscalizados por el Coordinador de Contrato PDI, señalado en el Anexo N° 2 de las presentes bases.
Artículo 68. EJECUCIÓN DE LA GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO Y OTRAS SANCIONES: La PDI, queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento del proveedor/a de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Además, la PDI podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen, las que deberán encontrarse previamente establecidas en las bases y en el contrato. Con todo, las medidas que se establezcan deberán ser proporciónale a la gravedad del incumplimiento.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la PDI pueda ejercer para exigir el término anticipado del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Sin perjuicio de lo anterior, la PDI queda especialmente facultada para hacer efectiva la citada garantía por incumplimiento del contrato, en los siguientes casos:
a) Cualquier incumplimiento grave a las obligaciones contraídas que se señalan en estas Bases.
b) Por las causales de término anticipado del contrato, imputables al proveedor/a.
El adjudicatario no podrá invocar justificación alguna que tenga por objeto eludir o modificar su responsabilidad en cuanto a la suscripción del contrato o el fiel y oportuno cumplimiento de sus obligaciones, sin perjuicio de la fuerza mayor al tenor de lo establecido en las presentes bases.
Artículo 69. FUERZA MAYOR: Si se presentase una situación de fuerza mayor, el Contratista notificará por correo electrónico o documento escrito a la PDI dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de haber tomado conocimiento oportuno, describiendo la situación y sus causas, cuestión que será resuelta por PDI, otorgándose un plazo adicional igual al del impedimento. Para estos efectos, deberá atenerse al concepto de fuerza mayor que contempla el artículo 45º del Código Civil.
Cesado el impedimento, haya sido este comunicado o no a la PDI, el Contratista deberá cumplir de todos modos con el requerimiento. Se entenderá que el impedimento o la fuerza mayor, se vuelve definitivo e invencible si transcurren 2 meses desde su inicio, caso en el cual se procederá a la terminación anticipada del contrato.
La infracción a este deber de notificación, constituye una infracción leve a las obligaciones contractuales, sin embargo, PDI tomando conocimiento del impedimento, podrá considerarlo una atenuante a la aplicación de las multas que correspondan por incumplimiento del requerimiento.
Lo anterior, sin perjuicio de proceder al término anticipado del contrato en el caso que la fuerza mayor o caso fortuito impida la ejecución del contrato, circunstancia que será evaluada por PDI.
Artículo 70. CONSECUENCIAS: Los incumplimientos graves serán motivos suficientes para poner término al contrato mediante una resolución fundada, y hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato.
De dicha resolución, el proveedor podrá solicitar la reconsideración, en los términos y plazos señalados en el Artículo 73.
Los incumplimientos de carácter Leve, sólo podrán dar pie a la aplicación de multas, en conformidad a las presentes Bases Administrativas. Sin perjuicio de lo anterior, la acumulación por parte del Adjudicatario de tres o más multas ejecutadas durante el periodo de cumplimiento, se entenderá que constituye un incumplimiento de carácter grave.
CAPÍTULO II: GARANTÍAS CONTRACTUALES.
Artículo 71. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: No aplica.
PARTES II: ANEXOS BASES
Anexo N° 1
“CRONOGRAMA”
ACTIVIDADES HORA, DÍA, LUGAR
PUBLICACIÓN EN EL PORTAL DIA 0
TIPO DE LICITACION Y ADJUDICACIÓN LICITACION PUBLICA MENOR A 1000 UTM, MAYOR A 100 UTM (LEY 18.928)
ADJUDICACION SIMPLE
VISITA ATERRENO NO HAY
INICIO DE PREGUNTAS
TERMINO DE PREGUNTAS
1 DIAS CORRIDOS O SIGUIENTE HABIL DESDE LA PUBLICACION
03 DIAS CORRIDOS O SIGUIENTE HABIL DESDE LA PUBLICACION
CORREO ELECTRONICO
Jenamig.admlog@investigaciones.cl
RESPUESTAS 06 DIAS CORRIDOS O SIGUIENTE HABIL AL TERMINO DE PREGUNTAS
CIERRE PROCESO EN EL PORTAL
10 DÍAS CORRIDOS O HÁBIL SIGUIENTE, DESDE LA PUBLICACIÓN A LAS 15:00 HORAS
GARANTIA SERIEDAD OFERTA
Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista Bancario o (Certificado de Fianza, solo para micro y pequeñas empresas) SE DEBE ACEPTAR CUALQUIER INSTRUMENTO QUE ASEGURE EL COBRO DE LA MISMA MANERA RAPIDA Y EFECTIVA, SIENDO PAGADERO A LA VISTA, TOMADO POR UNO O VARIOS INTEGRANTES DEL OFERENTE Y TENER EL CARÁCTER DE IRREVOCABLE. No aplica. (art.31° reglamento de la Ley 19.886)
(La entidad deberá ponderar el riesgo involucrado en cada contratación para determinar la presentación de garantías)
GARANTIA POR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Boleta Bancaria de Garantía, Vale vista Bancario o (Certificado de Fianza, solo para micro y pequeñas empresas) SE ACEPTA CUALQUIER INSTRUMENTO No aplica (art.68° inciso final del reglamento de la Ley 19.886 la entidad deberá ponderar el riesgo involucrado en cada contratación para determinar la presentación de garantía de fiel cumplimiento del contrato.
APERTURA OFERTAS TECNICA Y
ECONOMICA: MISMO DIA DEL CIERRE DE OFERTAS O SIGUIENTE HABIL A LAS 15:30 HRS.
FECHA ADJUDICACIÓN PORTAL HASTA EL DIA 30 CORRIDO DESDE EL DIA DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
PERIODO DE CONSULTA DE ADJUDICACION 2 DIAS CORRIDOS DESDE LA NOTIFICACION DE ADJUDICACION
PLAZO PARA ENCONTRARSE HABIL EN CHILEPROVEEDORES 3 DIAS HABILES DESDE ADJUDICACIÓN
SUSCRIPCION DEL CONTRATO HASTA 05 DIAS CORRIDOS DESPUES QUE SE NOTIFIQUE QUE EL CONTRATO SE ENCUENTRA LISTO PARA SU SUSCRIPCION
VIGENCIA DEL SERVICIO EL CONTRATO TENDRA VIGENCIA DESDE LA FECHA DE EMISION DE LA ORDEN DE COMPRA
ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA 2 DIAS HABILES DESDE ENVIO A PROVEEDOR
DE LA FACTURACION La factura deberá ser a nombre de Policia de investigaciones de Chile, RUT 60.506.000-5, Área Logistica – Plana Mayor de la Jefatura Nacional de Migraciones y Policia Internacional de la Policia de Investigaciones de Chile, con domicilio en San Francisco N°253, comuna de Santiago, Región Metropolitana, giro Administracion Publica y Defensa, remitidas a esta dirección.
En caso que la facturación se realice electrónicamente de acuerdo a la Ley N°20.727 que introduce Modificaciones a la Legislación Tributaria en Materia de Factura Electrónica y Dispone otras medidas que indica, la referida factura deberá ser enviada a los correos electrónicos jenamig.admlog@investigaciones.cl y al Dipresrecepcion@custodium.com
ANEXO N° 2
“DATOS RELEVANTES DE LA ENTIDAD LICITANTE”
Información
PRESUPUESTO MAXIMO DISPONIBLE Presupuesto Máximo Disponible Total $40.000.000- impuestos incluidos.
Entidad Licitante: POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
RUT: 60.506.000-5
Domicilio: Área Logistica – Plana Mayor de la Jefatura Nacional de Migraciones y Policia Internacional de la Policia de Investigaciones de Chile, con domicilio en San Francisco N°253 Comuna de Santiago Región Metropolitana.
Comisión de Evaluación
FUN
Inspector (A) RODRIGO MADRID GONZALEZ, RUT:15.412.626-0, de la Plana Mayor Jenamig
Técnico MARCOS RODRIGUEZ CARRASCO, RUT: 13.578.487-7, de la Plana Mayor Jenamig
Asistente Administrativo José DELGADO MUÑOZ; RUT: 17.602.075-K, de la Plana Mayor Jenamig.
ANEXO N°3
“CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE OFERTAS”
TABLA DE PONDERACION Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE OFERTAS: El oferente seleccionado será aquel que obtenga el puntaje más alto, como resultado de la aplicación de la siguiente fórmula aplicada en el criterio como a continuación se expone:
Nº
CRITERIO DE EVALUACION FORMULA PONDERACIÓN
1 Oferta Técnica Presupuesto detallado
FORMATO A
X1 = 0.60*Y1 Suma
(X1+ X2)*30%
Análisis precio unitario
FORMATO B
X2 = 0.40*Y2
2 Garantía
Post servicio
Y5= plazos señalados por el oferente
FORMATO E X5=menor Y entre oferentes*100
Y5 oferente evaluado X5*10%
3 Presentación de la Oferta
Cada uno de los archivos evaluables, correspondientes a los formatos (A, B, y E) deberán contener logo de la empresa, firma y timbre del Representante Legal.
El puntaje máximo por archivo será de 3 puntos, desglosados de la siguiente forma:
Logo de la empresa (1 pto)
Firma Rep. Legal (1 pto)
Timbre Rep. Legal (1 pto)
Dando un total máximo de 15 puntos por los 3 archivos. X6=(Y6/15) *100 X6*5%
4 Propuesta económica Y7= costo señalado por el oferente X7= menor Y7 entre oferentes x100
Y7 oferente evaluado
X7*55%
5 Nota final
Donde: NFI: es la nota final del oferente evaluado, que se obtienen de la sumatoria de las ponderaciones de cada uno de los criterios evaluados NFI= SUMATORIA DE PONDERACIONES
Orden de relación para desempate 1, 2, 4 y 3, en caso que la empresa que obtenga el mayor porcentaje no logre el 60%, la licitación podrá declararse inadmisible
ANEXO N° 4
FORMALIDADES DE PRESENTACIÓN DE OFERTA”
PRESENTACIÓN DE OFERTA:
Nº
ITEM
CARACTERÍSTICA
FORMALIDAD
1 OFERTA TÉCNICA Obligatoria y Evaluable
PRESUPUESTO ITEMIZADO
a) CUMPLE = 100%, el presupuesto cumple con todas las partidas solicitadas, con las unidades de medida, la sumatoria de los valores del precio unitario de las partidas y el subtotal final no presenta errores; además debe ser concordante con el A.P.U. en cantidad y valores por partida.
b) PRESENTA DE 1 A 4 ERRORES = 75%, presenta de uno a cuatro errores de los señalados en el punto a, en una o más partidas.
c) PRESENTA DE 5 A 8 ERRORES = 50%, presenta de cinco a ocho errores de los señalados en el punto a, en una o más partidas.
d) PRESENTA DE 9 A 12 ERRORES = 25%, presenta de nueve a doce errores de los señalados en el punto a, en una o más partidas.
e) PRESENTA MÁS DE 13 ERRORES = 0%, %, presenta más de trece errores de los señalados en el punto a, en una o más partidas.
f) NO PRESENTA ANTECEDENTES = 0%, queda fuera del proceso de licitación
ANÁLISIS DE PRECIO UNITARIO
a) CUMPLE = 100%, el A.P.U cumple con todas las partidas solicitadas, con las unidades de medida, la sumatoria de los valores.
b) PRESENTA DE 1 A 4 ERRORES = 75%, presenta de uno a cuatro errores de los señalados en el punto a, en una o más partidas.
c) PRESENTA DE 5 A 8 ERRORES = 50%, presenta de cinco a ocho errores de los señalados en el punto a, en una o más partidas.
d) PRESENTA DE 9 A 12 ERRORES = 25%, presenta de nueve a doce errores de los señalados en el punto a, en una o más partidas.
e) PRESENTA MÁS DE 13 ERRORES = 0%, %, presenta más de trece errores de los señalados en el punto a, en una o más partidas.
f) NO PRESENTA ANTECEDENTES = 0%, queda fuera del proceso de licitación a) Presentación obligatoria, la omisión de uno de los antecedentes, de la oferta técnica es causal para dejar fuera de base la oferta
b) Las cubicaciones no deben superar el 25% de error, de ser así se considerará como error en el formato (A) presupuesto itemizado.
c) Los antecedentes son obligatorios y la no presentación u omisión en el formato subido al portal (PDF, Excel, Word según corresponda) lo deja fuera de bases.
d) El oferente deberá agregar en todos los documentos de la oferta técnica el logo de la empresa, además al final de cada archivo deberá agregar el nombre y firma del presentante legal.
e) Las aclaraciones realizadas y las respuestas entregadas en el foro de preguntas del portal, se considerarán parte integrante de las especificaciones técnicas y del formato de presupuesto itemizado (Formato A)
2 GARANTIA
POST SERVICIO OBLIGATORIO
Y EVALUABLE
a) En caso de presentar otra expresión en la garantía que no sea días corridos, estos serán convertidos a lo requerido, tomando para ello una referencia de 30 días por mes
b) La garantía post servicios debe ser presentada mediante una carta según lo indicado en el punto 3 del anexo N°1. La no presentación de esta dejara fuera de base a esta.
c) En ningún caso la empresa podrá presentar una oferta superior a los 365 días. En el caso en que la oferta sea superior a esta cantidad de días, se evaluara con el plazo máximo de 365 días.
3 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Obligatoria
Evaluable
a) Este Criterio aplica para la formalidad de presentación de los formatos A, B, y E. Según corresponda.
4 OFERTA ECONÓMICA Obligatoria
Evaluable a) La oferta a presentar en el sistema debe ser en valor neto total, el que debe ser coincidente con el monto del presupuesto itemizado. De no ser así la oferta queda fuera de base y no será evaluada.
b) Señalar monto total como suma alzada, en moneda nacional, con todo tipo de impuestos incluidos que correspondan.
ANEXO Nº 5:
“FORMALIDADES DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS”
4/B.- IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
1.- IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE:
NOMBRE COMPLETO:
GIRO:
RUT:
DOMICILIO:
COMUNA:
CIUDAD:
TELÉFONO:
FAX:
E-MAIL
2.- IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL(agregar tantos como sea necesario)
NOMBRE COMPLETO:
RUT:
DOMICILIO:
COMUNA:
TELÉFONO:
CIUDAD:
FAX:
E-MAIL:
3.- IDENTIFICACIÓN DEL Coordinador DE CONTRATO DE LA EMPRESA
NOMBRE COMPLETO:
RUT:
DOMICILIO:
COMUNA:
TELÉFONO:
CIUDAD:
FAX:
E-MAIL:
ANEXO Nº 6:
“DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS”
Los oferentes que se encuentren inscritos y declarados “Hábil” por el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, al momento de la apertura de las ofertas en la presente Licitación, no necesitarán acompañar los documentos que se indica a continuación:
a. Tratándose de oferentes personas naturales:
• Certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación,
• Copia legalizada de Cédula de Identidad y,
• En caso de ser casado, certificado de matrimonio.
b. Tratándose de oferentes personas jurídicas:
• Escritura de constitución y sus modificaciones más relevantes,
• Escritura en que conste la representación actual y sus facultades,
• Inscripción en el Registro de Comercio,
• Certificado de vigencia de la sociedad y poderes, expedidos con no más de 90 días de anticipación.
• Copia legalizada del rol único tributario de la empresa, o documento electrónico emitido por el SII (RUT electrónico)
• Copia legalizada de la Cédula Nacional de Identidad de su representante legal.
ANEXO Nº 7: “DECLARACIONES JURADAS”
A.- DECLARACIONES JURADAS OBLIGATORIAS:
1.- Declaración con o sin conflicto de intereses,
2.- Declaración de prácticas anti-sindicales,
3.- Declaración jurada de socios (solo personas jurídicas),
4.- Declaración de deudas o saldos insolutos con trabajadores,
5.- Declaración jurada sin condenas penales personas jurídicas,
6.- Declaración de no haber sido condenado penalmente por delitos concursales.
7.- Declaración de no haber sido condenado por los delitos de la Ley N° 20.720.
B.- MODELOS:
NOTA: TODOS LOS DATOS SOLICITADOS ENTRE DEBEN SER COMPLETADOS POR EL REPRESENTANTE LEGAL EN LAS LÍNEAS CONTINUAS (SACANDO LO SEÑALADO A MODO REFERENCIAL ENTRE ) Y EN CASO DE NO HABER LÍNEA CONTINUA DEBE SER COMPLETADOS EN ESE MISMO ESPACIO, DE FALTAR ALGUNO DE ESTOS LA DECLARACIÓN SERÁ RECHAZADA.
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Sin Conflicto de Intereses
(Solo completar con los datos del representante legal)
Yo, _________________________________________________, cédula de identidad N° __________________________ con domicilio en _____________________________________________________,en representación de _________________________________________________, RUT N° ________________________________________________________________, del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4° de la Ley 19.886, no posee vínculos de parentesco con los funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, ni con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
, ____________________
__________________________
DE C L A R A C I Ó N J U R A D A
Con Conflicto de Intereses en Algunos Organismos
(Solo completar con los datos del representante legal)
Yo, ______________________________________________, cédula de identidad N° _______________________________________________ con domicilio en , ______________________________________________________________, en representación de __________________________________________________, RUT N° ______________________________________________________, del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4° de la Ley 19.886, no poseen vínculos de parentesco con funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, ni con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, salvo con las siguientes excepciones:
Institución del Estado Rut Institución del Estado Funcionario Institución del Estado Funcionario Empresa Relación de Parentesco
, ______________________
__________________________
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Sin condenas por práticas antisindicales
Yo, ______________________________________________, cédula de identidad N° __________________________________________________________________________________________ con domicilio en , , _______________________________________________________________________ en representación de _____________________________________, RUT N° ___________________________________________________________________________, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador en los últimos 2 años.
, __________________________
__________________________
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Declaración Jurada de Socios
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , en representación de , RUT N , del mismo domicilio, declaro que los siguientes son los socios vigentes a esta fecha.
Tipo de Sociedad:
Nº Rut Socio Nombre de los Socios % de Participación en la Sociedad
1
2
3
4
5
6
Total %
Nota:
Deben indicarse al menos los 12 socios de mayor participación.
Esta declaración no requiere que se firme ante Notario
Fecha declaración: _________
La vigencia corresponde a seis meses desde la fecha de la Declaración
__________________________
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
(Opción sin Deudas Vigentes con Trabajadores)
Yo, ________________________________________, cédula de identidad N° ___________________________________________________ con domicilio en , , ____________________________, en representación de __________________________________________________________, RUT N° _______________________________________________________, del mismo domicilio, declaro que mi representada:
No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
, ____________________________
__________________________
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
(Opción con Deudas Vigentes con Trabajadores)
Yo, _______________________________________________, cédula de identidad N° ________________________________________________ con domicilio en _____________________________________________, en representación de ___________________________________________, RUT N° ________________________________________________________________, del mismo domicilio, declaro que mi representada:
Si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Por lo anterior, _____________________________________________ se compromete a destinar los primeros estados de pago del próximo contrato adjudicado, para utilizarlos en el pago de dichas obligaciones insolutas.
, _______________________________
__________________________
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Sin condenas penales personas jurídicas
Yo, _________________________________________, cédula de identidad N° _______________________________________ con domicilio en , , ______________________________________________, en representación de ___________________________________, RUT N° ______________________________________________, del mismo domicilio, declaro que mi representada no se encuentra imposibilitada de contratar con organismos del estado en los términos de la Ley Nº 20.393.
, ___________________________________
__________________________
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Sin condenas por delitos concursales
Yo, __________________________________________________, cédula de identidad N° ___________________________________________, con domicilio en , , __________________________________________, en representación de ___________________________________________, RUT N° ______________________________________________, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por delitos concúrsales establecidos en el Código Penal, en los últimos 2 años.
, _____________
__________________________
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Sin condenas por los delitos de La Ley N° 20.720
Yo, __________________________________________________, cédula de identidad N° ___________________________________________, con domicilio en , , __________________________________________, en representación de ___________________________________________, RUT N° ______________________________________________, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por los delitos previstos y sancionados en la Ley N° 20.720.
,
__________________________
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