Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas |
Se aplicará una multa equivalente a 1 UTM por cada día de atraso en la entrega total y satisfactoria de
los bienes comprometidos.
El valor total acumulado de las multas no podrá exceder del 15% del valor contratado, incluida sus
modificaciones. En caso de exceder del 15% señalado, la Municipalidad podrá poner término anticipado
a la relación contractual y hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento del contrato en los casos que
corresponda.
La aplicación de las multas se efectuará administrativamente sin forma de juicio y se deducirá del pago
que corresponda o de las garantías del contrato. Para su aplicación se la Unidad Técnica se atendrá a lo
señalado en el Ord. N°0474 de fecha 11-03-2021 del Gobierno Regional de Los Lagos.
Las multas serán aplicadas por decreto alcaldicio o resolución del servicio respectivo, previo a su cobro
en el respectivo estado de pago.
Las multas deberán ser reflejadas en la carátula del pago correspondiente, sin descontarse del estado de
pago respectivo.
Para proceder al pago de este estado, las multas deberán previamente ser depositadas a la siguiente
cuenta del Gobierno Regional:
• Cta. Corriente Banco Estado 82509062109, Gobierno Regional de los Lagos
• Rut 72.221.800-0
• correo: mvargas@goreloslagos.cI
Para tramitar el pago correspondiente, se requerirá el comprobante de la transferencia del monto de la
multa aplicada, el cual se deberá adjuntar al estado de pago a tramitar.
En el evento de no contarse con el comprobante de pago de la multa antes referido, la factura
correspondiente será rechazada en el sistema respectivo, hastá que se complete dicho pago.
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De las Obligaciones del Proveedor |
11.1. Control de Calidad
Para aquellos materiales y/o partidas que así lo requieren, en conformidad con las Bases
Técnicas, la Unidad Técnica, podrá solicitar que se efectúen informes y controles de calidad, los
que serán solicitados directamente por la Inspección Técnica y serán de cargo del Proveedor.
11.2. Del Vehículo
Todo vehículo deberá indicar: Empresa Proveedora ó Fabricante, Fecha de Elaboración y
Tipo o Modelo de éste.
11.3. De la Imagen Corporativa
Todo bien, vehículo o maquinaria deberá tener la Imagen Corporativa del Gobierno Regional de
Los Lagos y de la Municipalidad de San Juan de la Costa, cuyo diseño será entregado en las
Bases Técnicas. Previo a la impresión de las graficas en los bienes y/o vehículos, el proveedor se
obliga a solicitar la aprobación de esta a la Unidad técnica, debiendo para ello remitir de
manera previa render o similares con el diseño de la gráfica.
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FACTORIZACIÓN |
Sólo una vez que se cuente con la recepción definitiva conforme, el proveedor podrá emitir la factura
correspondiente, la cual será recepcionada exclusivamente por el Inspector Técnico.
Posteriormente, y ante la eventualidad, que el proveedor celebre un contrato de Factoring o una
cesión de crédito, éste deberá comunicarlo por medio de correo electrónico dirigido al Inspector
Técnico del Contrato y al Gobierno Regional, dentro de las 48 horas siguientes a su suscripción.
En el caso que el proveedor no de aviso oportunamente, dentro del plazo antes establecido, se
descontará automáticamente y sin previo aviso, del estado de pago, una multa de 5 UF por cada día de
atraso en dicho aviso.
A su vez el Gobierno Regional solamente cumplirá los contratos de Factoring o de cesión suscritos por
el proveedor, cuando no existan obligaciones laborales ni previsionales o multas pendientes.
Cuando el crédito no esté factorizado o cedido, la Unidad Técnica, deberá adjuntar al estado de pago
la factura respectiva incluyendo la cuarta copia denominada cuadruplicado “cobro ejecutivo
cedible”, de manera de tener la certeza que el proveedor no ha suscrito factoring o cesión de
crédito.
Se deja constancia que la aceptación por parte del Gobierno Regional, deberá efectuarse en la
oportunidad correspondiente y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 19.983, que regula la
transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura. Conforme a ello, será obligatorio
considerar que el plazo para que el Gobierno Regional de La Araucanía, pueda reclamar en contra del
contenido de una factura, conforme al artículo 3 de la referida ley, se establece en 30 días corridos
siguientes a su recepción, lo cual deberá constar por escrito en el contrato, que suscriba la Unidad
Técnica y el proveedor.
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