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READJUDICACIÓN |
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La Municipalidad se reserva el derecho de readjudicar o llevar a cabo un nuevo proceso de contratación, según lo que mejor convenga a sus intereses, si el adjudicatario:
● Se desiste de la celebración del contrato o no lo suscribe dentro del plazo establecido para ello, por causas imputables a éste.
● No presente dentro del plazo señalado en las bases administrativas la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
● Se encuentra inhábil para contratar con la Administración del Estado en conformidad al art. 4° de la Ley 19.886 y el art 92° de su reglamento, al momento de la firma del contrato. Dicha situación será verificada por medio de la Inscripción en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado.
● No presenta dentro del plazo, todos los documentos señalados en las bases administrativas o técnicas, para la suscripción del contrato o no presenta algún antecedente solicitado por la Dirección de Asesoría Jurídica.
● Cuando se acredite la presentación de antecedentes o documentos falsos o maliciosamente adulterados.
● Cualquier otra causal establecida en las bases administrativas y especiales del proceso.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente este pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes, esto es: Bases Administrativas (Normas Generales y Especiales) y sus modificaciones si las hubiere, Bases Técnicas (Especificaciones Técnicas) y sus modificaciones si las hubiere, Aclaraciones y Respuestas entregadas a los Oferentes a través del portal y el Contrato celebrado entre la Municipalidad y el Adjudicatario, y sus modificaciones si la hubiere.
El oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada como necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) No ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo de naturaleza y/o monto a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ellos se deriven.
b) No intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente; aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusoria en cualquiera de sus formas.
c) Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
d) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
f) Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a las mismas.
g) Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir la misma en las condiciones y oportunidad ofertada.
h) Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumida y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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RESOLUCIÓN DE EMPATE |
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En caso de haber un empate en el puntaje máximo final al aplicar la pauta de evaluación publicada, la Comisión Evaluadora deberá privilegiar los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden:
1° Privilegiar las mejores “MEJORES CONDICIONES LABORALES“.
2º En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”.
3° De persistir el empate se establece como tercer mecanismo de adjudicación la “EXPERIENCIA”.
4° Si se mantiene el empate, se establece como cuarto mecanismo de desempate la “CAPACIDAD ECONÓMICA DEL OFERENTE”.
5° Si continúa esta situación, se establece como quinto mecanismo de adjudicación la “PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES” y de persistir, se optará por la oferta ingresada con anterioridad dentro del portal www.mercadopublico.cl.
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CESIONES DE CRÉDITO O FACTORING |
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La Ilustre Municipalidad de Lampa, cumplirá con lo establecido en los contratos de Factoring, realizados por el adjudicatario, siempre y cuando se notifique oportunamente de dicho contrato a la Inspección Técnica del Servicio dentro de las 48 horas siguientes a su celebración y a la Dirección de Administración y Finanzas, departamento de contabilidad (departamento.contabilidad@lampa.cl), quedando consignado en el pago y que el adjudicatario no tenga obligaciones o multas pendientes, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 75 del Reglamento de la Ley N.º 19886.
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