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.Cumplimiento de Plazos. |
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Los plazos que se establecen en estas Bases, para las distintas etapas del proceso de la licitación son de días corridos, salvo aquellos en que expresamente se diga que son hábiles.
Cuando el cumplimiento del plazo recaiga en un día inhábil, se entenderá prorrogado al día hábil siguiente.
Sin perjuicio de lo anterior, el Departamento de Comunicaciones Sociales de Carabineros de Chile podrá mediante resolución fundada debidamente tramitada, ampliar los plazos establecidos en el numeral 1.4 de las Bases, siendo, por ejemplo, una de las causales la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, o cuando se produzca indisponibilidad técnica del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el artículo 62 N° 2 del Reglamento de Compras Públicas.
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Documento de Garantía de Seriedad de la oferta. |
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Para este proceso licitatorio NO se exigirá documento que garantice la seriedad de las ofertas, ello en atención a lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto Supremo 250, Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
3.6.2. Oferta Técnica: Deberá ser presentada a través de la aplicación correspondiente de la plataforma www.mercadopublico.cl, y se deberá publicar toda aquella información que permita evaluar la propuesta y certificado de cumplimiento firmado de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas y sus Anexos.
Toda esta información deberá ser ingresada a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, como documento(s) adjunto(s) en archivo de formato compatible con Word o.pdf.
3.6.3. Oferta Económica: Deberá ser presentada a través del sitio Web www.mercadopublico.cl.
El precio deberá presentarse mediante presupuesto firmado en moneda nacional (pesos), especificando si se trata de valor unitario o total, y si es valor neto o con IVA incluido, indicando además un plazo de entrega de acuerdo a lo indicado en el Anexo Nº 1 “Criterios y Metodología de Evaluación” el cual no podrá exceder de 25 (veinte) días hábiles contados desde la aceptación de la Orden de Compra, y por último la descripción del servicio, adjuntado toda aquella información que se considere necesaria para su evaluación.
La oferta económica deberá considerar el lugar de entrega del servicio, que será en dependencias del Departamento de Comunicaciones Sociales, ubicado en Paseo Bulnes Nro. 80, oficina 92 y 93, piso 9, Comuna de Santiago Centro, Región Metropolitana, de conformidad a lo establecido en el Anexo N° 1 “Criterios y Metodología de Evaluación”.
Conforme a lo anterior, los oferentes deberán tener presente que los valores ofertados, no considerarán reajustes ni intereses de ninguna naturaleza.
Las ofertas que presenten los oferentes, deberán tener una vigencia de al menos 90 (noventa) días corridos, a contar de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Se entiende que, por el solo hecho de presentar una oferta, si nada se dice a este respecto, el oferente le otorga la vigencia antes mencionada. La presentación y contenidos, tanto de la oferta económica, como de la oferta técnica, serán de responsabilidad del oferente.
Las ofertas presentadas después del día y hora del cierre electrónico serán rechazadas.
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Resolución de Empates |
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En caso de empate, el mecanismo para solucionarlo consistirá en resolver a favor del que obtenga mayor puntaje, en el criterio de evaluación con mayor porcentaje, conforme a lo siguiente:
- 1.- Requerimientos técnicos.
- 2.- Precio.
- 3.- Plazo de entrega.
- 4.- Garantía.
Si la situación de empate persiste, se deberá considerar el criterio de evaluación que le siga, según su ponderación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Todas las preguntas, tanto las de carácter técnico como las de índole administrativa, que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, deberán ser realizadas a través del Sitio Web de Mercado Público www.mercadopublico.cl, en el plazo y de acuerdo a lo especificado en el numeral 1.4 precedente.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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1.- Las ofertas que hayan sido presentadas fuera del portal mercado público, se entenderán como no presentadas.
2.- Se deja claramente establecido que no se aceptarán Ofertas Económicas y enviadas por otra vía que no sea la electrónica. Ofertas Técnicas todo ello sin perjuicio de las excepciones legales debidamente acreditadas.
3.- Se deja constancia que Carabineros de Chile es un usuario más del portal Mercado Público, por lo que no se responsabiliza por los errores u omisiones que se produzcan al publicar la información en el portal, cuando éstos no le sean imputables.
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Causales para dejar Sin Efecto la Adjudicación |
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La adjudicación podrá ser dejada sin efecto:
a) Si el oferente adjudicado le sobreviene alguna inhabilidad con Carabineros de Chile, de aquellos establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886; o en el párrafo 7° del Título IX del Libro II del Código Penal, o en otra norma legal.
b) Si el oferente adjudicado no se encuentra inscrito en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública al momento de la emisión de la Orden de Compra.
c) Si el oferente no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la emisión de la Orden de Compra.
d) En caso de que el proveedor adjudicado, manifieste no contar con los productos ofertados y rechace la orden de compra respectiva.
e) No sé de cumplimiento a la orden de compra en el tiempo dispuesto.
En todos estos casos, previa resolución fundada, la Repartición podrá adjudicar la presente Licitación al segundo oferente mejor evaluado que hubiere cumplido con todos los requisitos exigidos, o bien, declarar desierta la Licitación, según mejor convenga a los intereses del Fisco – Carabineros de Chile.
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Documentación Integrante de la Contratación. |
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La voluntad de las partes contratantes para obligarse con esta adquisición se formalizará mediante la emisión de la respectiva Orden de Compra y su aceptación por parte del proveedor adjudicado, pues los bienes objeto de esta contratación se consideran de simple y objetiva especificación de conformidad al artículo 63 del Decreto Supremo 250, Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Se considerará como parte integrante de la Orden de Compra, los documentos establecidos en el numeral 1.3. De estas Bases.
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Requisitos exigidos al proveedor al momento de la emisión de la Orden de Compra. |
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El proveedor adjudicado, deberá acreditar al momento de la emisión de la Orden de Compra y durante la vigencia de esta contratación estar inscrito en el Registro de Contratistas y Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Además, deberá acompañar el certificado de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.
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Antecedentes Legales del Proveedor para la emisión de la Orden de Compra. |
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El oferente adjudicado, persona jurídica, proporcionará para la emisión de la Orden de Compra, original o copia, de los siguientes documentos:
a) R.U.T.
b) Certificado de Vigencia de la Sociedad, extendido por el Conservador respectivo, con no más de 60 días de anticipación a la emisión de la Orden de Compra.
c) Escritura en que conste la personería del representante legal del oferente, con expresa mención de sus facultades, las cuales deberán contener las de percibir y contratar, con certificado de vigencia, con no más de 60 días de anticipación a la fecha para la emisión de la Orden de Compra.
d) Declaración Simple, de no encontrarse sujeto a penas de las establecidas en los artículos 8 y 10 de la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
e) Cédula Nacional de Identidad.
f) Fotocopia de patente vigente por la municipalidad respectiva.
g) Fotocopia del Rol entregado por el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.)
En el caso de presentarse como una Unión Temporal de Proveedores, esta deberá estarse a lo señalado en el artículo 67 bis del Decreto 250 modificado por el decreto 1.410 del año 2015.
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Documento de Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento de la Contratación. |
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Para este proceso licitatorio No se exigirá documento que garantice el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Contratación, ello en atención a lo dispuesto en el artículo 68 del Decreto Supremo 250, Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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Garantía de los Bienes y Control de Calidad. |
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Las condiciones y alcances de la garantía de las especies adquiridas se encuentran detalladas en los Anexos N° 1 “Criterios y Metodología de Evaluación” y N° 2 “Especificación Técnica”, la que deberá ser expresamente detallada en las ofertas que se presenten, incluyendo garantía técnica mínima, vida útil y servicio post venta.
Con todo, el servicio adjudicado debe contar con una garantía técnica mínima de 6 (seis) meses contados desde la recepción conforme del servicio por parte del usuario final.
Si en la oferta del proveedor nada se dice a este respecto, o en caso que el proveedor señale una garantía inferior a la exigida por la Institución, para todos los efectos, la garantía a estipular será la mencionada por la Institución e incorporada en la Orden de Compra.
Para hacer efectiva la garantía, la Institución comunicará al proveedor adjudicado tal hecho mediante documento escrito entregado por personal de la Institución en el domicilio del proveedor consignado en el portal del Mercado Público, o por carta certificada despachada al mismo domicilio. En dicho documento se informará el plazo que el proveedor tendrá para retirar el servicio defectuoso, el lugar desde el cual deberá ser retirado y el plazo de restitución en caso que se opte por la reparación o reposición de esté.
En esta materia regirá lo establecido en la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los Derechos de los Consumidores, en especial lo contenido en su artículo 20, el cual establece: “En los casos que se indican en la referida norma, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el consumidor podrá optar entre la reparación gratuita del bien, o previa restitución, su reposición o la devolución de la cantidad pagada”.
Del Control de calidad:
Será el encargado del proyecto en conjunto con el mayordomo del Edificio Digcar, los encargados de recepcionar los servicios de la empresa adjudicada a fin de revisar de forma técnica las mantenciones de las diferentes oficinas del Departamento de Comunicaciones Sociales
servicio adjudicado deberá corresponder a la calidad ofertada por el proveedor, la cual deberá estar conteste con lo señalado en los Anexos correspondientes de las presentes Bases.
El control de calidad se realizará mediante inspección visual y revisión del servicio, según corresponda, por parte de la Institución.
Carabineros de Chile, previo a la recepción conforme de los bienes adquiridos, se reserva el derecho de realizar pruebas para verificar la calidad y el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos en los Anexos correspondientes de las presentes Bases.
Personal de la Institución verificará el cumplimiento de lo señalado precedentemente.
En el evento de entregar anticipadamente el servicio, y de que éste sea rechazado, el proveedor contará con un plazo de 10 (diez) días hábiles desde la notificación escrita mediante carta certificada del rechazo, para proceder al término del servicio.
Excedido el plazo de 10 (diez) días desde la notificación del rechazo del servicio, quedará a disposición para su retiro en las bodegas del lugar de destino, Carabineros de Chile no se responsabilizará por el estado o calidad de los bienes a su retiro.
El plazo para la reposición del servicio es uno solo y vencido este comenzará a correr la multa.
Si el plazo para la reposición del servicio no se cumple, ello constituye un incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
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Vínculos de Dependencia. |
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Se deja constancia que esta contratación es una Compraventa y no un Contrato de Trabajo, sin que existan vínculos de subordinación o dependencia alguna entre Carabineros de Chile y el personal de la empresa adjudicada. Por lo tanto, para todos los efectos legales, la empresa tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores. Sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº 20.123.
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Término Anticipado del Contrato |
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La Repartición, por resolución fundada, podrá poner término anticipado a la contratación por alguna de las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, debidamente calificadas por el Servicio.
3. Estado de notoria insolvencia del proveedor.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Por la incapacidad del adjudicado para seguir adelante con la ejecución de la contratación, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, proceso concursal de liquidación, entre otros.
6. Por el no cumplimiento, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte de Carabineros de Chile.
7. Por rechazo de la Orden de Compra.
El término anticipado de la contratación, no obsta a que Carabineros proceda inicie las acciones legales que sean procedentes, cuando la causal de término anticipado sea imputable al proveedor adjudicado.
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Cesibilidad de la Contratación |
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El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de la contratación podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
La cesión del crédito contenido en la factura emitida por el proveedor adjudicado, se sujetará a lo establecido en la ley Nº19.983 de fecha 15.12.2004.
En todo caso y sin que ello pueda afectar en modo alguno los derechos que correspondan al cesionario para exigir el pago del crédito, el proveedor adjudicado deberá notificar a la brevedad y por escrito al Departamento de Comunicaciones Sociales, respecto de la cesión efectuada.
El proveedor adjudicado no podrá subcontratar.
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