12.9 El funcionario evaluador, podrá solicitar vía portal de mercado público, a cada uno de los proponentes, en conjunto o individualmente. Aclaraciones, documentos o certificados sobre cualquier aspecto de su oferta, siempre y cuando estas no confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, las que en ningún caso podrán construir modificación de la oferta ya presentada, ni afectar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Estas aclaraciones deberán ser ingresadas el foro de “aclaración Ofertas” en el portal www.mercadopublico.cl, por parte de los proponentes a más tardar dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes, contados desde la emisión del requerimiento a través del portal de mercado público. Solo en casos fundados, previa autorización de la unidad técnica se podrán recepcionar lo establecido en el punto anterior fuera del plazo dispuesto para estos fines.