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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
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En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que ha obtenido el mayor puntaje en la evaluación de la Propuesta Técnica. De mantenerse el empate, se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido mayor puntuación en la plazo de entrega. De mantenerse aún el empate se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido mayor puntuación en la evaluación de la Oferta Económica.
Si con los criterios establecidos no es posible resolver el desempate se escogerá la propuesta que haya sido ingresada primero al portal, verificando el día y hora de presentación.
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MULTAS. |
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El Departamento de Administración de Educación Municipal (D.A.E.M.) podrá, de forma administrativa y unilateral, imponer multas o sanciones al Adjudicado por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación, Especificaciones Técnicas y Propuesta Técnica. Estas multas estarán orientadas a garantizar el cumplimiento oportuno y adecuado de las prestaciones contratadas, resguardando los intereses de la municipalidad.
Las siguientes causales serán consideradas para la aplicación de multas:
Causal Criterio de Aplicación Tope de aplicación Monto de Multa (UTM)
Incumplimiento en el plazo de entrega. Se considerará incumplimiento si el proveedor no entrega los bienes o servicios contratados dentro del plazo adjudicado. Se otorgará un plazo de gracia de 24 horas posterior al plazo original adjudicado. Si la entrega se realiza después de este periodo, se aplicará una multa por cada día de atraso. Ejemplo: si el plazo de entrega vence el día 07, y la entrega se realiza el día 08, no se aplicará multa; pero si se realiza desde el día 09 en adelante, se aplicará una multa diaria por atraso. La aplicación de esta multa procederá por un máximo de 15 días corridos de atraso. Pasado este periodo, la Entidad Contratante podrá resolver el contrato por incumplimiento imputable al adjudicado. 1
Entrega de bienes o servicios no conformes. Cuando los bienes o servicios entregados no cumplan con las Especificaciones Técnicas aprobadas o la Propuesta Técnica adjudicada. El adjudicado dispondrá de un plazo de 3 días hábiles para reemplazar o subsanar las deficiencias notificadas. De persistir la no conformidad, se aplicará la multa correspondiente por cada día más que demore en realizar el reemplazo o subsanación. La aplicación de esta multa procederá por un máximo de 10 días corridos. Pasado este periodo, la Entidad Contratante podrá resolver el contrato por incumplimiento imputable al adjudicado. 1
Incumplimiento en la garantía y post venta
ANEXO 5 Se considerará incumplimiento por parte del proveedor si no respeta los plazos declarados en el Anexo 5.
- Plazo de respuesta desde la notificación vía correo electrónico, sobre la recepción de productos defectuosos o en mal estado.
- Plazo de envío de productos en reemplazo de aquellos que hayan llegado defectuosos o en mal estado.
Los días para la aplicación de esta multa comenzarán a regir desde el día siguiente que se cumplan los plazos declarados en el Anexo 5. La aplicación de esta multa procederá por un máximo de 10 días corridos. Pasado este periodo, la Entidad Contratante podrá resolver el contrato por incumplimiento imputable al adjudicado. 1
Cualquier otra deficiencia no tipificada será sancionada por la ITS bajo un análisis comparativo con respecto a los valores anteriormente estipulados.
Para estos efectos, se considerará el valor de la UTM vigente al momento de efectuar el pago.
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PACTO DE INTEGRIDAD. |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, soborno, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ellos se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso de licitación, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subproveedors, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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