Resolución de Empates |
En caso de igualdad de puntaje entre dos o más oferentes, se adjudicará la licitación aquel que presente el mayor puntaje en el criterio experiencia. Si el empate persiste, se adjudicará la licitación al oferente que presente el mayor puntaje en el criterio precio; y si el empate persiste, se adjudicará la licitación al oferente que presente el mayor puntaje en el criterio plazo.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Plazo del contrato |
El contrato comenzará a regir a contar de la fecha de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe y tendrá vigencia hasta la recepción definitiva, a satisfacción de la Ilustre Municipalidad de Los Muermos, de las obras de “REPOSICION CUARTEL GENERAL Y PRIMERA COMPAÑIA DE BOMBEROS LOS MUERMOS”; estas obras deberán llevarse a cabo dentro de 210 días corridos, contados desde de la fecha del acta de entrega de terreno.
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Derecho de retención |
En caso que la empresa no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores dispuesto para la obra contratada, la Municipalidad retendrá los montos de dineros adeudados para dar cumplimiento a dichas obligaciones. En todo caso, este derecho de retención en conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 – C del Código del Trabajo y D.S. 319 sobre acreditación de cumplimiento laborales y previsionales. En caso que la empresa que se adjudique la propuesta registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Municipalidad exigirá a la empresa contratada que proceda a dichos pagos, y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total del cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará el derecho a terminar el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. Si la empresa contratada subcontrate parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos recién mencionados.
La empresa deberá informar mensualmente de los subcontratos con los que cuenta y no tener deudas algunas con ellos. Se debe adjuntar a cada Estado de Pagos la cancelación del subcontrato del mes anterior.
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Factoring |
Una vez firmado el contrato o durante la ejecución de las obras y en la eventualidad que el contratista ceda el crédito a un factoring, el contratista deberá comunicar dicha situación en forma expresa y con la debida antelación al Gobierno Regional; enviando conjuntamente con el estado de pago respectivo, el contrato de cesión de crédito con el factoring suscrito ante Notario Público. El contratista sólo podrá factorizar facturas con glosa recepcionados por la Municipalidad, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
En caso contrario, esto es, cuando el crédito no este factorizado, el contratista deberá adjuntar al estado de pago la factura respectiva incluyendo la cuarta copia denominada cuadruplicado: cobro ejecutivo cedible de manera de tener la certeza que la empresa o el contratista no ha suscrito factoring.
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Profesional residente en la obra |
Será necesaria la presencia estable de un profesional del área, el cual debe ser presentado en la oferta adjuntando su curriculum, certificado de experiencia y fotocopia simple del título profesional del área de la construcción. Dicho profesional deberá tener dedicación exclusiva en la obra, siendo para efectos de la ejecución de la misma, el nexo formal entre la empresa y la municipalidad. En caso de ausencia permanente del profesional residente, está deberá ser informada al Director de Obras del Municipio, dentro de los 5 días posterior a la ausencia del profesional, junto con una propuesta de 1 profesional en su reemplazo, y será el Director de Obras quien determinará de entre la propuesta quien reemplazará al profesional. Dicha propuesta debe contener una lista de a lo menos 3 profesionales que tengan las mismas características del profesional anterior, tomando en cuenta experiencia y carrera profesional. Para esto se deberá adjuntar curriculum, fotocopia simple del título profesional y certificado de experiencias.
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Libro de obras |
Durante la vigencia del contrato se mantendrá un libro de obras, donde se anotarán todas las observaciones, modificaciones, rectificaciones y/o cambios necesarios para el correcto cumplimiento del contrato.
Este contendrá hojas foliadas en triplicado, autocopiativos, el libro deberá ser proporcionado por el contratista y estará a cargo de la AITO y una copia quedará en poder del contratista, previa firma de ambas partes.
En este libro se podrán dejar constancia como:
1. Del avance del suministro;
2. De las instrucciones que dentro de los términos del contrato se le impartan al contratista;
3. De las observaciones que merezca la adquisición de los bienes o del servicio al efectuar su recepción;
4. De los demás antecedentes que exigiera la Municipalidad;
5. De las observaciones que pudiera estampar cualquier otro organismo competente en la materia o de las que realice alguna dependencia municipal.
6. Avance, según planificación y programación entregada por el contratista.
7. Cambios o modificaciones de las partidas contratadas, autorizadas por el Director de Obras.
8. Recepción de las partidas, correctamente ejecutadas.
9. Recepción de los informes técnicos solicitados, si los hubiere.
Será el Director de Obras, de la I. Municipalidad de Los Muermos, quien tendrá la responsabilidad de fiscalizar la correcta ejecución de la obra en los plazos en conjunto con la Asesoría a la Inspección técnica contratada.
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