Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cláusula de Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Derecho a Desestimar Ofertas |
La Municipalidad se reserva el derecho de desestimar, desechar, aceptar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el informe de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la I. Municipalidad de San Juan de la Costa
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Crietrio de Desempate |
En el evento que uno o más proponentes, luego del proceso de evaluación, lograsen igual puntuación final, bajo las mismas condiciones, se privilegiara al proponente que tenga mayor puntuación en su oferta económica. En el caso de dos mejores ofertas económicas se optará por los siguientes criterios de evaluación. De persistir el empate el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que primero ingreso en su oferta en portal de www.mercadopublico.cl , el cual se obtendrá del comprobante de ingreso de oferta, identificación del oferente, fecha y hora de ingreso.
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Adjudicacion |
Concluido el proceso de apertura de la propuesta especificado en el punto N° 9, la unidad técnica verificará que cada oferta cumpla con los requisitos especificados en los antecedentes de Licitación, así como con las normas, reglamentos y ordenanzas vigentes que correspondan. Cualquier incumplimiento al respecto por parte del oferente implicará el rechazo inmediato de la respectiva oferta. Sólo se considerará en la adjudicación a los Proveedores que cumplan con un puntaje mínimo total del 50%. La Municipalidad se reservará el derecho de rechazar las ofertas sin expresión de causa o adjudicar por separado y sin que por ello los oferentes tengan derecho a indemnización alguna.
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Lugar y forma de entrega de los productos |
1. Plazo y lugar entrega del producto. Los producto deberán ser entregados en el día, mes y hora, según la coordinación efectuada con la unidad requirente vía correo electrónico y/o telefónico. Y después de la emisión de la orden de compra, según el requerimiento previamente autorizado por I. Municipalidad de San Juan de la Costa. 2. Incumplimiento del plazo en la entrega de los productos Cualquier incumplimiento en la entrega de los servicios por causas imputables al oferente adjudicado, facultara a la municipalidad para poner término anticipado al contrato, por simple resolución administrativa, sin forma de juicio, no obstante, cualquier otra medida que el caso requiera. Se entenderá por incumplimiento en la prestación del servicio, si con posterioridad a la emisión la orden de compra el adjudicatario, no cumpliere oportuna e íntegramente con la ejecución del servicio contratado y no existiendo causas de fuerza mayor, notificadas y calificadas como tal, por la Municipalidad, sin perjuicio de lo indicado en el ítem de Sanciones. 3. Forma de entrega de los servicios La entrega de los servicios de transmisión radial se realizará según lo indicado en la orden de compra, conforme a la coordinación efectuada con la unidad requirente vía correo electrónico y/o telefónico y se acreditará mediante la entrega del ACTA DE RECEPCION CONFORME o cualquier otro documento autorizado previamente y notificado al proveedor por la Dirección Control, el cual es requisito fundamental para el pago del producto, al momento de la entrega de la factura. Sin perjuicio, que la Dirección requiera algún otro documento que acredite la entrega del producto, el cual se le informará anticipadamente al proveedor adjudicado.
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Multas |
El Adjudicatario podrá ser sancionados por la Municipalidad, con el pago de una multa, por incumplimiento en la entrega de los productos. Se aplicara una multa de 5% del valor neto del bien no recibido en conformidad, por cada día hábil de atraso con respecto al plazo de entrega establecido en la oferta adjudicada. La multa se hará efectiva de acuerdo a oficio o memorándum del Inspector Encargado que deben ser remitidos con anterioridad al pago de la factura, en donde informe los plazos de retraso del adjudicatario. Documento que será remitido al Jefe Directo del Inspector Encargado, quien se encargara de enviarlo al Director (a) de Administración y Finanzas para que haga efectivo el cobro de la multa. El valor de la multa será descontado de la factura en trámite. No procederá el cobro de la multa si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor u otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o de fuerza mayor será calificado como tal por la Municipalidad, sobre la base del estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
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