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Resolución de Empates |
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En el evento que uno o más proponentes, luego del proceso de evaluación, lograsen igual puntuación final, bajo las mismas condiciones, se privilegiara al proponente que tenga mayor puntuación en su oferta económica. En el caso de dos mejores ofertas económicas se optara por el menor plazo de entrega, de continuar el empate se optara por el mejor detalle de cobertura documentada (Según Anexo 5).
De persistir el empate el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que primero ingreso en su oferta en portal de www.mercadopublico.cl , el cual se obtendrá del comprobante de ingreso de oferta, identificación del oferente, fecha y hora de ingreso.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas |
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Las faltas e incumplimientos del Contratista de sus obligaciones y responsabilidades contractuales darán lugar a la aplicación de multas, las que serán exigibles de inmediato y descontadas del estado de pago.
Se aplicará el 5% del total de la Orden de compra emitida;
• Por la no entrega del producto en la fecha y la hora coordinada, sin previo aviso a la contraparte con a lo menos 24 horas de anticipación.
Se aplicará el 3% del monto total contratado;
• Reclamo formal por deficiencia del servicio.
• Para estos efectos se cursará una multa por cada tres reclamos de esta naturaleza.
• Incumplimiento respecto del estado de los productos entregados.
• Según reporte emitido por la contraparte técnica, en tres ocasiones.
• Cualquier otro incumplimiento que no estando tipificado en las bases ponga en riesgo el normal desarrollo de las funciones a cumplir por los funcionarios.
La suma total de las multas aplicadas no podrá superar el 10% del monto respectivamente adjudicado. En caso de superar este monto se considerará como incumplimiento grave del contrato y dará lugar a liquidación del contrato, sin derecho a indemnización alguna, El valor de la multa será descontado de la facturación siguiente.
No procederá el cobro de la multa si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor u otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o de fuerza mayor será calificado como tal por la Municipalidad, sobre la base del estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
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CELEBRACIÓN Y PLAZO DEL CONTRATO |
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• Una vez adjudicado el proceso, y para efectos de formalizar la contratación del servicio, el contrato será suscrito a través de Orden de Compra por el Alcalde y el o los adjudicatarios dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que por escrito se comunique la adjudicación, debiéndose autorizar éste último ante notario, sin perjuicio de que por una necesidad urgente en la entrega de un producto, la municipalidad se generé la correspondiente orden de compra, la cual deberá ser aceptada por este último.
• Para la suscripción del contrato de prestación de servicios, el adjudicatario deberé entregar a la Municipalidad, la correspondiente Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato.
• Si por causa imputable al proponente favorecido, el contrato no se firmare en el plazo estipulado, se hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta, quedando el mandante en libertad para adjudicar la propuesta a otro proponente o bien declararla desierta.
• El plazo del contrato es desde que fuera emitida la Orden de compra y se entenderá como fecha de término hasta el 31 de diciembre del 2024. Renovable si las partes lo acordaren, mientras se realice el nuevo proceso de licitación, según la normativa legal.
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REAJUDICACION |
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La Municipalidad, en caso que uno de los proveedores adjudicado se rehusé a firmar el contrato de suministro o no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N°19.886 y su Reglamento; se procederá a lo no adjudicación al proveedor.
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DERECHO A VARIACIÓN DE CANTIDADES |
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La Municipalidad se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas, hasta en un 10 % del total de la oferta, según los montos, precios y condiciones ofertadas. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra en decimales se asumirá la unidad superior correspondiente, tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario.
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DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS |
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La Municipalidad se reserva el derecho de desestimar, desechar, aceptar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el informe de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la I. Municipalidad de San Juan de la Costa
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Requerimientos específicos a los oferentes |
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1. El proveedor deberá tener presente la posibilidad de tener el servicio requerido durante todo el periodo del año 2024.
2. La municipalidad no se compromete ni se obliga a adquirir el 100% de los servicios requeridos durante el año que dure el contrato, solo manifestara su voluntad de adquirir un producto mediante la emisión de la respectiva Orden de Compra al proveedor adjudicado.
3. Contraparte técnica del contrato;
Para efectos de la coordinación, supervisión y aceptación de los productos, se designará una contraparte técnica por parte de la unidad requirente, quien se contactará vía correo electrónico, indicado la hora, día y fecha para la prestación del servicio.
4. Operatoria del servicio:
• Los servicios serán coordinados y requeridos por la contraparte técnica que corresponda, mediante la emisión de la orden de compra.
• La unidad requirente de la municipalidad deberá requerir la emisión de Orden de compra. Mediante las autorizaciones pertinentes y con la debida anticipación, considerando la siguiente información como MINIMO
a. Nombre del proveedor
b. Individualización del producto requerido.
c. Fecha del servicio
d. Cantidad del producto requerido
e. Área de gestión de imputación del gasto.
5. El proveedor deberá aceptar la orden de compra enviada por el portal de mercado público.
6. El proveedor adjudicado deberá dar fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
7. Será de cargo del proponente el pago de todas las obligaciones vigentes en la República de Chile, durante la vigencia del contrato en lo que se refiere a impuestos, tasas y contribuciones fiscales, municipales y de cualquier otra índole, lo que se deberá tener en cuenta al momento de realizar la oferta.
8. No será causal de eximente de cumplimiento del contrato por parte del proponente favorecido, el hecho de que su personal se declare en huelga, en todo caso, el contratista arbitrará oportunamente las medidas para que las labores se efectúen a pesar de la huelga.
9. Sera responsabilidad del proponente cualquier daño causado a personas, bienes municipales o de terceros productos de la prestación del servicio contratado, lo que deberá indemnizar, sin responsabilidad alguna para el municipio, y sin perjuicio de las multas correspondientes o el termino anticipado del contrato.
10. El proponente nombrará a un supervisor responsable a cargo del servicio, que deberá estar permanentemente ubicable y en permanente coordinación con la unidad técnica. En caso de estar impedido temporalmente para cumplir su función por cualquier razón, el adjudicado designará un reemplazante, lo que deberá ser comunicado a la Dirección de Administración y Finanzas.
11. Se considerará que el adjudicatario, antes de presentar su oferta, está compenetrado de todos los riesgos, factores o circunstancias técnicas y administrativas que pueden afectar su oferta, como los costos requeridos para cubrir todas las obligaciones contractuales en las condiciones establecidas en la presente propuesta pública, esto es gastos de traslado, instalación y montaje de los productos en el lugar designado, además de todas aquellas que correspondan conforme a la ejecución del servicio.
12. Los productos ofertados, deben cumplir con las especificaciones técnicas de la presente propuesta pública, correspondientes a los requerimientos mínimos exigibles. Si tales documentos no son cumplidos o no son declarados por los Oferentes dicha propuesta no será evaluada, técnica ni económicamente.
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